"ReDCE núm. 27. Enero-Junio de 2017"
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El homenaje académico es un género clásico en nuestra disciplina. Se trata, sin embargo, de un tipo de libro difícil de clasificar y, más aún de recensionar, en tanto que conjuga de un modo particular diversidad y unidad. Es diverso porque reúne a un amplio número de autores, cada uno de los cuales muestra su consideración al agasajado mediante una investigación. A partir de ahí, la metodología y el tema son libres. Erraríamos, por tanto, si en los homenajes buscamos libros de escuela; aunque no es menos cierto que revelan al menos una huella, pues habitualmente recogen la contribución de estudiosos que han mantenido una estrecha relación. No obstante, la unidad emerge en torno a la figura del homenajeado. Es él, y no otra circunstancia, la que motiva la reunión de ensayos. Y la razón última suele ser un hito en su carrera, normalmente una onomástica de cifra redonda o la jubilación.
Estas obras, por tanto, suelen ofrecer un variopinto recorrido por las materias propias de la disciplina y será el lector el que paulatinamente irá escogiendo aquí y allá los temas que le resultan más sugerentes. Curiosamente, el homenaje acaba siendo un libro de lectores. Con paciencia, a menudo de forma discontinua en conexión con las inquietudes personales, se van rescatando uno a uno los ensayos hasta el punto de que cada lector conforma una comprensión particular de la obra. Pero es que, además, es un libro que va cambiando con el tiempo. Los autores tienden a incorporar dos tipos de ensayos. Trabajos de gran actualidad, que pasado el tiempo adquieren la cualidad de ensayos de referencia. O bien artículos que aspiran a ofrecer las claves principales de un tema al momento dado y que, sin quererlo, paran el tiempo y sirven al estudioso del futuro para hacerse una imagen cabal de cómo eran las cosas en el aquel entonces y en qué medida se han experimentado transformaciones.
El libro del que se da noticia en estas páginas es un buen ejemplo de lo dicho. Resulta banal destacar una vez más la contribución del Profesor Aragón Reyes a nuestra disciplina. El currículum que cierra la obra es expresivo de la magnitud de su trabajo, pero también de su importancia. Poco más se puede añadir. Y en cualquier caso el prólogo de Rubio Llorente ofrece claves adicionales para quien pretenda además conocer algunos rasgos de la historia personal del homenajeado.
Estamos, pues, ante una obra que reconoce la larguísima trayectoria profesional de Aragón Reyes. Y aunque ya he dicho que no hemos de buscar en ella un espíritu de escuela, sí que se hace presente un halo, en tanto que la mayoría de los autores son constitucionalistas más jóvenes que él y que desempeñan su labor en Universidades donde el Profesor Aragón ha tenido una influencia destacada. Es por ello que la temática se ensambla a la perfección con los temas que el homenajeado ha tratado durante su extensa labor académica y que hasta cierto punto, dada su presencia en los momentos germinales de nuestra disciplina, conforman los asuntos estándar del derecho constitucional, aquellos en los que nos reconocemos.
Comienza el libro con una sección dedicada a la “Forma parlamentaria de gobierno y fuentes del derecho”. En el ámbito de las fuentes nos encontramos con problemas clásicos, como el carácter dual de la ley, pero la mayoría están atentos a las novedades, bien conjugando asuntos típicos con nuevos perfiles (el decreto-ley autonómico) o bien abordando cuestiones inéditas como la nueva Ley de Tratados, las habilitaciones reglamentarias de la Ley de Publicidad, o la jurisprudencia en México. En el ámbito de la forma de gobierno, encontramos tres trabajos que analizan cuestiones clásicas a la luz del presente –responsabilidad de los poderes públicos, reforma electoral y democracia-, a los que se unen ensayos que abordan aspectos actuales, como la nueva oficina presupuestaria, las comisiones parlamentarias o las enmiendas. Al margen queda el trabajo del Ángel Garrorena, siempre atento a la textura dogmática de nuestra disciplina y que quizá debería haber abierto la siguiente sección.
Aunque es cierto que este segundo apartado, “Constitución y su garantía jurisdiccional”, versa solo sobre la garantía jurisdiccional. Encontramos en ella trabajos relativos al derecho procesal constitucional, la responsabilidad civil de los magistrados constitucionales, aspectos singulares del recurso de amparo y el recurso de inconstitucionalidad, y un destacado ensayo final sobre el modelo de justicia constitucional.
La tercera sección lleva por título “Organización territorial del Estado”. Como seguramente no podía ser de otro modo, tiene una mirada puesta en un pasado insatisfactorio a la vez que se otean las posibilidades de futuro. Respecto a lo primero existen trabajos sobre federalismo, la lengua, los problemas de integración infraestatal en la Unión o la cuestión del referéndum. En lo atinente a lo segundo, se plantea el nuevo federalismo judicial, el orden federal como modelo, la reforma del sistema de distribución de competencias o las tendencias de la unidad de mercado.
La última sección trata de los “Derechos y su protección”. Aquí es vano cualquier esfuerzo de sistematización. Ciertamente encontramos algunos ensayos de teoría general como el referido a las disposiciones generales de la Carta, la protección jurisdiccional de los derechos, el papel de los Tribunales Constitucionales y la jurisdicción ordinaria en la protección multinivel, o la interpretación de los derechos. Todo lo demás es un riquísimo panorama que estudia el derecho de manifestación, la nacionalidad española, el secreto de las comunicaciones, la vida privada, la libertad religiosa, la igualdad, las comunicaciones electrónicas en el ámbito laboral, el acceso a la información, la prueba prohibida, los servicios de inteligencia, la publicidad institucional, el control de convencionalidad, los límites penales a los derechos fundamentales o la intimidad.
Estamos, por tanto, ante un libro de altísimo nivel que clava picas en las líneas centrales de nuestra disciplina. Es, por tanto, un trabajo que cobra una dimensión objetiva y se desliga de su propósito inicial, el regalo a un maestro querido, para ofrecer elementos científicos a toda la comunidad. Hay, sin embargo, un recorrido más profundo y en gran medida intangible. Los homenajes tienen la ambición de ceñir en un instante toda una carrera profesional, que un nuestro oficio comporta también la dimensión subjetiva que nace de las relaciones personales, que por fortuna son el magma del que inexorablemente brota la ciencia. Es una tarea imposible ese querer parar el tiempo, pero al menos deja una huella de lo que ha sido. Estoy seguro de que el Profesor Aragón ha leído con generosidad y atención el Homenaje. Pero debe hacerlo también con orgullo, porque este Homenaje está a la altura y refleja el carácter humano y científico de quien ha sido y es una personalidad imprescindible en el Derecho Constitucional teórico y práctico de nuestro país.