"ReDCE núm. 38. Julio-Diciembre de 2022"
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La relación entre ordenamientos jurídicos que interaccionan y se solapan entre sí es uno de los temas clásicos que ha atraído siempre la atención de los constitucionalistas. Ya sea el análisis de las relaciones entre el Derecho federal y el regional; entre el Derecho internacional y el nacional o, incluso, entre el Derecho internacional, el europeo y el nacional, estas cuestiones suscitan gran interés y son, además, temas que, de estar bien enfocados y dirigidos, permiten iniciar una fructífera carrera investigadora. Esto es lo que sucede con la monografía titulada “La identidad nacional de los Estados miembros en el Derecho de la Unión Europea”, que constituye la versión adaptada de la tesis doctoral defendida por su autor, el profesor Pablo Cruz Mantilla de los Ríos, bajo la dirección de la profesora Ana Carmona Contreras y en el marco del proyecto de investigación “Desafíos del proceso de construcción de un espacio europeo de derechos fundamentales” (DER2017-83779-P), cuya Investigadora Principal fue igualmente la directora de la tesis.
El libro, que mantiene la estructura metodológica propia de un trabajo riguroso de investigación, está dividido en cuatro capítulos que preceden a un apartado final de conclusiones. En el primero de ellos, el autor realiza una aproximación histórica al concepto de «identidad nacional», realizando incluso un ensayo de definición del mismo, a modo de hipótesis. A continuación, se realiza un análisis de esta categoría o principio desde el punto de vista del Tribunal de Justicia (capítulo segundo), para, a continuación, hacer lo propio desde el punto de vista de la jurisdicción constitucional nacional, particularmente centrándose en los casos de Alemania, Italia, Francia y España (capítulo tercero). El capítulo cuarto constituye un ensayo crítico en el autor desgrana su «Modelo de resolución de conflictos sobre la identidad nacional», realizando una aportación original, particularmente en el apartado 4, relativo a las técnicas judiciales de resolución de conflictos. La bibliografía empleada denota el alto grado de estudio y trabajo que una empresa de estas características requiere.
La identidad nacional constituye lo que puede llamarse un concepto jurídico indeterminado que, aunque está codificado en los Tratados, carece de un contenido específico más allá del que la propia jurisprudencia del Tribunal de Justicia le otorgue en cada caso. Cumple así un papel similar al que los principios generales del Derecho juegan a la hora de dotar al máximo intérprete de la habilitación normativa suficiente para convertirse en una suerte de pseudo poder constituyente constituido, en tanto que la interpretación que otorgue a este principio, condicionará el ámbito de aplicación y la propia extensión del Derecho de la UE.
En realidad, como se deduce del trabajo del profesor Mantilla de los Ríos, la identidad nacional supone sólo contrapunto del principio de primacía del Derecho de la UE, sino que, además, constituye una vía de escape ante la declaración de un «ultra vires» por parte de un Tribunal constitucional nacional, en aplicación del principio de supremacía constitucional, tal y como lo denominó la DTC 1/2004.
En efecto, el problema de fondo consiste, como se ha analizado en otros trabajos, en que el Tribunal de Justicia emplea un enfoque monista del ordenamiento jurídico, hasta el punto de entender que existe un único ordenamiento a cuya cabeza se encontraría el derecho de la UE. Los tribunales constitucionales nacionales, con más o menos matices, son tributarios de un enfoque pluralista o, al menos, dualista, es decir, asumen que existen, al menos, dos ordenamientos jurídicos que han de resultar compatibles, pero mantienen la supremacía del Derecho constitucional nacional. En este sentido, en caso de conflicto entre el Derecho de la UE y el Derecho constitucional nacional, el principio que resolvería las antinomias sería la versión europea del principio de jerarquía (es decir, la primacía), mientras que, desde el punto de vista de los Tribunales constitucionales nacionales acabaría siendo la competencia, en cuanto al Derecho ordinario, y mantendrían la supremacía última (o jerarquía suprema) de su texto constitucional (con más o menos matices, como se ha avanzado).
En este sentido, la identidad nacional se convierte en una suerte de fusible que el Tribunal de Justicia puede emplear para «autocontenerse» (pp. 350-359), siquiera a posteriori, para otorgar una cierta deferencia judicial (pp. 359-362) o aplicar el test de proporcionalidad (pp. 362-371), lo que, en realidad, consiste en una suerte de aplicación deconstruida del principio de subsidiariedad. De esta manera, si a resultas del diálogo entre las jurisdicciones constitucionales nacionales y la europea, se produce una fricción que cause una antinomia irreconducible, ante la incapacidad de las Altas Partes contratantes para resolver la cuestión a través de una modificación pactada de los Tratados, el Tribunal de Justicia y las jurisdicciones nacionales tendrían a su disposición las herramientas para modular su propia jurisprudencia a través de sentencias interpretativas o de interpretación conforme. Así, se puede reconducir el conflicto normativo y mantener la coherencia entre los ordenamientos nacional y supranacional sin responder a la pregunta que, forzosamente, tiene dos respuestas distintas, según a quién se le plantee: ¿quién tiene la última palabra en caso de conflicto entre el Derecho constitucional nacional y el Derecho de la UE?
Lo cierto es que, en esta cuestión, también se producen diferencias de opiniones doctrinales. Existe una tendencia a adoptar el enfoque del Tribunal de Justicia situado, como escribió un clásico, en el «país de las hadas», si se parte de una concepción monista o internacionalista, mientras que un enfoque más pluralista o constitucionalista suele conducir a alinearse con las posturas de los tribunales constitucionales nacionales, particularmente, del ubicado en Karlsruhe. Las críticas a la jurisprudencia del tribunal constitucional húngaro que, en realidad, sigue en lo esencial la estela del «Bundesverfassungsgericht» (como el profesor Azpitarte ha hecho notar en otra recensión de esta obra, RGDE 58, 2022) parecen acercar al autor de este libro a las posiciones que se defienden desde «el país de las hadas», lo que es perfectamente lógico a la luz de la construcción doctrinal que realiza, particularmente, en el capítulo cuarto.
La obra del profesor Mantilla de los Ríos constituye una de las últimas y más profundas aportaciones al viejo dilema y clásico debate que subyace en la pregunta precedente: ¿quién tiene la última palabra? Parafraseando una conclusión que desarrollé en mi propia tesis sobre las relaciones entre ordenamientos de naturaleza constitucional, la obra recensionada no constituye un trabajo totalmente perfecto en el sentido de acabado o carente de ulterior recorrido, sino que conforma, en este caso, los cimientos de lo que a buen seguro será una importante carrera académica y muestra el compromiso de todo especialista con el avance del conocimiento y de la ciencia jurídica que le cumple difundir y adelantar. El profesor Mantilla ya dispone de la llamada clave de bóveda para continuar con la construcción de su ya consolidada línea de investigación y que podrá desarrollar durante toda su prolífica vida académica, si ése es su deseo.
Resumen: Este trabajo recensiona la monografía sobre la identidad nacional de los Estados miembros de la UE elaborada por el profesor Pablo Cruz Mantilla de los Ríos. La recensión revisa los contenidos fundamentales de la obra y añade una crítica propia en el contexto del tema desarrollado por el autor.
Palabras claves: Identidad nacional; Primacía; Derecho de la UE.
Abstract: This paper reviews the monograph on the national identity of the EU Member States prepared by Professor Pablo Cruz Mantilla de los Ríos. This article reviews the fundamental contents of the work and adds its own criticism in the context of the issue developed by the author.
Key words: National identity; Primacy; EU Law.
Recibido: 30 de noviembre de 2022
Aceptado: 5 de diciembre de 2022
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