EL ARQUITECTO TÉCNICO
Generalidades
En
cualquier civilización, de la lucha cotidiana entre el Hombre y
la Naturaleza surge el "Hecho científico", es decir el
"Descubrimiento básico", en términos filosóficos
lo que se denomina "Paradigma", como algo que sustituye a un proceso
teórico anterior.
El "Técnico" lo que hace es retomar del científico esa serie
de conocimientos e investigaciones cuerpo del paradigma y ponerlo en practica;
es decir, el técnico es el realizador de la praxis de todo un proceso.
Otra característica del técnico es que hace además
la aplicación repetitiva y esto es clave, pues bien realiza un proceso
de cadena de montaje (automóviles) o realiza una estructura con
forjados semejantes y luces diferentes pero realmente las bases científicas
las retoma del investigador.
La aplicación del Análisis Científico y no el análisis
Científico son las creadoras de las diferentes técnicas.
El Arquitecto Técnico en ejecución de obras y/o el Aparejador de obra
La
palabra aparejador aparece en los documentos históricos con anterioridad
a la mayoría de las actuales profesiones y desde luego antes que
ninguna de las denominaciones de "Profesiones Técnicas".
El nombre de aparejador es utilizado antes que el de Técnico artista
diseñador del edificio (Arquitecto Superior), que aparece con la
denominación de Maestro Mayor.
Es en el año 1757, en que se crea la Real Academia de Nobles Artes
de San Fernando, que se sustituye el modelo gremial del maestro-Constructor
por otro de división del trabajo, caracterizado por la profesionalización
de la Arquitectura.
En esta estructura organizativa el APAREJADOR no aparece como antagonista
del ARQUITECTO. Se sitúa en un estrato social y profesional superior
al que le correspondía en el orden gremial al que tratan de sustituir
y en numerosas ocasiones se promocionaron a la categoría de MAESTROS
MAYORES o ARQUITECTOS DE LAS GRANDES OBRAS REALES.
En el año 1855, el denominado Decreto Luján, instituye el
titulo de aparejador, en sustitución del de maestro deobras, zanjándose
previamente las disputas entre maestros de obra y maestros mayores. Dicho
Decreto venia a hacer desaparecer a
los maestros de obras, supliéndolos por los aparejadores.
En el año 1.857, la Ley Moyano, reimplantó el titulo de maestro
de obras dándole el mismo nivel profesional que al de
aparejador.
En el año 1.885, se organizó formalmente el estudio de la
carrera de Aparejador.
Hasta el año 1.924 se cursaba la Carrera en las Escuelas Industriales.
En dicho año 1.924 fueron incorporados Estudios de Aparejador de
Obras a las Escuelas de Arquitectura.
En el año 1.955 se promulgó un Decreto sobre reorganización
de las Escuelas Oficiales de Aparejadores, y partiendo de éste se
han sucedido diversos planes de estudio, en los años: 1.957, 1.964,
1.969 y 1.972.
A lo largo de los siglos XIX y XX, los aparejadores (maestros de obra-Arquitectos
técnicos) y los arquitectos (maestros mayores), han ignorado que
el proceso de la Edificación los necesitaba a ambos y han luchado
y luchan por ocupar las parcelas del otro, sin que aún se halla
racionalizado la situación.
La Normativa actualmente en vigor, con respecto a las Atribuciones de los
APAREJADORES/ARQUITECTOS
TÉCNICOS, esta formada por:
-Decreto de 16 de Julio de 1.935 sobre "Funciones de los aparejadores".
-Decreto de 1.965 sobre "Nuevas Denominaciones-Arquitectos Técnicos".
-Decreto de 19 de Febrero de 1.971 sobre" facultades y competencias
de los Arquitectos Técnicos".
-Decreto de 10 de Enero de 1.979 sobre "Tarifa de honorarios".
-Ley 12/1.986 de 1 de Abril sobre "Atribuciones".
Según
el Diccionario Ideológico de la Lengua Española del Académico
D. Julio Casares :"Aparejador es el perito subalterno con titulo oficial,
que interviene en las obras de la Arquitectura".
El Decreto de 16 de Julio de 1.935 sobre la intervención de los
aparejadores en las obras de arquitectura dice:
"Su ejercicio profesional dependerá de los Colegios Oficiales de Aparejadores".
En
la Ley de 29 de Abril de 1.964 sobre regulación de las enseñanzas
técnicas, se cambia el nombre de Aparejador de obras por el de Arquitecto
Técnico en ejecución de obras.
El Decreto 265/1.971 de 19 de Febrero, del Ministerio de la Vivienda, regula
las Facultades y Competencias Profesionales de los Arquitectos Técnicos.
La Ley 12/1.986 de 1 de Abril, sobre regulación de las atribuciones
profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos, dice en
Articulo 2º:
Concepto de Mediciones, Presupuestos y Valoraciones
Como
idea principal hay que señalar que el Arquitecto técnico/Aparejador,
siempre ha sido el" Economista" de la Edificación y que debe seguir
sien dolo en el futuro, aunque se cambie la nomenclatura, debe permanecer
claramente definido en esta función.
Como segunda idea la de que para poder "Medir" y "Valorar" es absolutamente
imprescindible saber Construcción.
Como se puede deducir de lo enunciado anteriormente, el Aparejador/Arquitecto
Técnico tiene, como Facultativo de la Edificación, una amplia
participación en las Determinaciones de los Costos de la Edificación,
así como en el seguimiento y
Control de dichos Parámetros Económicos, y en los análisis
y Evaluaciones posteriores de la Economía de la Construcción.
Si a esto añadimos las definiciones que aparecen en el Diccionario
Ideológico de la Lengua Española de Julio Casares:
-Justiprecio: "Tasación de una cosa".
-Medición: "Acción o efecto de medir".
-Medir: "Determinar las dimensiones o la cantidad de una
cosa".
-Presupuesto: "Calculo anticipado del coste de una obra así
como de los gastos o ingresos de una empresa".
-Tasación: "Acción y efecto de valorar".
- Valoración: "Acción y efecto de valorar".
- Valorar: "Señalar a una cosa el valor correspondiente
a su estimación".
Vemos
que el Objeto de esta disciplina, que dentro del Plan de Estudios vigente
y en el Área de Conocimiento de
Construcciones Arquitectónicas, se denomina MEDICIONES, PRESUPUESTOS
Y VALORACIONES, EN OBRAS DE
EDIFICACIÓN, es el de preparar a los alumnos de las Escuelas
Universitarias de Arquitectura Técnica en Economía de la
Edificación, para poder llegar a:
Establecer previamente y/o con posterioridad a su ejecución material el valor de los elementos de un edificio o del edificio en su conjunto, así como llegar a optimizar las decisiones constructivas y de organización de obra.