EL ARQUITECTO TÉCNICO

Generalidades

            En cualquier civilización, de la lucha cotidiana entre el Hombre y la Naturaleza surge el "Hecho científico", es decir el
"Descubrimiento básico", en términos filosóficos lo que se denomina "Paradigma", como algo que sustituye a un proceso
teórico anterior.
            El "Técnico" lo que hace es retomar del científico esa serie de conocimientos e investigaciones cuerpo del paradigma y ponerlo en practica; es decir, el técnico es el realizador de la praxis de todo un proceso. Otra característica del técnico es que hace además la aplicación repetitiva y esto es clave, pues bien realiza un proceso de cadena de montaje (automóviles) o realiza una estructura con forjados semejantes y luces diferentes pero realmente las bases científicas las retoma del investigador.
            La aplicación del Análisis Científico y no el análisis Científico son las creadoras de las diferentes técnicas.
 

El Arquitecto Técnico en ejecución de obras y/o el Aparejador de obra

            La palabra aparejador aparece en los documentos históricos con anterioridad a la mayoría de las actuales profesiones y desde luego antes que ninguna de las denominaciones de "Profesiones Técnicas".
            El nombre de aparejador es utilizado antes que el de Técnico artista diseñador del edificio (Arquitecto Superior), que aparece con la denominación de Maestro Mayor.
            Es en el año 1757, en que se crea la Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, que se sustituye el modelo gremial del maestro-Constructor por otro de división del trabajo, caracterizado por la profesionalización de la Arquitectura.
             En esta estructura organizativa el APAREJADOR no aparece como antagonista del ARQUITECTO. Se sitúa en un estrato social y profesional superior al que le correspondía en el orden gremial al que tratan de sustituir y en numerosas ocasiones se promocionaron a la categoría de MAESTROS MAYORES o ARQUITECTOS DE LAS GRANDES OBRAS REALES.
            En el año 1855, el denominado Decreto Luján, instituye el titulo de aparejador, en sustitución del de maestro deobras, zanjándose previamente las disputas entre maestros de obra y maestros mayores. Dicho Decreto venia a hacer desaparecer a
los maestros de obras, supliéndolos por los aparejadores.
            En el año 1.857, la Ley Moyano, reimplantó el titulo de maestro de obras dándole el mismo nivel profesional que al de
aparejador.
            En el año 1.885, se organizó formalmente el estudio de la carrera de Aparejador.
            Hasta el año 1.924 se cursaba la Carrera en las Escuelas Industriales.
            En dicho año 1.924 fueron incorporados Estudios de Aparejador de Obras a las Escuelas de Arquitectura.
            En el año 1.955 se promulgó un Decreto sobre reorganización de las Escuelas Oficiales de Aparejadores, y partiendo de éste se han sucedido diversos planes de estudio, en los años: 1.957, 1.964, 1.969 y 1.972.
            A lo largo de los siglos XIX y XX, los aparejadores (maestros de obra-Arquitectos técnicos) y los arquitectos (maestros mayores), han ignorado que el proceso de la Edificación los necesitaba a ambos y han luchado y luchan por ocupar las parcelas del otro, sin que aún se halla racionalizado la situación.
            La Normativa actualmente en vigor, con respecto a las Atribuciones de los APAREJADORES/ARQUITECTOS
TÉCNICOS, esta formada por:
 
 -Decreto de 16 de Julio de 1.935 sobre "Funciones de los aparejadores".
 -Decreto de 1.965 sobre "Nuevas Denominaciones-Arquitectos Técnicos".
 -Decreto de 19 de Febrero de 1.971 sobre" facultades y competencias de los Arquitectos Técnicos".
 -Decreto de 10 de Enero de 1.979 sobre "Tarifa de honorarios".
 -Ley 12/1.986 de 1 de Abril sobre "Atribuciones".

            Según el Diccionario Ideológico de la Lengua Española del Académico D. Julio Casares :"Aparejador es el perito subalterno con titulo oficial, que interviene en las obras de la Arquitectura".
            El Decreto de 16 de Julio de 1.935 sobre la intervención de los aparejadores en las obras de arquitectura dice:

            En la Ley de 29 de Abril de 1.964 sobre regulación de las enseñanzas técnicas, se cambia el nombre de Aparejador de obras por el de Arquitecto Técnico en ejecución de obras.
            El Decreto 265/1.971 de 19 de Febrero, del Ministerio de la Vivienda, regula las Facultades y Competencias Profesionales de los Arquitectos Técnicos.
            La Ley 12/1.986 de 1 de Abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros Técnicos, dice en Articulo 2º:

 

Concepto de Mediciones, Presupuestos y Valoraciones

            Como idea principal hay que señalar que el Arquitecto técnico/Aparejador, siempre ha sido el" Economista" de la Edificación y que debe seguir sien dolo en el futuro, aunque se cambie la nomenclatura, debe permanecer claramente definido en esta función.
            Como segunda idea la de que para poder "Medir" y "Valorar" es absolutamente imprescindible saber Construcción.
            Como se puede deducir de lo enunciado anteriormente, el Aparejador/Arquitecto Técnico tiene, como Facultativo de la Edificación, una amplia participación en las Determinaciones de los Costos de la Edificación, así como en el seguimiento y
Control de dichos Parámetros Económicos, y en los análisis y Evaluaciones posteriores de la Economía de la Construcción.
            Si a esto añadimos las definiciones que aparecen en el Diccionario Ideológico de la Lengua Española de Julio Casares:

 -Justiprecio: "Tasación de una cosa".

 -Medición:  "Acción o efecto de medir".

 -Medir:  "Determinar las dimensiones o la cantidad de una cosa".
 
 -Presupuesto: "Calculo anticipado del coste de una obra así como de los gastos o ingresos de una empresa".

 -Tasación:  "Acción y efecto de valorar".

 - Valoración: "Acción y efecto de valorar".

 - Valorar:  "Señalar a una cosa el valor correspondiente a su estimación".
 

            Vemos que el Objeto de esta disciplina, que dentro del Plan de Estudios vigente y en el Área de Conocimiento de
Construcciones Arquitectónicas, se denomina MEDICIONES, PRESUPUESTOS Y VALORACIONES, EN OBRAS DE
EDIFICACIÓN, es el de preparar a los alumnos de las Escuelas Universitarias de Arquitectura Técnica en Economía de la
Edificación, para poder llegar a:

            Establecer previamente y/o con posterioridad a su ejecución material el valor de los elementos de un edificio o del edificio en su conjunto, así como llegar a optimizar las decisiones constructivas y de organización de obra.