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Es costumbre común y generalizada prestar especial atención, en las visitas a monumentos de nuestro patrimonio histórico-cultural, a sus aspectos artístico-monumentales. Despiertan menos interés los motivos político-religiosos, económicos o sociales, que dieron lugar a su creación y funcionamiento. Si buscamos estudios que clarifiquen nuestros conocimientos sobre una catedral, monasterio o iglesia, palacio y hasta edificio construido con fines institucionales, la mayor parte de ellos se detienen en el análisis de su conformación arquitectónica: grueso de muros, configuración y fuerza de las columnas, resistencia de los arcos, peso de las bóvedas y empuje sostenido por los arbotantes; se describen con auténtica maestría las esculturas que adornan los altares de las capillas, retablos y hornacinas; se habla de su estilo y belleza; se estudian con detalle los relieves que adornan paredes o portadas; las pinturas plasmadas en lienzos, muros o vidrieras son objeto de técnicos y minuciosos análisis, orientados preferentemente a encuadrarlas en estilos y escuelas. Se fija con precisión su adscripción gótica, mudéjar, renacentista, barroca o a cualquier otro estilo artístico. Los motivos fundamentales que dieron origen al monumento y a su configuración, suelen despacharse, a menudo, con unos someros trazos cronológicos o ligeras alusiones a fundadores y circunstancias históricas. Casi siempre permanece oscura u olvidada la auténtica naturaleza o motivos que dieron nacimiento a la fundación visitada. Más allá de la Historia del Arte, de incalculable valor e importancia, están los intereses políticos, religiosos y sociales, sostenidos por las ambiciones económicas que impulsaron tales empresas y los resortes necesarios para llevarlas a término. Indagar los mecanismos religiosos que pusieron en práctica los Jerónimos de Granada para conseguir un monumento -iglesia y monasterio-, clave del Renacimiento en la ciudad, y lo mejor de España, con excepción de San Lorenzo del Escorial, en palabras del jerónimo P. Sigüenza (1), escritas en 1606, nos lleva ineludiblemente a entroncar con la mentalidad y los medios económicos que lo hicieron posible, gracias a la protección de reyes, nobles y oligarquías ciudadanas, interesadas en el futuro de sus almas en el Más Allá. Aquí reside la clave fundamental, que posibilitó esa obra artística con su claustro, templo y capilla mayor que, aunque deteriorada, ha llegado a nosotros, proyectando destellos de su antiguo esplendor. Se trata, ni más ni menos, que del importante patrimonio económico acumulado por los Jerónimos, a cambio de oraciones por la salvación del alma de todos y cada uno de sus benefactores y devotos. Los antecedentes de la orden monacal, sus implicaciones con el poder político, social y económico del momento y sus aspiraciones por la salvación del alma, arrancan de mediados del siglo XIV. Su proyección peninsular fue intensa y eficaz. Fuera de la Península no establecieron casas en ninguna otra parte. La conquista del reino de Granada por los Reyes Católicos, su agradecimiento a la Orden Jerónima, y las posibilidades que ello proporcionó, tanto por la afluencia al mismo de cristianos, como de amplios beneficios económicos, están en la raíz del asentamiento en la capital de este monasterio y de su inicial y constante auge y esplendor, causa y consecuencia de sus cuidada liturgia y atractiva oferta de oraciones para el porvenir de las almas en el Más Allá. El estudio de los Jerónimos de Granada, carente de unas referencias previas al nacimiento y evolución de la Orden en la Península y al contexto sociorreligioso en que se movieron, nos privaría de atisbar las raíces profundas de su génesis y desarrollo. Pese a que carecemos de investigaciones adecuadas de cada uno de los monasterios de la Orden, muy numerosos en la Península, contamos con informaciones que, aunque fragmentarias, pueden permitirnos una idea de los perfiles sociorreligiosos de la Orden. Esta es la razón de que antes de introducirnos en el conocimiento de los Jerónimos de Granada, que nos facilitan sus Actas Capitulares (2), fundamentalmente, nos detengamos en una somera introducción de la Orden y de algunos de los Monasterios de los que nos llegan estudios o datos más o menos profundos, extensos o fragmentarios. Ello nos ayudará a conocer una orden que tanta influencia tuvo en las altas esferas de la monarquía y la nobleza o entre las oligarquías de las ciudades, donde se instalaron.
Origen de los jerónimos Las crisis del siglo XIV, singularmente activadas por las amplias mortandades ocasionadas en el catastrófico ámbito creado en torno a la Peste Negra de 1348, despertaron un profundo temor ante los castigos llegados de arriba, y una intensificación del tradicional neoplatonismo de la Cristiandad, que agudiza la búsqueda de lo eterno y acentúa el maniqueo desprecio de lo material y del cuerpo. El generalizado ambiente se manifiesta de modo muy especial en la proliferación fervorosa de movimientos eremíticos que, alejados del mundo en agrestes valles o escarpadas montañas, pretende dedicarse a una vida de reflexión, penitencia, ascesis y oración (3). En Italia, varios de ellos tomaron como ejemplo a San Jerónimo, ermitaño en Calcis (Siria). A este horizonte sociorreligioso pertenece el movimiento de Tomás Suchio (Siena), algunos de cuyos miembros vinieron a España, donde se les unirían españoles que ya habían optado por una vida parecida de alejamiento del mundo, oración y mortificación corporal (4). Entre los que optaron por imitarles se encontraban D. Alonso Pecha, obispo de Jaén que, con el fin de dedicarse a esa vida ascética, había renunciado a la sede, recibida en su día del papa de Aviñón, en contra de los intereses que sobre ella tenía el rey de Castilla. El extraño obispo era señor de Barajas y otras poblaciones de los entornos, hijo de don Fernando Rodríguez Pecha, camarero mayor del rey don Alfonso XI, de ascendencia italiana, y estaba relacionado familiarmente con miembros del movimiento de renovación espiritual que, con cuna en Italia, eran conocidos con el nombre de Ermitaños de San Jerónimo (5). Uno de estos grupos se estableció en el Castañar (Toledo). Con ellos entraron en contacto D. Alonso Pecha, su hermano D. Pedro Fernández Pecha, camarero del Rey, D. Fernando Yáñez de Figueroa, de noble cuna extremeña, que abandonó el alto cargo eclesiástico que tenía en la corte de Pedro I, y otros familiares y amigos. Todos se apartaron a llevar una vida de riguroso ascetismo y oración en la ermita de Nuestra Señora de Villaescusa, en las orillas del Tajuña (Orusco-Madrid). Este grupo alcarreño recibió la incorporación de varios italianos, discípulos de Suchio, uno de los cuales, fray Pedro Román, defendería ante Gregorio XI las peticiones de los ermitaños para que aprobase una regla, basada en los principios de S. Jerónimo. Pronto se trasladaron a otra ermita, que fue la que dio origen y cuna a su vida cenobítica y donde nació la Orden de los Jerónimos, convirtiéndose en El Monasterio Jerónimo de Lupiana (6) (a 10 minutos de Guadalajara). Esta definitiva ermita, de cierta amplitud, había sido construida, en 1330, por el caballero D. Diego Martínez de la Cámara, en lo alto de la ladera frontera a la población, en honor del apóstol S. Bartolomé. En ella fue enterrado, a su muerte, ocurrida en 1338. Era D. Diego Martínez hermano de la madre de D. Pedro y de D. Alonso Pecha. Por ello, cuando el sobrino solicitó dicha ermita, en compañía de sus compañeros de ascetismo, le fue concedida, y con ella dos capellanías con que estaba dotada. Al acta de donación, firmada en 1370, y aprobada por el arzobispo de Toledo D. Gómez Manrique, asistieron los patronos de la ermita, que eran los alcaldes y el concejo de Lupiana. Viajaron los ermitaños a Aviñón (7), donde el papa Gregorio XI los presentó ante el conclave de los cardenales. Aceptado el proyecto planteado, permaneció en la ciudad francesa el obispo dimisionario de Jaén, gestionando los diferentes trámites, que el incipiente movimiento necesitaba para ser revestido de orden monacal. Su elección para desempeñar tales funciones no fue aleatoria. Gozaba de buena aceptación ante el entorno del Pontífice desde hacía tiempo. Cuando, en 1359, la sede episcopal jiennense había quedado libre, se desencadenó un duro debate para poner en ella sucesor. El cabildo, de acuerdo con las normas del Concilio Lateranense IV (1215), eligió para ocupar la sede a Don Andrés; el papa Inocencio VI, por su parte, ateniéndose a su derecho de reserva pontificia, practicado por el centralismo de Aviñón, nombró a don Alfonso, que era arcediano de Saldaña, en la diócesis de León. Tras varios debates entre los electos, quedó don Alfonso como definitivo y legítimo sucesor de la sede andaluza, a la que después renunció para dedicarse a la vida eremítica (8). Su buena acogida en Aviñón abrió las puertas a la agilización de los trámites, que desembocaron en la fundación por Gregorio XI de la Orden de San Jerónimo. Quedó aprobada su vida comunitaria, con hábito blanco y pardo, y aunque bajo la advocación de "Hermitaños de S. Jerónimo", recibió la Regla de S. Agustín, modelada conforme a las Constituciones del Monasterio de Santa María del Santo Sepulcro (Florencia). Se les concedió la correspondiente bula de fundación el día de San Lucas de 1373. Ante Gregorio XI cambió de nombre D. Pedro, que actuaba de fundador, llamándose Fray Pedro de Guadalajara, y se convirtió en el primer Prior de Lupiana, acometiendo en seguida la construcción del claustro, celdas y capillas para misas y cementerio. Fue el primer monasterio de la Orden Jerónima de España. Se les permitió tener tantos monjes, cuantos posibilitasen las limosnas, y se les facultó para fundar otros 4 conventos en España y Portugal. Sus monjes fueron conocidos como los "bartolos", de acuerdo con la dedicación de la ermita a S. Bartolomé. En Lupiana se reunió, en 1415, por primera vez, el Capítulo General de la Orden, y allí continuaría reuniéndose. A la reunión trienal del Capítulo asistían los más altos cargos políticos de la nación. No les faltaron, desde el principio y de forma sostenida, pingües limosnas, en forma de donaciones de reyes, gentes de la nobleza y familiares de los monjes (9): La madre del fundador, Elvira Martínez, donó a su muerte, casas, tierras, huertas y molinos. La hermana de los Pecha, Dª Mayor Fernández Pecha, casada con Arias González Valdés, donó ciertos molinos que poseía en la ribera del Henares, muchas casas en Guadalajara y otras heredades. El hijo de ésta, Men Rodríguez Pecha de Valdés, les donó cuantiosa herencia. El propio D. Alonso Fernández Pecha, obispo dimisionario de Jaén, donó un sustancioso legado, con el que se construyó el segundo claustro. Formaban dicho legado todos los bienes raíces y muebles que poseía en el lugar de Barajas, en el de Quintana, en Muñoza y en toda la tierra de Madrid. El mismo fray Pedro donó su casa de Guadalajara (hoy Ateneo Municipal) que se dedicó a Hospedería de la Orden. Desde sus comienzos, el Monasterio de Lupiana gozó de la protección de los Reyes y de la nobleza: Fueron muy numerosos los favores reales: Lo inauguró Juan I. Enrique III les dio 5.000 mrs. de juro en las Tercias de Sigüenza para que construyesen el edificio. Tal beneficio fue confirmado por Juan II, Enrique IV y los Reyes Católicos. Éstos le concedieron, además, gran cantidad de sal de las salinas reales de La Loma (junto a la Riba de Saelices en el Valle del Río Linares). En marzo de 1569, Felipe II aceptó el Patronato de la Capilla Mayor de su Iglesia, que le ofrecieron los Jerónimos, lo que coincidió con la entrega al Monasterio de la jurisdicción completa de la aldea de Lupiana y de todo su término. El señorío sobre la población les capacitaba para nombrar alcalde mayor, alguacil, escribano, regidores y cuadrilleros. Se abrió con ello un periodo en el que llovieron sobre él numerosos favores por parte del Rey. Consecuencia de ello fue que el siglo XVI contemplara la época de mayor preeminencia política y económica de San Bartolomé de Lupiana: Numerosos nobles se prodigaron en atenciones al Monasterio. Resaltan las atenciones de los poderosos Mendoza de Guadalajara: de D. Íñigo López de Mendoza, primer Marqués de Santillana; de la hermanastra y gran enemiga del marqués, Dª Aldonza de Mendoza, Duquesa de Arjona, que dotó generosamente en su testamento al Monasterio, permitiendo la reconstrucción y ampliación de su iglesia, la elaboración de la sillería gótica del coro y la talla de su sepulcro en alabastro blanco. Don Bernardino de Mendoza, arcediano de Guadalajara, dejó mandas para dar pan a los pobres. D. Antonio de Mendoza donó cantidades para obras pías y casamiento de huérfanas. En 1472 D. Alonso Carrillo, arzobispo de Toledo, conmovido por la pobreza del claustro, mandó edificar uno nuevo alto y bajo. El Conde de Coruña, D. Lorenzo Suárez de Figueroa y su mujer Isabel de Borbón, cabezas de una de las ramas secundarias de los Mendoza, suscribieron el Patronato de la Capilla Mayor del templo jerónimo, en 1480, responsabilidad que se extinguiría, en 1545, por renuncia de su descendiente, Alonso Suárez de Mendoza. En su claustro se enterraron donantes del monasterio, como Andrés de la Fuente, que les entregó la heredad de Valbueno. En la segunda mitad del siglo XVI, época de esplendor del Monasterio y de su templo, sus bienes económicos son muy importantes y, además, cuenta para su servicio, con buen número de esclavos negros. Su farmacia fabrica medicinas muy apreciadas en la región, de las que obtiene pingües beneficios. En 1786, el censo da la siguiente población para el Monasterio: 58
religiosos profesos. Dedicación de los monjes: Rezo y música. Es la música una actividad digna de resaltar entre los jerónimos: Todo monje jerónimo, además de sus libros de teología, filosofía y cánones, estudiaba siete años de música: las composiciones de Mozart o Beethoven entraban en España por su puerta. Cuando se disolvieron los conventos, los monjes jerónimos encontraron fácil empleo como maestros de capilla en las catedrales, organistas de parroquias y músicos de orquestas ambulantes. La muerte de Lupiana llegó de la mano del ministro Mendizábal, el 8 de marzo de 1836, cuando en virtud del Decreto de Desamortización, los jerónimos hubieron de abandonar Lupiana, distribuyéndose como seculares por varios lugares del País. Sus riquezas y joyas artísticas se dispersaron por la provincia de Guadalajara. Muchas obras de arte desaparecieron debido a la incuria de particulares. El edificio fue adquirido por la familia Páez Jaramillo, de Guadalajara, de donde por lazos de matrimonio pasó a los marqueses de Berzanallana, que aún lo poseen. Fue declarado Monumento Nacional en 1931. Su Iglesia se hundió en el siglo XX y hoy se dedica a jardín de la mansión noble. (Se puede visitar el lunes por la mañana). Tiene tres claustros: el antiguo, el renacentista y el mudéjar, construido en época de D. Alonso Carrillo, arzobispo de Toledo. De sus muros salieron los monjes que fundaron la mayor parte de las casas, aunque sólo en la Península Ibérica, pues los Monasterios Jerónimos nunca rebasaron sus fronteras, ni siquiera pasaron a América. Nuevas fundaciones Siguiendo el modelo que se fue gestando en Lupiana, se fundaron otros muchos monasterios (10), de algunos de los cuales trataremos de anotar las características más destacadas, a fin de conocer mejor el desenvolvimiento de la Orden y las lógicas repercusiones en el Monasterio Jerónimo de Granada: En 1374, fray Pedro, terminado su año de Prior, fundó el Monasterio de Sisla, junto a Toledo. Visitó a antiguos compañeros ermitaños y con ellos fundó los cenobios siguientes de la Orden Jerónima: En Castilla: Santa
Ana de la Oliva. En el Reino Valenciano: San
Jerónimo en la Plana de Jávea. El Prior que sustituyó a fray Pedro, fray Fernando Yánez, continuó con nuevas fundaciones, como la Casa de Guadalupe, que le ofreció Juan I de Castilla. Con sus progresivas fundaciones la Orden de los Jerónimos llegó a reunir hacia finales del siglo XVI los monasterios que a continuación se exponen, recogidos en el Libro de Actas Capitulares del Monasterio de los Jerónimos de Granada, fol. 1 (11): "Monasterios de nuestra orden con la antigüedad de su fundación: -
San Bartolomé - 1 (A continuación se añade con otra letra): -
San Bartolomé Características que ofrecen algunos de estos monasterios Las características que provisionalmente se han podido espigar en diferentes Monasterios Jerónimos, nos permiten atisbar el desenvolvimiento de esta orden peninsular, a la espera de nuevas y más profundas investigaciones. Nos aclaran, en cierta medida, la gran influencia de la orden en las altas esferas políticas, sociales económicas. De ahí que nos llamen la atención sus relaciones con la nobleza y la corona, y la procedencia de los fondos económicos utilizados por la orden en las obras de caridad que dispensó a los pobres en las puertas de sus conventos. Nuestra Señora de Guadalupe En 1389, Juan I de Castilla, a petición del obispo don Juan Serrano, último prior secular de Guadalupe, entregaba a los Jerónimos este famoso santuario mariano (12). El 22 de octubre de ese año llegaban a las Villuercas 32 monjes procedentes de S. Bartolomé de Lupiana. Su número fue creciendo ininterrumpidamente, pues de los 100 religiosos de 1424 ascendió a 140, en 1495. Hasta la Guerra de la Independencia la población conventual osciló entre 110 y 150 miembros. Mantuvieron los recién llegados la tradición del Priorato Secular de explotar directamente las tierras, durante más de cuatro siglos. Su patrimonio económico fue notable y variado, centrándose en la agricultura y en la ganadería. Con su acertada administración proporcionaron al Monasterio una edad de oro, que se extendió entre los años 1389 y 1562. Habían recibido, a su llegada, del Priorato Secular, 17 dehesas, 773 vacas, 1.259 ovejas, más de 23 viñas, tierras de pan llevar, y 5 granjas en las que se empleaban 123 bueyes de arada. Su sagaz laboriosidad amplió, en un tiempo prudencial, los incipientes bienes con 10 dehesas vaqueriles adquiridas por importe de 9.794.864 mrs. y 15 dehesas ovejunas o carneriles compradas por 3.072.793 mrs.. Recibió, además, donaciones de pastizales que le permitieron mantener 6.674 ovejas y 10 vacas. Hacia finales del s. XV los monjes empleaban en las tareas agrícolas unos 295 bueyes y cosechaban unas 2.000 fanegas de trigo. - En 1598 el Monasterio tenía 186 bueyes o vacas, 22.309 ovejas, 6.306 cabras y 759 puercos. - Hacia 1624, las dehesas que poseía el Monasterio medían 33.000 Has. y tenían una cabida de 5.715 vacas y 48.196 ovejas. El 45,24 % de esos pastizales se hallaban en término de Trujillo y el 27,49 % en el de Medellín. - Aparte de las Dehesas, el Monasterio poseía, hacia 1624, más de 3.000 fanegas de sembradura en los términos de Bringuilla, Madrigalejo, Alía y Guadalupe. A los bienes agrarios añadieron los monjes un notable patrimonio Urbano: Casas: En 1526, tenían 300 casas en Guadalupe, algunas casas dispersas en otros núcleos urbanos. Medios de transformación: Hacia 1568 contaba el Monasterio con 14 molinos harineros, 2 molinos de aceite, 3 batanes y 1 aceña. Su patrimonio disfrutó además de otros bienes, procedentes de Donaciones y derechos impositivos: Donaciones o limosnas: Las demandas del monasterio supusieron, entre 1548-1557, de media anual: 3.009.996 mrs. Los motivos de estas demandas radicaron en el fomento de la devoción de la Virgen de las Villuercas o Guadalupe. Así lo deja ver el diálogo de uno de los primeros priores jerónimos con la Virgen: "Ea, pues, Señora, quien podrá más, yo a gastar o Vuestra Magestad a traher, y ahí fue vencido el prior, que más traía, que él gastava". Derechos decimales: Hacia 1556, las Tercias Reales de Trujillo y su tierra permitían al Monasterio ingresar "unos años con otros", 1.500 fanegas de trigo, 1.000 fanegas de cebada, 100 fanegas de centeno y 451.000 mrs. de "menudos" o diezmo tributado por la ganadería. Ingresos: Los ingresos que el patrimonio rural y urbano porporcionó al monasterio fueron notables. Ingresos rústicos: Arrendamientos de pastizales: Entre 1548 y 1556, la media anual de los arrendamientos de pastizales en su beneficio fue de 2.000.978 mrs., es decir, el 20 % de los ingresos monetarios de la casa. Trigo: En 1556, el Monasterio ingresaba una media anual de 14.600 fanegas de trigo: de ellas, 3.000 fa. procedentes de Diezmos, 1.500 fa. de Tercias Reales, 1.500 fa. de molinos y 8.460 fa. de cosechas y rentas. Vid: En 1504, ingresaron 1.852,5 cargas de uva: de ellas, 1.450 de cosecha propia y 402,5 de Diezmo. Sin embargo, el consumo de vino del monasterio era mayor. Aceite: Los Jerónimos plantaron olivares. En 1585-67, la media anual de cosecha y diezmo de aceite, ascendió a 1.771,66 arrobas de aceite. Huertas: El Monasterio tenía más de 10 huertas en Guadalupe, suficientes para sus necesidades de frutas, verduras y hortalizas. Privilegios: Papas y Reyes concedieron numerosos privilegios y exenciones al Monasterio. Entre los privilegios reales: exención del pago de servicio y montazgo de 15.000 cabezas trashumantes. Los Reyes Portugueses también le concedieron exención de pastos a 15.000 cabezas ovinas. Ingresos monetarios del Monasterio: El total de ingresos monetarios del Monasterio en el decenio 1548-1557 fue: 97.441.687 mrs.: El
34,31 % procedió de intereses de juros, de la renta de
dehesas, de otras rentas y de las
"cosas vendidas". Por tanto, sus rentas en esas fechas dependían básicamente de las demandas, de los arrendamientos de dehesas y de los beneficios de sus inversiones pecuniarias. A mediados del siglo XVI Guadalupe era, casi con toda seguridad, el Monasterio más rico de España. Gasto anual de la Casa: Entre 1611 y 1620, el gasto medio anual de la "Casa" se elevó a 19.757.276 mrs., a 12.367 fa. de trigo, 4.061 fa. de cebada, 6.587 arrobas de vino, 1.314 arrobas de aceite, 3.464 arrobas de pescado, 2.352 carneros, 563 machos, 1.417 ovejas y corderos, 84 vacas y 989 cabras. Ello denota que aún no habían puesto en marcha un riguroso plan de austeridad. Lo harían hacia finales del siglo XVII en que el número de reses sacrificadas descendió un 45,23 %, y el consumo de grano un 45,21%. El plato principal de la comida de los monjes estuvo constituido, básicamente, por guiso de carne y garbanzos . Ganadería. Evolución: Hasta 1470 la ganadería vacuna fue la explotación pecuaria más importante del Monasterio. Luego decayó durante la Guerra entre "Isabelinos" y la "Beltraneja", sin recuperarse. En 1527 poseían 2.791 reses vacunas. La
cabaña ovina creció a buen ritmo entre 1389 y 1525: tenían
arrendados agostaderos para
ella en las tierras conquenses. La cabaña porcina creció hasta mediados del siglo XVI. Luego se estancó en 1.300 cabezas. La apicultura: sus colmenas produjeron, entre 1585-1587, una media anual de 166,6 arrobas de miel. La "Edad de Plata", 1710-1786: expansión de las cabañas y de las labores: Lograron que sus ingresos en metálico y en especie crecieran apreciablemente, entre 1710 y 1786, gracias a la ampliación de la cabaña ganadera y el crecimiento de las actividades cerealícolas de las granjas. La cabaña en 1700: Cabaña
merina: 19.207 cabezas. Cabaña en 1784: Cabaña
merina:24.687 cabezas. Los monjes guadalupenses eran dueños de una de las quince mayores explotaciones trashumantes castellanas. Muy pocas "empresas" ganaderas de la Corona de Castilla, probablemente menos de cinco, tuvieron en el siglo XVIII una dimensión superior a la del Monasterio de las Villuercas. Los ingresos cerealícolas ascendieron, entre 1710 y 1784 del modo que sigue: Los
granos: un 43,5 % El volumen de mano de obra empleada por los Jerónimos hacia 1752 fue de más de 715 trabajadores fijos. San Jerónimo de Yuste Situado en las estribaciones de la Sierra de Gredos, en La Vera (Cáceres), junto a Cuacos. Desde 1407 se dan los primeros pasos para la existencia del cenobio. Se debió a varios vecinos de La Vera que decidieron seguir allí la vida contemplativa de los ermitaños y que luego se acogen a la Orden de San Jerónimo. Cuando, en 1556, Carlos I decide retirarse al convento para hacer vida contemplativa, debieron realizarse obras para ampliar las escasas dependencias y poder acoger al emperador y a las 60 ó 70 personas de su séquito personal. La casa-palacio del emperador Carlos V se construye en 1557 y se adosa al Monasterio Jerónimo de Yuste. El 21 septiembre de 1558 moría el emperador y era enterrado en la iglesia del Monasterio, pero luego sus restos fueron trasladados al Panteón Real del Monasterio de El Escorial. Monasterio de Santa María del Parral (Segovia) Está enclavado extramuros de la ciudad, en la Alameda, ribera del río Eresma. El marqués de Villena Don Juan Pacheco, agradecido por la victoria obtenida en un duelo contra su rival, sin que a éste le valieran sus dos sicarios, decidió convertir en monasterio la ermita de Nuestra Señora del Parral, en cuya vecindad se había producido el encuentro. El Marqués lo hizo en 1445, impulsado por Enrique IV. Compró la ermita del Parral a los canónigos y erigió el Monasterio, que se puebla con monjes salidos de Guadalupe. Pero quien realmente asume la tarea de llevar adelante la fundación, en 1454, fue Enrique IV. En 1479 se reanudan las obras y colabora en ella la familia del Marqués de Villena. Capillas existentes en el monasterio y familia nobiliaria a la que pertenece: En la Capilla Mayor se entierra el Marqués de Villena, don Juan Pacheco, cuyos restos se trajeron desde Guadalupe, en 1480. Enrique IV, que pensaba enterrarse allí, al final quedó enterrado en Guadalupe, junto a su madre. Aparte de ésta, se instalan en él otras capillas nobiliarias: Capilla de la Virgen de los Cuchillos, de Los Brihuega. Capilla de la Anunciación: perteneció al mayorazgo de Los Pascual. Capilla de S. Gregorio: era del linaje del regidor Gaspar de Oquendo. Capilla de San Sebastián: de la familia Tapia, descendientes de Pedro Tapia, del Consejo de Enrique IV. Capilla de San Jerónimo: Fundada en 1482 por don Alfonso González de la Hoz, secretario y contador de Juan II, Enrique IV y los Reyes Católicos. Capilla de la Asunción: A fines del siglo XV, Fray Pedro de Mesa vendió la Capilla de S. Pedro a Sancho García del Espinar, uno de los caballeros presentes en la proclamación de Isabel la Católica, como reina de Castilla, en la Plaza Mayor de Segovia. Capilla del Descendimiento: del linaje de Los Coronel-Solís. Fundada por Hernán Pérez Coronel, cuyo nombre judío era Abraham Senior. Fue hombre de peso en la Corte de los Reyes Católicos y el judío más importante de Castilla. Fue bautizado en Guadalupe, en 1492, y apadrinado por los Reyes Católicos, que le dieron el linaje de los Coronel. Capilla de la Natividad: del linaje de Los Heredia. Sepulcro del canónigo Bartolomé de Mirabate, con arco de medio punto de 1580. Sepulcro de la familia Solís: arco de medio punto de 1543. En el Parral se define el Monasterio Jerónimo, que tenía que ser de cuatro claustros. Palacio Real-La Granja de San Ildefonso Enrique IV levantó en la Sierra de Guadarrama un pabellón de caza, en 1450, y los Reyes Católicos donaron la propiedad a los Monjes Jerónimos del Parral. Los religiosos establecieron allí una granja. En el siglo XVII, Felipe V edificó el Palacio Real de San Ildefonso, llamado de la Granja, por la que allí establecieron los jerónimos. El conjunto del Monasterio está rodeado por una tapia que encierra la huerta, arboleda y tierras de secano. La iglesia de San Jerónimo el Real (Madrid) Esta iglesia (13) se construyó por orden de los Reyes Católicos y en ella se celebraron actos importantes de la Casa Real. Tuvieron lugar en ella reuniones de Cortes del Reino, juraron los Príncipes de Asturias desde Felipe II a Isabel II. Se casó Alfonso XIII. Se celebró la exaltación del rey Juan Carlos I al trono de España, en 1975. Monasterio Jerónimo de Santa Engracia (Zaragoza) Ocupa (14) el lugar de la cripta que en el siglo IV d. C. guarda los restos de la mártir Santa Engracia, cuya imagen presidía la entrada de la puerta. La religión cristiana adoptada en la Zaragoza romana, experimentó las persecuciones del s. III, cuando la ciudad ya era sede episcopal. El Monasterio Jerónimo fue construido en los siglos XV-XVI sobre la antigua necrópolis cristiano-romana, donde fueron encontrados los dos sarcófagos de mármol que hoy se guardan en su cripta: el de la Receptio Animae y el de la Trilogía Petrina, ambos datados entre el 330 y el 350. Fue fundado por el rey Juan II de Aragón en agradecimiento por su curación de una enfermedad de cataratas, continuado por su hijo Fernando el Católico y finalizado por el emperador Carlos V. La construcción del grandioso conjunto arquitectónico data de la primera mitad del siglo XVI. La Iglesia es de la primera mitad del siglo XVI y experimenta una profunda restauración en el siglo XIX. Hoy lo único que se conserva de él es la portada. El mecenazgo regio se refleja en los escudos que se sitúan en las enjutas del arco de ingreso y en las imágenes orantes de los Reyes Católicos, Fernando e Isabel, acompañados de San Juan Bautista, Santa Catalina de Alejandría y de los Santos S. Jerónimo y Sta. Paula. La Catedral de Huesca conserva un gran conjunto de cantorales, de canto llano, provenientes de este monasterio. Monasterio de El Escorial El 10 de agosto de 1557 tropas españolas ganan la Batalla de San Quintín, contra los franceses, el día de S. Lorenzo. Agradecido a la protección del Santo, Felipe II propuso un templo en su honor (15). Pero el proyecto de sólo Basílica se amplía y acaba por ser Residencia Real, Monasterio de Monjes Jerónimos, una inmensa Biblioteca, una Universidad, un Dispensario, una Farmacia y un Hospicio. Y, sobre todo, un mausoleo para sepultura de su padre y de su madre y, a su tiempo, Panteón de los Reyes de España. El conjunto del Monasterio recuerda la forma de una parrilla, instrumento del martirio de San Lorenzo. - En 1561 se propuso en el Capítulo General de los Jerónimos la intención de Felipe II de fundar un monasterio a título de San Jerónimo en la villa del Escorial. - En 1562 se inicia la gran fábrica del Escorial. La primera piedra se puso el 23 abril de 1563 y se tardaron 21 años en su construcción. El mismo año que se puso la primera piedra del Monasterio, se ponía la última del Concilio de Trento. - Comenzó San Lorenzo del Escorial con 7 monjes, hacia 1568, y el rey lo dotó de un gran tesoro de reliquias. Esto estaba en relación con la antigua y fuerte costumbre y creencia de la Iglesia en los beneficios que aportaba la cercanía de los santos (ad sanctos). De aquí la acumulación en un lugar del mayor número de reliquias posible, de las que era inmensamente rico el Monasterio de El Escorial. - En junio de 1598 se trasladó Felipe II al Escorial, donde permaneció hasta su muerte. Por parte de la Iglesia se hace una advertencia al Rey: "No permiten los sacros cánones que se consagren las iglesias sin dote". Felipe II lo dotó generosamente con Dehesas de Pasto, de las que en el siglo XVIII incluyó en su propiedad más de 70.000 Has., abundantes tierras de labor, beneficios, la Abadía de Parraces, que perdió su autonomía, 300 fanegas anuales de sal de las salinas de Atienza, una cabaña merina que llegó a contar 40.000 cabezas y exención de impuestos. La respuesta de dotación dada por el rey fue la que sigue: - De los 150 monjes, que tiene el Convento y el Colegio, 100 son sacerdotes. - Para la Dote, que permitirá el sustento de éstos hace las siguientes donaciones: - La Dehesa del Quexigar, la de la Herrería, la de la Frexneda, el Espadañal, y heredades con muy anchas posesiones que le están ya entregadas. - Une también a la Casa de San Lorenzo, la Abadía de Parrazes, que es muy amplia, el Priorato de Santo Tomé y otros muchos beneficios eclesiásticos. - Se le dan, además, otra serie de bienes. He aquí lo que dejó mandado Felipe II para el sustento de los monjes de El Escorial en su último Codicilo: - Que ante el Santísimo Sacramento haya continuadamente dos frayles. - Aniversarios. - Gran número de misas, etc. Para esto y para que hubiera buen número de frailes, además de la dotación, ya hecha, se añadieron en el Codicilo otras heredades y dehesas: - Las Dehesas del Campillo y Monasterio. - Algunos pedazos de tierras y dehesas que alindan con las del Piul, con las dehesas de Pajares y Palomarejo. - 50.000 ducados muertos, sacándolos de la fábrica, que iba corriendo por dos años, que estuviesen siempre en depósito, y de ellos se socorriesen las necesidades que se ofreciesen, y luego se tornase así lo que se sacase. - Para el sustento de la Sacristía aplicó el oficio de la Imprenta de las Bulas de Toledo. - "Para el reparo de tan grande casa, templo, claustros, casa real y oficinas della, dejó unas dehesas que llaman Los Guadalupes, engañado grandemente por los que trataron esto, haciéndole creer que valían más de diez mil ducados, no valiendo tanto con mucho, y éstos tan llenos de pleitos, que es ahora lo mismo que nada. De manera que en lo principal, o sea, conservación del edificio, allí cayó la falta". - Para sustentar jardines y fuentes y cosas parecidas, aplicó algunas dehesas que están junto a Aranjuez, que se llaman Gozquez y San Esteuan. - Dejó mandado en otra cláusula que las cátedras del Colegio, leídas siempre por personas seglares, las leyesen los religiosos de la Orden de San Jerónimo. Remodelaciones acometidas en los bienes dotales de El Escorial: En la Dehesa del Quexigal se plantó una viña: - Se desmontó un circuito de una legua y se plantaron vides, repartiéndola en cuarteles y calles y en su linde pusieron olivos. - Se hicieron bodega y lagares en que hacer y conservar el vino. - Poco a poco se edificó una grande y hermosa casa con muchos aposentos, lagares y bodegas bastantes, tanto para el vino, como para el aceite. - Se cercó toda la viña de una pared de piedra seca, que tiene seis o siete pies de alto. - El edificio de la casa es de cal y canto y ladrillo - Tiene un patio grande, aunque no es cuadrado ni con pilares, ni corredores, más que por una parte interior que mira al Mediodía y otro pedazo en la que mira al Oriente. Allí se aposentan bien acomodadas las personas reales, cuando van a ella. Tiene una capilla grande y espaciosa, donde se dice misa. - Fuera de la casa hay otra capilla, que son las reliquias de una iglesia antigua, que allí había en una población pequeña que se debió llamar Quexigal. En ella se conserva la pila del bautismo. "La heredad es de las mejores piezas que se sabe en España; aunque estas cosas de grangerías, cosechas y labranças no son para religiosos ni gente tan recogida, y administrándose todo por criados, se salen, como dizen, comido por seruido, y traen poco más prouecho que la costa; mas como a los que no dan no escogen, y las grangerías, ya que no auentajan, traen a lo menos consigo abundancia, y no se siente escaseza ni mendiguez. Abraçó esto el conuento por merced de su Magestad, y no pierden nada en ello, ni se embaraça en ello más de vn solo religioso, que muchas vezes es vn hermano lego". "Tiene esta casa otra heredad, cinco leguas de aquí, baxando todas las faldas destas sierras, caminando hazia Toledo. Llámase san Saturnín, por la ermita del santo del mismo nombre. Los aldeanos de Aldea del Fresno, Mentude, Villa del Prado y otras acuden en tiempos de sequía a pedir agua al santo. La finca tiene buena casa y dehesa con encinas, viñas y olivos. El contorno no tiene dos leguas cabales. Esta heredad no la dio el rey, sino que la compró el monasterio al Conuento de Ntra. Sra. de Guadalupe". "En la Ribera de Jarama, junto a Aranjuez, a cuatro leguas de Madrid, tiene el monasterio otra dehesa y heredad, "debe ser el más fértil pedaço de tierra que ay en el reyno de Toledo, en pasto y en caça de conejos; parece algunos años que los céspedes de aquel suelo se conuierten en ellos. El ganado que allí se cría es fuerte, arisco, brauo, en especial lo vacuno, de donde han tomado nombre en España los toros jarameños; creo lo haze el mucho Taray que produze la Ribera, que por ser tan abridor y criar tan pura sangre, los haze briosos e indomables, como a los cauallos andaluzes del Azedo de la Ceuada le da aquella admirable ligereza y fuerça, sobre todos los de España". "Vna de las mejores cosas que el pío y santo fundador dio a esta casa, sin que de su hazienda pusiese nada, fue la Abadía y Casa de Parraces. Su casa vicaria es de esta casa: sus primeros fundadores fueron Blasco Galindo y doña Catalina de Guzmán, su mujer". En 1489 se descubrieron restos de antiguas comunidades religiosas del año mil y del siglo XII. Doña Juana y Carlos V concedieron al Monasterio de Parraces no pagar portazgo por todo el reino y llevar 3.000 ovejas por do quisieren, sin pagar, 1.500 vacas, 800 puercos y 50 yeguas, y tener por excusados 50 yugueros y otras exenciones y privilegios. En 1454 los monjes de Parraces dividieron los bienes entre el Abad, canónigos y racioneros, la fábrica, etc. Y se corrompieron. Monasterio y Abadía o Priorato de S. Tomé de Pie de Puerto (pertenece también a El Escorial). También se corrompieron estos monjes. En 1573, Felipe II pidió a Gregorio XIII agregarlo a los Jerónimos de El Escorial. La renta de este Priorato vale 1.000 ducados escasos. Tiene una aldea de gente pobre. Hoy, en El Escorial, los agustinos han reemplazado a los jerónimos. Monasterio de San Jerónimo de Baza Fue fundado este monasterio (16) por D. Enrique Enríquez de Guzmán, tío del Rey Católico, y su esposa, quienes fueron fundadores de otros muchos conventos y monasterios en diferentes lugares. Las razones de su fundación están relacionadas con la devoción del fundador y el deseo de atraer a los moriscos, que habían recibido el bautismo obligatorio en 1500, a la religión cristiana. Le pareció que era medio adecuado para ello el que "viessen la solenidad del oficio diuino en una casa de la orden de S. Gerónimo". Levantaron en poco tiempo dos claustros de buen tamaño y una Iglesia de buena proporción, todo ello de tapiería. En 1502 recibieron los Jerónimos para ocuparla la casa fundada bajo la advocación de Nuestra Señora de la Piedad. Enviaron los 20 monjes en que habían pensado los fundadores, al principio, para los que habían asignado en dote una renta de cien mil maravedís en juros y seiscientas fanegas de pan por mitad, trigo y cebada. Las celdas del Convento pueden coger agua desde las ventanas, "de vna hermosa acequia que passa por debaxo dellas". Muerto pronto don Enrique Enríquez, su mujer, María de Luna, creyó que eran pocos veinte monjes, y para aumentar su número hizo una segunda dotación. Ordenó que se añadiesen diez frayles más, para llegar a treinta. Dobló la dote y la renta, aumentándola en otros cien mil maravedís de juros y otras docientas fanegas de pan por mitad, trigo y cebada. "Añadió a esto con singular deuoción y ánimo muchas joyas y adorno para la Sacristía y Iglesia: cálices y cruces de plata, brocados y sedas para ornamentos, tapicería y cosas de lienzo para los altares". Doña María de Luna dio, además, al Convento "vn hermoso término de dos leguas en contorno, que se llama Bençalema, término árabe, que suena lo mismo que 'hijo de paz', por un castillo antiguo que está allí cerca, donde por hacerse algunas paces o conciertos, se le puso este nombre". "Era todo suyo, y por no desagradar a la gente de la tierra dexaron el pasto, la caça y la pesca, común para todos, y sólo gozan de las tierras que labran, tan agenos de interesse y de otras codicias". Los Baños del Gebal Kohol los han dejado los frayles comunes para todos. Desde entonces ha sustentado el convento 30 religiosos, dedicados a la celebración del oficio divino. Mandaron los fundadores que se edificase su casa junto al convento, y a través de una ventana, frontera del altar mayor, oían los divinos oficios. Entre el monasterio y la ciudad, distantes como dos tiros de piedra, se han ido levantando casas de los criados de los fundadores. Ambos fundadores están enterrados en la Capilla Mayor del monasterio, y otros miembros de su casa en el cuerpo de la iglesia. El Prior y el Convento administran un hospital, el mejor que hay en la ciudad, a donde acuden pobres de las comarcas de Murcia, Cartagena y otras partes. Atienden también el Hospital de Niños Expósitos, junto con la Iglesia Mayor, que señala un canónigo para esto. A comienzos del siglo XIX la situación de los jerónimos de Baza era la que sigue (17): Poseen gran parte de la Vega de Baza, en la que también asientan sus propiedades "otros frailes de Baza y mayorazgos forasteros y algunos mayorazgos, y otros haraganes de Baza, tiranos del labrador". Tiene también heredades en la Vega de Benamaurel. Benamaurel tiene 2.500 fanegas de huerta y unas 3.000 fanegas de secano. De éstas quedan en manos muertas 200 fanegas de huerta y otras 200 fanegas de secano, pertenecientes casi todas ellas a los jerónimos de Baza y a la fábrica de su iglesia. A la población no le parecían adecuadas tales propiedades y así los manifestaban: "Una mujer de Banamaurel me pintó muy bien lo mal puestas que están las haciendas en manos muertas, y un eclesiástico habló exactísimamente sobre la sobra de frailes y canónigos, y modificaciones que debe sufrir su estado". Los Jerónimos de Baza tenían de renta, en esas fechas, de treinta a cuarenta mil ducados anuales y aún continuaban formando una comunidad de unos treinta miembros. En general, la mayor parte de las instituciones religiosas tenían unos ingresos saneados que solían invertir en juros, censos o simplemente, en préstamos. Por estas fechas "tomó el señor de Castril de unas monjas de Granada treinta mil reales a censo". Monasterio de Santa Paula en Granada En el Capítulo General de 1540 se recibió por la Orden Jerónima "El monasterio de las religiosas de nuestra orden, que está en la ciudad de Granada", expone el P. Sigüenza (18). Según este fraile jerónimo de comienzos del siglo XVII, el Abad de Santa Fe, dignidad de la Iglesia Catedral de Granada, "quiso ofrecer su hazienda al servicio de Nuestro Señor; parecióle sería acertado fundar vn monasterio de religiosas de la orden de San Gerónimo, despertado de la deuoción del Santo, que por ser de su mismo nombre (llamáuase don Gerónimo de Madrid) se la auía cobrado muy grande desde la cuna". "Començó el edificio con calor y con ánimo; quando lo tuuo en pie, rogó al arçobispo, que a la sazón era don Gaspar de Áualos, el año de 1521, a veynte y nueue días del mes de agosto, que le leuantó en título de Monasterio de Santa Paula…". "Dióle sus bienes y rentas en dote, y para que se fuesse labrando lo que faltaua de la casa". "El año de quarenta adelante, entendiendo que se juntaua Capítulo General, embió a suplicar a la Orden tuuiese por bien de recibirle en su vnión, y le incorporasen con los otros". "Murió el Abad de Santa Fe, y quedó por su testamentario Pedro de Gumiel, canónigo de la misma iglesia, que auía ido prosiguiendo el intento y el edificio". Estaba sospechoso "porque sabía quan de mala gana se reciben en esta religión monasterios de monjas, porque no son sino causa de distracción y embaraço de los Priores y religiosos que se ocupan en seruirlas". "El dote era poco, porque se auía gastado mucha parte del en el edificio; estando en esta duda y con desseo de executar la voluntad del amigo difunto, dos buenos casados, gente noble, y vezinos de la misma ciudad: llamáuase él Antonio de Vallejo y ella doña Leonor del Alcáçar, entendiendo que aquella buena obra no se ponía en execución por la razón dicha, se ofrecieron al aumento de dote, de suerte que con aquello (no sé precisamente lo que fue) tenía suficientemente para que se sustentase vn convento de buen número de religiosas". El Capítulo General lo aceptó, y el año de 1543 mandó al Prior de S. Jerónimo de Granada, fray Diego de Linares, "que para la población de aquel conuento lleuase algunas religiosas del Monasterio de la Concepción Gerónima de Madrid, que tenía (y siempre la conserua) grande fama de obseruantes, y por priora del nuevo Convento de Santa Paula, a Ysabel de Santa Paula". El 4 de mayo llegaron las siervas de Dios a Granada, era día del Corpus Christi. A su reclamo acudieron más monjas. "Toda aquella ciudad es buen testigo de la aspereza y del rigor que siempre han guardado". Son poco menos de ochenta religiosas y entre ellas hay personas principales de linaje y de nobleza, "jamás han admitido criada ni persona seglar en su servicio, de suerte que todas son religiosas, y de las hermanas legas muy pocas, no desdeñándose las más generosas de humillarse a los oficios más baxos…". Monasterios jerónimos andaluces, denostados por ser pobres Los Jerónimos (19) de Santa María de Barrameda, cuya casa edificaron los Duques de Medina Sidonia, tienen una economía aleatoria: "La renta es poca, lo más es limosnas, y los votos de los que en el mar se encomendaron a la Virgen Santísima, y las missas que se mandan dezir: de suerte que es menester viuir como de grangería, cosa que lleua mal esta religión de san Gerónimo". "El Monasterio de Santa Quiteria de Jaén no tiene fundador ni dueño, sino que vn religioso de los Isidros, natural de aquella ciudad, con fauor de sus parientes, alcançó de la ciudad aquella hermita. Hizo dos o tres aposentos junto a ella de tan mal aliño y traça, que no tiene cosa que sepa a monasterio. Tras esto, el sitio es muy malo, junto a la Puerta de la ciudad y entre los caminos más cursados. La renta no puede sustentar más de tres o quatro religiosos, quando mucho, que puestos allí se sustentaran mal, lo que su nombre les pide; bien ocasionados para perderse, y con esta consideración nuestra religión no quiere tener allí frayles puestos a tanto peligro, donde no se espera ningún prouecho ni edificación". Hablando de la Casa Jerónima de Nuestra Señora de Gracia en Carmona dice, después de alabar la devoción a la Virgen de aquella ermita, aparecida o descubierta en el siglo XIII: "Aunque la gente tiene grande deuoción a la hermita, no lo ha mostrado mucho con la obra. La casa se está pobre, que apenas puede sustentar seis frayles. Y los padres primeros, digo los Isidros, trahían vna vazineta pidiendo limosna por la comarca, cosa muy agena de la Orden de San Gerónimo". La vida rica y desahogada parece ser la tónica de esta orden, de manera que cualquier iniciativa de implantar la "vita evangelica" estaba, en poco tiempo, abocada al fracaso. Así ocurrió a la emprendida por Fray Hernando de Talavera, siendo Prior de Nuestra Señora del Prado, en Valladolid. Fracaso de las reformas de pobreza de fray Hernando de Talavera El P. Sigüenza tras aportar algunos datos biográficos de Hernando de Talavera (20), pasa a describir su entrada en la Orden Jerónima y su actividad como monje: Fray Hernando de Talavera dijo en el sermón que "auía determinado entrar en la religión de san Gerónimo, donde toda la vida se gasta en este exercicio de alabança y contemplación divina". Elegido Fray Hernando de Talavera Prior de la casa de Ntra. Sra. del Prado (en Valladolid), estuvo 16 años de Prior, siendo reelegido cada tres años: "Halló la casa adeudada y pobre por el descuydo de los Priores passados. Dio en vna manera de remedio harto costosa para sí y para los religiosos, queriendo con vna celestial prudencia desempeñarla a ella y enriquecer a los frayles de grandes méritos de humildad y de paciencia. Vio que auía muchos moços de seruicio y que éstos hazían dos daños: comían la hazienda, y aún la desperdiciauan, y hazían a los frayles estar ociosos el tiempo que les sobraua del coro. Acordó de despedirlos todos, aún hasta aquellos que parecían no poderse excusar, como eran los del horno, de la huerta y de la cozina, y puso en estos mismos lugares frayles que lo hiziessen". (En la nueva y difícil situación) "yua él el primero a todo, y tomaua para sí lo más enojoso y pesado". Intentó que su frayles fuesen en jumentos, en lugar de llevar mulas, pero la práctica, pasajera, no cuajó. * * *
Monasterio de San Jerónimo de Granada Inicios del monasterio La fundación del monasterio de San Jerónimo en las recién ocupadas tierras de Granada (21), está estrechamente ligada a la conquista de ese reino, para cuya empresa no dejaron los monjes jerónimos de elevar oraciones al cielo. El despliegue de los acontecimientos que propiciaron el asentamiento de dicho monasterio en tierras granadinas, estuvo condicionado por las buenas relaciones de los Reyes con la Orden y los sentimientos religiosos entonces imperantes. El incendio producido en la tienda de los Reyes en Santa Fe, la misma noche en que se habían firmado las Capitulaciones para la entrega de la ciudad, desencadenó el inicio de los diversos pasos que se habrían de dar hasta la llegada de los monjes a Granada. Los Reyes, en agradecimiento a Dios por el buen suceso del accidentado incendio, producido el día de Santa Catalina Mártir, 25 de noviembre de 1491, decidieron erigir en el mismo sitio que ocupaba la tienda una ermita en honor de Santa Catalina: "Y juntamente la acción de gracias a Dios, por aver librado a los dichos reyes de aquel incendio, que huvo en sus reales la noche del dicho día veinte y cinco, de que trata el Pedraza dict. 3. part. cap. 42. y después al cap. 56. ibi: "Dixe, como la reyna fundó en Santa Fe el Convento de Frayles Gerónimos con título de Santa Cathalina la Martyr, en gracias del buen sucesso, que tuvo aquí el incendio de la Tienda Real, y se fundó en el mismo sitio" (22). Dice Bermúdez de Pedraza (23) "… la reina fundó en Santa Fe el Convento de frayles Jerónimos con el título de Santa Catalina, la Mártir, en gracias del buen suceso que tuvo aquí el incendio de la tienda real y se fundó en el mismo sitio". No más conquistada Granada, la Reina Isabel escribe a los monjes de Guadalupe agradeciendo las oraciones que con tanto fervor e insistencia habían elevado al cielo por el éxito de la empresa. El mismo día de la Toma escribe la soberana al Prior de Guadalupe: "Al
Venerable Prior de Guadalupe de mi Consejo. Fundada la ermita de Santa Catalina, la reina invita al Prior de Guadalupe a encargarse de ella y dar inicio a un nuevo monasterio en este lugar. Los Jerónimos de Granada se fundan en Santa Fe, en "la casa de Santa Catalina del Real" (25). Pero este monasterio no lo fundaron los monjes de Guadalupe, de cuyo monasterio sólo había tres frayles. Sus monjes fueron de distintas procedencias (26). La fundación del monasterio consta por la Carta de los Reyes Católicos, fechada en Segovia a 7 agosto 1494: hacen merced a los vecinos de Santa Fe, para cumplimiento de sus vecindades, del sitio donde estuvo el Real de la Vega. Pero el repartidor debería reservar 150 marjales para la Ermita de Santa Catalina, donde quisiera el Prior y los frailes del Monasterio de San Jerónimo (27) Los Reyes lo dotan con lo que necesite. Les donan ciento cincuenta marjales de tierra y les otorgan numerosos privilegios. La Reina "fundó en Santa Fe, en memoria de este día vna iglesia a Santa Cathalina, y dotó su fiesta, encargando el cuydado de ella y de la renta a la Orden de San Gerónimo y convento que allí fundó, después se trasladó a Granada. Quedóse la iglesia allí, y el cuydado de ella al Prior de San Gerónimo de Granada, etc." (28). Pese a pasar pronto a Granada, la Ermita de Santa Catalina continuó manteniendo gran importancia, por su significado y por estar enterrados en ella muchos conquistadores de Granada. Por tanto los monjes procuran decir Misa por los Reyes y los conquistadores, en el día señalado, y después las misas mensuales que el Capítulo considera oportunas. Posteriormente, con el Monasterio instalado ya en Granada, los Monjes se cuidan de mantener saneada la Casa de Santa Catalina de Santa Fe. Así lo proponen en las Actas Capitulares el día 28 de noviembre de 1579: "si les parecía que por quanto la Casa de Santa Caterina estava muy mal traída por estar arrendada, juntamente con las tierras, se dividiese del dicho heredamiento y se hiziese otra casa para el labrador que entrase en el dicho cortijo". Que se haga una nueva casa pegada a la antigua para el arrendador del cortijo "y que la casa se repare y adove y que el procurador ponga allí vn casero para que la tenga limpia y adereçada y que tenga allí dozientas gallinas para güevos al Convento". Y no sólo se ocupan de la Casa, sino de su sentido religioso, ligado estrechamente a la conquista de la ciudad de Granada, lo que manifiestan en la misma fecha de 28 de noviembre de 1579: "que atento a las grandes merçedes que los Reyes Católicos hicieron a esta casa i por ser aquella iglesia el principio de donde esta çiudad se ganó, y por aver allí enterrados munchos christianos que murieron en la conquista desta ciudad, que fuesen vn saçerdote a dezir algunas fiestas allí, y misa. Vino el Convento en que de quinze a quinze días vaya vn saçerdote, que el prior le pareçiere, a decir misa a la dicha iglesia, la víspera del dicho santo y se venga otro día en la tarde y que no entre en Santa Fe sin licencia del Prior, so pena de la culpa más grave". Se aprueba. Traslado a Granada Poco tiempo duró la permanencia de los Jerónimos en la ermita de Santa Catalina de Santa Fe (29). Sus malas condiciones higiénicas y el carácter pantanoso del lugar, foco de enfermedades y muertes, aconsejó el traslado del monasterio a un lugar menos inhóspito. Las pulgas y la poca limpieza del lugar, donde habían estado asentadas las tropas y sus caballerías, hacían especialmente molesto e insano el entorno. Así lo transmite El P. fray Gonzalo de Frías, que fue profeso del Parral y monje de Santa Catalina de Santa Fe, en una relación breve que escribió al arzobispo de Granada, en la que dice: "fueron tantas las pulgas y otras sabandijas que allí se criaron, por razón de auer estado el campo allí assentado y engendrarse naturalmente estos importunos animalillos de la orina y estiércol de los hombres y de los cauallos, que de todo punto se hizo inhabitable el sitio: ni los dexauan comer ni dormir, ni para dezir Missa, ni orar, tenían un instante de reposo. De suerte estauan lastimados con sus mordeduras, que para encarecerlo el santo graciosa y agudamente dice: que no parecían frayles de san Gerónimo, sino de san Lázaro, según estauan de lazrados y mordidos. Entendieron esta plaga los Reyes, y condolidos sus frayles, les dieron otro sitio cerca de los muros de la ciudad, en vna mezquita o hermita, donde auía estado vno de los que ellos llaman Morabitos, o moros santos; llamábase este en su Arabia, Rábita, la Hermita del Quemado. Decían los moros que aquella hermita auía sido quemada tres vezes por los christianos, y que la postrera, quemaron dentro al bendito hermitaño, que passaría, sin duda, de aquellas llamas temporales a gozar de el fuego eterno por sus buenas obras. Yuanle a rezar allí los moros y moras, que también tienen sus santos" (30). La Ermita del Quemado o Mezquita de Maharoch (31) data de mediados del siglo XIV y estuvo en el espacio que ahora ocupa el Hospital de San Juan de Dios. Por allí pasaba el camino que comunicaba la ciudad con Las Gabias. Jerónimo Münzer refiere la construcción del Monasterio de San Jerónimo "en una antigua y noble mezquita". Edificio del monasterio en Granada (A 1) El asentamiento en Granada, en la "Hermita del Quemado", en la Huerta del Pago del Nublo, perteneciente a los Infantes de Granada (32), donde hoy está el Hospital de San Juan de Dios, fue transitorio. Hicieron unas oficinas y celdas de prestado "hasta que se tomó a pechos la fábrica por los Reyes" (33). En Granada, los Reyes Católicos cambian el nombre al monasterio, llamándole, en adelante, Santa María de la Concepción (34). Pero vino una peste de secas y carbuncos y hubo que alojar a los monjes en un carmen (35). Dicho carmen, al que fueron trasladados, en 1504, debió de ser la huerta vecina de Dar Ibn-Murdi. Esta huerta pasó por diferentes manos (36), era en tiempos de Ibn al-Jatib propiedad de la Corona, pero después pasa por donación o venta a otros personajes nazaríes. En 1484 era del alcalde Monfarrax y más tarde de "Ben Mordi". Cuando se conquista Granada pasó al corregidor Andrés Calderón. Por la finca, con casa molino de aceite y palomar, pasaba la acequia llamada del Darro y el camino de la Alquería de Gabia. A la muerte de Calderón, la propiedad de Dar Ibn Murdhi es detentada por su viuda, Isabel Rebollo. En esta finca recibieron los monjes por donación de los Reyes Católicos, un haza, donde abrieron los cimientos para construir el monasterio, otra haza con las eras que lindaban con ella, la casa y una huerta cercada, junto a la casa y molino. En esta propiedad dan comienzo a la construcción del edificio del Monasterio y en ella quedarán definitivamente instalados. Ahí se empezó la construcción de Claustro, celdas y oficinas, que no estarían acabadas hasta 1519 y que los monjes no pudieron habitar hasta 1521. La iglesia, en ese tiempo, sólo tenía abiertos los cimientos (37); pero trataron de levantarla progresivamente con la ayuda que aportaban las capillas funerarias, como la Capilla Mayor o del Gran Capitán. Las Actas Capitulares dejan ver la progresiva construcción del Convento con sus claustros, corredores, fuentes, iglesia, sala capitular, aljibes para servicio doméstico de agua, etc. En 29 abril de 1519, se acuerda en capítulo hacer corredores más anchos en el monasterio. En 22 junio 1520, se había acordado hacer en el patio del Claustro Segundo dos aljibes. Determinan, "para evitar concurso de toda la gente de la casa y otros seglares, que molestarían a los frailes, hacer un aljibe pequeño, y el otro, cuando se pueda, en otra parte, para servicio de la cocina, hospedería y casa de gentes. Todos asintieron. Se hizo en el Claustro Segundo un aljibe de doze pies de hueco en quadra y dies pies en alto". Vemos, hacia mediados del siglo XVI, al Monasterio enclavado en pleno campo, pero donde, por la cercanía de la ciudad, ya se empiezan a construir talleres y viviendas. Por ello los monjes pleitean por su intimidad frente a un vecino que en una huerta limítrofe al convento, llamada "Güerta de los Almezes", pretende hacer solares para construir casas. Tras diversas consultas, los monjes, por no perjudicar a dicho propietario, deciden darle licencia, pero "salvo con vna limitaçión, que solamente en la terçera parte de la huerta más apartada del Monasterio se diese licencia para que labrasen solamente los carpinteros y silleros, que tenían tomados aquellos solares; y que en lo demás, ninguno pueda labrar cosa alguna, sin que se obligue a no sacar puerta ni ventana, ni corredor, ni açutea que puedan descubrir el Monasterio; y en esto vino el convento y dio esta licencia, porque primero se consultó con muchos letrados […], los quales conformemente dixeron que éramos obligados a dar esta licencia, porque es aquello lo más desviado al Monasterio y no puede venir perjuiçio alguno dello al Monasterio". El incumplimiento del tenor de la licencia concedida lleva de nuevo a los monjes a plantear reclamaciones el 16 noviembre 1544, según se desprende de la propuesta hecha por el Prior al convento, "que por quanto algunos vecinos de Granada que tenían solares en la Güerta de los Almezes no avían querido hazer dexaçión, que dellos que devían compeler a todos los demás que labrasen". En 1555 parece que han comprado la Huerta de los Almaces, puesto que se disponen a cercarla y la arriendan a un hortelano. De esa manera los monjes ganaban en intimidad, pues evitaban puertas y ventanas que quitarían interioridad al convento, acababan con la "vecindad de mugeres a la puerta, que no conuenía y de que podía cada día venir mucho escándalo". Y, además, terminaban de una vez con el problema de los solares, ya que quienes allí los tenían eran pobres y no disponían de medios para edificar. A parte de esto, en 1560, se deciden por la compra del pedazo de huerta de Pero de Baeza, próxima a la de los Almeces, para que éste no pueda hacer solares con ella y sacarlos a la venta. Más tarde, en 1561, hablan de la necesidad de una puerta desde el edificio del Monasterio a la Huerta, junto a la que éste queda enclavado. En 1565 deciden adornar el Claustro Grande con la plantación en él de naranjos. El 15 de marzo 1566, acuerdan dotar al Claustro Segundo de celdas especiales para verano o invierno, con destino a los enfermos. En 1571, con el Monasterio en pleno funcionamiento, se plantea un problema, que hasta ese momento nadie había mencionado; es decir, si se guardaba la costumbre antigua y usada del monasterio, de permitir que las mujeres entrasen a verlo. Se trataba, sin más, de la relación del Edificio del Monasterio con el exterior, especialmente, con la entrada en él de mujeres pertenecientes a las familias de las oligarquías de la ciudad. Ante la disyuntiva de seguir permitiéndoles la entrada o prohibírsela, se deciden por continuar aceptando sus visitas al interior de la casa, debido a que el malestar que la prohibición pudiera ocasionar entre los familiares varones de tales señoras o señoritas, podría perjudicar al monasterio, ya que muchos de ellos eran oidores de la Chancillería y convenía tenerlos favorables en los conflictos judiciales. Sólo se prohíbe que se les ofrezca la comida o se le dé la merienda. Pero en 1573 son el propio rey Felipe II y el Papa Gregorio XIII quienes prohíben la entrada de mujeres en el monasterio, permitiéndoles solamente su participación en las procesiones del Claustro. El día 15 de octubre de 1574 se propone el adecentamiento del Refectorio, especialmente el de los espaldares sucios y descostrados, para que se forren de azulejos. La mayor parte del convento accedió a ello, salvo cuatro monjes que adujeron la prioridad de quitarse deudas de encima, antes de tener un comedor con azulejos. Como el Monasterio se había hecho responsable de la Capilla Mayor de su iglesia, adjudicada al Gran Capitán, a cambio del Cortijo de Ansula, dado por uno de sus descendientes, se plantean en varios capítulos mejoras en dicha Capilla: El 15 de abril de 1579 se habla del Retablo y su traza que, al parecer, no estaba bien hecha. El 30 de noviembre de 1585 se aborda el asunto de la reja de la Capilla Mayor: "si les pareçía que se pusiese vna rexa de madera en la Capilla Mayor, pues la otra que avía no se podría poner por su antigüedad y vejez, y estava hecha pedaços". Se acuerda "Que se haga, pues que la de hierro no se puede poner ni hazer tan presto". Posteriormente se ocupan de la Portada de la Iglesia, de las gradas que daban acceso a ella y el camino que entra desde la calle: El 13 de septiembre de 1590 se debate sobre la Portada de la Iglesia, obra de ciertas proporciones y costosa. Se acordó que se acometiera, se contrató en 1.650 ducados y se puso como plazo final de su ejecución Nuestra Señora de Agosto de 1591. El 8 de diciembre de 1590 se propone "si les pareçía que la parte de las gradas de la Portada principal de la yglesia, que es hacía la torre, se avmentase hasta la misma esquina de la Torre", y, además, "si les pareçía que se çercase toda la entrada, que desde las dos esquinas de nuestras huertas y se hiziese una Puerta, que quedase todo aquello çerrado de noche y que para la entrada de carros y azemilas, que se tomase vn pedaço de la huerta que alinda con nuestra casa, tanta anchura como dos carros"; además, se "propuso si era bien que adornase la entrada con vna alameda". Todo quedó debidamente aprobado. Como los gastos de Portada y accesos a ella eran notables, se buscaron los medios económicos, transitoriamente prestados, del Patronato del Obispo Quixada. Así el 8 de diciembre de1590, el prior dijo que, "atento que se gastaua mucho en la obra de la puerta y perfeccionar la entrada, tenía licençia de nuestro Padre General para vender la hazienda que sacamos en Dalías, que era del licenciado Nauarrete, y aplicalla al Patronazgo del Obispo Quixada, tomando de el dinero que la dicha hazienda ualiese, del dicho Patronazgo, para gastallo en la portada y obra". La propuesta fue debidamente aprobada. Se vuelve a plantaear la propuesta de la toma transitoria de fondos, para la Portada, del Patronato del Obispo Quixada: El 17 de enero de 1592 preguntaba el prior "Si les pareçía que para acabar la Portada se tomase el dinero que fuese menester del Patronazgo del Obispo Quixada, atento a que se le a de aplicar a este Patronazgo la hazienda que esta casa tiene en Dalías y en aquella comarca, que uale quinientos ducados, poco más o menos", "y lo que más montare de lo que al presente se tomare para acabar la Portada se a de emplear en hazer tapias del Quarto Nuevo". El Capítulo decidió dar el sí a la propuesta. El 10 de julio de 1592 se vende un aposento, que hay encima del archivo, a los patronos de una capilla funeraria, para que construyan en él un coro, donde celebrar el oficio divino. "Pagóse por el dicho aposento setenta ducados". Cuidan, así mismo, de adecentar la portada del Convento y deciden hacerlo, construyendo encima de ella una Biblioteca: El 5 de agosto de 1594 se decide que, puesto que la Portada del Convento en algunas partes está muy hundida, si querían se hiciese una buena Portada, y encima una Librería, porque la Casa tiene necesidad de ella. Que la obra costaría 1.000 ducados. Las deudas que con tanta obra iban acumulando eran ya considerables. Ascendían a diez mill ducados. Para evitar resquemores, el Prior informa que se pagarían cuando acabase el trienio. En esta obra surgieron problemas y aumentaron los gastos pues, al mismo tiempo, se había levantado el Cuarto del Claustro Mayor, contiguo a la Portería. Así el 15 de septiembre de 1594, se pide más dinero para la obra de la Portería, porque los gastos en esto superaban los 1.000 ducados, ya que se había levantado el Cuarto del Claustro Mayor que respondía a la Portería. El Capítulo dio su asentimeinto. Por fin, un Prior decide adornar el Claustro Mayor con su propia limosna, poniendo una Pila Grande de piedra Blanca de la Sierra de Filabres: El 6 de mayo de 1598, "fray Gabriel de S. Jerónimo, Prior, propuso al Convento que él de su limosna quería hazer vna pila grande de piedra blanca de la Sierra de Filabres, con su pedestal blanco, para el Claustro Grande, que costaría como dosientos ducados, puesta y asentada con toda perfictión en el dicho Claustro". La oferta quedó debidamente aceptada. Son éstas algunas de las determinaciones que los monjes debieron tomar para levantar el edificio del monasterio. En ellas se ven los avatares económicos a que tienen que atenerse los monjes, que dependen para ello de los ingresos que les proporcionan la fundación de capillas funerarias y las rentas aportadas por sus bienes rústicos y urbanos o la venta de parte de sus ganados. Entre tanto, deben recurrir a préstamos, que después van pagando, a medida que sus ingresos van progresando. Prior De la lectura de las Actas Capitulares se desprende que el Prior es el responsable máximo del convento, sólo depende del General y debe tratar todos los asuntos, salvo los expresamente contemplados en las constituciones, en reunión de Capítulo con los monjes, de los que necesita su aprobación para realizarlos. Son pocas las alusiones a sus prerrogativas y obligaciones en las Actas Capitulares. Para la solución de los asuntos del convento necesita no sólo la aprobación del Capítulo de Monjes, sino a menudo, en determinadas circunstancias, debe solicitar licencia del General de la Orden. Así se manifiesta en 29 de septiembre de 1595, en que se concede Licencia al Prior para poder dar y donar de los bienes del Monasterio, de acuerdo con la Bula o Constitución "De muneribus non largiendis". Y en 13 de enero de 1596, se observa que, en la práctica, necesita previa licencia para desarrollar ciertas iniciativas, como muestra la licencia al Prior para que pudiese dar la limosna ordinaria. Monjes El Monasterio Jerónimo de Granada fue iniciado con 15 religiosos, de los que sólo tres llegaron del Monasterio de Guadalupe, los demás tenían distintas procedencias (38). Desconocemos el número de monjes regularmente asentados en la casa, aunque debió estar muy por encima de la comunidad inicial. Las Actas Capitulares sólo abordan algunos asuntos de importancia relacionados con los monjes. Hablan de la selección de los monjes, y la búsqueda de sus orígenes entre los cristianos viejos: En 29 de noviembre de 1511 se indaga sobre la limpieza de sangre de fray Jorge, que lleva un año de novicio, antes de que haga la definitiva profesión. Alonso de Soto, escribano de Granada, "juró ante la Hostia Consagrada que el padre de Fray Jorge Xuárez del Castillo era mayordomo de don Aluaro de Baçán", y su abuelo y tíos eran caballeros y personas principales y más que hidalgos, que vivían en Segovia. Se acuerda, provisionalmente, ya que no pueden recabar más información, darle la profesión, so esta condición: que si en algún tiempo se supiese de çierto que el dicho fray Jorge estaua dentro del cuarto grado de judío, o en su linaje auía sydo alguno maculado por la Inquisición o tiene otro impedimento, que su recepción y profesión fuesse en sy ninguna". En 25 de junio de 1679 quedan rotundamente expuestos los principios de pureza de sangre en dos formularios conservados para este fin: los formularios en cuestión para indagar la pureza de sangre de los monjes, determinan que ni conversos, ni judíos, ni moriscos podían entrar a formar parte del monasterio. Otros aspectos abordados en Capítulo, fueron los relacionados con los plazos de tiempo y estudio que debían pasar para recibir órdenes sagradas: El 4 de marzo de 1575 se establece una reglamentación al respeto: Las órdenes de Epístola se recibirán al quinto año (cuatro años después de la profesión), al sexto año, la de Evangelio, y a los 8 años la de Misa. Esta es la norma común, a excepción de que el candidato sea persona letrada o culta. Si pasados los plazos temporales, el candidato no hubiese adquirido la idónea preparación intelectual, se considerará inhábil para recibir la orden correspondiente y se prolongará el plazo para que durante ese tiempo la complete mediante el estudio. Los monjes quedan sometidos a determinadas normas de comportamiento, que cuando las infringen, pueden recibir las correspondientes sanciones, consistentes, a veces, en duros y prolongados castigos: En 1555, un Frayle fue condenado a estar 20 años en la cárcel del convento. También deja ver el Capítulo el comportamiento del Monasterio ante una enfermedad crónica de un monje o aspirante a tal: En 5 de septiembre de 1574 "propuso nuestro padre frai Alonso de León, prior, que frai Benito, novicio de Luque, estaua con quartanas, que es enfermedad larga, y que aviendo como avía poco tiempo que era noviçio, avn no estaua probado de su virtud y condición y costumbres, ni se le podría enseñar bien la religión y asperezas della, porque siempre avía de estar en la enfermería y con sáuanas, y ocupando a vn enfermero y oyendo parlerías y flaquezas de los que allí van a murmurar; que sería mejor que se fuese a su tierra y que después de sano podría tornar o hazer lo que le pareçiese; y vino la mayor parte en ello, que se fuese, porque si todo el año de la probación avía de traer camisa y no yva a maitines, como le mandaua el médico, ni se avía de disciplinar, no barrer, ni hazer otras cosas que los sanos suelen hazer, no se podría ver si era idóneo para la profesión, etc. Esperáronle un mes para ver si se le quitauan, después de los otros dos meses que las avía tenido, y visto que no mejoraua, embiáronlo a principio de octubre". Es decir, que no cualquiera podía ser monje jerónimo, sobre todo si era judío o morisco. Que una vez dentro del monasterio debía atenerse a la normativa ascética mantenida en él, y dedicarse al estudio para recibir las órdenes sagradas. Como formaba parte de una rígida comunidad, sus faltas podían recibir castigos que podían alcanzar hasta 20 años de prisión en la cárcel del convento. La enfermedad crónica o duradera antes de la profesión era, al parecer, un fuerte impedimiento para ser recibido en la orden. Capítulo El capítulo era quien decidía cualquier determinación que hubiese de tomarse. Todos los asuntos debían de ser debatidos en él. No sólo los económicos o relativos al funcionamiento de la casa y la liturgia, sino la misma ida a Roma. Así el 4 de mayo de 1577, se le consultó "si quería que fuese el padre frai Juan de Fuentes a Roma a los negoçios de esta casa", con lo que todos estuvieron de acuerdo. Mayordomo de la casa En determinados momentos se habla del mayordomo o administrador, que no es monje, y de algunas de sus obligaciones, del salario, etc..: En 4 de febrero de 1555, se precisa que al mayordomo de la casa no se le de poder general, sino que se le permita sustituir al procurador o al arquero, sólo para arrendar, o hacerlo junto con ellos, y cobrar la renta. En 4 de febrero de 1472 el Prior "propuso al Convento y Padres Capitulares que por quanto Lucas de Espinosa era fallecido, que era mayordomo desta casa", que se eligiese otro. Se eligió y "se le señaló salario de quinze mill mrs. en cada vn año". El 29 de enero de 1578 se pide "que atento a los buenos servicios de Pedro de Illescas, mayordomo de esta casa, y porque avía cobrado este año con muncha diligencia la renta de las dehesas, se le diese allende de su salario acostumbrado, otras seis hanegas de trigo más. Por esta vez vino todo el Convento en ello". Huéspedes De acuerdo con la costumbre antiquísima de que los manasterios fuesen hospitalarios, el de S. Jerónimo de Granada, también tuvo sus dependencias y abastecimiento para acogida de huéspedes: El 27 enero de 1565 se plantean: "Si querían tener en casa a Juanico de la Fuente, el cantor, porque ge lo avían venido a rogar de parte del Cabildo de la Iglesia dos canónigos. Y todos, salvo dos, dixeron que sí". El 28 de marzo de 1571, el Prior "propuso al Convento que Alonso Mexía, Comendador de Santiago y veinticuatro de Granada, quería tomar la Capilla de Nuestro Padre Sant Hierónimo, que está en el Claustro, y que daría por ella quatrocientos y cinquenta ducados. Y juntamente pedía que le recibiésemos en esta casa para vivir en ella, recogidamente, por los días que le quedasen de vida y que lo mantuviésemos, y él pagaría lo que fuese justo. El convento vino en que se le de la Capilla en los quatrocientos y cinquenta ducados, y en quanto a lo de recibirlo en esta casa, que tan bien lo recibían. Y aviendo respecto a que era vn cavallero tan principal y que su trato y conversación nos sería de buen ejemplo, y por condescender con su devoción, se le dava para su aposento la celda baxa de los Padres Priores; y en lo de pagar la costa de su mantenimiento, que no se le pidiese ni señalase nada, porque esto lo dexava el Convento a disposición y voluntad del dicho Alonso Mexía". (Margen izquierdo): "No vino a efecto". El 11 de marzo de 1572 propone el prior "Si les parecía de recibir en esta casa por retraído a vn criado del señor Duque de Sesa, que se llama Hermosilla, por que diz que lo andavan por prender por cierta fiança que hizo por el dicho señor Duque de Sesa". Se recibe por respeto al Duque de Sesa, pues está prohibido recibir a "ningún retraydo más que por tres días". Hermandades con otras casas religiosas El Monasterio establece relaciones de Hermandad con otras casas religiosas, especialmente de su misma orden: En 8 de marzo de 1519: se propone tener Hermandad con los Frayles de Baza de la Orden de S. Jerónimo. Todos asintieron y se acordó "que por cada vn frayle difunto de aquella casa se diga vna vigilia y vna missa de réquiem, cantadas, y cada vn sacerdote diga quatro missas, y los que no son de missa, su equivalencia". El 1 de septiembre de 1525 se confirma Hermandad con los Monasterios de Córdoba, Sevilla y Baza. Por ella "es obligado cada vn sacerdote decir çinco missas por cada vn frayle de aquel monasterio y los coristas vn nocturno con sus vísperas y laudes, y los que no son del coro veynte vezes el Pater Noster, y en fyn de cada Pater Noster, el Aue Maria con Requien Eternam, por cada vna de las çinco missas". El 20 de enero de 1577 se hace una nueva oferta de hermandad: "que si querían aceptar vna hermandad con el padre fray Alonso de Peña Rubia, professo de la Bistª de Salamanca". Se acordó "con el sobredicho vna hermandad de quatro misas, que diga él por cada frayle de los hijos desta casa que muriere y que cada vno de los hijos desta casa diga por el dicho padre, quando muriere, otras quatro misas, y los que no fueren sacerdotes digan su equivalencia". El 27 de mayo de 1577 se propone al Capítulo, "si quería aceptar la hermandad del padre frai Gaspar de León, profeso segunda vez de San Lorenzo el Real". Ello fue aceptado. El 12 de julio de 1577 se hace la oferta sobre "si querían tener hermandad con las monjas de Sta. Paula de esta ciudad, y vino el Convento en que por cada monja que muriese, cada sacerdote le diga tres misas rezadas: la vna de ellas en el altar del Sagrario; y ellas nos dixesen sus agendas y vna missa cantada, una vigilia". También se aprobó. El 20 de junio de 1585 se hace una nueva propuesta: "si querían tener hermandad con la dicha casa (Sant Ysidro de Sevilla) y vino el Convento en ello": "Que cada saçerdote dixese vna misa y el Convento dixese vna misa cantada de réquiem y su vigilia, y los demás que no son saçerdotes, su equivalençia, que son veinte vezes el Pater Noster con el Ave María y Réquiem Eternam". Lo cual quedó debidamente aprobado. El 21 de diciembre de 1589 se hace otra oferta: "si querían recibir la hermandad del Padre Fray Martín de Villanueua, profeso, primero de esta casa", y luego de S. Lorenzo el Real. Se acepta y se dicen mutuamente misas por los difuntos. Solemnidades litúrgicas El Capítulo trata, alguna que otra vez, sobre su vida litúrgica, la que, en su opinión, es admirada y preferida a otras por parte de los fieles, que frecuentan su iglesia, dada su brillantez y excelente celebración de los oficios divinos: El 3 de abril de 1574, hablan de las solemnidades litúrgicas del Corpus Christi y Jueves Santo. El 13 de abril de 1574, se refieren a la Liturgia, en general, y a los cuidados que su adecuada celebración requiere. Pero también se objeta contra el demasiado celo en los preparativos de la liturgia, que hace que los monjes no tengan tiempo para otra cosa. En consecuencia, se desea que no se cargue tanto a los monjes con excesiva liturgia, pues no tienen tiempo de recreación, "que avn no se pueden salir a las guertas ni al campo por estar poblado todo al derredor de casas; que como solían venir de la granja el Viernes, que vengan el sábado". Y, se dan normas sobre actuaciones litúrgicas concretas: El 1 de diciembre de 1572 se recuerda que el toque a las horas, debe de estar en consonancia con las campanas de la Catedral. El 3 de febrero de 1575 y el 19 de octubre de 1586, se trata en todo lo relativo al rezo de horas canónicas. El 3 de febrero de1575, se ordena que "quando van a comulgar lleuen palio", es decir, estola. El 17 de junio de 1580 se indica que baje el Convento a ciertas horas canónicas a la Capilla del Gran Capitán. El 17 de diciembre de 1583 se alude a una devoción particular: "que porque se vsava en muy munchas casas de nuestra orden, que después… se hazía comemoración de la bieaventurada Santa Ágata, virgen y mártir, que es abogada contra el fuego, vino el Convento en ello". El 8 mayo 1592, se prohíbe que se lleve el órgano pequeño a ninguna parte. El 1 de diciembre de 1572, se aborda el asunto del entierro de los frailes. Bienes y rentas de los jerónimos de Granada No cabe duda de que cualquier fundación religiosa necesita para levantar su casa e iglesia, vivir y desempeñar sus funciones litúrgicas, limosnas u otras empresas solidarias, unos determinados bienes y rentas que faciliten su congruo desenvolvimiento. La Orden Jerónima ya traía una tradición desde su fundación, a mediados del siglo XIV, como hemos podido observar en algunos de los monasterios de la orden, de acuerdo con nuestras posibilidades de acopiar algunos datos acerca de ellos. Pese a que su opción primera fue la vida eremítica, por naturaleza pobre y ascética, progresivamente, nobles y reyes les fueron colmando de bienes que, por uno u otro motivo, acabaron de crear comunidades inmensamente ricas y poderosas, como hemos visto en Guadalupe, El Escorial, El mismo Monasterio de Lupiana, casa madre, y otros muchos, de los que sólo se han aportado algunas pinceladas, permitidas por el precario estado de los conocimientos. Los Jerónimos de Granada siguieron esa misma trayectoria. No fueron ellos quienes pidieron fundar Monasterio en estas tierras del Sur, recién conquistadas a los musulmanes, sino los Reyes Católicos, singularmente la reina Isabel, quienes decidieron llamarlos para que cuidasen la emblemática ermita de Santa Catalina en Santa Fe. Por tanto, fueron los monarcas los primeros responsables de buscar una vida congrua para los monjes. Ello no había que inventarlo, ya se hacía desde muchos siglos atrás. Había una primera dotación de bienes que los monarcas concedían al monasterio incipiente para que echase a andar; después, sobre esa base los monjes continuarían su singladura, desarrollando y ampliando la dotación inicial, recibiendo limosnas de nobles, encargos de misas y memorias y, sobre todo, vendiendo espacios, tanto en su iglesia como en su claustro, para erección de capillas funerarias. Mediante ese procedimiento ampliaron su patrimonio y rentas de forma notable, elevándolo muy por encima de la ya satisfactoria dotación incipiente. En la afluencia de donaciones influyeron varios factores que caracterizaron al Monasterio Jerónimo de Granada: El refinado cuidado de su liturgia que deslumbraba a los que asistían a ella, por sus bien organizados ritos y la perfección de la música empleada en ellos; el gran reclamo que constituía la Capilla del Gran Capitán, que ocupaba todo el ábside del templo, artísticamente decorado con pinturas y relieves de alto valor emblemático; el gran número de reliquias guardadas en el templo, cuya devoción, dada la supuesta fuerza milagrosa que emanaba de ellas, atrajo a muchísimos creyentes. El gran relicario del convento era descrito, a comienzos del siglo XVII, del modo que sigue, por un fraile jerónimo: "mucha cantidad de reliquias de santos, muy bien custodiadas, y un Niño Jesús de bulto, que fue del Gran Capitán, y en él tuvo devoción" (39). Según este monje, fue la vida y ejemplo de los religiosos el alma de su casa, y ello impactó firmemente en la ciudad. De acuerdo con su opinión, los monjes no tenían que salir de la casa para hacer propaganda del convento, porque las gentes espontáneamente "se les entrauan por las puertas", y les fiaban sus haciendas y sus almas (40). Es interesante, en consecuencia, no sólo prestar atención a la dotación primera, sino seguir su posterior desarrollo, al menos hasta las primeras décadas del siglo XVII, segmento temporal de la recepción de bienes, y tiempo durante el que las Actas Capitulares, que nos informan, se conservan con cierta regularidad. Resulta muy esclarecedor conocer la procedencia de sus bienes e ingresos, y analizar los medios empleados por la orden para adquirirlos. Ello nos aconseja detenernos en el estudio de su dotación inicial, para, acto seguido, abordar el desarrollo económico que a partir de aquélla experimentó el monasterio. Dotación inicial en 1495 En 1495 se produce la primera dotación (41) que los Reyes Católicos hacen al Monasterio de San Jerónimo de Granada para su congruo desenvolvimiento. Está compuesta de bienes y rentas de muy variados tipos:
Bienes urbanos Entre los bienes urbanos con que es dotado el monasterio se encuentran casas, tiendas, hornos, molinos de pan y de aceite y batanes. Casas: son muchas; pero es imposible fijar su número. Tiendas:
51. Bienes rústicos Se le dan, así mismo, variados bienes rústicos, entre los que se cuentan cortijos, huertas y dehesas: Cortijos: - Ficullar del Quempe, que renta 15.000 mrs. Huertas: - Xarifa: renta 5.000 mrs. - Dehesas en Sierra "Çolera", (Sierra Nevada) pro indiviso con el Conde de Tendilla. Bienes semovientes Se aprovisiona al monasterio de la suficiente carne para la alimentación de los monjes: - 300 carneros anuales en el Servicio y Montazgo de Villaharta. Bienes en especie No se olvidan los monarcas de aprovisionar a los monjes de trigo, alimento básico de las gentes de la época, así como cebada y sal para el gasto del monasterio, de sus ganados y caballerías: - 350 fanegas de Trigo y 450 fanegas de Cebada en Las Tercias del Obispado de Jaén, que pronto se conmutaron por 600 fanegas de Trigo y 400 fanegas de Cebada en Las Tercias del Arzobispado de Granada. - 200 fanegas de Sal en las salinas de la Malahá. Procedencia de los bienes fundacionales Muchos miembros y familias de los grupos dirigentes y minoría oligárquica de la Granada islámica se vieron, tras la conquista, obligados a vender sus propiedades a los Reyes Católicos o a sus representantes. Con esos bienes los monarcas favorecieron, por medio de Hernando de Talavera, primer arzobispo de Granada y antiguo fraile Jerónimo, la instalación de los Jerónimos y de otras órdenes religiosas, como instrumentos de aculturación religiosa en la ciudad. En la carta a Hernando de Zafra, fechada en Segovia, a 18 de agosto de 1494, dicen los Reyes Católicos: "queríamos dotar los monasterios que mandamos hazer y edificar en esa ciudad de Granada, de los heredamientos y otras cosas que compramos de las reynas moras, quando se fueron". Y en la carta, fechada en Granada, a 7 de febrero de 1495, se da posesión y entrega por Hernando de Zafra, en nombre de los Reyes, de diversos bienes que fueron de los moros, al Monasterio de San Jerónimo de Granada. Se le dan, procedentes de las reinas moras, 51 tiendas, el horno de Guimion y la huerta de Xarifa, "que era de las dichas reynas". En carta fechada en Burgos, a 23 de julio de 1495, los soberanos conceden al Monasterio 203.500 maravedíes de renta en la forma que sigue: - 60.000 mrs. "en las tiendas que nos ovimos y compramos de las reynas moras, que fueron de la dicha ciudad de Granada". - 15.000 mrs. en "las tierras y rentas del Quempe, con todas sus entradas y salidas e usos e pertenencias, que nos ovimos y compramos de Abulhacin el Muley, de los quales nos hicimos merced anssí como los reyes y reynas moras de Granada los tenían y poseían y a nos pertenecían". - 5.000 mrs. en el horno de Guimion, que está en la ciudad de Granada. - 15.000 mrs. "en la huerta que se llama Xarifa". - 30.000 mrs. "en los prados y pastos de la Sierra Çolera… segund que les tenían los reyes y reynas moras, cuyos fueron". (La mitad de esos prados que había usurpado el Conde de Tendilla, fueron, finalmente reconocidos dentro de la propiedad del conde, a cambio de que diera al Monasterio 15.000 mrs. de "renta perpetua de juro de heredad"). Todos los maravedíes anotados suman 115.000, de los 203.500 que constituyen la dotación completa. Los 88.500 restantes, hasta completar los 203.500, serían situados "en cualesquier rentas de la dicha ciudad de Granada, que los dichos Prior y frayres del dicho Monasterio quisieren y nombraren". "Las seyscientas fanegas de trigo y cuatrocientas de cevada, situadas en las nuestras tercias del arzobispado de Granada, donde ellos más las quisieren y por bien tovieren, en cualesquier logar y terçias del dicho arzobispado". "Y los dichos trescientos carneros, situados en las rentas del Servicio y Montazgo del passo del ganado del Puerto de Villaharta, a las salidas de los ganados de los estremos, con la su lana, tomados y escogidos de las cuadrillas y revaños que ellos más quisieren y por bien tovieren, que sean buenos y bivos y puestos en pie de dar y de tomar a su contentamiento". "Y las dichas dozientas fanegas de sal, situadas en las nuestras salinas de la Malahá, que son en el reyno de Granada". "Y los dichos molinos y batán, escribimos al arzobispo de Granada que dé forma, cómo se den al dicho monesterio". Todo ello debe quedar asentado "en los nuestros libros y nóminas de las mercedes de juro de heredad que vosotros tenedes, y libredes al dicho Prior y frayres del dicho Monasterio de Nuestra Señora de la Concepción de la dicha ciudad de Granada, de la dicha Orden de Sanct Jerónimo, nuestra carta de previllegio de las dichas dozientas tres mill y quinientos maravedís, conbiene a saber": Por los 115.000 maravedís se les den las cartas de privilegio "para que ayan y tengan las dichas tiendas que nos ovimos y compramos de las dichas reynas moras…, y de las tierras del Quempe, y del dicho Horno de Guimion, y de la Huerta de Xarifa, y de la mitad de los dichos prados y por la mitad de los dichos quinze mill maravedís de renta de juro, y que assí a de dar al dicho monasterio el dicho Conde de Tendilla". Y los 88.500 maravedís restantes, "en cualesquier rentas, quales quisieren y nombraren en la dicha ciudad de Granada y su arzobispado". Y 600 fanegas de trigo y 400 de cebada cada año. Y 300 carneros cada año. Y 2 molinos y 1 batán. Y de los prados que tenga el privilegio el Conde de Tendilla, para que los tenga por juro de heredad "pro indivisos con el dicho monasterio, dando los dichos quinze mill maravedís de renta en cada un año, de juro de heredad". "Y non les descontedes diezmo ni chancillería de tres ni de quatro años, ca por la presente les hacemos merced y limosna dello". Motivaciones de la dotación Los monarcas exponen los motivos de su dotación al Monasterio de S. Jerónimo de Granada, resaltando entre los más importantes lo siguientes: - Para sustento de los monjes y otras personas del monasterio. - Para que los monjes rueguen a Dios por las vidas de los reyes y por su estado, por sus hijos, y por las almas de sus progenitores y por las suyas propias. - Para provisión del monasterio y de sus edificios. - Para mantenimiento del culto divino. - En agradecimiento a Dios por la conquista de Granada y su reino. Así lo manifiestan en este párrafo: "para su sustentación del dicho monasterio y del Prior y frayres y personas del, porque aquellos tengan cargo de rogar a Dios, nuestro señor, por nuestras vidas y estado, y del príncipe don Juan y princessa de Portugal e Ynfantes, nuestros muy caros hijos, y por las ánimas de los reyes de gloriosa memoria, nuestros progenitores, y por las nuestras, y porque tengan y estén proveydos de lo que han menester para los edificios y reparos y proveymientos del dicho monasterio, y de las cosas que al culto divino son necesarias". Evolución del patrimonio Sobre los bienes dotales descritos, el Monasterio continuó incrementando el patrimonio de forma incesante, lo que muestran sus Actas Capitulares, ininterrumpidamente, hasta finales del siglo XVII. Pero los mayores incrementos de bienes se producen en la segunda mitad del siglo XVI, gracias a los aportes que hacen al monasterio las oligarquías locales, eclesiásticas y seglares, fundamentalmente. Donaciones al monasterio A las dotaciones de los Reyes se fueron sumando las donaciones procedentes del alto clero diocesano y de las oligarquías ciudadanas: En 18 de septiembre de 1577, el capítulo reconoce que había recibido del canónigo Varela, difunto, toda su hacienda, valorada en más de cinco mil ducados, es decir, 1.875.000 maravedíes, exentos de cargas y obligaciones. Además de esto, el eclesiástico, había dejado instituida en el monasterio una capellanía, cuyo patronato administraba el Prior del convento. En 2 de septiembre de 1579, el licenciado Pero Gómez, beneficiado de la parroquia de San Gil de Granada, dejaba en su testamento al Monasterio, una vez hubiese muerto su cuñada y dos sobrinos suyos, toda su hacienda, valorada en más de dos mil ducados. También y al margen de esa cantidad, instituyó varias fiestas de la Asunción de Nuestra Señora, de Nuestro Padre San Jerónimo y de San Gil, dando un ducado (375 mrs.) de limosna por cada una de ellas. El 20 de octubre de 1581 el Monasterio se hizo cargo de todos los mrs.y hacienda de Juan Fernández, en concreto, sesenta y siete mil setecientos ochenta y cinco marauedís. Aparte de donaciones, como las reseñadas, el Monasterio amplió su hacienda mediante numerosas compras, en las que invertía el dinero de las muchas limosnas que recibía para misas o fundación de capellanías, consiguiendo por este procedimiento un importante volumen de bienes urbanos, rústicos y semovientes: Bienes urbanos Sobre los bienes urbanos de la dotación inicial -las 51 o 47 tiendas (42), el horno de Guimion, molinos y otros-, se fueron añadiendo, progresivamente, casas, tiendas o molinos mediante diferentes procedimientos. Gozaron, incluso, los monjes de margen suficiente para intercambiar o vender los bienes adquiridos: Hornos y molinos de trigo y aceite (A 2) En 1552 mencionan entre sus propiedades: El
molino en Cubillas. En 1554 se menciona un molino, de forma indeterminada (43). Bienes urbanos en Granada capital Aparte de los bienes urbanos aportados por la dotación inicial, entre los que contamos el Monasterio o casa de residencia, el patrimonio conventual abulta cada vez más a costa de las nuevas adquisiciones: - La mayoría de los censos y alquileres, pertenecientes al Monasterio, se sitúan, entre 1506 y 1697, sobre propiedades urbanas del entorno del propio monasterio, teniendo por eje la calle de San Juan de Dios (44). De las cerca de 178 unidades urbanas: 119
(tiendas y casas) se obtienen como entrega por fundación
de Capellanías. En 1636 seguía el Monasterio cobrando el alquiler de 20 de esas 47 tiendas y medias tiendas, por importe de 135.156 mrs. anuales (45). Nuevas adquisiciones urbanas o transformación de las antiguas - Tiendas (A 3) En 1517 hablan de la tienda y almacería del Zacatín, decomisada a unos arrendatarios que no cumplen con las condiciones establecidas en el arrendamiento. En febrero de 1530 ratifican el arrendamiento de la tienda que el monasterio tiene en la Calle Calderería. En mayo de 1530 da a censo una tienda pequeña que tiene en la colación de San Pedro y San Pablo, junto a un baño. En marzo de 1555 deciden dar en censo un solar en el que había una tienda ruinosa, en la calle que sale del Zacatín y va "a la Puente del Caruón". En 1º enero de 1559 dan a censo una tienda que tienen "junto a la Ropa Vieja". En 1º enero 1559 tratan de dar en censo media tienda que tienen junto con otra media tienda de la parroquia de San Gil, en el "Hattabin". En 1559 reciben, en el intercambio con un vecino de Granada, un censo "sobre vna tienda que él tenía en la entrada de la Puerta Elvira, que va al Alacava". En 1561 se dispensa a una viuda parte de la renta que debía por "vna tienda nuestra que es junto a la Puente del Carbón". En 1568, se acuerda que los 800 ducados que debe gastar el convento cada año en la construcción y mejora de la Capilla del Gran Capitán, a cambio de la compra que han hecho al Duque de Sesa del Cortijo de Ansola, "que este conuento diese al Sr. Duque la posesión y propiedad de las tiendas que tiene en el Çacatín, que rentan mil ducados, poco más o menos, para que cuando el Monasterio no gastase los dichos ochoçientos ducados, como dicho es, la parte del Sr. Duque pueda tomar de las dichas tiendas, la dicha renta y hazella gastar en la dicha Capilla y no en otra cosa". En 1574 se renueva el arrendamiento de una tienda a un platero, que ya la tenía arrendada. En 1577 deliberan sobre la posibilidad de "dar a çenso perpetuo la tienda que tenemos en el Alcaicería, que se llama del Poyo". En 1593 se arriendan dos tiendas "derrocadas" en el Puente de Santa Ana, a condición de que el arrendatario las construya y ponga en funcionamiento. En 1594 "se arrendaron a un albañil dos tiendas en la Puente de Santa Ana, con obligación de que las arreglase a su costa". - Casas (A 4) En 1510 venden una casa que tienen en Alcalá la Real, porque amenazaba ruinas. En 1524 propone El Prior al capítulo que el Padre General ha comunicado "que los señores gobernadores desta ciudad avían dado por las casas que los señores reyes nos avían dejado en la calle de Elvira y en la Alhóndiga y en la Pescadería, que tomaron para agrandar las calles… Se pusiera en guarda para emplearlo en otra cosa que fuera de provecho a esta casa, y que ahora se save que Françisco Ortiz, jurado desta ciudad, quiere vender y tiene vna hazienda que llaman de Árbol, y diçen las personas que entienden de ello, que es muy buena para poner viñas y olivos y para llevar pan, y que la darían por poco dinero, por ser toda la más de álamos y enzinas, y así que mirasen si querían gastar el dicho dinero en comprar la dicha hazienda, y todos digeron que sería de mucho provecho a esta casa, y que así les parezía vien que se hiçiese". En 1553, el monasterio vende un solar para edificar un hospital, en la huerta, donde los monjes tienen ya construido su propio Hospital. En 1º de enero de 1559 dan a censo perpetuo una casa que "está junto al Boquerón de Darro, en la calle que baxa de la Carneçería de la calle Elvira para Sancta Paula". En el mismo año de 1559 dan a censo una casa "en la collaçión de Santiyuste" de la ciudad. En 1571, dan a censo el Mesón de la Malá y los Cármenes llamados "de Xenil". En 1596 vende el convento una casa en el Campo del Príncipe. En 1601, venden "la casilla de la Puente del Carbón, dotación de los Reyes Católicos". - Molinos de pan (A 5) Cinco molinos de pan mencionan las actas capitulares del Monasterio en poder de éste: uno en Cubillas, otro en Moclín, dos en Cájar y uno en lugar indeterminado. En 1520 se habla del molino de pan que el monasterio tiene en Cubillas. En 1552 se menciona el molino de Cubillas y el molino de Genil. En marzo de1554 el molino de Cubillas está dado a censo de 18.000 mrs. anuales, y además, debe de moler para el monasterio, cada año, cien fanegas de trigo, con destino a su cortijo de Árboles. En abril de 1554 recibe el monasterio para que atienda una capellanía de cuatro misas semanales, un molino que renta 18.000 mrs. anuales. En 1561 se ofrece la venta del molino de Cubillas por 850 ducados. En 1582 se arrienda un molino de Moclín, perteneciente al Hospital de Juan, en 40 ducados anuales de renta. En mayo de 1596, Dª Francisca de Biedma compra el molino de Cubillas. En noviembre de 1596 se dona al monasterio un molino en Cájar, que renta 70 ducados anuales, a cambio de misas. En diciembre de 1596 el convento arrienda un molino de pan en la aldea de Cájar por 80 mrs. anuales. - Cármenes (A 6) Los Jerónimos se refieren en las Actas a cármenes, en número indeterminado, unos localizados en la ciudad de Granada, otros en el Pago de Cújar, en El Olivar, próximo a ese pago o dentro del mismo, y probablemente irrigados con la acequia de Aynadamar, y otros, llamados del Genil. En 1520 dan en censo de diez ducados un Carmen, y con la renta pretenden comprar una viña. En 1534 se venden cuarenta marjales en las tierras de Santa Fe, para con su dinero comprar unos cármenes en el Pago de Cúxar. En 1547 hablan los monjes de sus Cármenes en Granada. En 1555, de los 400 ducados entregados por Ana de Palomino para que le digan dos misas semanales, 236 ducados se emplean en comprar unos cármenes en El Olivar. En 1571 dan a censo abierto los cármenes llamados del Genil. Bienes rústicos El monasterio, a partir de los bienes rústicos que recibió en la dotación hecha por los Reyes Católicos, relativamente escasos, ya que se reducían a los 150 marjales en torno a la fundación de Santa Catalina de Santa Fe, el cortijo de Ficullar del Temple y las huertas de Granada, donde se asentó, amplió durante todo el siglo XVI sus propiedades rústicas de forma espectacular, bien como resultado de la fundación de capillas funerarias, bien por compra de extensas propiedades territoriales. Acumuló así un número considerable de grandes cortijos, muchos de ellos de riego, y algunas huertas de gran valor. - Cortijos Mediante la dotación y adquisiciones posteriores el Monasterio llegó a reunir en 8 cortijos, localizados casi todos en la Vega de Granada o en sus proximidades, unos 20.000 marjales, buena parte de ellos de regadío, con aguas de los ríos Velillos y Cubillas. - Cortijo de Ficullar, del Quempe, recibido en la primera dotación que le hicieron los Reyes Católicos (A 7) Este cortijo del Temple fue conocido después, como de los Frailes. Y "… en tiempo de los moros era heredad de los Infantes..". Lindaba con los cortijos de Agrón, Ochichar, Pera y Güelma, que eran del Marqués de Mondéjar, con quien los frailes tuvieron problemas, por límites, debiendo hacer dos apeos, uno, en 1505, y otro, en 1532. Estas tierras del Quempe daban una renta de 15.000 mrs. anuales (46): "Las tierras y rentas del Quempe con todas sus entradas y salidas e usos e pertenencias, que nos ovimos y compramos de Abulhacin el Muley, de las quales hicimos merced anssí como los reyes y reynas moras de Granada las tenían y poseían y a nos pertenecían, las quales se tassan en quinze mill maravedís de renta cada año" (47). No hay ningún dato que hable de su extensión; pero si tenemos en cuenta que rentaba 15.000 mrs. anuales, exactamente igual que la renta que se impuso al Conde de Tendilla por la mitad de las dehesas de Sierra Nevada usurpadas a la Orden, y consideramos que esa renta se conmutó con la Orden por las dehesas de Camarate y de El Alfaguara, ambas colindantes en Sierra Nevada, podríamos aproximarnos a lo que sería la extensión del Cortijo de Ficullar. Sólo la Dehesa de Camarate tenía de extensión 4 leguas de largo y 2 leguas de ancho. Es decir unos 20 kms. de largo, por 10 kms. de ancho. En el cortijo introdujeron los monjes mejoras, construyendo una casa para los labradores que lo tomasen en renta, e hicieron reparaciones en las Casas del Cortijo, cuando lo necesitó, llevando maderas que cortaron en su cortijo de Árboles. - Cortijo de Santa Catalina (Ermita de Santa Catherina) (A 8) Este cortijo entra dentro de la dotación de los Reyes Católicos, y dado el significado de tal dotación y del asentamiento en sus tierras de la Ermita de Santa Catalina, siempre se mantuvo intacto, con 150 marjales, como podemos ver en 1606, en que se da a renta. Tenía casa, Iglesia y huerto. - Cortijo de Santa Fe Comprado (A 9) Los cambios y compras que el Convento fue efectuando en Santa Fe, a partir de su asentamiento en torno al Cortijo de Santa Catalina, propiciaron la formación de otro Cortijo en el término de esa población, con su propia identidad y funcionamiento, distinto de este de Santa Catalina. Para distinguirlo de él, lo denominaremos Cortijo de Santa Fe Comprado. -Este cortijo, al margen de los 150 marjales que tenía el de la Ermita de Santa Catalina, dotado por los Reyes Católicos, consiguió reunir, mediante distintas operaciones de compraventa e intercambio, 472'5 marjales, como consta por su venta, realizada el año de 1606. La dinámica de compras y permutas la iniciaron los monjes en Santa Fe en los mismos inicios del siglo XVI. Sólo entre 1501 y 1551, parecen adquirir allí, por ese procedimiento, un total de 273'5 marjales (48). Pero la adquisición de tierras en torno a esa población tuvo un largo proceso, del que nos dan una idea, las transacciones realizadas entre 1510 y 1606, año de la venta del Cortijo Comprado. - Heredad de Cújar, situada en término de Víznar, linde con Alfacar (A 10) Esta heredad que en los inicios de su compra tendría unos 550 marjales, parece corresponderse con El Olivar de Cújar. Se fue ampliando progresivamente, mediante la adquisición de otras propiedades cercanas a ella, hasta adquirir grandes proporciones, que a semejanza de lo ocurrido en Santa Fe, dieron lugar a un nuevo cortijo, distinto de éste de 550 marjales. Fue adquirida la heredad, en 1505, a un tal Juan Abegladon, por 54.375 mrs. (49). Si estimamos para estas fechas, en 100 mrs. el marjal, resultaría una superficie aproximada de 550 marjales. La heredad tenía su propia casa y caballerizas. - Nuevas adquisiciones en torno a Cújar o Cúxar, en el área de Víznar, Alfacar y Jun (A 11) Podemos estimar, a la baja, que estas nuevas adquisiciones, al margen de la heredad u Olivar de Cújar de 550 marjales de extensión, reunirían una superficie próxima a los 1.500 marjales. Las compras de fincas o hazas efectuadas por el Convento a propietarios moriscos estaban diseminadas por los entornos del Cortijo de los Enciso-Navarrete y en los Pagos de Víznar, Jun y Pulianas. Gastaron, entre 1505 y 1625, en la compra de 58 fincas de diferente tamaño, en dicha zona, la cantidad de 2.706.000 mrs. Calculando una media estimada de 200 mrs. por marjal, ya que unas se compran a principios del siglo XVI y otras en el siglo XVII, las adquisiciones globales se elevarían a 1.400 marjales (50). - Cortijo de Enciso Ya, desde 1505, venía el Monasterio comprando tierras en torno a estos parajes limítrofes de Cújar: En 11 julio 1608 compra el Convento la heredad de los Encisos por 4.800 ducados, es decir, 1.800.000 mrs., a los hermanos Fernando, Sebastián y Juan Enciso Navarrete. Consistía la heredad en una finca de viña, olivar y tierra calma. Conocida hoy como El Ciso, se organizó de manera que se erigió en núcleo central de una de las zonas, donde los jerónimos acumulaban numerosas propiedades. Dicha zona estaba atravesada por el camino que va de Granada a Alfacar, abarcando las lomas que se elevan hacia Víznar, en las que el Monasterio tenía, así mismo, numerosas propiedades. Este conjunto patrimonial, tenía una extensión de 3.600 marjales (51). - Cortijo de Árboles o de la Granja (A 12) Adquirido, en 1525, al jurado de Granada Francisco Ortiz, por 375.000 mrs. Estaba situado en término de Colomera, junto a la carretera de Jaén, y tenía una extensión de 12.247 marjales, la mayor parte de secano, aunque contaba con algunas hazas de riego. La irrigación se llevaba a cabo con agua del río Cubillas (52). En su compra se pensaba, en 1524, emplear el dinero que los regidores de la ciudad de Granada dieron al convento por las casas que, por dotación de los Reyes, tenía éste en la calle de Elvira, Alhóndiga y Pescadería, que los munícipes tomaron para agrandar las calles. En 1526 toman para pagar el cortijo, 500 ducados que tenían guardados de un préstamo, con destino a la construcción de un hospital. En 1589 se agranda con una amplia superficie de Encinas que limitan con el Cortijo y que compran al rey Felipe II por 267 ducados (100.125 mrs.) que el Monasterio ha recibido a cambio de una Memoria, encargada por el Licenciado Luis Fernández de Córdoba. En 1592 se decide abandonar el pleito por dos pedazos insignificantes de tierra, situados entre la Granja de Árboles y el Cortijo de Torres, y donarlos al propietario del cortijo pleiteante, pues han gastado más dinero en pleitos de lo que aquellos valen. Eran tierras de propiedad confusa, relacionadas con la posesión que había tomado el obispo de Jaén, en 1506, junto a la "Laguna Grande", que por aquellos entornos debió existir. En el momento de la adquisición del Cortijo, está prácticamente todo poblado de álamos y encinas, por lo que su valor no es muy elevado, pero los monjes captan las buenas posibilidades de mejora que ofrece, pues sus tierras y clima se prestan a la plantación de olivos, viñas y cultivo de cereal. En unos 25 años buena parte del cortijo ha sido roturado y sus productos requieren edificios para su almacenamiento, y medios de transformación para sus correspondientes elaboraciones. Se nota, asimismo, el interés que se le presta por parte del Convento, pues en 1552, construye "un cuarto" con corredores y celdas, a semejanza de otro, que ya existía. En ese mismo año se edifica una bodega para guardar en ella el vino que producen los viñedos que han plantado en el mismo. Treinta años más tarde, en 1583, se hace un almacén para el aceite producido por los olivos plantados y una viga para el molino, donde se moltura y prensa la aceituna. La actividad no cesa en dicha explotación y se saca provecho a su riqueza forestal con destino a otras grandes propiedades de los monjes. Así, en 1583, se sacan árboles del cortijo para dedicarlos a nuevas construcciones en el cortijo de Ficullar y, en 1587, se vuelven a cortar árboles para cubrir el almacén de la misma Granja de Árboles y para hacer cabañas donde proteger al ganado que se cría en ella. - Cortijo de Ánsula (A 13) Situado en la Vega de Granada, en término de Pinos Puente, era propiedad de los herederos del Gran Capitán. En 1568, recibe el Monasterio de San Jerónimo de manos del Duque de Sesa el Cortijo de Ansula, a cambio de que el convento se comprometa a hacer la Capilla Mayor del Gran Capitán, la Reja y el Retablo. Los monjes deben invertir en ello cada año 800 ducados hasta cumplir el precio en que ha sido tasado el cortijo. Desconocemos durante cuantos años deberán estar invirtiendo tal cantidad; pero sí se dice que gastarán 2.400 ducados en cada trienio. Es decir, 900.000 mrs. cada tres años, ya que el ducado equivale a 375 mrs. En garantía de que el Monasterio cumpliría con lo acordado, debería dar al Duque la posesión y propiedad de las tiendas que tiene en el Zacatín, que rentan 1.000 ducados anuales. Ello quiere decir que el dato aportado por R. Marín de que el cortijo se compró por 29.000 mrs. (53), o no es correcto o camufla una venta simulada. Se trataba, sin duda, de una gran explotación agrícola, pues, el Cortijo rentaba a los frailes 1.000 fanegas anuales de cereal, al cuarto, es decir, la cuarta parte de su producción. Lo que muestra una producción anual de 4.000 fanegas de cereal. Según estos parámetros, la extensión del Cortijo de Ansula podría estimarse en torno a 3.000 marjales, teniendo en cuenta que las labores, en la época, son de año y vez, lo que quiere decir que sólo se labra la mitad del cortijo cada año. Ello queda reafirmado, si recordamos que el rendimiento de un marjal de regadío en esa época, suele oscilar en torno a tres fanegas de capacidad. Las mejoras introducidas por el convento en el cortijo empiezan enseguida: en agosto de 1570 se disponen a hacer una presa de cantería en el río Velillos para derivar el agua hacia la acequia de riego de dicho cortijo, pretextanto que la presa tradicional es de estacas y que cada vez que hay una avenida la arranca el río. Como la acequia es compartida por el señor Leonardo de Valdivieso, veinticuatro de Granada, ya que con ella riega su cortijo de Çohaira, limítrofe con Ansula, éste pagará la mitad del gasto, lo que hará que la inversión que requiere la obra sea más llevadera, al compartirse entre dos cortijos, el de Çohaira y el de Ánsula . En febrero de 1574 se está aún construyendo la presa de Velillos. Pero el Cortijo de Ansula riega también con el Río Cubillas y la presa de derivación de su acequia la comparte el Monasterio con D. Pero de Bobadilla. Esta presa está débil y expuesta a que se la lleve el río. Se decide, en consecuencia, en febrero de 1596, echarle espigones y para ello se contrata un cantero de Granada por 850 ducados. Como son dos partes, cabe cada parte a 425 ducados En septiembre de 1570 deciden hacer casas con sus caballerizas y tinados para los labradores, "porque las que avía eran pocas y pequeñas, al modo de los moriscos". De esta manera, sería más fácil arrendar el cortijo. En abril de 1601 se reparan las casas de Ansula y las del cortijo del Temple. En julio de 1571 se decide "hazer en el cortijo de Ansula un horno para hazer ladrillo y teja", y arrendarlo a alfareros que darían como renta al convento el millar de ladrillo o teja a once reales, cosa que los monjes ven muy favorable para ellos, aparte de satisfacer sus constantes necesidades de esos materiales. La explotación del cortijo se lleva a cabo, preferentemente, mediante el sistema de arrendamiento, a uno a varios labradores, por periodos de seis años, y una renta que oscila, cada año, en torno a las 1.000 fanegas o cuarto de la producción de pan terciado, es decir, dos partes de trigo y una de cebada. Así, en agosto de 1577 se arrienda el cortijo por seis años a un solo labrador, de cuyos resultados quedaron los monjes muy contentos. En diciembre de 1584 se arrienda a cinco labradores mancomunados. Pagan de renta al año 1.050 fanegas de cereal -660 fa. de trigo y 390 fa. de cebada-. Se les exige además 20 carretas de paja y 100 fanegas de rastrojos. En octubre de 1596 deciden los monjes no explotar directamente el cortijo de Ansula, pues deben hacerlo con mozos y ello es costoso, de manera que cada fanega de trigo les sale por más de dos ducados. En mayo de 1608 se arrienda al cuarto el cortijo de Ansula y los labradores dan, además, al convento medio cahiz de habas, -o sea 6 fanegas de habas- y cada uno de ellos dos docenas de melones. Esta información proporcionada por las Actas Capitulares del Monasterio nos aporta datos suficientes como para conocer las características de la extensa explotación agrícola de riego, las importantes rentas cerealistas aportadas al convento, las mejoras introducidas por éste y las obligaciones que su disfrute impone a los monjes, a los que obliga a construir la Capilla Mayor de su Iglesia, dedicada al Gran Capitán. - El Coscojar (A 14) Era un cortijo del Duque de Sesa que se sacó en almoneda, en 1568, por precio más bajo de su valor, debido a la necesidad de dinero que en ese momento tenía el Duque. Lindaba con el cortijo de Ansula. Su tierra era "de la mejor que ay en la Vega". Todo ello lo hacía conveniente para el Monasterio. En su capítulo el Prior planteó si sería conveniente tomar dinero a censo para pagarlo, o se vendía parte del ganado, tanto cabras como ovejas. Todo el convento, salvo un capitular, estuvo de acuerdo en que se comprase dicho cortijo, tomando dinero a censo o vendiendo el ganado necesario para ello. Al final, no se llevó a cabo la transacción. - Cortijo de San Jerónimo En 1804-1809, se habla del Cortijo de San Jerónimo, localizado al comienzo de la Dehesa de San Jerónimo, antes que ella comience, como se sube por el río, a una legua de distancia de Monachil. Se advierte que el cortijero siembra en la Dehesa 8 ó 10 fanegas, al menos, cada año (54). - Huertas El traslado del Monasterio desde Santa Fe a la ciudad de Granada requirió nuevos espacios de emplazamiento, lo que los Reyes solucionaron asentando a los monjes en la Ermita del Quemado, en una huerta, situada en el Pago del Nublo, que había sido de los Infantes de Granada. En torno a este espacio los monjes fueron adquiriendo por nuevas dotaciones reales u otros diferentes procedimientos varias huertas de apreciables dimensiones. - Huerta del Pago del Nublo (A 15) En esta Huerta estaba la Ermita del Quemado, un morabito datado desde mediados del siglo XIV, cuyo nombre le venía, al parecer, de que en una de las algaradas cristianas, los cabalgadores habían prendido fuego a la rábita y con ella había ardido el monje musulmán que la habitaba. Fue esta ermita la casa que recibieron los jerónimos cuando fueron trasladados a Granada. En la Huerta donde estaba emplazada, los Jerónimos levantaron un Hospital, que se convertiría, con el tiempo, en el Hospital de San Juan de Dios. El enclave sirvió de sitio de morada del monasterio durante poco tiempo, pues pronto pasaron a otra huerta inmediata, donde levantaron el edificio del Monasterio y su correspondiente templo. Este primer espacio de asentamiento lo explotaron los monjes en régimen de arrendamiento: en 1574 se arrendó "la Güerta de San Juan, del Pago del Nublo" a dos arrendatarios por el plazo de 12 años, por precio cada año de 60 ducados y 14 arrobas de frutos, entre los que se contaban 2 arrobas de guindas garrafales, otras 2 arrobas de otras guindas y otras cantidades de otros frutos. Pasados seis años del arrendamiento deberían pagar también cada año 40 pares de palominos. Otras obligaciones de los arrendatarios fueron la de dejar bien reparada la cerca de la huerta y el palomar bien poblado con, al menos, 100 pares de palomas, y si hay más palomas, que se pague el par por el convento a medio real. En 1591 propone el Prior al claustro del Convento, si procede dar a renta "la huerta que está detrás del Hospital, que llaman de Juan de Dios" a un arrendatario, por dos vidas, con las mismas condiciones que la tenía Ana Pérez, viuda. Asintió a ello todo el claustro. En 1604, se nota el proceso de expansión de la ciudad por la zona, pues se habla de la venta de solares en la Huerta del Hospital de San Juan de Dios. - Huerta donde se asienta el Monasterio (A 16) Esta Huerta donada al monasterio por los Reyes Católicos al inicio de la llegada de los monjes a Granada, también la explotaron mediante el sistema de arrendamiento, como lo denota el hecho de que, en 1593, se hable en una reunión del claustro acerca de Cristóbal de Aranda, hortelano de la huerta que hay junto a la casa, quien ha quebrado debido a sus muchas deudas, de manera que no puede pagar la renta ni dar fiador que le avale. Debía al convento en ese momento 100 ducados y no había de donde poder cobrarlos, por que el arrendatario no tenía bienes algunos. La Justicia, ante la precaria situación del hortelano, permitió a los monjes arrendarla a otro. Se hizo así, dándola por dos vidas, con las fianzas e hipotecas debidas. Limitando con ella debió estar la Huerta de D. Juan Vázquez de Salazar, secretario de Felipe II, el promotor del Palacio de las Cadenas en Úbeda, familiar de los Cobos, concretamente, hermano del obispo de Jaén D. Diego de los Cobos, el constructor del Hospital de Santiago de Úbeda. Era sobrino de D. Francisco de los Cobos, poderoso secretario de Carlos V y patrono de la Iglesia del Salvador de Úbeda, su espléndido mausoleo renacentista. En 1592, se le permite pasar a su finca un remanente de agua por la huerta de la casa de la orden, por un lado de las eras, llamadas de S. Bartolomé; pero dejando claro que la tierra por donde había de pasar el agua continuaría siendo del Monasterio. - Huerta de Xarifa (A 17) Es otra huerta del Monasterio. En 1586 hablan las actas capitulares de "las Güertas de Xenil, que se llama de Xarifa, i la de junto a casa, que se llama la de los Almezes, i la que ahora tiene Martín Guerra, que convina con el Monesterio", al tratar acerca de su arrendamiento. Por tanto, sabemos que la Huerta de Xarifa, probablemente con varias parcelas, ya que habla de Huertas de Xarifa, estaba localizada junto al Río Genil. Cerca de ella pasaba la Acequia conocida como "Acequia Gorda", ya que el desbordamiento de ésta, debido a una avenida, se llevó, en 1587, más de un marjal de tierra de dicho enclave agrícola. Su sistema de explotación oscilaba entre el de arrendamiento temporal -por seis años en 1574 y 30 ducados anuales- y el de por vida del arrendatario -en 1625, se alquila de por vida y se cobran 50 ducados y 8 gallinas cada año-. Aparte de ello, pagaba también el Diezmo Eclesiástico al Monasterio, en lugar de retribuirlo a la parroquia correspondiente. A veces, este tributo presentó problemas para el Monasterio, por los pleitos que mantuvo, a causa del mismo, con la jerarquía diocesana -Arzobispo y el cabildo catedralicio-. Así, en 1574, debieron devolver al arrendatario 3 ducados de Diezmo de dicha renta, que pagó, porque en ese momento estaba libre del pago del diezmo. - Huerta que tiene Martín Guerra, que convina con el Monasterio De esta huerta sólo sabemos lo que nos dicen las actas capitulares, en 1586, es decir, que enlazaba con el Monasterio, por tanto localizada cerca de él. - Huerta de los Almezes, junto a la casa (A 18) De la huerta de los Almeces, que está junto a la casa del convento, tenemos más posibilidades de conocimiento. Su localización está señalada con precisión, en 1571, en la Actas capitulares: "la Huerta de los Almezes, que está junto a nuestro Hospital que llaman de Juan de Dios". En 1555 propone el Prior al claustro, si la ofrecían como solares, de acuerdo con lo acordado en otro auto capitular. Los monjes respondieron, salvo dos, que se mantuviese como tal huerta y que se cercase, para que el convento mantuviese su intimidad, evitando ventanas, vecindad de mujeres, de lo que podría acaecer escándalo al monasterio. Además, los propietarios de solares eran gente pobre que no tenía dinero para construir su casa. Se arrendó, después de muchos esfuerzos, por 10 años, ya que nadie quería arrendarla, porque estaba desprovista de árboles. Se exige al hortelano que plante árboles y que pague 80 ducados de renta. En 1574, pagaba el hortelano 100 ducados de renta y algunas "aldahalas", es decir, 37.500 mrs. y las dichas "haldahalas". En 1571 el Monasterio impuso sobre la huerta de los Almeces un censo anual de 22.500 mrs. para una Capilla y lámpara, fundada por D. Ginés de Carranza, comendador de Santiago y Vienticuatro de Granada. Éste, en lugar de dar una finca que rentase anualmente dicha cantidad, dio al Monasterio una suma de dinero con la que poder comprar un inmueble que rentase la cantidad obligada. El Monasterio, por su parte, tomó dicha cantidad, que era de 1.140 ducados y trocó la obligación de pago que pesaba sobre esa cantidad, cargándola sobre la Huerta de los Almeces. - Otras huertas (A 19) En 1511, hablan de una huertecilla, cuyo arrendatario no convenía al Monasterio y por ello se le pide, por vía judicial, que la abandone. En 1576, hablan de la "Güerta de San Juan", maltratada y falta de árboles, o viejos e improductivos. Se decide arrancar los árboles y plantar viña, ya que la casa tiene más necesidad de vino que de huerta. - Hortelanos Las huertas son dadas a renta a hortelanos, con quienes el Monasterio, a menudo, debe tratar, bien para que paguen sus rentas, bien para echarlos fuera de ellas por insolventes. Sus problemas suelen estar en relación con las sequías, plagas y la correspondiente esterilidad productiva. Así lo manifestaba el claustro, en 1 julio 1574: "Si les pareçía que a Francisco Gutiérrez y a Martín Pérez, nuestros hortelanos, que pedían esterilidad, se les hiziese suelta, a Martín Pérez, diez mil mrs., y a Francisco Gutiérrez, ocho mill mrs. por este año, y vinieron todos en ello". - Viñas (A 20) No se mencionan expresamente viñas, propiedad del Monasterio, aunque sí aparecen algunas noticias referidas a la necesidad de vino que tiene la Casa y la urgencia de plantar vides en la Huerta de S. Juan, en 1576, dando como razón, el que el Monasterio tenía más necesidad de vino que de huertas. No faltan plantaciones arbóreas con viñedo intercalado en el Cortijo de Árboles. Aparte de ello, cuenta con algunas pequeñas viñas donadas por pequeños propietarios, plantadas o adquiridas por el Monasterio: Un
pedazo de viña en el Pago de San Lorenzo de la ciudad de
Granada. - Aguas (A 21) Pese a la proverbial abundancia de agua asignada a La Vega de Granada, abastecida con las acequias de derivación de los ríos Darro, Genil y Beiro, sin embargo, nos encontramos a los Jerónimos prestando gran atención a los manantiales que tienen dentro de sus huertas o comprando nuevos acuíferos, ya antiguos, ya recientemente alumbrados por algunos "mineros". En 1569 se propone en Capítulo la compra de una Noria, situada junto a sus "minas", que habían construido dos moriscos, sacando con ella "más de vn real de agua". El destino que los monjes pretendían dar a ese agua era el servicio de su casa, "para henchir las fuentes y proveer las ofiçinas y güerta", muy necesitadas de agua. Para pagar el precio del agua mencionada que era de 1.300 ducados, se acordó en dicha reunión pedir 1.600 ducados "a censo". Es decir, pedir un préstamo y los intereses del mismo cargarlos sobre "vna heredad o dos del Monasterio", de manera que con la producción de dicha heredad se pudiesen pagar satisfactoriamente cada año tales intereses. Más adelante, en 1571, se plantea el Monasterio la compra al Rey de "un pedaço del Pago de Hinadama, pues tenía muchas fuentes" y que se podía juntar sin excesivo costo con otras aguas que ellos ya poseían. La acción de compra, dicen, está impulsada por la necesidad de agua que tenían para las fincas próximas a este lugar. Este agua que parecía segura y copiosa, pues "el dicho pago tenía mucho agua de la Fuente de Alfacar" les permitiría sacar adelante cosechas y cría de ganado, pues "con la qual podíamos regar nuestro olivar de Cújar y nuestras viñas, las del Aljibe. Y en tiempo de ahijar los ganados, se podían ahijar vna y avn dos manadas de ovejas, porque la tierra es muy propia para ello, por ser sana, temprana y caliente y de mucho pasto". - Dehesas de verano Era común entre los Jerónimos la cría de ganado en grandes proporciones. Son ejemplo espectacular de ello los Monasterios de Guadalupe y del Escorial. Aunque en cantidades más modestas, los Jerónimos de Granada también se dedican a la cría de ganado, para el que necesitan pastizales, criaderos e invernaderos. Fueron muchas las dehesas que recibieron en Sierra Nevada, como dotación hecha por los Reyes Católicos. Su número fue ampliado por los monjes, adquiriendo nuevas dehesas en las Sierras de Granada o arrendando pastos de invierno en tierras de la provincia de Almería. La dotación de los Reyes Católicos les proporcionó Prados en "Sierra Çolera", es decir, Sierra Nevada (55): Fueron asignados, en 1494, por entero todos los prados de dicha Sierra al Monasterio; pero ya los tenía ocupados, sin título alguno, el Conde de Tendilla. Ante la usurpación del poderoso magnate se hizo necesaria la iniciación de negociaciones entre él y la orden jerónima, a fin de llegar a acuerdos que legitimasen la situación de hecho de uno y los derechos concedidos por la Monarquía a los otros. En 1495, tras diferentes negociaciones, se acordó que los Reyes Católicos asignaran al Monasterio los prados "pro indiviso", aunque la mitad, que seguiría ocupada por el Conde de Tendilla, tendría que pagar por ello una renta al Monasterio de 15.000 mrs. anuales. Esta solución dada a la forma de usufructuar el "pro indiviso", quedando la mitad para el Monasterio y la mitad para el Conde de Tendilla, fue una fuente de tensiones entre ambos. Ello aconsejó que se realizase un deslinde de las Dehesas de la Sierra, el 8 de agosto de 1504. La renta a pagar por Tendilla la situaría el Conde, años más tarde, en las rentas de sus Dehesas de Camarate y El Alfaguara, próxima a la anterior, el 29 de agosto de 1521. Las dehesas de El Alfaguara, el Camarate y Matean, todas en Sierra Nevada, pertenecieron del rey moro en época musulmana, a las que llevaba a pastar sus yeguas y ganados. En ellas tenía puestas guardas para que nadie entrase con sus ganados (56). El amojonamiento de las 7 Dehesas comprendidas en el "pro indiviso" se hizo en 1504: - Reparto de las Dehesas de Sierra Nevada (57): - Dúrcal: Se repartieron por igual entre el Monasterio y el Marqués de Mondéjar, los 15 prados que tenía. - Alhendín: 15 prados que tenían se adjudicaron por entero al Marqués de Mondéjar. - Yhechar: 13 prados que tenían se repartieron por igual entre el Monasterio y el Marqués. - Beleta: 15 prados que tenían se adjudicaron todos al Marqués. - Bado. 12 prados que tenían se partieron por igual. - Maitena: 12 prados, repartidos mitad por mitad. - Camarate y El Alfaguara: 8 prados divididos por mitad, hasta 1521. Desde esta fecha fueron del Monasterio, a cambio de los 15.000 mrs. anuales de renta que el Conde debía pagar por la mitad de las Dehesas. - Se le dieron en exclusiva al Monasterio las Dehesas de El Alfaguara y Camarate, en 1521. - El Monasterio compró, posteriormente al Ayuntamiento de Granada, la Dehesa de Padules, que tenía 5 prados. Una idea sobre el emplazamiento y extensión de algunas de esas dehesas en poder de los Jerónimos se nos proporciona a principios del siglo XIX (58): - La dehesa de San Jerónimo Comienza la Dehesa de San Jerónimo, según Rojas (59), a media legua de Monachil, (la legua son algo menos de seis kms.) en el mismo cortijo de los Jerónimos, que está subiendo por el río, a su izquierda, y dista medio cuarto de legua de él. Tiene de largo una legua, y media de ancho. Linda con las Dehesas de Dílar, Monachil y Barranco de S. Juan. Llega hasta los Borreguiles de Dílar y al Peñón de San Francisco. Por medio de ella pasa el Río de Monachil (60). Pastan en dicha dehesa 2.000 cabezas de ganado cabrío, 1.500 borregos, 500 ovejas, 200 vacas, más de cien yeguas (61) y unas 600 cabezas entre vacuno y mular (62). En las fechas indicadas, de comienzos del siglo XIX, estaba arrendada en 8.000 reales (63). - La dehesa de Camarate Está localizada la Dehesa de Camarate debajo del Barranco de Camarate y queda circunscrita por el Encinar del Marqués de Lugros, uno de los mejores de la Sierra. Del Picón de Jeres parte la loma que separa el Barranco de Jeres del Barranco del Camarate, y la Loma del Maitena separa el Barranco del Camarate del Río Genil (64).La Dehesa del Camarate tiene sus vertientes al Río de Guadix, excepto el Barranco de Padules, que nace en ella y desemboca en el Genil, muy cerca de Quéntar (65). Tiene de largo 4 leguas y de ancho 2 leguas. Linda con las Peñas de Vicente, jurisdicción de Jeres, con los términos de Lugros, y se junta con el Fardes junto a Purullena (66). En estas fechas tardías de comienzos del siglo XIX, estaba en poder del Rey, que la utilizaba para usos públicos, ya enviando a ella ganado mular del ejército, ya arrendándola. En la fecha indicada podían pastar en ella mil cabras, cuatro mil lanares y mil mayores. Estaba arrendada en 14.000 reales (67); Pero en ella y la del Calvario ya no entran lanares, desde que el Rey las tomó para sus potros, de los que tendrá unos 300 en cada dehesa (68). En otra parte de esta obra se dice que en la Dehesa de Camarate pastan unos 200 potros, también del Rey, y 1.000 machos (69). De 6 en 6 y de 7 en 7 años se permite cortar en las Dehesas la mitad del monte alto y bajo que se hace carbón (70). - La dehesa de Padules Fue comprada por los Jerónimos al Ayuntamiento de Granada. La Dehesa del barranco de Padules se localiza por el camino que va por la Loma de Maitena desde Güéjar Sierra a Lugros. A las aguas del Barranco de Padules vierten las aguas del barranco de Camarate, Dehesa que corre por las cumbres, encima de la del Barranco de Padules. Sus aguas vierten al Fardes por Purullena (71). Algunas orientaciones geográficas son útiles para una mejor localización de esta Dehesa de Padules. Pueden ser de bastante interés las que siguen: Una de las ramificaciones de la Loma de Maitena, la más alta y más oriental, es el Barranco de Padules, que pertenece a la Dehesa del Camarate, de que la separa una Loma, y debiera él solo constituir otra dehesa (72). El Picón de Jeres da aguas a cuatro barrancos: al de Jeres, la mayor cantidad; al de Cogollos y al de Camarate todas. Y gran parte al Río Genil (73). Relación de los jerónimos con las dehesas del Conde de Tendilla Esta era la relación que los Jerónimos mantenían, a comienzos del siglo XIX con las Dehesas del Conde de Tendilla, situación que provenía de la primera mitad del siglo XVI, cuando tuvieron que negociar acuerdos sobre el usufructo del "pro indiviso" concedido a los jerónimos por los Reyes Católicos, al haber sido usurpado en buena parte por el Conde de Tendilla: La Dehesa del Barranco de San Juan, la Dehesa del Calvario, la Dehesa de las Hoyas del Genil (la parte del Lomo de la Loma de Maitena), todas son del Marqués de Mondéjar, excepto las que están en la jurisdicción de Monachil. Los de San Jerónimo, además de ser dueños de toda la Dehesa de su nombre, perciben algo de todas las del Marqués, a saber: del Camarate 1/6; de las Hoyas ½; del Calvario ½; de la de Dúrcal ½; En la de Dílar, Monachil y Barranco de San Juan no tienen nada (74). Algunos datos sobre el uso de las dehesas jerónimas de Sierra Nevada (A 22) La dotación inicial de las dehesas a la Orden por parte de la Corona y el uso posterior de ellas, no dejaron de plantear problemas al Convento, como observamos en algún que otro accidente recogido en las Actas Capitulares del Convento. A pesar de los acuerdos convenidos con el Conde de Tendilla, la proximidad de los lotes de dehesa asignados a uno y otros no dejó de causar problemas. En 1574, plantean los monjes pleito con el Conde "sobre los Echos y yerua que avía comido su ganado en la Sierra Neuada, los años de 72 y 73, de lo qual pretendíamos que nos devía cuarenta y tres mill mrs.". Los monjes, pese a tener dos sentencias en su favor, prefirieron, finalmente, llegar a acuerdos pacíficos con el magnate, para evitar costes y enemistad con él. El asunto quedó zanjado mediante el compromiso de Tendilla de pagar a los jerónimos 33.750 mrs. Más adelante, en 1584, tuvieron "notiçia que munchos vaqueros desta ciudad rompían i echavan a perder nuestras dehesas que tenemos en Sierra Nevada y rosavan los montes para las dichas vacas y venía grandísimo perjuizio a las dichas dehesas". En 1585, el problema planteado está en relación con la "Dehesa del Vado", arrendada por el Mayordomo a Luis Fernández de Córdoba, por cuatro años. El arrendatario pretendía dejar la Dehesa, porque ese año "los valdíos estavan muy buenos i no tenían neçesidad los ganados de entrar en los Hechos". Ante el problema y, dado que nadie quería en ese tiempo arrendar la dehesa, ni las otras de la Orden, los monjes deciden mantener la renta por la que estaba arrendada, aunque era barata, conscientes de que la renta, aunque menguada, era preferible a nada. - Dehesas de invierno (A 23) El Monasterio que no sólo era propietario de Dehesas, sino que también era uno de los más importantes ganaderos de Granada, buscó para sus ganados Dehesas de Invierno, mediante arrendamiento a poblaciones costeras: - En el Campo de Dalías arrendaba campos de pasto para sus ganados, ya en 1520, y así acostumbró hacerlo en años sucesivos. Cuando las condiciones meteorológicas no permitían el uso de este espacio, recurría al arrendamiento de pastos en otros lugares costeros. Así, en 1584, dice el Prior a los monjes, reunidos en capítulo, "que porque sabía cierto que el Campo de Dalías y de toda la hierva, a donde el ganado ovejuno deste Convento se solía herbajar, estava muy perdida i no se podía sustentar ni criar ningún cordero, si les pareçía que se arrendase vna güerta de Verja, que es suficiente para ahijar todo el ganado de Casa". En 1586, debido al temor de robo de ganado por los monfíes y a que en el Campo de Dalías, a donde solían acudir sus ganados cada año, no había llovido, los Monjes deciden buscar pastos en el Temple y en la Costa Granadina. -Otras veces, los espacios arrendados para sus ganados en invierno eran del Campo de Almería. Así lo expresan con motivo de un pleito mantenido, en 1574, con un ganadero que ha invadido los herbajes arrendados por los monjes en dicho lugar: "En Baça truximos pleito, con vn Juan Rodríguez Perucho, de çierta yerua que comió su ganado en la Dehesa de Vícar de Almería, que nosotros teníamos arrendada, y siendo condenado por el juez que pagase a este Conuento çien reales, enbió a rogar que porque era muy pobre y no tenía de que pagar le soltase algo, y el Convento vino en que se le soltasen los çinquenta reales y pagase lo demás". En 1572 les vemos buscando tierras templadas y apropiadas para el alimento de sus cerdos en Vélez Benaudalla, donde había buenos pastos y era tierra segura contra los robos de los moriscos, cuya rebelión, aunque derrotada, había dejado serias huellas en los bandoleros monfíes. Bienes semovientes: Ganadería (A 24) El ganado significó para el Monasterio una fuente primordial de ingresos, a la que no dejó de acudir, vendiendo parte del mismo, cuando escasearon los pastos, cuando la cría de un determinado hato no resultaba rentable, o siempre que necesitó comprar alguna nueva propiedad rústica, pagar alguna deuda inaplazable o, simplemente, comprar trigo para su alimentación en años de malas cosechas. Ya de entrada contó, cada año, con una cantidad fija de carneros, dotados por los Reyes Católicos para subvenir a las necesidades alimenticias de los monjes. A partir de aquí el monasterio fue adquiriendo y criando ganado lanar, cabrío y, en menor proporción, vacuno y de cerda. La dotación de los Reyes Católicos les asignaba 300 carneros anuales en el Puerto de Villaharta. Aparte de éstos, los monjes, mediante su industria, consiguieron estabilizar el ganado del Monasterio en unas 7.000 ovejas, 2.000 cabras, 50 vacas, unos 100 cerdos, 14 mulas y las correspondientes acémilas para acompañar al ganado en sus desplazamientos, transportar el mobiliario imprescindible de los pastores, y otros elementos necesarios para el idóneo mantenimiento del ganado. Bienes en especie (A 25) El Monasterio no sólo acumuló entre su patrimonio económico fincas y ganado, sino que contó, así mismo, con cantidades anuales fijas de productos necesarios para el mantenimiento de los monjes y las adecuadas atenciones alimenticias y sanitarias del ganado. En ello prestaron gran atención los Reyes Católicos que proveyeron a la casa, ya en la Dotación Inicial, de importantes bienes en especie para que los monjes pudiesen llevar una vida despreocupada de sus necesidades materiales y dedicarse sin inquietudes a su vida de oración y a la celebración de los actos litúrgicos. Para ello los monarcas dotaron al Monasterio Jerónimo de Granada con 600 fanegas de trigo y 400 fanegas de cebada, anuales, cargadas finalmente sobre las Tercias del Arzobispado de Granada. Para las necesidades de su cocina y las correspondientes atenciones a sus ganados, les dieron, así mismo, 200 fanegas de sal, situadas en las salinas de la Malahá (Granada). Les dotaron, también, como se ha dicho, de 300 carneros anuales en el Puerto de Villaharta. Esclavos (A 26) Lo esclavos, presentes, por lo general, en casas religiosas, tales como los jesuitas, que los tenían en gran número en sus Casas de América, no aparecen en las Actas Capitulares de los Jerónimos. Sólo encontramos una noticia referida al pleito que mantienen con deudores y la posibilidad de saldar dichas deudas con la venta de una esclava. Se trata de la esclava de un tal Velasco, morisco, que, al parecer, adquirió Luis Rejano, cuñado de un monje jerónimo, quien debía censos o intereses al Monasterio. Éste, en el pleito que por ello mantenía con él, recurrió a la esclava para cobrarse. Ésta fue vendida en almoneda para pagar al Monasterio, pero a través de los diferentes trámites se descubrió que no era de Velasco, sino de un yerno suyo, con lo que la deuda quedó en pie y sin poder cobrarse, mediante ese procedimiento. Bienes de dotación de monjes (A 27) El Convento nutrió también su patrimonio económico mediante dotación que los monjes debían hacerle con los bienes que recibían en herencia de sus respectivas familias. Desconocemos el monto que estas donaciones pudieron suponer; ya que se trata de noticias fragmentarias y no de series rigurosas. Por tanto, de las noticias que poseemos lo único que se desprende es que, generalmente, los monjes, al entrar en el monasterio, donaban a éste el total o parte de su herencia. Era ésta una costumbre muy arraigada en las distintas instituciones eclesiásticas. Así lo vemos en los canónigos de Jaén, obligados a dejar cierta parte de sus bienes a la Iglesia catedral, en sus testamentos. Tales bienes, una vez habían pasado a formar parte del patrimonio del monasterio, eran administrados por éste, de manera que los monjes afectados dependían en ello absolutamente de las decisiones que el Convento tomase. Rentas del monasterio Aparte de los bienes raíces urbanos y rústicos, que venimos constatando, el Monasterio contó también con otras rentas de distinta procedencia. Las más importantes fueron las proporcionadas por su participación en el Diezmo Eclesiástico, los censos o rentas procedentes de bienes raíces obligados con el monasterio o intereses procedentes de préstamos en metálico otorgados por él, y la participación en la deuda pública o juros, debidos al monasterio por el dinero invertido en ayuda a instituciones públicas, como el Ayuntamiento. Todo ello se manifiesta a lo largo de las Actas Capitulares, aunque de forma dispersa, al abordar asuntos muy variados. Los diezmos (A 28) La Iglesia tenía establecido un sistema de recaudación de Diezmos (75) que no podía eludir absolutamente nadie, de manera que, en principio, no so sólo afectaba a los seglares, sino que también obligaba a los eclesiásticos y, por consiguiente, a los religiosos. Éstos recabaron a lo largo del tiempo privilegios del Papado para eximirse en parte o en todo del pago del diezmo debido a la iglesia diocesana por sus ingresos. Para ello y con el fin de demostrar que no se trata de bienes especulativos, sino caracterizados como limosnas o dotaciones reales para el congruo mantenimiento de la orden, se afanan en demostrar la calidad de sus bienes como dotales, especialmente otorgados por los Reyes. En ello radica su derecho a ser considerados exentos. Otro argumento que utilizan como justificativo de su exención en el pago del Diezmo, es el de la adquisición de bienes mediante limosnas hechas por los fieles a cambio de oraciones o misas a favor de la Ánimas Benditas. Aducen, además, que el Diezmo exigido por la Iglesia diocesana por sus ingresos, ellos lo destinan a limosnas que dan a los pobres, y esa acción de misericordia les exime de pagarlo a La Iglesia. Silencian, en cambio, que las limosnas que reparten entre pobres, prácticamente todas se hacen con fondos de patronatos fundados por bienhechores, que ellos administran, pero casi nunca con bienes procedentes de su hacienda. Aducen, por otra parte, que la exención de pagar diezmos se justifica por la colaboración pastoral que ellos realizan con los párrocos en sus parroquias y, por consiguiente, si una de las razones del diezmo es mantener a los ministros de La Iglesia, que atienden pastoralmente a los fieles, ellos debieran, así mismo, ser mantenidos por ese tributo de origen divino, pues realizan funciones pastorales. En su afán por encontrar argumentos que justifiquen su propósito de ser considerados exentos, exponen un argumento estrechamente unido a los derechos conseguidos por los monarcas en relación con Granada. De acuerdo con esto, como los diezmos de la diócesis de Granada habían sido dados por el Papa a los Reyes, tales ingresos eran de su pertenencia. Como fueron los Reyes los que dotaron el Monasterio y, además, lo fundaron al mismo tiempo que la diócesis, y por consiguiente, aún ésta no cobraba los Diezmos, todo ello les exime de pagarle ese tributo de origen divino, puesto, en el caso de Granada, en poder de los Reyes Católicos por el Pontífice Romano. Si tales presupuestos no surtieran efecto, los Jerónimos de Granada están dispuestos a entrar o en vía de negociación de acuerdos o en vía judicial, a través de pleitos con el obispo y cabildo catedralicio, administradores del diezmo de la diócesis de Granada, para eximirse de la parte que ellos deben tributar por el fruto de sus propiedades y ganados. La orden jerónima, al contrario de los Cartujos, que sólo consiguen eximirse del pago de la mitad de sus diezmos, pretende la exención del monto total de ellos, y para conseguirlo se basa, ahora, en privilegios papales concedidos al monasterio de Granada o a monasterios hermanos de la orden de S. Jerónimo. La lucha por la exención venía avalada por serias razones económicas. Los ingresos decimales constituyen un saneado capítulo de sus arcas, ya que es el diez por ciento de los rendimientos de todos sus bienes productivos, a excepción de los procedentes de limosnas. Sirvan de ejemplo las mil fanegas de cereal que cobraban de renta por uno de sus Cortijos, el de Ánsula. El diezmo suponía 100 fanegas de cereal que quedaban sin salir de sus graneros. Y si, como estima Pedraza, sus ingresos anuales eran unos 10.000 ducados, el ahorro del 10% de éstos, suponía la nada despreciable cantidad de 1.000 ducados, o sea 375.000 mrs., cantidad por la que valía la pena pleitear, como vemos que lo hacen, si observamos detenidamente los argumentos jurídicos que aportan para su completa o parcial exención. Con menos cantidad de dinero compraron en algún momento un cortijo de notable extensión. La Concordia del Monasterio de S. Jerónimo de Granada con el arzobispo, deán y cabildo de la iglesia de Granada en materia de Diezmos, contiene en sus diferentes informes muchos elementos sesgados, que deforman la realidad. Hablan, por ejemplo, de dos cortijos, cuando como hemos visto anteriormente, su número es más abultado. En cualquier caso, es interesante poder tener acceso a este material, del que, dada su amplitud, es aconsejable presentar sólo un resumen de su contenido. Censos (A 29) Son numerosos y de distinta naturaleza los censos que tiene el Monasterio, casi todos ligados a fundaciones de Capillas, memorias, aniversarios o misas "pro anima". Otros, así llamados, son, en realidad, préstamos a interés, tomados o prestados por el Convento, cuyos intereses o censos ha de pagar de acuerdo con lo convenido. Cuando es el Monasterio el prestamista se encarga con todo rigor de cobrar los intereses debidos o recurrir a los tribunales para hacer efectivo su pago. Los primeros están formados por una determinada cantidad de dinero o renta, con la que se pagan los servicios religiosos "pro ánima", prestados por el monasterio. Cargan siempre sobre una finca rústica o urbana, hipotecada para esta función y dada a renta para que produzca la cantidad acordada por la misa o misas, oficios, etc. que deben de celebrarse. Esa cantidad acordada es lo que se conoce por censo. Podían ser perpetuos o temporales, cerrados, estrechamente ligados a los perpetuos, y abiertos o temporales, que podían cargarse sobre bienes diferentes en cada tiempo. Lo importante era que nunca faltara la renta por el servicio acordado. Eran redimibles, cuando los obligados a su pago, podían retribuir el monto completo de lo que hoy llamamos principal, liberando de esa manera a la finca hipotecada con tal renta o pasar la cantidad fijada como censo a otro bien urbano o rústico. Este caso se daba más en fincas entregadas por el Monasterio a cambio de una renta acordada y para servicios religiosos, que el interesado podía redimir pagando la cantidad completa debida o dando otro bien semejante que produjera idénticos ingresos. En el segundo caso de censos, se trata de los intereses que debe pagar el monasterio por cantidades en metálico pedidas en préstamo y que solía imponer sobre una determinada finca de su pertenencia. Cuando tenía dinero, podía redimirlo, pagando lo que hoy llamamos principal o cantidad pedida en préstamo. Contaba el monasterio con numerosas asignaciones de censos ligados a sus servicios religiosos a favor de las almas del Purgatorio: -
90 censos perpetuos ligados a capellanías. En total, la mayor parte de los censos, 119, están ligados a Capellanías. - Los ingresos anuales de esos censos, a mediados del siglo XVII, eran: 3.869.323 mrs. De éstos: 3.739.323
mrs. se debían a censos de Capellanías. Aparte, estaban los censos o intereses que el Monasterio debía de pagar por préstamos recibidos de instituciones o personas en momentos en que se encontraba necesitado. En momentos difíciles, como la rebelión de los moriscos de 1569 y las secuelas que le siguieron, el convento vio su economía mermada por los daños que en tales circunstancias recibieron sus fincas o ganados, y se vio obligado a pedir prestadas determinadas cantidades de dinero. Pero, una vez normalizada la situación, los monjes jerónimos pagaban puntualmente y sin retraso los préstamos recibidos a censo o interés. Su evolución concreta nos la muestran los acuerdos de la Actas Capitulares que recogen los procesos de formación de algunos censos. Juros (A 30) Los juros eran inversiones que el Convento hacía en deuda pública, generalmente, en el Ayuntamiento, a cambio de una cantidad determinada que la institución municipal se obligaba a pagar anualmente por el dinero recibido. El Monasterio de S. Jerónimo, como otras instituciones religiosas, practicó esta costumbre, aunque no podemos conocer, por falta de datos, lo que esta actividad reportó al Monasterio. No faltan, sin embargo, algunas de estas operaciones recogidas en las Actas Capitulares del Monasterio. Alquileres Aparte de los censos, el monasterio alquilaba muchas de sus propiedades a cambio de una renta, que no tenía un destino inmediato para rezos por las ánimas benditas. Debió de ser nutrido este capítulo, dada la gran cantidad de bienes y el carácter rentista de la hacienda del monasterio, con excepción de los ganados y alguna huerta o cortijo explotados directamente por los monjes durante un tiempo limitado. Los ingresos recibidos en este capítulo debieron ser importantes, dado el volumen de algunas rentas. Sólo por uno de los varios cortijos que el monasterio tenía, el Cortijo de Ansola, cobran los monjes anualmente 1.000 fanegas de cereal. A ellos habría que añadir los alquileres o arrendamientos de huertas y otras tierras, así como los alquileres de las numerosas casas y tiendas que tenía en la ciudad de Granada, algunos muy nutridos, tales como las tiendas que tenía en el Zacatín que le rentaban 1.000 ducados anuales. Sólo por 20 alquileres de tiendas, de la dotación inicial que hicieron los Reyes Católicos, reciben a mediados del siglo XVII, 155.156 mrs. La información al respecto puede espigarse en la documentación referida a dichos bienes, debidamente reunida en cada uno de los correspondientes apartados. Deudas (A 31) El Monasterio, como toda empresa, tiene sus ingresos y sus gastos, pero hay momentos, como el de la rebelión de los moriscos de 1568, en que sus ganados son robados o no pueden acudir a los pastos, los campos no se pueden trabajar a satisfacción y no producen, o se da una fuerte sequía que arruina la cosecha. Entonces el Monasterio necesita pedir dinero prestado a algún comerciante italiano o a alguna institución para hacer frente a sus necesidades. Otras veces, es un cortijo que sale a la venta y se considera oportuno comprarlo, pero no hay metálico suficiente y entonces también se pide prestado con los correspondientes intereses, llamados censo. En todos estos casos, para satisfacer la deuda contraída, los monjes vendían ganado y con lo recibido hacían frente a deudas e intereses. Pero nunca vendían propiedades rústicas ni urbanas. De éstas lo que hacían era comprar todas las que se le presentaban y veían que podían producir buena renta, aun cuando para ello debieran pedir los correspondientes préstamos. En cualquier caso, el Monasterio siempre paga con desahogo sus deudas en plazos bastante reducidos. También busca con todo celo el cobro de las deudas que le son debidas por parte de otros y no duda para ello, si fuere necesario, recurrir a los tribunales de justicia, para rescatar cualquier tipo de deuda que le fuese debida y no satisfecha en el tiempo acordado. Pleitos (A 32) Las Actas Capitulares del Monasterio de San Jerónimo de Granada, nos muestran a la comunidad pleiteando, en numerosas ocasiones, con distintas instancias, siempre en defensa de sus intereses patrimoniales o rentas. La encontramos recurriendo a los tribunales de la Sede Apostólica, en Roma, cuando reivindica sus privilegios, como otras casas religiosas de su orden, para considerar exentas a sus propiedades del pago del diezmo eclesiástico. Otras veces, los pleitos se plantean ante los tribunales civiles, generalmente, la Real Chancillería de Granada, para defender los derechos de los Patronatos que la orden regenta o frente a arrendatarios que incumplen con sus deberes y otros asuntos similares. El Pleito más notable, puede que sea el que mantuvieron con los Hermanos de San Juan de Dios, que los jerónimos llaman "Hermanos de la Capacha", por el recipiente con que pedían limosna para ayuda de sus enfermos. Son varias las referencias a tales pleitos, registradas en las Actas Capitulares. Patronatos Fueron varios los Patronatos que el Monasterio debió administrar. Unos fundados en sus propiedades por ellos mismos, como el Hospital, luego llamado de Juan de Dios; otros, consistentes en casas con sus rentas y cantidades de dinero para ayuda a pobres o para redimir gentes caídas en esclavitud, como fue el Patronato del Obispo Quixada. El P. Sigüenza (76), hace una síntesis bastante clara de los patronatos que tenía la Orden de San Jerónimo de Granada. Más completa, sin duda, que la que podemos extraer de la lectura atenta de las Actas Capitulares. Éstas, sin embargo, superan la información del P. Sigüenza en todo lo relativo a las causas de la formación de tales patronatos y el origen de los medios económicos con los que funcionan. La relación que nos proporciona el P. Sigüenza, a comienzos del siglo XVII, coincide en las fechas con los datos facilitados por las Actas. Nos dice que la vida y ejemplo de los religiosos fueron el alma de su casa, y que, por tanto, fue ese ejemplo de vida el que les atrajo toda la ciudad, de manera que sin salir de casa "se les entrauan por las puertas" y les fiaban sus haziendas y sus almas. Esta atracción fue, según el fraile jerónimo, la que les mereció confianzas, riqueza y fundaciones caritativas que administrar. Tal aceptación propició que el Convento y, en su representación, El Prior, contase con muchos e insignes Patronatos. Sólo menciona el historiador jerónimo algunas de esas fundaciones, para que se vea "quan fieles despenseros son los religiosos de las haziendas que se les fían para repartir a pobres". He aquí un balance de las mismas: 1. El Prior es Patrón y Visitador del Hospital Real, junto con el Oidor más antiguo de la Audiencia, y Capellán Mayor de la Capilla Real, y un Veinticuatro, que sale por suerte cada año, aunque este último sólo interviene con ellos en "lo que toca a los locos del Hospital". 2. El Prior era Patrón, pocos años antes de 1605, (fecha de la edición del libro del P. Sigüenza) del Hospital "que llama el vulgo de Juan de Dios, por solo vn hombre pío y de buena vida, que siruió en él con gran exemplo y prouecho". "Deste Hospital, no sólo era el Prior y el Convento Patrón, mas Señor y Dueño, como lo es vno de su propia casa". "El fundamento fue éste, en breues razones: Vn Obispo de Guadix tenía poco más de seys mil ducados, parte suyos, parte de personas deuotas, para hacer algunas memorias. Sin respeto de dexar memoria, murió sin executarla, y mandó que el Prior y Convento de san Gerónimo lo gastasen en obras pías. Parecióles hazer vn Hospital que por sola razón que dixe, le llamó el vulgo Juan de Dios, que andaua con vn capacho o espuerta a cuestas, pidiendo limosna para él, y allegaua mucho". "Allegáronse otros a seruir a los pobres de la misma manera, andando con sus espuertas al ombro, gente ordinaria, y mucha della menos que ordinaria". "Procuró el Conuento que fuessen siempre bien seruidos y curados los enfermos, como se vio en la guerra de este último leuantamiento de los moros, el año de mil y quinientos y setenta, como siruieron con tanto cuydado estos hermanos del capacho". "Leuantáronse de suerte que alcançaron vna bula del Papa para sacar el Partronazgo de poder de los religiosos, y ponerlo en el ordinario; y salieron con ello fauorecidos en Roma del Comendador Mayor, testigo delante del Papa y Cardenales, de quan bien estos hombres auían seruido en el Hospital en tiempo de la guerra. Diéronles a los religiosos lo que el sitio les auía costado y otros gastos que auían hecho y los Patronazgos que allí estauan situados, y quedó el ordinario como Patrón, y por administradores estos hermanos, sin más derecho de parte suya, más de que pudo el Pontífice, como Padre Vniversal, ponerlo ansí". 3. "Es también el Prior Patrón de una memoria de cinquenta mil marauedís de renta, que dexó el Canónigo Orduña para casar huérfanas". 4. Es también Patrón el Prior "de otras cinquenta mil marauedís de renta para el mismo efeto, que dexó doña María Cortinas". 5. Es Patrón el Prior de "otras veinte mil marauedís de renta (que) dexó Hernán Diez de Gama, beneficiado, también para huérfanas". 6. Es Patrón el Prior, junto "con el Canónigo más antiguo de la Iglesia Mayor, de docientos mil marauedís de renta para casar huérfanas, sacar cautiuos, para niños expósitos y presos de la cárcel; memoria de Díaz Sánchez de Ávila y doña Teresa, su mujer. Hase mejorado esto tanto y el Conuento lo ha beneficiado, de manera que renta agora más de seiscientas mil marauedís, con que se hazen muchas buenas obras". 7. "Otra señora, que se llamaua Quiteria de San Esteuan, dexó al Prior otro Patronazgo de cinco mil ducados de hazienda, para que lo emplease en la obra pía que mejor le pareciesse". 8. "Tiene otro Patronazgo de quinze mil marauedís de renta para casar vna huérfana, él y el Arçobispo, y échanla en suertes el día de Nuestra Señora de la Expectación". 9. "Memoria de vn tesorero de aquella Santa Iglesia". La relación de patronatos hecha por el P. Sigüenza, en 1606, sólo menciona los que recuerda, a fin de mostrar la honestidad administrativa de los monjes. Por ello su versión no concuerda exactamente con la que nos transmiten las Actas Capitulares. No menciona los Patronatos de Diego de Siloé, ni del canónigo Valera. En relación con el Patronato del Obispo Quixada, da escuetas referencias de donde proceden los fondos, pero nada habla de la aplicación de los mismos. Las Actas Capitulares sólo hablan de varios patronatos: -
El Patronato del Hospital, edificado por los jerónimos en la
finca del Pago del Nublo,
donada a ellos por los Reyes Católicos y su primer asentamiento cuando
se vinieron de
Santa Fe. Las intervenciones en los Capítulos acerca de estos Patronatos nos proporcionan información acerca del destino dado a sus fondos y ello nos permite ver la realidad de su administración por parte del Convento, que a menudo utiliza los fondos en propio provecho y nos dejan ver que constituyen los fondos de más del 90% de las limosnas que donan los monjes. El hospital (A 33) Se decide hacer el Hospital en una reunión del Capítulo, el año 1520, donde el Prior propone que tiene cierta cantidad de mrs. para hacer un hospital y redimir cautivos. Pero plantea el problema sobrevenido, si se gasta esa cantidad, que no tendrían renta para recibir a los pobres y ejecutar la hospitalidad. Propone, en consecuencia, al Capítulo, otorgue licencia para con tal dinero comprar renta y con ella, en el plazo de algunos años, labrar la casa para Hospital y hacer otras cosas de acuerdo con los fines propuestos por el donante. La razón de tales planteamientos radicaba en que el P. General de la Orden había comunicado por carta al Prior que los "Señores Gobernadores", acuciados por sus necesidades, pedían a la Orden "dies mil ducados prestados", como "juro al quitar", dándoles de intereses por ellos "quatro mil mrs. al millar". Sería, por tanto, rentable dar al P. General el dinero guardado por el P. Prior para hacer el Hospital, comprando, de esa manera, renta a buen precio. A ello asintieron todos los capitulares. Más adelante, en 1526, se decide también en Capítulo, devolver al depósito de dinero que tienen guardado en el arca para hacer el hospital, los quinientos ducados que habían tomado prestados para comprar el Cortijo de Árboles y por los cuales pagaban cada año cincuenta ducados de censo, los cuales estaban asentados sobre ciertas propiedades del Convento. En 1553, se decide en Capítulo dar al Hospital, que no sabemos desde cuando funciona, quince ducados que antes se distribuían entre pobres o en comprar paños para vestirlos. En 1561 deciden dar terrenos al Hospital en torno al lugar donde en su mismo solar estaba un molino de aceite de la Orden, para que el Hospital pueda ampliar su edificio. Este mismo año rechaza el Capítulo que ninguna persona pueda obtener la Capilla del Hospital para su sepultura, pues sería obtener de esa manera jurisdicción sobre el Hospital y espantaría la afluencia de limosnas para la institución hospitalaria, procedente de otras personas, que se retraerían ante ese hecho. Se decide pues que nadie pueda adquirir derechos de sepultura en la Capilla del Hospital, salvo que los compre con una cantidad elevada de dinero, es decir, "salvo si no dieren, por lo menos, çinco mill ducados de renta muy bien parados". En 1573 ya están en pleito con los hermanos de San Juan de Dios a los que dejaron el Hospital para que en él sirviesen a los enfermos y pobres. Y tan bien lo hicieron durante la rebelión morisca de las Alpujarras de 1569-1570 con los heridos de la guerra, que se ganaron numerosas y generalizadas simpatías. Alentados por uno de estos simpatizantes, un señor influyente, como dice el P. Sigüenza, reclamaron la administración del Hospital en pleito ante la misma Roma. Las relaciones de los monjes con los hermanos durante el pleito, no son precisamente, un modelo de comportamiento, ni de personas civilizadas. Así lo vemos en 10 marzo de 1575, en que el Prior interviene en el Capítulo "diziendo que avía sido informado como vno de los hermanos de Capote Sebastián, el truxo la bula con que nos quitaron la administración del Hospital y el rector del dicho Hospital estauan de camino para Roma, y tenían ya poderes y recaudos para impetrar del Papa, que pues ellos regían el Hospital, que su Santidad les mande dar la renta que dexó el Obispo de Guadix y la de Siloé y la de Francisco de Piñar para la sustentación de sus pobres. Y que esto pareçía ser agrauio, desonra deste conuento, quitarnos a nosotros los patronazgos y la renta dellos, por dársela a los de Capote". El Capítulo determinó que "antes que los de Capote alcancen lo que pretenden" que fuesen los delegados del Convento a Roma, al Padre General, al Rey y al Nuncio a hacer sus legítimas reivindicaciones. En 1580: "Para tratar del pleyto del Hospital contra los hermanos de Capote fue elegido para yr a Roma el padre frai Andrés de Málaga". En 1582, los jerónimos siguen administrando los bienes adjudicados al Hospital, como la Casa de Diego de Siloé, cuya renta, aunque destinada al Hospital, ellos administran, o el molino de Moclín, también para el mantenimiento de dicho Hospital. En cambio, para 1584, ya se había producido sentencia en contra de los jerónimos y a favor de los hermanos, que ellos llaman de Capote, es decir, los que puso en marcha San Juan de Dios. Pero el convento jerónimo pretende dejar claro que el Hospital está edificado por ellos y sobre terrenos de su propiedad; y para reivindicación de tales derechos no dudan, tras las correspondientes consultas jurídicas, en entrar en los pleitos que sean necesarios: "que ya era notorio y público cómo por sentençia difinitiva éramos condenados en Rota en la administraçión del Espital que esta casa tenía, que se llama de Juan de Dios, que pues es claro que el solar del dicho Espital es nuestro i ni más ni menos, todo lo que en él era edificado, lo avemos hecho y puesto nuestro trabajo en él y otras muchas cosas que tienen los Capotes tomadas, que son deste Monesterio y nos competen de justiçia. Vino el Convento que se consultase con los letrados, los quales dixeron que era pleito justo y que se siguiese, y ansí todo el Convento, nemine discrepante, vinieron en ello, en que se llevase hasta la fin". En 1589, parece que ya están cansados de pleitear, y ante la inutilidad del enfrentamiento judicial, deciden por fin aceptar que los "Hermanos de la Capacha" lleven la administración del Hospital, quedando los derechos de la orden jerónima en su sitio:"si querían hazer dexatión del pleito que seguíamos en Roma contra los Hermanos de la Capacha del Hospital que dizen de Juan de Dios, sobre la administración del dicho hospital, y después de auer pasado sobre esto tres tratados en diferentes días, vino siempre el Convento en que hiziésemos dexatión del dicho pleito, solamente quanto a la administraçión, por ser cosa de poca importancia para esta casa, quedando nuestro [deacilmo] libre en todas las demás cosas". En 1590 se plantean incluso llegar a una concordia con los Hermanos de Juan de Dios, pero no dejan la administración de los patronatos adscritos al Hospital, pese a que el dinero que producen tenga como destino el dicho hospital. Los Jerónimos continúan siendo sus administradores y por el trabajo de tal administración exigen unas determinadas remuneraciones, y además exigen que los Hermanos paguen los costes de los pleitos mantenidos en Roma.: "si les parecía sería cosa conuenible y útil para esta casa [concordarnos] con los Hnos. de la Capacha, que dizen del Hospital de Juan de Dios, en el pleito que trahyamos con ellos, que al presente está pendiente en Jaén", ante un canónigo de aquella catedral, en el que piden los Jerónimos se les den para siempre 20 ducados de salario por la administración de los Patronazgos de Siloé y Piñar, las rentas de los cuales se gastan en el dicho hospital; y aparte de los 20 ducados, 100.000 mrs. por las tres sentencias de Roma". La concordia parece que se llevó a efecto porque, en 1606, el Monasterio de los Jerónimos realiza transacciones de compraventa con los Hermanos del Hospital, a quienes venden un trozo de Huerta para que puedan hacer un "carnero", donde sepultar a los muertos de dicho Hospital. Dejan claro los jerónimos que tal venta se efectúa por "ser obra pía": "Dar en venta a los Hermanos del Hospital un rincón de Huerta que está detrás de nuestro molino, para hacer un carnero para enterrar los muertos, pagando lo que debía. Acordaron concederlo por ser obra pía". En síntesis, los monjes habían construido el Hospital y como dueños del mismo comenzaron por administrar los patronatos fundados en su favor, como el de Diego de Siloé. Cuando los Hermanos de Juan de Dios pleitean con ellos por el Hospital, encuentran la firme resistencia de quienes se consideran fundadores y constructores de aquella obra, y lo único que conseguirán será la administración del Hospital, en su vertiente de servicio a los enfermos y aplicación en su favor de las rentas producidas por los patronatos, pero la propiedad del Hospital y la administración de los patronatos y recaudación y administración de sus rentas las llevarán los jerónimos. Patronato de Siloé (A 34) El Patronato de Diego de Siloé, consistente en una "Casa Buena", alquilada a un Oidor de la Audiencia, cuya renta anual era de ochenta ducados, se hizo con destino al Hospital de los Jerónimos, cuya administración consiguieron luego mediante pleito en Roma los Hermanos de la Capacha. Ya hemos visto que la sentencia judicial acabó por adjudicar la administración del Hospital a los Hermanos, pero que la administración de los bienes del Patronato la continuarían haciendo los jerónimos, cobrando por ella una determinada cantidad; pero las rentas mantendrían su carácter de ser destinadas a gastos del Hospital, en ayuda de los pobres y enfermos. Fundación del canónigo Valera para limosnas (A 35) Este patronato fue fundado, en 1549, por el canónigo de la Colegiata del Salvador de Granada, Alonso García de Valera. El residuo que quedó de sus bienes tras el reparto de mandas, legados, capellanías y otras obras pías, fue adjudicado a un patronato, que sería administrado por el Convento de San Jerónimo, para que con los 560.000 mrs. que quedaron, los monjes hiciesen limosnas o lo que tuviesen por bien. Pese a que no se les pusieron condiciones algunas, los jerónimos determinaron retribuirle con sus oraciones y actos litúrgicos, tales como dos Treintanarios cada año. Decidieron que los fondos rentados se aplicasen a comprar paños para vestir pobres y una determinada cantidad se adjudicase para sustento del Hospital que habían fundado. Patronato del obispo Quixada (A 36) El P. Sigüenza habla así, en 1606, de la fundación de este Patronato: " Vn Obispo de Guadix tenía poco más de seys mil ducados, parte suyos, parte de personas deuotas, para hacer algunas memorias. Sin respeto de dexar memoria, murió sin executarla, y mandó que el Prior y Convento de san Gerónimo lo gastasen en obras pías". Con tales fondos se constituyó el Patronato más importante de los Jerónimos de Granada. Con ellos pagan casi todas las empresas de caridad que el Monasterio desarrolla. Especialmente, se dan pequeñas cantidades de unos diez ducados para redención de cautivos en tierras de moros, o como ayuda a algún obispo inglés o armenio, que peregrina buscando acogida, porque ha sido expulsado de su tierra, o buscando limosnas para ayuda de muchos cristianos de su comunidad. No faltan ocasiones en que se adjudican cantidades de dicho patronato para comprar trigo y abastecer las mesas de unos 26 estudiantes pobres, a los que el Convento da de comer diariamente. Algunas veces, incluso, se toman fondos, en momentos de apuros para los monjes, que invierten en compra de trigo para el convento. Pero, después, cuando la situación económica se serena, se devuelven los dineros tomados al Patronato. Así se expresa en mayo de 1599, en que el Claustro de los monjes acuerda vender 1.500 ovejas, para con el dinero obtenido pagar deudas atrasadas, entre ellas, las que debían al "Patronazgo Quixada". Limosnas (A 37) El Monasterio tenía su capítulo de limosnas, que distribuía a través de una organización con diferentes brazos: - Daba
limosnas a otros monasterios y casas correligionarias. Limosnas a otros monasterios Daba en limosna ornamentos viejos y estropeados a otras casas de la Orden, como a la de Santo Domingo de Guadix: En 20 noviembre de 1558, el Prior propone al convento "que el Padre Prior de Santo Domingo de Guadix le vino a rogar que porque aquella casa era muy pobre y no tienen con que decir missa las fiestas, que su Reverencia con su convento toviese por bien de les hazer limosna de algún ornamento". Se acordó "que se les diese un terno de zarzahan, que avía más de cincuenta años que se hizo, y éste se dio en limosna, y porque a gloria de Dios, nuestra sacristía está bien proveída de ornamentos y aquel estava ya viejo". Concedió una limosna de 200 reales al Colegio de Sigüenza: En 24 julio 1593: "El Prior dijo al Convento que el Padre General había enviado a decir que se hiciese alguna limosna al Colegio de Çigüença para reparar las tapias de la Güerta del dicho Colegio. Se acuerda dar 200 reales: ciento de la Casa y ciento del Patronazgo de Quixada". Condonación de deudas A menudo, consideran limosna la condonación de una deuda o parte de deuda, pero no se trata de limosna, sino del lenguaje que ellos utilizan para evadir el fisco, dando a todas sus acciones el nombre de donación o limosna. Así se desprende del nombre de limosna que dan, a veces, a una parte de los dineros que debe de pagarle un arrendatario obligado por sentencia judicial: En 14 septiembre de 1560 el Prior plantea al Capítulo "Si quería hazer limosna a çierta bibda, muger que fue de Hernando de Santisteuan, y a sus hijos, de quatro mill mrs., los quales deuía de los años 1558 y 1559, y de dos 3os que han corrido deste presente año de 1560, porque es obligada a pagar cada año quatro ducados de censo a esta casa, que está impuesto sobre vnas viñas que tiene la dicha bibda en Sancta Fe. Respondió este convento que le haze limosna de quatro mil mrs.". Repartos de pan y otros alimentos y enseres, en la puerta de la casa, a los mendigos, que a ella acudían En 1570, año difícil, debido a los problemas económicos acarreados por la Guerra de las Alpujarras, se reestructura parte de la limosna de pan que venía haciendo el Convento. Se suspende el reparto de la fanega de pan cocido que cada día se repartía en la puerta del Monasterio; pero se continúa dando "el pan y vianda que sobre de la comida de los frayles", "juntamente con las cincuenta hanegas de limosna de nuestro padre (el prior), que el convento tiene señaladas". En 1582 trata el claustro, de nuevo, el asunto de las limosnas de pan. Ese año, las autoridades ciudadanas daban "orden de recoger a los pobres a cierto hospital, para darles allí lo que oviesen menester, y que no andubiesen por las calles mendigando". En esa empresa participan el arzobispo, caballeros y personas particulares y otros monasterios. Las autoridades de la ciudad pidieron al Monasterio de los Jerónimos que se incorporasen a la buena iniciativa de caridad, dando al hospital lo que distribuían en la puerta del convento a los mendigos, ya que en adelante no irían pobres mendigos a pedir a la puerta. Acordó el Capítulo "que de la limosna que se da a la puerta a los pobres, que son tres fanegas y media cada semana, se diese la vna fanega cada semana al dicho hospital, por el tiempo que durare en tener allí a los pobres recogidos, y que si dando la dicha limosna no dexasen de venir pobres mendigos a la Portería deste Monesterio, que no tengan obligaçión de acudir al dicho hospital con la dicha fanega de trigo cada semana, pues no se consigue el fin por que se da, que es cuidar que los dichos pobres anden hostiatim mendigando por las calles", "y que las dos fanegas y media se repartan cada semana a los estudiantes y a las personas pobres envergonzantes, a quien se suele repartir". Algo más adelante, en marzo de 1582, dan cuenta de la falta de pan y las grandes necesidades, "quasi extremas" que había. Constatan que es imposible cumplir con esas necesidades con las solas tres fanegas y media de cada semana. El Prior propuso aplicar a esta necesidad la limosna de pan que la casa le daba, "y que el Conuento diese cada mes fanega y media, que son diez y ocho fanegas en vn año, y que con esto se darían las tres fanegas y media cada semana, como siempre se auían dado". Se acordó en el Capítulo hacerlo así durante el tiempo que el Prior actual estuviese en el cargo, y que después se volvería a revisar, teniendo presente la evolución de la necesidad. En diciembre de 1592 se informa de que el Prior "puede dar cincuenta fanegas de trigo cada año y algunos años a esta parte no auían tomado los padres priores sino treinta fanegas cada año", debido a un acto capitular por el que se había limitado esa limosna de 50 a 30 fanegas. El trienio pasado se había alterado dicha determinación y se dieron 50 fanegas y más. Dado el problema, se delibera si continuaban dando las 50 fanegas o no. Propone, en consecuencia, el Prior a los padres capitulares "si les pareçía que la limosna que se da en la Portería las Pascuas de Nauidad y Resurrección, que son doze hanegas en dos vezes, y lo que se da a las religiones mendicantes que vienen a pedir limosna a esta casa, que son otras çinco o seis fanegas, fuese todo a cuenta de la limosna que está asignada al Prior, y con esto pudiese tomar las çincuenta fanegas de limosna, que dize la costumbre". Acordaron los capitulares que se hiciese como propone el Prior. Repartos de paño Se repartía, en 1549, a los pobres, primero por Navidad y después por Todos los Santos, treinta varas de paño de buriel, que solían costar en torno a 15 ducados. Pero en 1553 se acordó darlo a los pobres del Hospital y no a los pobres que acudían a las puertas de la casa. Ayuda a pobres vergonzantes Así lo dejan patente en 1582, cuando se les pide colaborar con la iniciativa municipal de concentrar a los pobres mendigos en Hospital. Deciden darles una fanega semanal de trigo y dejar las otras dos fanegas y media que formaban las tres fanegas y media que solían dar cada semana, para darlas a los estudiantes y "a las personas pobres envergonzantes". Subvenciones monetarias para rescate de cautivos Son numerosas las limosnas, oscilantes en torno a diez ducados, que se dan para rescate de cautivos en tierras de moros. Pero todas estas limosnas se hacen con los fondos del Patronato del Obispo Quixada. Obispos de Armenia, perseguidos por los turcos, reciben limosna para su viaje y para rescate de sus deudos cautivos Estas limosnas proceden todas de los fondos del Patronato del Obispo Quixada: En 30 junio 1577 dan 6 ducados de limosna a un obispo de Armenia. En 3 abril 1587 dan 10 ducados a un obispo de Armenia. En 3 julio 1587 dan 6 ducados al Patriarca de Constantinopla, "de naçión armenio", porque los Turcos le auían quitado todo lo que tenía. En 15 mayo 1594 dan 10 ducados a un obispo de Armenia, para ayuda a su camino y para rescate de algunos deudos que le tenía el Gran Turco cautivos. En la hospedería atienden diariamente tres o cuatro huéspedes, aunque, a veces, el número puede ser menor - Aguilando las pascuas Como nota curiosa estaba el "aguilando" dado en las Pascuas al Arzobispo de Granada, que más que entre las limosnas, quizá podría contemplarse como una vieja reliquia impositiva medieval, en reconocimiento de su dignidad y poder de orden y jurisdicción sobre el monasterio. En 20 diciembre 1585 se propone "que porque no auía cosa cierta ni asentada en lo de repartir la limosna que se da a los perlados las Vísperas de las Pascuas, conviene a saber: Nauidad y Resurrección, si quería que se señalase alguna cosa situada en estas dos Pascuas. Vino el Convento en que se diese la Pascua de Navidad quatro carneros y seis ducados y todas las cabeças y asaduras y menudos de las reses que aquel día se matasen, y lo mismo la Pascua de Resurrección i que la dicha Pascua diesen más ovejas, allende de lo dicho". En 23 de diciembre de 1604 se decide que el "Aguilando las Pascuas" al arzobispo sean 8 ducados para limosna y seis fanegas de trigo, además de todo lo que se acordó en 1585. Distribuye comidas en la propia casa a estudiantes, aprovechando las sobras de los monjes en el comedor. Dado el interés del tema, lo tratamos, a continuación en un apartado especialmente dedicado a ello, con el título que ellos mismos le dan: "Estudiantes de la Portería". La mayor parte de los fondos utilizados para esas limosnas, salvo las sobras del comedor, procedían de Patronatos y donaciones de distinta procedencia: El Patronato del Obispo Quixada de Guadix y el fundado por el canónigo Valera, miembro de la Colegiata del Salvador de Granada, proporcionaron la mayor parte de los recursos. También dedicaron a ello las notables cantidades recibidas para limosnas de algunos monjes en el momento de entrar en el monasterio, tales como el P. Fray Pedro de Cuenca, que, en 1552, dejó dos mil maravedís para que los diesen cada año en limosna, sobre 50.000 que habría que invertir en un inmueble que los rentase. Estudiantes de la portería (A 38) La empresa de caridad más importante y sistematizada del Monasterio fue la manutención diaria, con las sobras de la comida de los monjes, de un número de estudiantes pobres que oscilaba de 24 a 26 -nunca podían pasar de 30, según afirma tajantemente, en 1610, el P. Sigüenza-. Su permanencia en este régimen de alimentación tampoco podía exceder de seis años. Pertenecían a las diferentes Facultades que había en la ciudad (77). Debían destacar por su buen comportamiento, especialmente, en sus estudios. De ello se encargaban el P. Prior y otros religiosos, quienes les examinaban cada cierto tiempo para constatar que aprovechaban en ellos. Si no rendían, de acuerdo con sus posibilidades, eran privados de la plaza de comedor, que se entregaba a otro estudiante más aplicado. Aunque en su mayor parte eran seglares, también se admitieron algunos clérigos pobres, sobre todo, si estaban dedicados al estudio. Con carácter excepcional podían comer con los estudiantes algunos religiosos u otros seglares, aunque sólo a título de huéspedes. Los frutos de esta acción caritativa nos los resume, a comienzos del siglo XVII, el P. Sigüenza, con estas sucintas palabras: "Han salido de allí hombres de valor y de quenta, que han aprouechado bien en sus estudios" (78). La compleja administración de esta obra de caridad, llevada a cabo por los Jerónimos con las sobras de la mesa de sus monjes, podemos analizarla en varios apartados: - Condición de los estudiantes Sólo se admiten en el comedor estudiantes pobres. El número de estudiantes que cómodamente pueden sustentarse con las sobras de la mesa del Convento oscila entre 24 y 26, nunca más de 30. De esta manera, cualquier otro que aspire a formar parte de ese grupo, deberá esperar a que se produzca alguna vacante. No se recibe a cualquier estudiante por el hecho de ser pobre. El Prior debe comprobar que los seleccionados sean virtuosos y aprovechen en el estudio. Con los estudiantes podrán incluirse algunos clérigos pobres, especialmente si están dedicados al estudio. Podrán también comer con los estudiantes algunos religiosos o seglares, de forma excepcional, nunca de ordinario, pero sólo en calidad de huéspedes. Los estudiantes que disfruten del comedor, deben mantener un comportamiento digno: "No sean viçiosos ni distraídos, sino modestos, recojidos y temerosos de Dios". "En la Facultad que cada uno estudiare, oya sus lectiones con continuaçión y cuidado. Trabaje y procure de aprovechar". Su forma de comportarse será vigilada atentamente por el Padre Portero, quien si observa irregularidades serias en alguno, estudiará el caso con el P. Prior y, si conviene, será despedido el incumplidor y puesto otro en su lugar: "En todo esto mirará mucho el Padre Portero, informándose de los maestros y condiscípulos y de quien pueda entender la verdad, y al que faltare en algo, avísele, y si no se enmendare, comuníquelo con el Padre Prior, y si paresciere que conviene, despídale para que se ponga otro que convenga en su lugar". - Alimentos servidos Los alimentos distribuidos entre esos estudiantes están compuestos con las sobras de la mesa de los monjes: El Portero lleva al refectorio de los estudiantes pobres "todo el pan partido que sobrare a la comida y a la cena y toda la carne, pescado, legumbres y fruta que sobrare a la comida". Proporciona, "también, un jarro de vino de las sobras, cogiéndolo de las taças para que vaya más puro y limpio". "Para los clérigos, lleva también lo que sobra en la enfermería y en la hospedería, siendo los huéspedes tres o cuatro o de aí arriba, porque si son pocos, quedarse a para los muchachos que allí sirven". - Estancia del refectorio Es una amplia habitación a la entrada del Monasterio con dos cuadras, donde tenían el comedor o refectorio, en las que comían "con el mismo orden y compostura que el Conuento: leyendo vno de ellos, en tanto que dura la comida" (79). La limpieza y acondicionamiento de ambos espacios, son debidamente cuidados por los oficios designados entre los estudiantes beneficiarios de la comida. Entre tales oficios hay uno, cuya misión es tener cuidado de las dos cuadras: "El que tiene cuidado de las dos quadras de la Portería, todo el verano venga primero que los demás y riéguelas cada día y el sábado las barra y la semana que suçediere inmediatamente prouea la tinaja de agua; estos dos officios y seruidor no se hechen a saçerdotes ni a los que fueren graduados, a todos los demás, sí, sin esentar a ninguno, no anden por la cassa, no tengan dares ni tomares con nadie". - Orden guardado en el refectorio "Vernán a comer a hora determinada junctos, que será, que el Convento acaua de comer, estarán en las quadras de la Portería sin salir al Claustro principal, ni al Patio de la Jente, y allí estarán conpuestos, sin hacer ruido, hasta que los llamen; entrarán con silençio en Refictorio, poniéndose a coros, según el horden, que abajo se dirá. El saçerdote que fuere semanero comiençe la bendiçión del breviario, prosíganla todos. Diga el rector iube Domine benedicere, estando en pie. Oyan con atençión la lección. Y que acabaren, den gracias poniéndose a coros, como al prinçipio, con el psalmo Laudate Dominum Omnes Gentes". "El horden que se guardará en refictorio será éste: Los saçerdotes preçedan a los demás, y entre ellos guardarse a la antigüedad entre los demás, pues que ai estudiantes de todas facultades, en el vn choro estarán los theólogos por su antigüedad, y luego los artistas en el otro choro; por el mismo horden, los canonistas, y luego, los gramáticos, y si destos hubiere muchos, podrán estar en entranbos choros. El sávado, se lea la tabla de los officios, cada uno haga con diligencia el officio que se le encomendare, y si por alguna causa justa faltare, encomiéndelo a otro, porque no aya falta. Los offiçios que comúnmente se encomiendan son los siguientes: el semanero que hecha la bendiçión, lector de la mesa primera y de la segunda, seruicios, y uno que tenga cuidado de las dos quadras. El sazerdote que fuere semanero estará el primero de su choro y començará la bendiçión quando el lector diga jube Domine benedicere, dirá Mensis çelestis etc. O Ad çenam vitae eternae, como en el breviario, hará señal para començar a comer y para alçar las mesas y dará las graçias después. El lector de la messa provea la lection con tiempo, lea claro y distintamente, de manera que todos le entiendan, si hiçiere alguna falta enmendarle a el Padre Portero o aquel a quien él lo encomendare; la lectión será siempre de la Biblia para que se baian avituando y tengan notiçia della, y por ninguna cabsa deje de hauerla; a la primera mesa siempre ha alguno de los que saben medianamente, a la segunda leerán otros que sauen menos y [leerse a] en la mesa segunda la mesma lection que se leio a la primera, tanpoco dexe de hauerla por ninguna cabsa, la qual començará el lector inponiendo recaudo a los que comen a la mesa. El seruidor de la mesa primera con el lector de la segunda, entre tanto que come el Conuento, conpongan el refitorio, poniendo los manteles y las jarras con agua, no entre otro alguno con ellos a haçer esto, traian de la coçina la canasta con los platos y escudillas y acuda a tiempo a la puerta del claustro para meter la comida de la misma manera. Después de hauer comido la llevan a la coçina y déxanla en el húltimo escalón sin entrar dentro, cojen los manteles y barren el refictorio. A esto todo los aiudará el lector; si fuere verano, hechen las moscas, riéganlo y çierran las ventanas; el sávado deshollinando, friegan donde se reparte la comida, laban las jarras y taças, trae también el servidor a su tiempo la olla de la cocina y, entre tanto, el campanero con el Padre Portero pone el pan y la fruta. El que tiene cuidado de las dos quadras de la Portería, todo el verano venga primero que los demás y riéguelas cada día y el sábado las barra y la semana que suçediere inmediatamente prouea la tinaja de agua, estos dos officios y seruidor no se hechen a saçerdotes ni a los que fueren graduados, a todos los demás, sí, sin esentar a ninguno, no anden por la cassa, no tengan dares ni tomares con nadie, ni los ocupen en cossa alguna, para que solamente baguen a su estudio, si alguno faltare sin justa cabsa o se absentare algunos días sin licencia, despídanle y provean otro". "Los manteles se cojerán siempre quando acaben de comer; ponránse limpios cada semana. Quedará el Refectorio barrido y limpio y cerrarse a luego, porque no falte de allí alguna cosa". - Modo de servir la comida en el refectorio "Tendrá el Padre Portero mucho cuidado que sean bien tratados, que haya igualdad en el reparto de la comida, que se les de saçonado y a tiempo. Para esto será bien que en viniendo de las gracias, diga al cocinero seglar que ponga la olla de los estudiantes al fuego, mediada de la cocina que sobrare, y si le pareciere aguarde a que alcen las raciones de la mesa segunda, y tómelo todo con alguno que le aiude y llévelo por la puerta del claustro, como es costumbre, y envíe al estudiante que fuere servidor por la olla y eche la carne dentro y cúbrala y estese así entre tanto que haze las raciones de fruta y de pan". "Pondrá seis raciones en la mesa traviesa y 18 en las colaterales y sobre la [Eazena] para el lector y servidor, poniendo el pan blanco que sobra del Convento a todos, si alcanzare; lo que faltare, súplalo del otro, de suerte que la ración de cada estudiante sea como pan y medio, y de tal manera reparta el pan que le dan en la panadería, que a lo menos que den beinte y seis panes para los estudiantes cada día". "Después de puesto el pan y fruta en las mesas, llámenlos y entren en silencio, poniéndose a coros, según el orden de la tabla, y el sacerdote que fuere semanero comiençe la bendición, según el brebiario, prosiguiendo los demás, el lector diga Iube Domine Benedicere, estando en pie, la lection será siempre de la Biblia, el mesmo fraile les heche la cocina y sirva, el que es servidor echará algún caldo sobre las berças, berengenas o navos para que se calienten, y acabada de dar la cocina heche la carne en una cazuela y luego la reparte, dando a todos de todo, siempre teniendo cuidado que antes sobre para alguno que puede sobrevenir, que no que falte para alguno de los que ya están allí; no se apartarán de allí entre tanto que comen, si no es con grande necesidad". - Destino de las sobras de los estudiantes Lo que sobra de los estudiantes se reparte en la puerta a los pobres mendigos. "Lo que sobrare de los estudiantes se recoja para que se reparta a la puerta". "Después de hauer comido toda la gente de casa, antes de las dos, vaya el portero seglar con uno de los pobres y traiga toda la cocina que sobrare y délo a los que huvieren allegádose, no dando escudilla ninguno, sino que ellos la traigan, como suelen". - Número de estudiantes y duración de su estancia En 20 diciembre 1610 se dice, que no aya más de treinta estudiantes. Queda establecido con absoluta claridad, que ningún estudiante pueda estar más de seis años aprovechando el sistema de comidas ofrecido por el Monasterio. - Vigilancia del padre portero sobre los estudiantes "Tendrá el Padre Portero cuidado que los estudiantes no anden por casa, ni salgan al claustro, ni pasen al Patio de Gente, ni lleven recabdos de frailes, ni tengan dares ni tomares con ellos, y de saber si estudian y aprobechan, y que los que saben más platiquen a los otros para que el que no trabajare y no aprovechare o fuere distraído, se corrija y avise, y si no se enmendare, le despida comunicándolo con el Padre Prior, el qual por sí o por otros relixiosos los examinará a sus tiempos, para saber si aprovechan, y a los que aprovecharen los favorezca y anime, y a los otros los despida, poniendo otros que lo merezcan en su lugar". - Ayuda tomada de otros patronatos para los estudiantes En momentos de dificultades económicas para el Convento, como fueron los que resultaron tras la rebelión de los moriscos en La Alpujarra, los monjes acudieron para completar los gastos de mantenimiento al patronato del Obispo Quixada: En 12 febrero de 1591 se lo planteaba así el Prior a los capitulares: "si les parecía que del Patronazgo del Obispo Quixada se añadiese vn real más cada día para dar de comer a los estudiantes que acuden a la limosna de la Portería, porque las sobras del Convento no bastauan para esta obra de charidad", "y esto solamente se entiende durante el tiempo de la Quaresma, porque para los demás días de ayuno de entre año, solamente se le da vn real al Portero, del dicho Patronazgo, para ayuda de esta limosna". La propuesta quedó aprobada. Y así se vuelve a repetir en 2 junio de 1595: Propuso el Convento que por quanto los miércoles y sábados de todo el año sobraba poca comida al Convento para cumplir con los estudiantes, que se diese alguna cosa del Patronazgo de don García de Quixada. Accedió el Convento a que se le diesen cada miércoles y sábado, dos reales, juntamente con los Viernes y Aviento y Quaresma, por todo el año. El más allá: el purgatorio La aspiración de los fieles cristianos de alcanzar en el Más Allá, la Vida Eterna, y la necesidad de pagar por las penas contraídas tras las infracciones de la Ley de Dios, es decir, por los pecados, después que la culpa de éstos había sido perdonada en la confesión, propició el nacimiento del Purgatorio. - El más allá La idea de la bienaventuranza eterna, profundamente arraigada en la Cristiandad, de la que forma un gozne fundamental, obliga a los creyentes a purificar su alma después que han cometido un grave pecado o infracción de la Ley de Dios, como requisito ineludible para alcanzar aquella. Como una tabla de salvación a la que agarrarse surge la Penitencia o confesión para perdón de la culpa, y como lugar donde pagar la pena después de absuelto el pecado, nacerá en torno al siglo XIII el Purgatorio. Éste queda en la base de todos los ritos y oraciones de la Iglesia, orientados al fin último del hombre, generalizado por San Agustín en el siglo V, en su De Civitate Dei, (80) esto es, la salvación del alma. - Penas y purgatorio En la Confesión (81), la absolución perdona el pecado o culpa, pero no las penas o multas debidas por éste, que tienen que saldarse mediante penas temporales a cumplir en la tierra y en el Más Allá, en un lugar que ya, en el siglo XIII, aparece plenamente configurado como el Purgatorio. La configuración del Purgatorio se produce entre los siglos XI y XIII, recogiendo una tradición difusa del antiguo culto cristiano a los muertos (82). Los Teólogos lo definen como Tercer Lugar del Más Allá. Las reflexiones de los teólogos en lucha contra los herejes, acusados de negar la eficacia de los sufragios por los difuntos, reafirma la existencia de ese lugar. Animan a los vivos a ocuparse de librar las almas de sus allegados, atormentados en el Purgatorio. Su existencia es defendida con firmeza por la Iglesia (83): Las Constituciones Sinodales de Sevilla (1604-1609) dicen: la Iglesia "constanter tenet Purgatorium esse, animasque ibi detentas fidelium suffragiis iuvari" (ha mantenido constantemente la existencia del Purgatorio, y que las almas de los fieles que están allí son ayudadas mediante sufragios). Como la penitencia introducida por los Monjes Irlandeses se basaba en la penitencia codificada, según pecados, y en el principio de la conmutación de penas, se buscan formas de compensar esas deudas pendientes de los difuntos y que debían pagar antes de ir al Cielo. En esa tarea se les podía ayudar en la tierra con oraciones, responsos, misas privadas "especiales", o mediante la protección y méritos de los santos, de ahí que muchos fieles desearan ser enterrados al lado de los santos (Ad Sanctos), o en lugares sagrados. - Sepulcros en los templos, capillas y capellanías En función de tal compensación proliferan ritos funerarios, tanto en entierros como en sepulturas: responsos, misas de réquiem, capillas funerarias y un número en constante aumento de capellanes para atender estas necesidades. Los templos, sobre todo los de los monjes, se fueron convirtiendo en conservadores de las memorias familiares sobre los difuntos. Los lazos de monasterios con familias aristocráticas y luego burguesas, vecinas, fueron sustituidos por una especie de mercado funerario. Las Órdenes Mendicantes, a partir del siglo XIII, se impusieron pronto como especialistas de los sufragios por los muertos. En sus conventos se inhumaban los privilegiados de las elites urbanas. Baste para constatarlo girar una visita al claustro de la Iglesia de San Antonio de Padua en esta ciudad italiana y allí se verán mausoleos por doquier, hasta debajo de las escaleras. Era semejante a lo que nos dice la documentación acerca del Monasterio de San Gerónimo de Granada, en el que el claustro principal estaba lleno de capillas funerarias y tumbas de la aristocracia y burguesía granadinas. Ya Gregorio Magno, en el siglo VI, había lanzado la idea que daría lugar progresivamente a las girolas o deambulatorios de las catedrales. Ello fue motivado por el culto a las reliquias de los santos, depositadas en el altar mayor. Con el auge del Purgatorio entre los siglos XI y XIII, buscando la cercanía de los santos (ad Sanctos), en el deambulatorio se irían construyendo pequeños nichos donde se inhumaban los difuntos privilegiados, convirtiéndose progresivamente en Capillas Familiares, de notable magnificencia, servidas algunas por 6 y hasta por 10 capellanes. En este clima, los Monjes de Cluny inventan, en 1030, el Día de los Difuntos, el 2 de noviembre, el día siguiente de la Fiesta de Todos los Santos (asociación Ad Sanctos). Franciscanos y dominicos a fin de incitar a los vivos a rogar por los difuntos, salpicaron sus sermones con relatos de aparecidos que reclamaban los sufragios de sus allegados y, una vez liberados, regresaban junto a los vivos para agradecerles sus plegarias. Se hicieron con esos relatos colecciones "de mortuis", proponiendo a las gentes modelos de comportamiento con los difuntos, conformes a su condición social. Escribieron tratados del "Arte de morir" y pidieron mandas a los moribundos en sus testamentos, destinadas a fines religiosos, a cambio de compensar las penas debidas por los pecados cometidos. Preocupados por su salvación y por la de sus allegados, los burgueses del siglo XIII compraron sufragios y misas "al por menor" en instituciones variadas, como casas religiosas tradicionales, iglesias catedrales, colegiatas, parroquias, conventos de mendicantes, hospitales, leproserías, hospicios, casas de beguinas o beatas, cofradías, sobre todo, cofradías laicas, desde el siglo XV, para enterrar a los muertos. Junto a curas y canónigos proliferó toda una marea de capellanes, cuyo oficio consistía en celebrar misas por los difuntos a lo largo de toda la jornada. Un dato, aunque tardío y particular, puede darnos idea de lo que significaron económicamente los encargos de misas "pro anima". En 1764, se decían anualmente en un convento franciscano de Sevilla cerca de 20.000 misas anuales, lo que arroja una media de 55 misas diarias y más de 2 misas por hora, amen de la asistencia a entierros, responsos, sermones, etc. La imposibilidad de decir todas las misas, hizo que el convento gozara de una bula papal que le permitía agrupar varias misas en una sola (84). El mismo caso se repite en el siglo XVII en el Convento de San Francisco Casa Grande de Granada. Esta dinámica lleva a los clérigos, desde el siglo XIII, a confeccionar colecciones prácticas, obituarios, etc., donde consignar las listas de los servicios funerarios que debían celebrar cotidianamente. - El monasterio de San Jerónimo y la felicidad eterna En este ámbito se mueve la Orden de los Jerónimos, que dan fe de su devoción por las plegarias que ayudan a las almas del Purgatorio: En 6 junio de 1597 se expresan así: "Por la mucha devoción que se tenía de sacar a las ánimas del Purgatorio y obligasión que para ello teníamos", se acordó que los Priores del Convento porque no tenían capellanía, digan perpetuamente una misa cada mes por las dichas ánimas, rezada y ni más ni menos". En función de ello cultivan con sumo cuidado y solemnidad todo lo relativo a la liturgia funeraria. De todos es conocida la preparación musical de los monjes orientada, sin duda, a la mayor solemnidad de su liturgia. El motivo fundamental que impulsa la existencia del Monasterio y de los monjes es la alabanza a Dios y la consecución de la felicidad en la otra vida, donde los bienaventurados continuarán alabándolo eternamente. Es una concepción vertical de su religiosidad, que hace que sus relaciones con Dios en este mundo estén encaminadas a volverlo propicio y conseguir la felicidad eterna. Las mismas obras de caridad y las limosnas, casi siempre con dinero de los patronatos que administran y muy poco con el excedente de sus propios ingresos, están enfocadas a ese fin. La creación y auge de la idea del Purgatorio será el instrumento que de forma a la vida del Monasterio, a sus edificios -templo y claustros- y el que constituye la fuente principal de sus ingresos y patrimonio. Es el Purgatorio, y la necesidad de sacar del mismo las almas de los difuntos para que se encaminen al cielo, el que justifica las dotaciones fundacionales hechas por lo Reyes, que las realizan para que recen por ellos y por el alma de sus antepasados. Esa necesidad de oraciones pidiendo ayuda al Todopoderoso para que lleve pronto a los difuntos a la vida bienaventurada atrae numerosas donaciones de tierras, casas o dinero que, en este último capítulo, los monjes convierten en bienes raíces que produzcan una renta anual, con la que pagar ritos y sufragios celebrados por ellos. La mayor parte de tales donaciones proceden de las oligarquías ciudadanas. Estas clases destacadas de la sociedad granadina buscan que sus cuerpos descansen lo más cerca posible del lugar sagrado y que los representantes de la divinidad, en este caso los monjes, no dejen de rezar por la salvación de sus almas. De ahí las numerosas y ricas capellanías, las memorias, aniversarios, misas y la misma conducción solemne y respetuosa del cadáver a la sepultura dentro del recinto sagrado. Los pobres, al carecer de medios suficientes, no pueden ser enterrados dentro de ese recinto, deben conformarse con el pequeño cementerio exterior, casi siempre adosado al templo. Pero ellos, como los grupos poderosos, de acuerdo con sus escasas posibilidades, también encargan misas y oraciones por el alma de sus difuntos. Estas son las razones que ponen en marcha diferentes procesos relacionados con la salida del alma del Purgatorio, que son los que hacen que el monasterio tenga con ellos una fuente importantísima de abultados y saneados ingresos. La sociedad de cristiandad, para la que esos valores son fundamentales, favorece al monasterio por medio de donaciones y privilegios reales, que eximen de cualquier tipo de impuestos las donaciones dadas a los monjes por reyes, nobles y gente llana, y los bienes adquiridos por ellas, ya sea por el dinero de su venta, ya por los correspondientes intercambios. Los distintos procedimientos en función de la más eficaz salud del alma, se convierten en un mercadeo que oferta capillas, misas o acompañamiento a entierros, en función de la oferta y la demanda. Se establecen unos módulos y sus correspondientes tarifas, siempre asegurados, según las posibilidades adqusitivas de cada grupo social, siendo el dinero el que impone los procedimientos. Si la fundación establecida en un momento determinado no produce el suficiente dinero para subvencionar las misas acordadas, entonces disminuye el número de éstas, siempre de acuerdo con la tarifa en curso. Así se dice en 31 de diciembre de 1587: "Y si en algún tiempo hubiese quiebra en alguno de los çensos, se abaxaran las missas, rata por cantidad, las missas reçadas salen a nouenta y siete mrs., antes más que menos". Y lo mismo ocurre con los entierros, capellanías, aniversarios, etc. En relación con los entierros, se negocia su precio, dadas las dificultades de algunos seglares para pagarlos: Así, en 10 noviembre de 1584 se dice: "que porque avía mucha dificultad en los seglares en pagar los entierros y se les hazía dificultoso dar tanto como se les pedía y les pareçía preçio excesivo y se escandalizavan y sentían mal de nuestra casa, vino el Convento en ello, que por entierro y misa y vigilia, abaxando el Convento a la Capilla, no se les pidiese más de diez ducados, y si no abaxase, quatro por lo vno y lo otro, si ellos por su devoción no quieren dar más limosna". Las plegarias por las ánimas del Purgatorio dieron lugar a la fundación de numerosas capellanías por parte de las oligarquías granadinas y otras gentes económicamente pudientes de la ciudad, mientras que por parte del pueblo, en general, se les encargan misas, memorias y aniversarios, con las que buscan el beneficio espiritual de sus difuntos: Capellanías (A 39) Entre las numerosas capellanías fundadas en el monasterio -65 capellanías, entre 1505 y 1670-, destaca la fundada por la familia del Gran Capitán para que en ella tuviesen sepultura sus restos mortales, y se celebrasen ritos y misas a favor de su alma. Ocupó la capilla mayor del templo, que se convirtió no sólo en mausoleo, sino en un auténtico museo donde se exaltaron las grandes hazañas del héroe, como manifiestan las pinturas y esculturas de sus paredes y bóveda. La fundación de la capilla se hizo por la Duquesa de Sessa, Dª María Manrique, esposa del Gran Capitán, en 1525, dotándola con una renta de 50.000 mrs. y 400 fanegas de "pan mediado" (85). Pidió a Carlos V, como Patrono del Convento, merced de la Capilla, para enterramiento de su marido, de ella y de sus sucesores, prometiendo acabarla pronto y con cuidado (86). Sus cuerpos se trasladaron desde el Monasterio de S. Francisco, donde estaban enterrados, a esta capilla, el 4 octubre 1552 (87). El Papa Clemente VII dio sus letras plomadas de oro, concediendo grandes indulgencias a los que en esta Capilla encomendasen a Dios el alma del Gran Capitán y la de sus difuntos. Concedió todo lo que se gana en las Iglesias desde dentro y fuera de Roma cada día, y tres jubileos plenísimos, el día y fiestas de Nuestro Padre San Gerónimo. Y en los días de los aniuersarios que se hazen por su ánima, remisión de los pecados, y otros mil fauores y gracias, porque en todo fuesse ilustre esta capilla (88). En su testamento, hecho en 1525, distribuyó la renta de esta manera: 30.000
mrs. situados en sus rentas de la villa de Órgiva. Esta distribución fue alterada por su nieto, el homónimo don Gonzalo Fernández de Córdoba, señor de Rute, en 1543, pues las rentas situadas sobre sus huertas las pasó a su señorío de Órgiva. En 1568, con licencia de Felipe II, vendió al Monasterio el Cortijo de Ánsula. El precio pagado por el Monasterio fue su compromiso en ultimar la construcción de la Capilla y el dejar exonerado al Duque del pago de la renta en maravedíes y de las 400 fanegas de trigo (89). El número de Capellanías del Monasterio, entre 1505 y 1670, parece que osciló en torno a 65 Capellanías. El monto de sus dotaciones ascendía a 8.230.208 mrs. anuales. Una descripción pormenorizada de muchas de ellas, de sus fundadores, emplazamiento, costes, y liturgia desempeñada, la encontramos en el Libro de Actas Capitulares del Monasterio Jerónimo de Granada. Misas (A 40) Fueron numerosos los encargos de misas recibidas por el convento. A semejanza de otros conventos, el número de misas supuso una abrumadora carga para los monjes que apenas daban abasto a su celebración. Así lo reconoce el claustro del monasterio en 7 noviembre 1567, en que el Prior propuso "que pues esta casa es de las principales de nuestra orden, y tiene buena copia de frailes, puesto que está cargada de vigilias y aniversarios, si les pareçía que, como se hace en otras casas de menor copia de frailes, se cantan las primas en los días de apóstoles, aunque sean dobles menores y en todas las fiestas de Ntra. Señora, aunque también sean dobles menores". A ello asintieron los capitulares. Más adelante, en 18 enero 1572, vuelve a manifestar las cargas de misas, cuando el Prior "propuso al convento que pues los padres visitadores […] avían dejado mandado que esta casa pagase y dixiese tres mill y trezientas y cincuenta y cinco misas que estavan por decir y reçagadas, ansi de capellanías commo de otras que vienen a la Sacristía, y que hasta estar éstas pagadas y dichas no tomase la Sacristía misa alguna". Es decir, volvemos a encontrarnos con el fenómeno, bastante generalizado de organizaciones religiosas que como los Franciscanos de Sevilla o de Granada, antes mencionados, no podían cumplir con la avalancha de misas encargadas, debiendo recurrir a soluciones, como las de agrupar intenciones en una sola misa u otras parecidas.
Memorias (A 41) También se hacen memorias, que no son otra cosa que la celebración de misas y responsos en recuerdo y para salvación del alma del difunto. Estaban organizadas de forma que cada cierto tiempo se dijese un determinado número de misas. Aniversarios (A 42) Son complejos ritos litúrgicos, con inclusión de misa, en los que participan varios clérigos, dando mayor solemnidad al acto. Se celebran cada año por el ánima de un determinado difunto. Fiestas (A 43) Son celebraciones con los mismos fines funerarios y que, a menudo, forman parte de las memorias, ya que se dicen memorias de fiestas. Su solemnidad requiere la presencia de varios clérigos y compleja ritualización. Indulgencias En estrecha relación con la redención de penas, debidas por los pecados, en el Purgatorio, están las indulgencias. De indulgeo: "ser compasivo"; en Isaías, 61, 1, significa: "favor", "liberación". Según el Catecismo, "La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos". Las Constituciones Sinodales de Sevilla (1604-1609) dicen: "Potestatem indulgentias conferendi a Christo in Ecclesia relictam esse; illarumque usum christiano populo maxime salutarem esse affirmat" (Cristo dejó a la Iglesia el poder de conceder indulgencias, y afirma que su uso es de lo más saludable para el pueblo cristiano). Las indulgencias se basan en el principio del Tesoro de la Iglesia, definitivamente perfilado en el siglo XII. Según él, la Iglesia administra los abundantísimos méritos de la Virgen, de los Santos y los infinitos de Cristo a favor de los fieles, acortando su estancia en el Purgatorio. Las indulgencias surgieron en el Midi y en la Península Ibérica, en el siglo XI, aplicándose a quienes aportaran fondos para la construcción de Iglesias y obras piadosas. En 1063, Alejandro II proclamó la llamada Indulgencia Plenaria para el supuesto de la lucha contra al-Andalus, renovándose, en 1095, a todos los Cruzados. A partir del s. XII la Indulgencia se aplicó también a los que colaborasen en obras de interés general o a cualquier participante en guerras contra musulmanes, paganos o herejes. El IV Concilio de Letrán (1215) aplicó también el beneficio de la Indulgencia a los que colaborasen económicamente en la Cruzada, extendiéndose, al fin, a los difuntos, a fines del s. XIII, en clara simultaneidad con la definitiva configuración del Purgatorio. El proceso de confesión, pena e indulgencia es como sigue: 1. En el Bautismo se perdona la culpa y la pena relacionada con el pecado. 2. En el Sacramento de la Penitencia se perdona la culpa y la pena eterna que merece el pecado, pero no el castigo temporal (pena temporal) que requiere la Justicia Divina. Este debe ser satisfecho en esta vida o en el Purgatorio. 3. Ese poder de administrar la pena y su indulgencia lo tiene la Iglesia, dado por Cristo en el poder de las llaves -"Te daré las llaves del Reino de los Cielos y lo que atares en la tierra será atado en el cielo y lo que desatares en la tierra será desatado en el cielo". 4. La Iglesia al conceder la indulgencia aplica su Tesoro, que son los méritos sobreabundantes de Cristo y los Santos para la remisión de la pena. La Iglesia es la administradora (no dueña) de ese Tesoro. Ella determina la cantidad y las condiciones para la concesión de la Indulgencia. 5. Igual que el pecado tiene un efecto comunal (el pecado de uno afecta al Cuerpo de Cristo), la salvación también tiene una dimensión comunal. De ahí que puedan orar unos por otros. Los méritos de Cristo y de los Santos (unidos en el Cuerpo Místico) benefician a los miembros de la Iglesia (Comunión de los Santos). 6. La Indulgencia presupone confesión y satisfacción (penitencia impuesta por el confesor). 7. La Indulgencia no puede remover la culpa, sino la pena. 8. Hay varios tipos de Indulgencia: parcial, plenaria, Indulgencia de la Porciúncula, concedida a S. Francisco de Asís, que es parecida a la Indulgencia Plenaria. Son muy conocidos los abusos y tráfico de Indulgencias que se produjeron a lo largo del tiempo y la respuesta que a dicho fenómeno dio la Reforma Protestante. Marcó una ruptura muy nítida con los ritos católicos: abolición del culto a los santos y del Purgatorio; supresión de los sufragios y de las obras por los difuntos. Contra ellos confirmó las tesis de la Iglesia el Concilio de Trento (90). Algunas capillas del convento de S. Jerónimo de Granada, como la del Gran Capitán estuvieron expresamente dotadas de indulgencias por el Papado: El Papa Clemente VII dio sus letras plomadas de oro, concediendo grandes indulgencias a los que en esta Capilla encomendasen a Dios el alma del Gran Capitán y la de sus difuntos. Concedió, además, todo lo que se gana en las Iglesias desde dentro y fuera de Roma cada día, y tres jubileos plenísimos, el día, año y fiestas de Nuestro Padre San Gerónimo. Y en los días de los aniversarios que se hacen por su alma, remisión de los pecados, y otros mil favores y gracias, porque en todo fuese ilustre esta capilla (91). Era una manera de aumentar el interés de los fieles por dicha iglesia y servía de propaganda para que acudiesen a la iglesia del Monasterio a encargar misas, aniversarios, memorias, y los poderosos a fundar capillas funerarias. Las indugencias se convertían, así, en un excelente medio propagandístico de una determanda iglesia, que veía como sus ingresos engrosaban más allá de lo que por otros métodos pudiesen conseguir. Podríamos concluir con que el Monasterio Jerónimo de Granada, al igual que otros monasterios de esta orden y que el resto de iglesias, monasterios y conventos de la Cristiandad, basó su religiosidad en la consecución de la Vida Eterna en el Más Allá. De ese fundamento se desprendió su cuidada actividad litúrgica, enfocada a la salvación de las almas, poniendo a disposición de ellas, según sus medios económicos y capacidad adquisitiva, Capillas, capellanías y mausoleos, misas, memorias, aniversarios y responsos. El mercadeo con esa necesidad de salvación le proporcionó medios más que suficientes, bien por dotaciones reales, bien por compra de un trozo de recinto sagrado y oraciones por parte de aristocracias, oligarquías y pueblo llano, para constituir un impresionante patrimonio económico, compuesto con más de 20.000 marjales de tierras de regadío, numerosas y fértiles huertas en torno a su casa, molinos, cármenes, la mayor parte de las dehesas de Sierra Nevada y unas diez mil cabezas de ganado ovino y cabrío. Los ingresos proporcionados por esas fuentes le permitieron construir un Monasterio y Templo, modelo de un esplendoroso renacimiento y mantener una vida desahogada e influyente, al mismo nivel que la que ostentaron los grupos oligárquicos de la ciudad. Sus actos caritativos se debieron, más que a sus propios medios, a las fundaciones que gentes poderosas, laicas y eclesiásticas, pusieron en sus manos para que las administrasen. APÉNDICES Edificio del monasterio. Documentos - En 29 abril de 1519: se acuerda en capítulo hacer corredores más anchos en el monasterio. - En 22 junio 1520: Se había acordado hacer en el patio del Claustro Segundo dos aljibes. Determinan, "para evitar concurso de toda la gente de la casa y otros seglares, que molestarían a los frailes, hacer un aljibe pequeño, y el otro, cuando se pueda, en otra parte, para servicio de la cocina, hospedería y casa de gentes. Todos asintieron. Se hizo en el Claustro Segundo un aljibe de doze pies de hueco en quadra y dies pies en alto". - 10 marzo 1554: "Pero de Baeça, cuya es la güerta que está junto al Monasterio, ordenó de darla a solares, y para esto la hizo talar toda, y como el sitio de la dicha güerta sea más alto que el de este Monasterio y de hazerse allí solares venía mucho perjuicio a esta casa, enpidióle que no labrasse ninguno de los solares que tenía dados, y en esto estuvimos por meses y no se le quiso dar licencia, aunque fuimos requeridos de muchas y muchas vezes, assí por vía de conciencia, porque echávamos a este honbre totalmente en toda su hazienda a perder, como por vía de justiçia, diciéndonos que no la teníamos y que gastaríamos nuestra hazienda en pleitos y al fin sentençiarían contra nosotros, y por ser el perjuizio de esta casa tan grande, aunque muchas vezes esto se propuso al convento, no quiso determinarse en dar libremente la tal licencia, salvo con vna limitaçión, que solamente en la terçera parte de la huerta más apartada del Monasterio se diese licencia para que labrasen solamente los carpinteros y silleros, que tenían tomados aquellos solares; y que en lo demás, ninguno pueda labrar cosa alguna, sin que se obligue a no sacar puerta ni ventana, ni corredor, ni açutea que puedan descubrir el Monasterio, y en esto vino el convento y dio esta licencia, porque primero se consultó con muchos letrados […], los quales conformemente dixeron que éramos obligados a dar esta licencia, porque es aquello lo más desviado al Monasterio y no puede venir perjuiçio alguno dello al Monasterio. Y si quisiésemos tratar pleytos sobre ello, al fin avían de sentençiar contra nosotros, y como el convento se obviese çertificado, por quitar el decir de las gentes y por la charidad principalmente, por no echar a perder al dueño de la güerta, el convento tuvo por bien de conceder esta licencia, con la limitaçión que está dicha". Se concedió el 2 junio de 1554, y se hizo escritura entre el convento y Pero de Baeça. - 16 noviembre 1544: El Prior propuso al convento "que por quanto algunos vecinos de Granada que tenían solares en la Güerta de los Almezes no avían querido hazer dexaçión, que dellos que devían compeler a todos los demás que labrasen". - 1555: El Prior propuso al convento "que si les parecía todavía que la Gúerta de los Almeces se devía dar a solares, como en otro auto capitular se auía acordado, y respondió todo el convento, salvo dos frayles, que no se diese, sino que se tornase a cercar la güerta, por muchas razones": - Puertas y ventanas quitaban interioridad al convento. - "Vecindad de mugeres a la puerta, que no conuenía y de que podía cada día venir mucho escándalo". - Los que tenían solares eran pobres y no tenían con que labrar. - Que se volviese a cercar. La sacaron a renta y nadie quería arrendarla, porque no tenía árboles, así que hubo que arrendarla por 10 años para que el hortelano que plantase los árboles pudiese gozar un tiempo de ellos. Se arrendó, al fin, por 80 ducados al año. Desde entonces, la ha tenido a renta el hortelano Francisco Hernández y "la tiene hasta oy, año de 1574, por preçio de çien ducados y algunas adahalas". - 27 junio 1556: Siguen dando lata los solares de la Güerta de Pero de Baeça, pero no se ponen de acuerdo para comprar el trozo no construido. - 19 abril 1560: El Prior propuso al convento "si le parecía que se comprare vn pedaço desta huerta de Pero de Baeça que enseñorea nuestra casa, por los muchos inconvenientes que agora de presente se ofreçían y otros muchos que adelante se esperan. Y el convento, considerando la turbación y poco recogimiento que a este Monasterio se podía seguir, dio licencia… para que tractase de comprar el dicho pedaço de huerta". - 9 septiembre 1560: Otra vez se pide, y da consentimiento para que se compre el pedazo de huerta de Pero de Baeça. - 6 febrero 1561: "Si se haría vna puerta a la güerta por debaxo de la escalera de la celda del prior y si se adornaría el zaguán de la dicha puerta, poniendo debaxo de la escalera vna puerta y de la parte de la güerta una reja de palo y tapiando el medio de estas dos puertas y si se pasaría el pilón de las neçesarias a otro lugar más conveniente". Se aprobó. - 27 enero 1565: "Si les pareciere que se pusiesen en cada guerto del Claustro Grande cinco naranjos". Que se pongan. -15 marzo 1566: Celdas en la Claustro Segundo para los enfermos: para de verano, las 4 que están más cerca de la escalera de la enfermería, sobre la ropería, y que les pusiesen unas ventanas grandes; y para invierno, 4 celdas al mediodía; y que el morador de la celda, en tanto que el enfermo sana, pase a la celda del enfermo. - 2 enero 1571: "Si les parecía que se guardase la costumbre antigua y vsada deste Monasterio, de entrar mugeres a ver la casa, pues les era notorio, que el trienio pasado del padre fray Francisco de Segovia, avía avido muchas quexas de señores oydores y veintiquatros y otros cavalleros, de quien cada día esta casa tiene necesidad para sus pleitos y negocios, por razón de no aver dexado entrar a sus mugeres e hijas y parientas a ver la casa, commo solían, y avn la orden, casi de continuo tiene necesidad, a lo menos de los s.s. oydores para expedición de sus pleitos. Y dando y tomando sobre este negocio, la mayor parte del Convento, que no faltaron sino quatro o cinco, vino en que se guarde la dicha costumbre antigua de entrar mugeres a ver su casa, y para que esto quedase mejor asen (sic) se comunicó con nuestro reverendísimo padre general, fray Antonio de la Carrera, y se le escrivió vna carta conventual, a la qual respondió, que se guarde la costumbre antigua, confiado del padre Prior y Vicario, en su ausencia, que ternán cuidado y cuenta de que quando fuere necesario mostrar la casa, se hará con la religión y observancia, y con la moderación que convenga, pero que a ninguna muger de cualquier suerte y calidad que sea, no se le de comer ni merendar, ni almorzar, ni colación, ni en el refectorio, ni dentro del claustro, ni en la iglesia, ni en la sacristanía, ni en las capillas. La qual dicha carta se leyó al convento, y visto que por ella nuestro reverendísimo padre general consentía y aprovava la costumbre antigua desta casa, de entrar las mugeres a la ver, vino el Convento, en que se ponga por acto capitular y costumbre, que es este presente aquí escripto y la carta de nuestro reverendísimo padre general, por no se poder poner y enxerir aquí, se puso y cosió en el fin de este libro, originalmente. Se fecha en postrero día de enero de mill y quinientos y setenta y vn años". (Tachado todo este escrito y al margen izquierdo): "Que las mugeres puedan entrar a ver la casa, conforme a la costumbre antigua y vsada". "Esto ya está derogado y mandado lo contrario: i que no entren en el circuito de los monasterios, salvo en el claustro a solas las proceziones. Lo qual se ordenó y mandó en el Capítulo General de 1573, a petición de nuestro rey don Philipe, y por breue del Papa Gregorio 13 confirmado". - El día 4 de noviembre 1571, se atiende a mejoras en la Sacristía y el Coro: "Que se blanquee la escalera de la Sacristía y se cierre vna ventana que en ella está, y ansí mismo, la escalera y entrada del coro". - El día 15 de octubre de 1574 se propone el adecentamiento del Refectorio, especialmente a los espaldares sucios y descostrados, para que se forren de azulejos. La mayor parte del convento accedió a ello, salvo cuatro monjes que adujeron la prioridad de quitarse deudas de encima antes de tener un comedor con azulejos: "diziendo que por quanto los espaldares del Refitorio estauan suzios y descostrados, que los quería hazer de azulejos y costaría hasta doscientos ducados, y que no avía de sacar para ello ningún dinero del arca ni del gasto común, sino que de los árboles que avía demasiados en la Güerta de Junto a Casa, que tiene arrendada Martín Pérez, se sacarían çien ducados y los otros çiento, de cosillas de por ay y de misas los allegaría". "Vino la mayor parte del Conuento en ello, saluo los tres diputados y frai Luis de Loxa, que les pareçió que más neçesario era descargar la casa de çensos que pagar, que no comer en Refitorio labrado". - El 19 de febrero de 1575 aún no se han arreglado los espaldares del refectorio por falta de partida económica adecuada. Ahora se decide hacerlos con el importe de la seda criada por un monje: "Si les parecía que se hiziesen (los espaldares del Refitorio) una vez de azulejos, y durarían muchos años". "Y avnque ya estaua otra vez propuesto en el año pasado, enpero dexóse porque no salió çierto lo que allí dize, de donde se avía de edificar, mas agora ay de que se haga, sin llegar al Cuerpo de la Hazienda, como es la seda que crió frai Bartolomé de Burgos y lo que a de dar el padre fray Antonio de Salamanca por la estada en los pleitos en esta casa y también frai Rº Miranete de Baça, y la obra costará hasta CC ducados o CCC a lo más, y adornallo de ventanas y lo demás. Vino todo el Conuento en ello". Como el Monasterio se había hecho responsable de la Capilla Mayor de su iglesia, Adjudicada al Gran Capitán, a cambio del Cortijo de Ansula, dado por uno de sus descendientes, en varios capítulos se plantean mejoras que se han de hacer en dicha Capilla: - El 15 de abril de 1579 se habla del Retablo y su traza: Sobre traza del Retablo que parecía no estaba bien hecha. -El 30 de noviembre de 1585 se aborda el asunto de la reja de la Capilla Mayor: "si les pareçía que se pusiese vna rexa de madera en la Capilla Mayor, pues la otra que avía no se podría poner por su antigüedad y vejez, y estava hecha pedaços". Se acuerda "Que se haga, pues que la de hierro no se puede poner ni hazer tan presto". Posteriormente se ocupan de la Portada de la Iglesia, de las gradas que daban acceso a ella y el camino que entra desde la calle: - El 13 de septiembre de 1590 se debate sobre la Portada de la Iglesia, obra de ciertas proporciones y costosa: "si se haría la portada de la iglesia". Se acordó que sí. Se contrató en 1.650 ducados. Estaría acabada para Nuestra Señora de Agosto de 1591. - El 8 de diciembre de 1590 se propone "si les pareçía que la parte de las gradas de la Portada principal de la yglesia, que es hacía la torre, se avmentase hasta la misma esquina de la Torre", y, además, "si les pareçía que se çercase toda la entrada, ques desde las dos esquinas de nuestras huertas y se hiziese una Puerta, que quedase todo aquello çerrado de noche y que para la entrada de carros y azemilas, que se tomase vn pedaço de la huerta que alinda con nuestra casa, tanta anchura como dos carros"; además, se "propuso si era bien que adornase la entrada con vna alameda". Todo quedó debidamente aprobado. Como los gastos de Portada y accesos a ella eran notables, se buscaron los medios económicos, transitoriamente prestados del Patronato del Obispo Quixada. Así el 8 de diciembre de1590, el prior dijo que, "atento que se gastaua mucho en la obra de la puerta y perfeccionar la entrada, tenía licençia de nuestro Padre General para vender la hazienda que sacamos en Dalías, que era del licenciado Nauarrete, y aplicalla al Patronazgo del Obispo Quixada, tomando de el dinero que la dicha hazienda ualiese, del dicho Patronazgo, para gastallo en la portada y obra". Se aprobó el proyecto. Se vuelve a plantaear la propuesta de la toma transitoria de fondos para la Portada del Patronato del Obispo Quixada: El 17 de enero de 1592 preguntaba el prior "Si les pareçía que para acabar la Portada se tomase el dinero que fuese menester del Patronazgo del Obispo Quixada, atento a que se le a de aplicar a este Patronazgo la hazienda que esta casa tiene en Dalías y en aquella comarca, que uale quinientos ducados, poco más o menos", "y lo que más montare de lo que al presente se tomare para acabar la Portada se a de enplear en hazer tapias del Quarto Nuevo". El Capítulo decidió dar el sí a la propuesta. -- El 10 de julio de 1592 se vende un aposento que hay encima del archivo a los patrones de una capilla funeraria para que construyan en él un coro, donde celebrar el oficio divino: "si les pareçía que vn aposento que está ençima del archivo de los patrones de las memorias que dexó Día Sánchez de Áuila, que sea en gloria, se vendiese a las dichas memorias para que se labrase así vna tribuna y coro en que se celebrase el oficio divino, quando se hiçiesen allí las fiestas del dicho Día Sánchez de Ávila y sus difuntos". Se aprueba. "pagóse por el dicho aposento setenta ducados". Cuidan, así mismo, de adecentar la portada del Convento y deciden hacerlo, construyendo encima de ella una Biblioteca: El 5 de agosto de 1594 se decide, que puesto que la Portada del Convento en algunas partes está muy hundida, si querían se hiciese una buena Portada, y encima una Librería, porque la Casa tiene necesidad de ella. Que la obra costaría 1.000 ducados. Y los diez mill ducados que se debían, se pagarían cuando acabase el trienio. En esta obra surgieron problemas y aumentaron los gastos pues, al mismo tiempo, se había levantado el Cuarto del Claustro Mayor, contiguo a la Portería. Así el 15 de septiembre de 1594: Se pide más dinero para la obra de la Portería, porque los gastos superan los 1.000 ducados, pues se había levantado el quarto del Claustro Mayor que responde a la Portería. Fue otorgado por el Capítulo. Por fin, un Prior decide adornar el Claustro Mayor con su limosna, poniendo una Pila Grande de piedra Blanca de la Sierra de Filabres: El 6 de mayo de 1598, "fray Gabriel de S. Jerónimo, Prior, propuso al Convento que él de su limosna quería hazer vna pila grande de piedra blanca de la Sierra de Filabres, con su pedestal blanco, para el Claustro Grande, que costaría como dosientos ducados, puesta y asentada con toda perfictión en el dicho Claustro". La oferta quedó debidamente aceptada. Hornos y molinos de trigo y aceite. Documentos - El 12 de marzo de 1588 se dice: "que no hubiesse horno de amasijo en casa, porque era mucha cossa, y vino la mayor parte del Convento, y por ser verdad lo firmé…". - El Molino de Aceite procedente de la dotación inical, situado junto al Monasterio, sería vendido, en 1608, al Hospital de S. Juan de Dios, por 1.200 ducados, que se invirtieron en viña y olivar, cerca de Cújar. Tiendas. Documentos - En 9 febrero 1517, el Prior informó en Capítulo que, con licencia del General, en tiempos pasados "ovieron dado a çenso perpetuo vna tienda que esta casa tenía en el Çacatyn a vn Francisco Rodríguez e Isabel Sánchez, su muger, por preçio de tres reales en cada mes, con çiertas condiçiones…", y porque los arrendatarios "estuvieron algunos años que no pagaron el dicho çenso, se dize que se pidió la dicha tienda por comisa, con vna almacería que alinda con ella, que los dichos avían hipotecado al dicho çenso y que, a pedimiento desta casa fue todo auido por comiso y entregado a esta casa por jues competente, y que la sentencia e esecuçión desto no paresçe, y avnque se ha buscado en los registros de los escrivanos y en otras partes con mucha diligençia, no ha parecido ni paresçe, y que posehemos la dicha tienda y almacería, y que los herederos de los dichos Fco. Rodrigues y su muger y dos acreedores que dexaron en treinta mil mrs., que dizen que tienen derecho de hipoteca contra la dicha almacería, ha dos años y más tiempo que piden y andan tras él para que les dexe la dicha tienda y maçería, onde no, que lo pedirán por justiçia con los frutos y rentas que han rentado…". Como no tienen documento para pleitear en contra de los demandantes, creen que es más conveniente pagar al heredero y acreedor demandantes 60 ducados por el derecho que alegan tener sobre dicha tienda y maçería. Se acuerda en capítulo que se haga así y así se hizo, quedando tienda y maçería para la Orden. - El 3 de febrero de 1530: El Prior propuso a los capitulares si era bien "que se diesse a çenso vna tienda que tiene esta casa en la calle de la Calderería desta ciudad, la qual solía rentar dos reales, poco más o menos. Y por algunas causas que a ello les movió, todos respondieron que era bien se diese a çenso a Juan Moreno, escribano del Audiencia al Real. El qual lo demandava con mucha justicia y prometía toda seguridad de apotema. E después de hechos otros dos tratados sobre esto, finalmente, se concluyó en que se diese y se dio al dicho Juan Moreno, escribano, y él se obligó a dar cada vn año a esta casa mil mrs. de çenso perpetuo y de labrar en la dicha tienda ocho mil mrs. dentro de año y medio, primero siguiente. Y de todo esto se hizo escriptura patente ante Alcocer, escribano del número desta ciudad; la qual escriptura está en la celda del arca del conuento". - En 5 de mayo de 1530: Otorgaron el Prior y Convento "vna escriptura por la qual dio a çenso vna tienda pequeña que esta casa tiene en esta çiudad, en la colación de San Pedro y San Pablo, cabe vn vaño, a Juan Palacios, vezino desta dicha ciudad, cuyo es el vaño sobredicho, y dióla por preçio de seys reales cada año. La qual escriptura passó ante Juan de Alcocer, escribano público desta ciudad". - El 15 de marzo de 1555: El Prior del convento "que por quanto vna tienda que tenemos en la calle que sale del Çacatín y va a la Puente del Caruón, se cayó toda y sería mucha costa tornarla a hazer, si les pareçía dar el solar a censo". Asintió el convento "porque ella rentaua, estando en pie la tienda, treze reales cada mes, y Juan Pérez, sastre, da de censo diez y ocho reales cada mes y la labró a su costa". Dio licencia el General para ello. - El 1 de enero de 1559: "si les parescía que tomasen vna tienda que tenía Juan Pérez, sastre, de la qual pagaua çenso". Se tomó y "se le dieron por mejoras que el dicho Juan Pérez en ella abía hecho, ochenta mill mrs. y se alquiló desde primero de enero de 1559 años por treynta y çinco reales cada mes. Esta tienda está junto a la Ropa Vieja". - El mismo día, mes y año (1 enero 1559) se propone "Si les paresçía que la media tienda que este monasterio tenía en el Hatabín, en compañía de otra media de la iglesia de Sant Gil, si la darían a çenso perpetuo". Asienten: "se dio a censo perpetuo a Alvaro de Ábila, tendero, por ocho ducados cada año. Corre el çenso desde primero de enero de 1559 años". - En 1559: "Dos hermanas que se llamavan las Beatas de Alarcón, vibiendo entramas de vn acuerdo y conformidad finieron testamento, y entre otras cosas que ordenaron por su testamento, dixeron que hazía la vna a la otra heredera, porque no tenían heredero alguno forzoso y que la que dellas a la postre muriese, diese todo lo que le quedase de su hazienda, pagadas las devdas, a este monasterio de S. Hierónimo, sin dexarle a este convento cargo alguno, y esto por muchas buenas obras que desta dicha casa avían recebido en tiempos de necesidad, de las quales dichas hermanas falleció la postrera, la qual se dezía Ana de Alarcón, la qual, al tiempo de su muerte hizo vn codisçileo en que confirmó lo que por ella y su hermana avía sido ordenado en el dicho testamento, y mandó a este monasterio ciento y veinte ducados que tenía sobre vna casa, en que ella y su hermana avían vivido, que es en la collaçión de Santiyuste, y más quinçe ducados que le mandó por un testamento vn sobrino suyo, que se dezía Martín de Alarcón, y ciertas alhajuelas que tenía al tiempo de su fallecimiento", pese a que la donación la hicieron sin condiciones, el Convento acordó "que se le dixese cada año para siempre vn treyntanario por sus ánimas y de sus difuntos, desde este presente año de 1559 en adelante". - "Yten, esta casa tenía vn pedazo de viña en el Pago de San Lázaro desta çibdad de Granada, que ovo de vno que se llamava Juan de Porras, para dotación de vna memoria que se le dize en este monasterio, el qual pedaço de viña este convento dio a çenso perpetuo a vno que se dize Ferna, por preçio de veynte y cinco reales cada año, sin decima ni comiso. Este Ferna tuvo necesidad de disponer desta heredad y pidió a este convento trocase con él este dicho censo y que le daría sobre vna tienda que él tenía en la entrada de la Puerta Elvira, que va al Alacava, que era suya la propiedad, veynte y quatro reales de censo perpetuo cada vn año, con su decima y comiso, y que el real que él dava de menos que bien reconpensado estava, pues él dava su censo con dezimas y lo que el monasterio le dava a él no las tenía". Se aprobó. - En 15 de marzo de 1561: El Prior dijo "que cierta biuda, muger que fue de cierto sastre, difunto, avía morado cierto tiempo en vna tienda nuestra que es junto a la Puente del Carbón, la qual de alquilé desta dicha tienda devía çinco mill y setecientos y quarenta y seis mrs., y que no tenía posibilidad para pagar, porque no tenía otra hazienda, sino vna rueca". "Yten, que la sobredicha biuda estava quexosa, diziendo que al tiempo que el convento tomó la sobredicha tienda no se tasó, en tanto quanto valía". Se pregunta si se le hace suelta de los 5.746 mrs. y se dice que no se queje más de la tasación, y que la suelta se le hace como limosna y no por obligación hacia ella. - El 18 de agosto de 1568: El Prior propuso "que por quanto eran passados algunos días en los quales se auía tratado con el Sr. Don Gabriel de Córdoua, en nonbre del Sr. Duque de Sesa, de comprarle el Cortijo de Ansula, para que con el dinero del dicho cortijo este conuento hiziese en la Capilla Mayor del Gran Capitán la Reja y Retablo y todo el otro hornato que perteneçe a la dicha Capilla. Y como el dicho cortijo se ha de ir pagando, gastando el Monasterio cada vn año ochocientos ducados en la dicha Capilla, hasta que se cumpla todo el precio en que se apreçió el dicho cortijo; y los letrados del Sr. Duque y los deste Monasterio, entre algunos medios que hallan para efectuar esta [veta] y asegurar la parte del Duque, que el monasterio cumplirá antel y gastará cada vn año los dichos ochoçientos ducados en la obra de la dicha Capilla y dos mil quatroçientos en cada vn trienio, era el mejor para ambas partes, que este conuento diese al Sr. Duque la posesión y propiedad de las tiendas que tiene en el Çacatín, que rentan mil ducados, poco más o menos, para que cuando el Monasterio no gastase los dichos ochoçientos ducados, como dicho es, la parte del Sr. Duque pueda tomar de las dichas tiendas, la dicha renta y hazella gastar en la dicha Capilla y no en otra cosa". Se acepta. - En 1 de julio de 1574: La tienda del Convento alquilada a un platero, la pujan dando 6 reales más sobre los 20 que paga. Se acuerda que la siga teniendo el mismo platero por 26 ó 25 reales al mes. - A 7 de agosto de 1577 se propone: "si querían dar a çenso perpetuo la tienda que tenemos en el Alcaicería, que se llama del Poyo", "tráxose lecencia del dicho Prior y Deputados del Monasterio de Baça". - El 11 de enero de 1593: "propuso al Convento si querían dar de por vida dos tiendas que teníamos derrocadas en la Puente de Santa Ana, a vn Miguel Dias Nauarrete". Se aprueba "con que las labrase y edificase desde los cimientos, cada año por precio de treinta ducados, y acabadas de edificar se tasasen los edificios de las dichas tiendas y se fuesen descontando lo que rentasen hasta ser acabado de pagar el dicho Miguel Díaz Navarrete, y luego diese desde allí, adelante, los dichos treinta ducados al Convento". - En 20 de enero de 1593 se pregunta: "si querían reçebir vna capellanía que auía instituido Antonio Núñez, veintiquatro desta ciudad". Se acepta, pero porque "la dotación de ella era muy poca, que no salía la misa más que a dos reales, se diesen las misas a los frailes, hijos de la mesma casa, y se repartiesen las misas por mano del Vicario, y la limosna diese el arquero, y no fuesen para el prior ni para ningún güesped, morador del dicho Convento. Y las cinco fiestas que instituyó, fuesen para la comunidad, si son cantadas sin vísperas". Se aprueba. "Y la dotación de la dicha capellanía son las tiendas, junto al Alhóndiga Çaida y tienen de pagar cada año quarenta ducados por las cinco fiestas y tres misas rezadas cada semana. Las fiestas salen a veintinueve reales y las misas salen a dos reales". - En 20 de enero de 1594: Se arrendaron a un albañil dos tiendas en la Puente de Santa Ana, con obligación de que las arreglase a su costa, quitándole luego de la renta, cada año, 30 ducados, pero una vez arregladas el Convento quiere recuperarlas y decide pagarle los 400 ducados que había costado el arreglo. Casas. Documentos - En noviembre de 1510 se acordó por todos "que se vendiese la casa que teníamos en Alcalá, porque se quería caer, y asy se hizo". - El 24 de noviembre de 1524: El Prior dice al capítulo que el Padre General ha comunicado "que los señores gobernadores desta ciudad avían dado por las casas que los señores reyes nos avían dejado en la calle de Elvira y en la Alhóndiga y en la Pescadería, que tomaron para agrandar las calles… Se pusiera en guarda para emplearlo en otra cosa que fuera de provecho a esta casa, y que ahora se save que Françisco Ortiz, jurado desta ciudad, quiere vender y tiene vna hazienda que llaman de Árbol, y diçen las personas que entienden de ello, que es muy buena para poner viñas y olivos y para llevar pan, y que la darían por poco dinero, por ser toda la más de álamos y enzinas, y así que mirasen si querían gastar el dicho dinero en comprar la dicha hazienda, y todos digeron que sería de mucho provecho a esta casa, y que así les parezía vien que se hiçiese". - En 17 de febrero de 1553: Concierto sin efecto: Que el convento diese a Día Sánchez de Ávila, un solar vendido, de los que se dan a censo en la güerta, donde está el Hospital. Él lo pidió para edificar un hospital. El convento pidió que él diese una posesión en otra parte, que rentase tanto como el solar pudiera rentar, dándose a censo. Además, le concedió el convento agua para "henchir vn aljibe, de la que nosotros tenemos de la ciudad y esto vna vez en el año". - En (1 enero 1559) : "si darían a çenso perpetuo vna casa que dexó Gil López Açeytuno, que está junto al Boquerón de Darro, en la calle que baxa de la carneçería de la calle Elvira para Sancta Paula, la qual dexó el dicho Gil López por vna memoria que en esta casa se haze cada año, y después… que por ser cosa vil y provechosa al Monasterio, se devía de dar a censo perpetuo y así se dio a Leonor Méndez y a sus hijos, el bachiller Texeda y Juan Jordán, a çenso perpetuo, por dos mill y quinientos mrs. en cada vn año". Corre el censo desde 1 enero 1559. - 1559: "Dos hermanas que se llamavan las Beatas de Alarcón, vibiendo entramas de vn acuerdo y conformidad finieron testamento, y entre otras cosas que ordenaron por su testamento, dixeron que hazía la vna a la otra heredera, porque no tenían heredero alguno forzoso y que la que dellas a la postre muriese, diese todo lo que le quedase de su hazienda, pagadas las devdas, a este monasterio de S. Hierónimo, sin dexarle a este convento cargo alguno, y esto por muchas buenas obras que desta dicha casa avían recebido en tiempos de necesidad, de las quales dichas hermanas falleció la postrera, la qual se dezía Ana de Alarcón, la qual, al tiempo de su muerte hizo vn codisçileo en que confirmó lo que por ella y su hermana avía sido ordenado en el dicho testamento, y mandó a este monasterio ciento y veinte ducados que tenía sobre vna casa, en que ella y su hermana avían vivido, que es en la collaçión de Santiyuste, y más quinçe ducados que le mandó por un testamento vn sobrino suyo, que se dezía Martín de Alarcón, y ciertas alhajuelas que tenía al tiempo de su fallecimiento", pese a que la donación la hicieron sin condiciones, el Convento acordó "que se le dixese cada año para siempre vn treyntanario por sus ánimas y de sus difuntos, desde este presente año de 1559 en adelante". - "Yten, esta casa tenía vn pedazo de viña en el Pago de San Lázaro desta çibdad de Granada, que ovo de vno que se llamava Juan de Porras, para dotación de vna memoria que se le dize en este monasterio, el qual pedaço de viña este convento dio a çenso perpetuo a vno que se dize Ferna, por preçio de veynte y cinco reales cada año, sin decima ni comiso. Este Ferna tuvo necesidad de disponer desta heredad y pidió a este convento trocase con él este dicho censo y que le daría sobre vna tienda que él tenía en la entrada de la Puerta Elvira, que va al Alacava, que era suya la propiedad, veynte y quatro reales de censo perpetuo cada vn año, con su decima y comiso, y que el real que él dava de menos que bien reconpensado estava, pues él dava su censo con dezimas y lo que el monasterio le dava a él no las tenía". Se aprobó. - A 25 de julio de 1571 se pregunta: "Si les parecía se diesen a censo el Mesón de la Mala y los Cármenes que dizen de Xenil. Y todo el Convento, aviendo hecho sus tres tratados, vino en que el Mesón se diese a censo perpetuo, por ser vna cosa tan sin provecho, y porque para poderlo arrendar y que se habitase era menester gastar en él más de quinientos ducados; y que los Cármenes se diesen a censo abierto". - En 20 de mayo de 1596 se propone si querían: "Comprar una casa que teníamos a çenso perpetuo y se la habíamos dado a fulano Requelme, que es en el Campo del Príncipe, y él se quería deshacer de la dicha casa". La compra se concertó en 70 ducados. - El 4 de diciembre de 1601: Se vende la casilla de la Puente del Carbón, dotación de los Reyes Católicos, y con los 150 ducados que valió se pagó parte de la heredad de Antonio de Torres. Molinos de pan. Documentos - En 22 de junio de 1520: En torno a un molino de pan que la casa tiene en Cubillas, se habla sobre el adobo de la acequia y presa en lo que hay diferencias con los vecinos de Albolote, pues por debajo del molino riegan unas hazas con el agua de dicha acequia. Al fin, los vecinos se comprometen a pagar la mitad de la limpia y adobo. Todo el capítulo asiente a la decisión y acuerdo. - (Ver en 4 julio 1552): (Margen izquierdo): "Estos CCX ducados se han de emplear cada año en trigo. CX de las cabras y vacas y C de las tierras de Santa Fe, que se dieron a renta por parecer de los padres visitadores y de todo el convento. Y para este efecto se aplicó lo que renta el Molino de Cubillas y el del Xenil". - 10 marzo 1554: El Prior propuso al convento "si les pareçía que se devía de dar el Molino de Cubillas a çenso perpetuo, por quanto los padres visitadores lo avian dexado así mandado, que si el convento viniese en ello, se diese a çenso". El convento lo aceptó y "se dio a Juan de Olarte, vezino desta çiudad de Granada en diez y ocho mill mrs. de censo perpetuo, que ha de pagar cada vn año, y más que a de moler çien hanegas de trigo cada año para el Cortijo de Árboles". Se dio licencia por el General. (Margen derecho): El arrendatario del molino de Cubillas lo tuvo parado más de dos años, porque tuvo que labrar la presa y no molió. Por ello, el convento "le hizo limosna de la mitad de la renta que avie de pagar de ese tiempo". Dijo que gastó en la obra cerca de 500 ducados, en la presa y aderezo de la acequia. Se le hizo limosna de un año y dos meses y medio. - El 1 de abril de 1554: El Prior propuso al convento: " si querían açeptar la Capellanía que avía dexado la señora Doña Magdalena por vna cláusula de su testamento, en la que manda que se diga cada día vna missa y tres fiestas en el año, cantadas, para lo qual mandó dar en limosna mill ducados, para que se comprase renta para esta memoria, lo qual mandó que se hiziese en el Monasterio de Frex del Val, y si allá no se açeptase, que se hiziese en Sant Hierónimo de Granada; lo qual no se açeptó en Frex del Val, y el convento de esta casa respondió que açeptarían la limosna con carga de decir cada semana vna capellanía de quatro missas, según la intención de la difunta y tres missas cantadas en el año, en los días que ella demandó". El convento aceptó "y porque don Pero de Bovadilla no tenía dineros para dar luego los mill ducados, ofreció al monasterio vn molino, que renta cada año XVIII (U) mrs. y sobre esto se hizieron otros tres tratados y el convento vino en todos ellos en lo reçebir y assí se reçibió y se tomó la posesión del por el monasterio y lo posee dende primero de mayo deste presente año de 1554 y desde este día corre renta por el monasterio". Margen izquierdo): La primera fiesta en la octava de la Asunción; la segunda en la octava de la Navidad y la 3ª en octava de la Magdalena. - En 6 de junio de 1561: Propuso el Prior "que el Molino de Cubillas que este convento avía dado a çenso perpetuo se vendía y davan por él ochocientos y cincuenta ducados, que si el convento lo quería por el tanto, o que si no diesen licencia para que se efectuase la dicha venta". Dio licencia el convento para que se venda y que paguen la décima. No lo quería por el tanto, porque estaba muy subido. - 26 noviembre 1582: "Como el Hospital de Juan tenía vn molino en Moclín que comúnmente rentaba cada año de quarenta a çinquenta ducados, y que algunos y aun los más años se gastaua la renta en reparos del dicho molino, de manera que era poco o ninguno el prouecho que venía al dicho hospital, que agora auía persona muy abonada que lo tomaua por vna o dos vidas, y daua cada año por el dicho molino quarenta ducados, y fuera desto se obligaua a le reparar a su costa y a dexarle corriente y moliente quando se acabasen la vna o dos vidas". Asienten y añaden "a las quales dichas condiçiones de reparar la casa de Siloe a su costa se obligan los que la toman, fuera de los ochenta ducados que dan cada año por ella". Lo aprueban. - En 20 de mayo de 1596: Dª Francisca de Biedma compra el Molino de Cubillas, y debe al Convento de décima 150 ducados. - El 17 de noviembre de 1596: Donación de un molino de Cájar por Hernán Pérez, vecino de la ciudad, a cambio de ciertas misas rezadas y tres fiestas de Ntra. Sra. cantadas. El molino renta cada año más de 70 ducados. - A 4 de diciembre de 1596: Un molino de pan, que es en término de Cájar, aldea de Granada, que les había dejado uno que fue criado del Convento, con obligación de algunas misas, se arrienda de por vida por precio de 80 mrs. con obligación de reparos. Cármenes. Documentos - 19 octubre 1520: Dar en censo el Carmen por diez ducados, y con esa renta comprar una viña. - 19 febrero 1534: Prior y capitulares "ordenaron que a todas las misas rezadas que se dixieren, ansí en la iglesia, commo fuera della, se ençiendan dos candelas y no vna, commo hasta aquí se encendía; y, asimismo, determinaron que por la mala obra que se seguía de labrar las tierras de Santa Fe, se vendan cuarenta marxales dellas para comprar vnos cármenes, que vende Bernabé López Fozih, en el Pago de Cuxar, y que se vaian comprando los que alcançare el dinero de las que nos dio el rey". - 1547: Hablan de sus cármenes en Granada. - 6 diciembre 1555: El Prior propuso al convento "si les parecía que se devían aceptar dos misas cada semana, miércoles y viernes", por Ana Palomino, para lo que dio 400 ducados: 220 en dinero, un censo que paga 10 ducados al quitar y otro censo de 8 ducados al quitar. Lo aprobó el convento y los 400 ducados se emplearon: 236 en unos cármenes que se compraron a Jorge de Baeça en el Olivar. - 25 julio 1571: "Si les parecía se diesen a censo el Mesón de la Mala y los Cármenes que dizen de Xenil. Y todo el Convento, aviendo hecho sus tres tratados, vino en que el Mesón se diese a censo perpetuo, por ser vna cosa tan sin provecho, y porque para poderlo arrendar y que se habitase era menester gastar en él más de quinientos ducados; y que los Cármenes se diesen a censo abierto". Cortijo de Ficullar. Documentos - En 5 mayo 1514 propuso el Prior, Fray Pedro de Alba, "sy se edificaría vna casa en el Quenpe, en que morasen los labradores que lo tomasen a renta". Se acordó que sí. - En 5 octubre 1531: El Prior y capitulares dan concierto en las diferencias "que esta casa tenya con el señor Marqués de Mondéjar, sobre los términos del Cortijo del Quenpe o Ficullar, que es de esta casa, y Pera, ques del dicho señor Marqués. Y pusimos la nuestra parte commo procuradores deste convento y casa … para que diesen este medyo o conçierto con las personas que el señor Marqués pusiese de la suya …" "amojonaron los dichos térmynos de tal manera que ninguno quedó agraviado antes todos contentos". - En 18 de enero de 1572: El Prior "propuso al Convento que vn fulano Sandoval traya pleito con esta casa sobre pretensión de cierto diezmo de nuestro cortijo del Quempe, del primero año que se le alçaron los moros, y esta casa se defendía diziendo que no devía el dicho diezmo. Y el dicho Sandoval salía a partido, diziendo que le diésemos lo que en conciencia se hallase devérsele". El Convento acordó que el Prior, diputados y procurador le diesen lo que en conciencia les pareciese justo. - En 10 diciembre 1583: "que por quanto avía muchos álamos en el Sotillo de Árboles y no se an entresacado jamás y es neçesario que se saquen algunos para las casas del Cortijo de Ficullar, que es en el Quempe, vino el Convento en ello, que se saquen los neçesarios y que los demás se conserven y críen". Cortijo de Santa Catalina. Documentos - 150 marjales reservados en el repartimiento de las tierras del Real, a la Orden de S. Jerónimo. - 10 enero 1586: "que vn veintiquatro de Granada que se llama Pedro de Aguilar, devoto desta casa, tenía vna haça de tierra junto a la nuestra, que es en el término de Santa Fe, en el Cortijo de Santa Catalina, i que se quería convenir con este Convento en que le diésemos vn pedaço de tierra en el dicho cortijo y que nos daría otra tanta, tal y tan buena, junto a sus tierras. Vino el capítulo en ello, con que se viese primero i si ubiese alguna diferencia o engaño no ubiese efeto, i si se vbiese de hazer açequia, fuese a su costa del dicho veintiquatro, y trúxose licencia de nuestro reuerendísimo padre para hazer este tratado". - 12 octubre 1596: Arrendamiento de por vida del Cortijo de Sta. Catalina, cortijo y tierras que tenemos en término de Santa Fe, que se llama de Santa Catalina. Se arrendó a un Juan del Río, canónigo en la iglesia de la dicha ciudad de Santa Fe, por dos vidas, e hipotecó toda su hacienda y la de un hermano suyo, regidor de dicha ciudad, y la renta fue de ciento sesenta ducados cada año, la mitad por Ntra. Sra. de Agosto, y la mitad por Navidad. Y se obliga a los reparos de la Casa y en la Iglesia a trastejalla y gastar cada año seis ducados en la Casa, y cercar el güerto, todo a su costa. - 3 diciembre 1606: Se da a renta la casa y tierra de Santa Catalina, por nueve años y por marjales. Son 150 marjales y ha de dar por cada marjal a 5 ducados y seis ducados para reparos. Cortijo de Santa Fe Comprado. Documentos - En 9 agosto 1510: "fue tratado en capítulo sy se daría a çenso el majuelo de Loxa, que dio fray Pedro de Alua por quatro mil mrs., que davan de çenso por él, y todos acordaron que sy". (En el margen izquierdo de ese acta se dice): "Este majuelo se vendió, siendo prior el P. Fray Pedro de Alva, y del precio se conpró otro que tenemos en Sancta Fe". - En 20 septiembre 1528: El Prior propuso a los capitualares "que el canónigo Marruecos demandaba le diésemos vna haça que esta casa tenía en término de Santa Fe, junto al heredamiento que a y tiene el dicho canónigo y que nos darie otra que él tenía más junto a Santa Fe; y si valiese más la nuestra, nos lo pagaría en dinero para conprar otro tanto o en lo que más quisiésemos. Y el convento, visto que el tal trueco nos estava bien y que, junto con hazerle a él caridad, la casa no perdía, antes ganava, por estar lo que él nos dava más a nuestro propósito, respondió le plazía el tal trueco se hiziese. Y hechos sobre esto otros dos tratados, como es de derecho, finalmente se concluyó desta manera: que nosotros le dimos vna haça en el lugar sobredicho, de diez y seis marjales de tierra, y él nos dio otra haça que está más cerca de nuestras tierras y de Santa Fe, de diez marjales; y las seys marjas (sic) restantes nos pagó luego en dinero, dando dos ducados por cada marja (sic). El qual dinero se empleó luego en otras cinco marjas (sic) de tierra, mejores que las que nosotros dimos; lo qual todo posee agora la casa; y la memoria desto a de estar en el arca del conuento en el libro de las heredades desta casa". - En 5 mayo 1530: Se propuso por el Prior "que vn çenso que la del alcayde de Medrano, que santa gloria aya, nos dio, por razón de la Capellanía que en esta casa tiene, que es de contía de quinientos mrs. cada año, el qual estava sobre çiertas casas e viña de Santa Fe, que son de Mendoza, camarero del Marqués. Y dixo que el sobredicho Mendoza demandava que le mudasen el dicho çenso sobre cierta huerta y casa que Juan de San Juan, clérigo de la Capilla Real, tiene en el Canpo del Príncipe desta ciudad de Granada. Y el convento, visto que la posesión era buena y el çenso estava bien seguro en ella, y por hazer plazer al dicho Mendoza que lo rogava, condescendió a sus ruegos y tuvo por bien el dicho traspaso, y dello se hizieron los tratados devidos". - En 19 febrero 1534: Prior y capitulares "ordenaron que a todas las misas rezadas que se dixieren, ansí en la iglesia, commo fuera della, se ençiendan dos candelas y no vna, commo hasta aquí se encendía; y, asimismo, determinaron que por la mala obra que se seguía de labrar las tierras de Santa Fe, se vendan cuarenta marxales dellas para comprar vnos cármenes, que vende Bernabé López Fozih, en el Pago de Cuxar, y que se vaian comprando los que alcançare el dinero de las que nos dio el rey". - (Ver en 4 julio 1552): (Margen izquierdo): "Estos CCX ducados se han de emplear cada año en trigo. CX de las cabras y vacas y C de las tierras de Santa Fe, que se dieron a renta por parecer de los padres visitadores y de todo el convento. Y para este efecto se aplicó lo que renta el Molino de Cubillas y el del Xenil". - En 15 noviembre 1603: Se arrienda el Cortijo de Santa Fe Comprado, por 160 ducados cada año. - En 15 julio 1606: Venta de las tierras del Cortijo de Santa Fe Comprado. Al final, no se vendió; pero si se vendiese, lo recibido daría cada año más de 140 ducados, dados a catorce mil el millar. - En 20 noviembre 1606: Venta del Cortijo de Santa Fe Comprado. Lo compró ahora a los monjes Melchor Muñoz, hombre rico y abonado,"y compró quatrocientos y setenta y dos marjales y medio de tierras calmas, en catorce pedaços, que son los que el Convento auía comprado, fuera de las tierras que dieron los ss. Reyes Católicos, a raçón de ocho ducados el marjal, que montan tres mil y setecientos ducados". Heredad de Cújar. Documentos - En 6 febrero 1587, propuso en Capítulo el padre Vicario la necesidad de reparar la Casa del Olivar, que el Convento tenía en Cuxar, para lo que se habría de sacar "alguna madera del Sotillo del dicho Olivar, para adouar vna caballeriça y otra pieça, a donde se echó la aceytuna, que están casi caydas". A ello asintió el capítulo de los monjes, otorgando "que se cortasse todo lo que fuera necessario". Nuevas adquisiciones en torno a Cújar. Documentos - En 3 abril 1595: Propone el Prior al Convento "que un vecino de Granada, llamado Pero Hernández de Palma, tenía una eredad en el Pago de Cújar, encorporada con nuestro olivar y que quería instituir una Capellanía de nueve fiestas de Ntra. Sra. y otra de la Bienaventurada Santana, todas rezadas. Accede el Convento a que se tramiten las negociaciones. - En 15 septiembre 1601: Se compra una heredad de Antonio de Torres, clérigo, rector del Hospital del Corpus Christi, de mucha importancia, por estar casi en medio de la heredad de Cújar, por 300 ducados. Se dieron 207 ducados y los 80 ducados quedaron cargados a una memoria que fundó. - En 22 marzo 1607: Se propone la venta del Molino de Aceite, "que está junto al Hospital de Juan, muy viejo y cayéndose, y hacer otro en el Olivar de Cúxar, para moler nuestra aceituna y la de todos los que quisieren moler, por estar en buen puesto; dará más de 300 ducados de renta". Se pondrán olivos nuevos, pues hay muchas tierras para ello. - En 4 marzo 1608 se vende el Molino a los Hermanos del Hospital, en 1200 ducados. Con 666 de éstos se compran más tierras en Cúxar. Cortijo de Árboles. Documentos - En 24 noviembre 1524: El Prior dice al capítulo que el Padre General ha dicho "que los señores gobernadores desta ciudad avían dado por las casas que los señores reyes nos avían dejado en la calle de Elvira y en la Alhóndiga y en la Pescadería, que tomaron para agrandar las calles, se pusiera en guarda para emplearlo en otra cosa que fuera de provecho a esta casa, y que ahora se save que Françisco Ortiz, jurado desta ciudad, quiere vender y tiene vna hazienda que llaman de Árbol, y diçen las personas que entienden de ello, que es muy buena para poner viñas y olivos y para llevar pan, y que la darían por poco dinero, por ser toda la más de álamos y enzinas, y así que mirasen si querían gastar el dicho dinero en comprar la dicha hazienda, y todos digeron que sería de mucho provecho a esta casa, y que así les parezía vien que se hiçiese". - En 15 febrero 1526: El Prior, con consentimiento de todos los capitulares, "mandó que se pagasen los quinientos ducados que avían tomado prestados de vn depósito que en el arca estaua para hazer vn hospital, los quales tomaron prestados para ayuda a pagar el Cortijo de Árboles, que esta casa conpró, de los quales quinientos ducados pagaua esta casa cada vn año çinquenta ducados de çenso, los quales estauan sobre çiertas heredades de esta casa". - En 15 febrero 1552, se propuso por el Prior al convento, si le parecía "que se hedificase en nuestro cortijo de Árboles, vna bodega para recoger allí el vino de aquella viña, que por traerse acá en uva, se pierde mucho". Todo el convento lo aprobó. También propuso para el cortijo de Árboles, "se siguiesse y acabasse aquel cuarto con sus çeldas y corredores, como está el otro". También lo aprobaron. - En 10 diciembre 1583: "si les paresçía que porque se perdía mucho azeite, por no averse hecho vn almazen en el Cortijo de Árboles, vino el Convento que se haga, nemine discrepante, y también porque el molino estava imperfecto, tenía neçesidad de vna viga, vino también que se hiziese". - En 10 diciembre 1583: "que por quanto avía muchos álamos en el Sotillo de Árboles y no se an entresacado jamás y es neçesario que se saquen algunos para las casas del Cortijo de Ficullar, que es en el Quempe, vino el Convento en ello, que se saquen los neçesarios y que los demás se conserven y críen". - En 6 febrero 1587: "si les pareçía que cortasse en Árboles toda la madera que fuesse menester para cubrir el almaçén del azeite, y para otros reparos del dicho cortijo. Otrosí, para las cabañas, propuso el dicho Padre Vicario que tanbién era neçessario que se cortasse otra poca madera. Y vino todo el Convento, nemine discrepante, en ello, en que se cortasse todo lo que fuesse necessario. - En 5 diciembre 1589: "si querían recibir vna memoria que dexó el licdo. Luis Fernández de Córdoua a esta casa, con obligaçión de dezirle cada vn año, para siempre, treinta missas rezadas y vn aniversario, de vigilia y missa, cantado en las octauas de Todos Santos, con dotación de quatro ducados por el aniversario, y por las treynta misas rezadas, a razón de medio ducado, que todo junto monta diez y nueue ducados", "dexó el sobredicho difuncto para ella dozientos sesenta y seis ducados, los quales aviéndose de emplear en comprar dellos renta para esta memoria, propuso nuestro padre Prior al Convento por tres tratados, si se pagaría con ellos las enzinas de la Granja de Árboles, que compramos con su fructo del rey don Phelipe, nuestro señor, segundo deste nombre, y vinieron todos en ello, con conditión que lo que sobrase desta cantidad se emplease en otra cosa útil para este Convento". - En 17 enero 1592: "si les pareçía que dos pedaços de tierra que están en la Granja de Árboles y el Cortijo de Torres, el vno de la vna parte del río y el otro de la otra, que fray Francisco de Çafra, siendo granjero hizo apear por de la casa sin çitaçión de parte; por lo qual el señor de las Torres nos pasó pleito y demanda de la tierra que ay por derecho, la Laguna Grande hasta el río, en uirtud de vna posesión que de la Laguna Grande se tomó por el Obispo de Jaén el año de seis. Si les pareçía que por ser cosa poco y tierra ynútil y gente onrada y tantos años como tenían de posesión, que se le tornase". Se acuerda así, pues se habia gastado ya más de 600 reales. Que se amojonase de nuevo y para siempre. Cortijo de Ansula. Documentos - En 18 agosto 1568: El Prior propuso "que por quanto eran passados algunos días en los quales se auía tratado con el Sr. Don Gabriel de Córdoua, en nonbre del Sr. Duque de Sesa, de comprarle el Cortijo de Ansula, para que con el dinero del dicho cortijo este conuento hiziese en la Capilla Mayor del Gran Capitán la Reja y Retablo y todo el otro hornato que perteneçe a la dicha Capilla. Y como el dicho cortijo se ha de ir pagando, gastando el Monasterio cada vn año ochocientos ducados en la dicha Capilla, hasta que se cumpla todo el precio en que se apreçió el dicho cortijo; y los letrados del Sr. Duque y los deste Monasterio, entre algunos medios que hallan para efectuar esta [venta] y asegurar la parte del Duque, que el monasterio cumplirá antel y gastará cada vn año los dichos ochoçientos ducados en la obra de la dicha Capilla y dos mil quatroçientos en cada vn trienio, era el mejor para ambas partes, que este conuento diese al Sr. Duque la posesión y propiedad de las tiendas que tiene en el Çacatín, que rentan mil ducados, poco más o menos, para que cuando el Monasterio no gastase los dichos ochoçientos ducados, como dicho es, la parte del Sr. Duque pueda tomar de las dichas tiendas, la dicha renta y hazella gastar en la dicha Capilla y no en otra cosa". Se acepta. - En 20 agosto 1570: "Si sería bien vtil y provechoso a esta casa que se hiziese vna presa en el río de Velillos, que fuese de cantería, para meter el agua en el açequia, con que se riega Ansula, porque todos los tiempos pasados la dicha presa se hazía de estacadas y era vn çenso perpetuo y cosa muy costosa, porque casi cada año se la llevava el río; y haziéndose de cantería era perpetua." "Vino todo el convento en que se hiziese la dicha presa de cantería, porque aliende de ser tan provechoso, avía de pagar la mitad de la costa Leonardo de Valdivia, veinticuatro de Granada, por ser la mitad del agua suya, con que se riega vn cortijo que se dize Çohaira, que alinda con Ansula". - En 1 septiembre 1570: "Si sería vtil y provechoso hazer casas con sus cavallerizas y tinados en el Cortijo de Ansula para los labradores, porque las que avía eran pocas y pequeñas, al modo de los moriscos. El Convento vino en que se hiziesen las casas que fuesen menester, pues el Cortijo se entendía que rentaría más por razón que los labradores se aficionarían a venir a él y arrendallo, tiniendo buenas casas". - En 15 julio 1571: "Si les parecía ser vtil y provechoso hazer en el Cortijo de Ansula un horno para hazer lladrillo y teja, que costaría hasta treinta ducados, y fecho el horno, los alfahareros y oficiales harían a su costa y cozerían el ladrillo y teja, y nos darían el millar ansí de ladrillo commo de teja, a onze reales. Vino todo el Convento en que ansí se hiziese porque esta casa tenía siempre necesidad de ladrillo y teja para sus obras y reparos, y era muy de balde este partido ya dicho". - En 14 febrero 1574: "Si se repararía la presa de Velillos con que se riega Ansula, ya que está començado a llevar piedra para ella y estamos obligados por escritura, o se quedará por aderezar hasta otro año, porque no ay dineros con que acaballa, o si se tomarán dineros a çenso para ello". Que se arregle, pero que no se pidan censos. Que se pongan las huertas de casa en pregón, para ver lo que daban por ellas y quitar censos. - En 15 septiembre 1575: "Si sería bien que atento a que a siete o ocho años que poseemos el Cortijo de Ansola, que dio el Duque de Sesa a esta casa, con obligación de que cada vn año gastásemos ochocientos ducados en la obra de la Reja y Retablo y otras cosas; y en todo este tiempo no se a gastado cosa alguna, por aver rentado el cortijo poco y por aver estado la casa muy alcanzada, por las muchas pérdidas de hazienda que ovo en el tiempo de la guerra, y que pues ya la casa iva tornando en sí e se hiziese el retablo conforme a çierta trasa y condiçiones que mostró al Convento y vino todo el Convento, nemine dempto (sic), que se hiziese así y se diese a Juan de Aragón, pintor, vezino desta çibdad de Granada". "Esto mesmo tornó a proponer en 21 del susodicho mes y tornó el Convento a venir en ello y los firmaron todos los capitulares de sus nombres". - En 7 agosto 1577: "si querían arrendar el Cortijo de Ansula por seis años". Se aprueba: "el qual se arrendó a Castro, vezino de Íllora, y dio muy buenas fianças". Tráxose lecencia del Prior y Deputados del Monasterio de Baça". - En 26 diciembre 1584: "si les parecía dar a renta el Cortijo de Ansula. Vino la mayor parte del Convento en ello, que se diese a cinco labradores, los quales se mancomunaron todos juntos y cada vno de por sí, de pagar al Convento cada año mil y cincuenta fanegas, las seiscientas y sesenta de trigo y las trezientas y noventa de cebada; y que esto fuese por seis años, los quales son Francisco de Guevara, veneficiado del pueblo que se llama la Puente de Pinos, y Alonso Gómez y Bartolomé Suelto y consortes, y que quando quiseren se pueden echar al quarto y tiene de pagar de renta las cosas al quarto, como pareçe por la escritura que se hizo delante de Diego de Lisbona, escrivano público de Granada, y tienen de dar treinta carretadas de paja y cien hanegas de restrogos". - En 30 mayo 1594: Propuso que "por quanto los labradores del Cortijo de Ansula alegavan esterilidad", pero como debían de renta al quarto, se acordó hacerles alguna suelta, y lo que se les soltó fueron 80 fanegas de pan terciado. - En 20 febrero 1596: Si querían arrendar el Cortijo de Ansula por seis años a labradores mancomunados. Darán cada año 1.000 fanegas de pan terciado. - En 20 febrero 1596: propuso al Convento que porque la presa del río de Cubillas que tenemos de por medio con el señor don Pero de Bobadilla está muy peligrosa para acabarse del todo el río llevársela i costruie muy mucho más que ahora con el remiendo que se puede adereçar, con la qual se riega nuestro Cortijo de Ansula; vino el Convento en que se echase enpigones i se rematase en quien menos la hiziese… Se dio a un cantero, vecino de Granada, en ochocientos y cincuenta ducados.Y cabe a cada una de las partes 425 ducados. - En 1 octubre 1596: Que se quite la labor del Cortijo de Ansula, pues hay que hacerlo con moços y sale cada fanega de trigo mucho más cara de la hasta aquí, que pasaba de a dos ducados. - En 14 junio 1597: Por esterilidad se acordó soltar a los labradores de Ansula 260 fanegas de pan terciado, que viene a ser 87 fanegas de cebada y 173 fanegas de trigo. - En 25 abril 1601: Se reparan las casas de Ansula y el Quempe. - En Septiembre 1602: Se prestan 250 fanegas de trigo para sementera a los labradores de Ansula, y 50 fanegas a los labradores del Quempe. - En 4 septiembre 1603: El Cortijo de Ansula tiene 6 suertes. - En 16 mayo 1608: Se arrienda al cuarto el Cortijo de Ansola y los labradores dan, además, medio cahiz de habas, y cada uno dos docenas de melones. El Coscojar. Documentos - En 7 octubre 1568: El Prior "propuso a este convento que por quanto vn cortijo llamado El Coscojar del Sr. Duque de Sesa, se quería rematar en Almoneda en precio muy más vaxo de lo que vale, por la necesidad quel Sr. Duque de presente tenía; y por relaçión de los amigos de esta casa, y por parecer del dicho nuestro padre, que vió a vista de ojos el dicho cortijo con los procuradores desta casa, por lindar con el cortijo de Ansula y ser la tierra de la mejor que ay en la Vega, el dicho cortijo conuenía mucho al Monasterio por estas raçones y otras muchas. Si les pareçia que esta casa lo comprase, tomando el dinero a çenso para la paga del o vendiendo parte del ganado, lo que fuese neçesario, así de cabras como de ovejas. Y todo el convento, eçepto vn capitular, vino en que se comprase el dicho cortijo, llamado Coscojar, y que para esto se tomase a çenso el dinero que fuese menester, o se vendiese parte del ganado, así cabruno como ovejuno". (Margen): "no se efectuó este tratado". Huerta del Pago del Nublo. Documentos - En 29 agosto 1574: "Se hizo y otorgó la escritura de arrendamiento de la Güerta de San Juan, del Pago del Nublo, la qual arrendaron Sebastián de Valera y Hernando Nauarro por tiempo de doze años, que comienzan a correr desde primero de octubre de 74, a preçio cada año, de sesenta ducados y catorze arrobas de frutos: dos arrobas de guindas garrafales y dos de otras, quatro de [blanco]" "Y desde los seis años en adelante a de dar cuarenta pares de palominos cada año…" "… a de dexar la çerca de la güerta bien reparada y el palomar poblado a lo menos con cien pares de palomas para el Conuento y las demás se le paguen a medio real el par". - En 12 junio 1591: "si les pareçía que se diese la huerta que está detrás del Hospital, que llaman de Juan de Dios, a Anthón Clauero, vezino de Granada, por dos vidas, de las mesma manera que la tenía Ana Pérez, biuda, muger que fue de Francisco Fernández". Aprobado. - En 1604: Venta de solares en la Huerta del Hospital de Juan de Dios. Huerta donde se asienta el Monasterio. Documentos - En 17 enero 1592: "si se daría licencia para que Juan Uázquez de Salazar, secretario del Rey, nuestro señor, pasase vn remaniente de agua que está detrás de nuestras tapias de nuestra güerta por vn lado de las eras que llaman de S. Bartolomé, a vna huerta del mismo Juan Uázquez de Salazar, atento que lo auía pedido el mismo secretario a nuestro padre", a condición que la tierra por donde ha de pasar el agua queda por el Monasterio. - En 20 enero 1593: "Por quanto Christoval de Aranda, hortelano desta güerta, junto a casa, auía quebrado por muchas deudas, no podía pagar y no daua fiador, y el que dio al principio del arrendamiento era muerto, i nos devía más de çien ducados i no auía orden ni para pagar ni de qué cobrar, porque no tenía ningunos bienes--", se permite por la justicia que el Convento pueda arrendar la huerta a otro "y dióse por dos vidas…" con las fianzas e hipotecas debidas. Huerta de Xarifa. Documentos - En 25 julio 1574: "Si se haría suelta de doze ducados a Alonso Lechuga, que tenía a renta la Güerta de Xarifa, que pedía esterilidad del año pasado de 73; y más tres ducados del diezmo que pagó, porque la tenía horra de diezmo, quando andaua de pleito, Y vino el Convento en ello". "Este día propuso también se daría a renta esta dicha Güerta Xarifa por seis años, a Bartolomé Vizcayno por preçio de treinta ducados y que pusiese çiertos árboles. Vino el Convento en ello. Comienza desde otubre deste año de 74 hasta el de […] traxose licencia de Baça para ello". - En 20 septiembre 1586: "si les parecía que las Güertas de Xenil, que se llama de Xarifa, i la de junto a casa, que se llama la de los Almezes, i la que ahora tiene Martín Guerra, que convina con el Monesterio, se diesen a censo por vida. Vino el Convento en ello, la maior parte i ubo grande contradición y por vn voto más salió y efectuóse con liçençia de nuestro padre general". - En 6 febrero 1587: "que por quanto el año passado de 86 auía en la Huerta de Xarifa, auía trasquinado y lleuado çierto pedaço casi de vn marjal de Alcacer las avenidas de la açequia, que por este menoscabo se le soltase algo al hortelano. Vino el Convento que le hacía gracia de çinco ducados". - En 16 abril 1625: Se arrienda la Huerta de Jarifa, por vida, en 50 ducados y ocho gallinas cada año. Huerta de los Almezes, junto a la casa. Documentos - En 1555: El Prior propuso al convento "que si les parecía todavía que la Gúerta de los Almeces se devía dar a solares, como en otro auto capitular se auía acordado, y respondió todo el convento, salvo dos frayles, que no se diese, sino que se tornase a cercar la güerta, por muchas razones": - Puertas y ventanas quitaban interioridad al convento. - "vecindad de mugeres a la puerta, que no conuenía y de que podía cada día venir mucho escándalo". - Los que tenían solares eran pobres y no tenían con que labrar. - Que se volviese a cercar. La sacaron a renta y nadie quería arrendarla, porque no tenía árboles, así que hubo que arrendarla por 10 años, para que el hortelano que plantase los árboles pudiese gozar un tiempo de ellos. Se arrendó, al fin, por 80 ducados al año. Desde entonces, la ha tenido a renta el hortelano Francisco Hernández y "la tiene hasta oy, año de 1574, por preçio de çien ducados y algunas adahalas". - En 1 septiembre 1571: El Prior "propuso al Convento, que ya le era notorio commo el señor don Ginés de Carrança, comendador de Santiago y veinticuatro de Granada, en días pasados avía tomado en esta casa vna Capilla para su enterramiento, por precio de seiscientos ducados, y avía establecido en ella vna Capellanía y memoria perpetua de siete misas cada semana, rezadas, y dos misas cantadas en cada vn año, para cuya dotación, y para que siempre ardiese vna lámpara en la dicha Capilla, avía ympuesto veintidós mill y quinientos mrs. de censo perpetuo en cada vn año sobre sus casas principales, con condición que lo pudiese remover e ymponer cada y quando quisisese sobre otras posesiones, buenas, a contento de este Convento, como todo ello se contiene más largamente en las escripturas, que sobre ello se hizieron. Y que ahora el dicho señor don Ginés quería remover el dicho censo de sobre sus casas y comprar a este monasterio el dicho censo de los dichos veinte y dos mill y quinientos mrs. y pagarlo en dineros de contado a razón de dezinueve mill mrs. el millar, que montan mill y ciento y cuarenta ducados de principal; y que este convento señalase vna heredad y posesión sobre la qual se cargasen e ympusiesen estos ventidos mill y quinientos mrs. de censo perpetuo. El Convento confirió por sus tres tratados sobre todo lo que dicho es, y vinieron y se conformaron en que se haga ansí como el dicho señor don Ginés lo pide; y está propuesto, porque hallaron que le estava muy bien a este dicho convento y los dichos mill y ciento y cuarenta ducados nos los pagó de contado, y señalamos la Huerta de los Almezes, que está junto a nuestro Hospital que llaman de Juan de Dios, que es nuestra; sobre lo qual se ympusieron los dichos veintidosmill y quinientos mrs. de censo perpetuo en cada vn año, con condición que esta casa cada y quando que quisiese los pueda remover y quitar de sobre la dicha huerta e ymponer sobre otra posesión y heredad. Y, juntamente con todo lo que dicho es, propuso nuestro padre al convento, commo es hecha cuenta con el dicho señor don Ginés, de lo que restaba deviendo de los seiscientos ducados de la Capilla, pareció que devía doscientos y setenta y cinco ducados, que si el Convento holgava dello, él los quería pagar en esta manera: Que desde quatro día de setiembre de 1571 años, hasta veintidós días de jullio de mill y quinientos y setenta y seis años, que son quatro años y diez meses y medio y tres días, no seamos obligados a decir ni digamos las misas de la dicha Capellanía, sino que en cada vn año destos, se vayan esquitando los veintidosmill y quinientos mrs. que es la renta de la dicha Capellanía y lámpara de cada año. Y que avnque es verdad que la lámpara no avía de arder en estos quatro años y diez meses y medio y tres días, juntamente con no decirse las misas de la Capellanía, que la dicha lámpara no çese de arder, commo hasta aquí, pues ya van abaxados y descontados los mill y quinietos mrs. de su renta hasta veintidós días de jullio de 1576 años. Y desta manera y dentro deste tiempo queda esta casa pagada de los doscientos y setenta y cinco ducados que el dicho señor don Ginés restava de la dicha Capilla. (Margen): "Y es declaración, conforme a la escriptura, que cada y quando que el señor don Ginés o sus herederos dieren e pagaren a esta casa los doscientos y setenta y cinco ducados de la dicha Capilla, o lo que se restare deviendo de ellos, que desde este mismo día se comiencen a decir las misas y sufragios". El Convento, ansimismo, vino en que aceptaba todo esto, commo está propuesto y lo pide el señor don Ginés, y dello se hizo escriptura, juntamente con lo de los mill y ciento y cuarenta ducados, para la Capellanía perpetua, la qual escriptura pasó ante Francisco de Córdova, escribano público de Granada, su fecha en quatro de setiembre de 1571 años, y sacóse la escriptura y está en el arca. Y es de advertir que esta casa queda obligada de emplear estos mill y ciento y cuarenta ducados en renta perpetua, no dentro de cierto tiempo, sino quando pudiere, para que se haga renta perpetua para la dicha Capellanía del dicho señor don Ginés, porque avnque es verdad que sobre nuestra Huerta de los Almezes, commo dicho es, se ympusieron los dichos veintidosmill y quinientos mrs. de censo, a dezinueve mill mrs. el millar, con los mill y ciento y cuarenta ducados de principal, no acrecentó esta casa renta alguna, pues para pagar la dicha Capellanía tomó y toma veintidosmill y quinientos mrs. de renta de la propia Huerta, y ansí quedamos con debda hasta tanto que se compre renta nueva para esta casa, empleando los mill y ciento y cuarenta ducados en ventidos mill y quinientos mrs. de censo perpetuo. Fue todo lo que dicho es aprovado", por el General. Y porque en todo aya claridad, se advierte que destos mill y ciento y cuarenta ducados, que nos dio el señor don Ginés, se tomaron novecientos ducados y se redimió el censo de Alonso Mexía, que era de novecientos ducados, que esta casa le avía tomado a censo a XIIII U el millar, y se le pagó también el corrido de vn año, poco más. Y los demás a cumplimiento a los mill y ciento y cuarenta ducados, los gastó esta casa en cosas necesarias para nuestro sustento". Otras huertas. Documentos - En 28 enero 1511 fue acordado "que demandasen a Fco. Criado la ortezilla que tenía desta casa, por vía de juicio, por el mucho daño que se recreçía del tenerlo (sic). - En 20 enero 1576: "si sería bueno que la Güerta de S. Juan, que al presente está maltratada y falta de árboles, y los que tiene, casi todos están viejos, se quiten los árboles, dexando solamente algunos que ay buenos y que se plante a viña, por la mayor neçesidad que esta casa tiene de vino, más que de güertas". "Y vino la mayor parte del Convento en que se despueble la dicha güerta de los árboles y se plante de viña". Viñas. Documentos - 1559: "Dos hermanas que se llamavan las Beatas de Alarcón, vibiendo entramas de vn acuerdo y conformidad finieron testamento, y entre otras cosas que ordenaron por su testamento, dixeron que hazía la vna a la otra heredera, porque no tenían heredero alguno forzoso y que la que dellas a la postre muriese, diese todo lo que le quedase de su hazienda, pagadas las devdas, a este monasterio de S. Hierónimo, sin dexarle a este convento cargo alguno, y esto por muchas buenas obras que desta dicha casa avían recebido en tiempos de necesidad, de las quales dichas hermanas falleció la postrera, la qual se dezía Ana de Alarcón, la qual, al tiempo de su muerte hizo vn codisçileo en que confirmó lo que por ella y su hermana avía sido ordenado en el dicho testamento, y mandó a este monasterio ciento y veinte ducados que tenía sobre vna casa, en que ella y su hermana avían vivido, que es en la collaçión de Santiyuste, y más quinçe ducados que le mandó por un testamento vn sobrino suyo, que se dezía Martín de Alarcón, y ciertas alhajuelas que tenía al tiempo de su fallecimiento", pese a que la donación la hicieron sin condiciones, el Convento acordó "que se le dixese cada año para siempre vn treyntanario por sus ánimas y de sus difuntos, desde este presente año de 1559 en adelante". - En 1559: "Yten, esta casa tenía vn pedazo de viña en el Pago de San Lázaro desta çibdad de Granada, que ovo de vno que se llamava Juan de Porras, para dotación de vna memoria que se le dize en este monasterio, el qual pedaço de viña este convento dio a çenso perpetuo a vno que se dize Ferna, por preçio de veynte y cinco reales cada año, sin decima ni comiso. Este Ferna tuvo necesidad de disponer desta heredad y pidió a este convento trocase con él este dicho censo y que le daría sobre vna tienda que él tenía en la entrada de la Puerta Elvira, que va al Alacava, que era suya la propiedad, veynte y quatro reales de censo perpetuo cada vn año, con su decima y comiso, y que el real que él dava de menos que bien reconpensado estava, pues él dava su censo con dezimas y lo que el monasterio le dava a él no las tenía". Se aprobó. - En 4 julio 1592: Traspaso de un censo de las memorias del Obispo Quijada a una viña y casa en el Pago de los Montones de la ciudad de Granada, y sobre una heredad de Cuxar. El censo tiene de contía 200 ducados. - En 8 de julio de 1571 hablan en el Capítulo de las viñas de la Aljibe, que tienen en los entornos de la heredad de Cújar. Aguas. Documentos - En 28 enero 1569: El Vicario del Monasterio, "estando el dicho Prior ausente, negociando en Corthe cosas tocantes al dicho monasterio, propuso a este conuento, con licencia del dicho Prior, si les pareçía que se comprase vna anoria, junto a nuestras minas, la qual uendían dos moriscos que la auían minado y sacan della más de vn real de agua, la qual pareçía muy necesaria a nuestra casa, para henchir las fuentes y proveer las ofiçinas y güerta, las quales ofiçinas y güerta tenían de la dicha agua mucha neçesidad. Y todo el conuento, eçepto vn frayle, vino en que se comprase". - En 25 febrero 1569: El Prior "para effetuar la dicha venta del agua propuso a este conuneto (presupuesta la neçesidad del agua que esta casa tiene), si les paresçía que se echasen mill y treçientos ducados, o todos, mill y seisçientos a çenso, que era el preçio de la dicha agua, sobre vna heredad o dos del Monasterio, y todos dixeron que sí, y que se enbiase por licencia a nuestro Reverendísimo Padre General". - En 26 febrero 1569: El Prior: "Si les pareçía que proçediesen los dichos tratados y se effetuase la dicha venta del agua, respondieron que sí, y que este tratado con los demás fuesen tres tratados, y que se enbiase por licencia para la conpra del agua y para tomar a çenso los dichos dineros". - En 8 julio 1571: "Si convenía que esta casa comprase del rey un pedaço del Pago de Hinadama, pues tenía muchas fuentes que se podían juntar con la nuestra no a mucha costa, y ansí se acrecentaría el agua, pues tan necesaria nos era. Y aliende de esto, el dicho pago tenía mucho agua de la Fuente de Alfacar, con la qual podíamos regar nuestro olivar de Cujar y nuestras viñas, las del Aljibe. Y en tiempo de ahijar los ganados, se podían ahijar vna y avn dos manadas de ovejas, porque la tierra es muy propia para ello, por ser sana, temprana y caliente y de mucho pasto. Yten, que si convernía comprar vna buena heredad, o de riego o de secano para que esta casa tuviese suficiente renta de pan, pues el rey lo avía todo de vender, commo cosa suya, y que por revelarse los moriscos del reyno de Granada contra él, le pertenecían y era todo suyo. Todo el Convento vino en que le parecía que era muy vtil y provechoso, y que se comprase por la mejor forma y orden que pudiésemos, no obstante que esta casa al presente estava alcanzada, a causa de lo mucho que avía perdido, por razón de la guerra de los moros, pues se entendía que todo se avría por precios muy moderados". Algunos datos sobre el uso de las dehesas jerónimas. Documentos - En 29 agosto 1574: En el pleito que se trataua con el Conde de Tendilla sobre los Echos y yerua que avía comido su ganado en la Sierra Neuada, los años de 72 y 73, de lo qual pretendíamos que nos devía cuarenta y tres mill mrs., y avnque teníamos dos sentencias en nuestro favor, nos conçertamos con su señoría del Conde que nos pagase luego en paz treinta y tres mil y setecientos y cinquenta mrs. y nos quitásemos de pleitos y de costas. Y vino todo el Conuento en ello (nemine dempto) por quedar con graçia y amistad con el Conde, a 5 de septiembre de 1574". - En 28 octubre 1584: "que avía venido a su notiçia que munchos vaqueros desta ciudad rompían i echavan a perder nuestras dehesas que tenemos en Sierra Nevada y rosavan los montes para las dichas vacas y venía grandísimo perjuizio a las dichas dehesas, si querían que querellásemos de los dichos vaqueros y pidiésemos los daños de las dichas dehesas y siguiésemos el pleito hasta el fin". Se aprueba. - En 20 junio 1585: "que por quanto Lorenço Achiano, mayordomo que fue desta casa, arrendó la Dehesa del Vado a Luis Fernández de Córdoua, por quatro años, no pudiéndolo hazer, y el dicho Luis Fernández, entendido esto, quería dexar la dicha dehesa, porque ogaño los valdíos estavan muy buenos i no tenían neçesidad los ganados de entrar en los Hechos. Vino el Convento en que porque no perdiésemos toda la renta de la dehesa, pues que no avía quien la tomase, ni aún las demás, se pasase con el arrendamiento adelante, aunque era varato y se buscase liçençia de nuestro reuerendísimo para ello, y así se hizo". Dehesas de Invierno. Documentos - En 22 junio 1520: se plantea si se debe mandar el ganado a Vélez o a Dalías. Les pareció mejor mandarlo a Dalías. - En 15 octubre 1584: "que porque sabía cierto que el Campo de Dalías y de toda la hierva, a donde el ganado ovejuno deste Convento se solía herbajar estava muy perdida i no se podía sustentar ni criar ningún cordero, si les pareçía que se arrendase vna güerta de Verja, que es suficiente para ahijar todo el ganado de Casa". Se aprueba. - En 29 agosto 1574: "En Baça truximos pleito con vn Juan Rodríguez Perucho de çierta yerua que comió su ganado en la Dehesa de Vícar de Almería, que nosotros teníamos arrendada, y siendo condenado por el juez que pagase a este Conuento çien reales, enbió a rogar que porque era muy pobre y no tenía de que pagar le soltase algo, y el Convento vino en que se le soltasen los çinquenta reales y pagase lo demás. En principio de agosto de 1574 años". - En 13 enero 1572: "Si convernía que vnos noventa y tanto puercos que Fray Bartolomé de Burgos, granjero, a criado en la Granja de Árboles para provisión de la casa, para el año venidero, los llevasen al término de Vélez Benaudalla, por ser costa de mar y caliente y que tenía mucha comida para los puercos, la qual faltava en esta tierra de Granada, aliende de ser fría y que en ella no se podían sustentar los puercos". Se asintió, pues el granjero, bien informado, dijo "que aquella tierra estava muy buena y segura de moros, y que avía allí muchos ganados y puercos de cristianos y avía su capitán y gente de guerra". - En 8 octubre 1572: "Si les parecía se vendiese nuestro ganado lanar ovejuno, que sería al pie de mill y setecientas cabeças, pues esta casa no lo podía sustentar, por razón de sus muchas debdas y por ahorrar las soldadas y mantenimiento de los pastores, y porque este mismo ganado se devía a vn ginovés: digo, mill setecientos ducados que se avían de pagar en los dos mayos primeros venideros: DCCCL ducados cada mayo, y que para avérselos de pagar se avían de tomar a censo, porque los frutos y renta del ganado no bastavan a lo pagar, que eran menester estos frutos y rentas para la costa y sustento dese mismo ganado, Y, lo otro y principal, porque la Sierra Nevada, donde el ganado se sustenta y no puede pasar sin ella, no está segura de moros. Y este año, a presente, no subió ganado alguno a ella de ervajeros ni se arrendó vn solo Hecho, porque no osaron subir a ella, y ni más ni menos, el Campo de Dalías, donde el ganado va de invierno a parir e ahijarse, está muy peligroso de moros, y el Conde de Tendilla ni otro alguno no se atreven a llevar allá sus ganados. Y vistas y entendidas por el Convento todas estas razones y causas, vinieron todos, ecepto dos, que les parece ser cosa muy acertada que el dicho ganado se venda, como nuestro padre lo tiene propuesto". Compradores que ofrecen por el ganado: Uno da 14 reales por cabeza, y es abonado, vezino y jurado de Granada. Tiene buena hacienda y da tres fiadores en Granada muy abonados, hacendados y ricos. Otro da 14'5 reales por cabeza, pero no tiene abono de hacienda suya y los fiadores, aunque dice que son ricos, no son de Granada, sino de la villa de Purchena. Los letrados consultados disuadieron al Convento de dar el ganado al 2º comprador. El Convento acuerda que se venda el ganado al primer comprador. - En 19 octubre 1586: "que sabía cierto que en el Campo de Dalías, término desta çiudad, a donde cada año se herbajan los ganados, no avía llouido, y estaua muy seco y malo, i si el ganado se llevase allá correría gran peligro. Vino el Convento en que la determinación de ello se remitiese a nuestro padre Prior i a los padres diputados y a otros dos padres que avían sido procuradores i al padre procurador que ahora era, los quales todos determinaron que por esta vez no fuese allá, sino que en el término del Quempe se buscasen lugares abrigados i menos peligrosos y se hiziesen vnos tinados en las parideras, en que cupiesen madres e hijos, para defender al ganado de vna tempestad, y que las vazías fuesen a lo más cercano de la costa". Bienes semovientes. Ganadería. Documentos - En 24 enero 1523: En el capítulo "trataron si sería bien vender algún ganado para comprar trigo, por aver sido mal año, sobre lo qual todos dixeron que les pareçía bien". Que se vendiese algún ganado del que había de ir a la Tierra de Dalías. - En 12 agosto 1510 se acordó "que se vendiesen tres pares de mulas y quedasen quatro, y se traxesen a casa, por el demasiado gasto que se haçía en el molino, estando fuera de casa con ellas". - En 14 julio 1552: El Prior propuso al convento "si sería bien vender las cabras que el Padre fray Hernando de Loxa, que sea en gloria, avía dexado en Árboles". "Se halló que venía daño a la casa de las tener así, por no aver quien entendiese bien aqueste ganado, como por la costa de los pastores, y el mal recaudo que siempre se hallava. Todo el convento vino en que se vendiesen, contando que el preçio dellas se emplease en renta de pan para sustento desta casa, y así se vendió todo el hato redondo, vna con otra a diez reales y medio, que montaron DCLXXXI ducados. Las vacas montaron CCCC XXXV ducados. Empleáronse en çenso abierto y renta a la casa CX ducados o ciento y onze, y esto quedó señalado para que se emplease en pan". (Constituye el hato redondo del Cortijo de Árboles unas 715 cabras) (Ver en 4 julio 1552): (Margen izquierdo): "Estos CCX ducados se han de emplear cada año en trigo. CX de las cabras y vacas y C de las tierras de Santa Fe, que se dieron a renta por parecer de los padres visitadores y de todo el convento. Y para este efecto se aplicó lo que renta el Molino de Cubillas y el del Xenil". - En 3 octubre 1560: "Si se venderían doscientos carneros de nuestro ganado, los quales sobraban. Vino el convento en que se vendiesen cada carnero por quinientos y çinco mrs.". - En 28 marzo 1561: El Prior "dixo que este convento, abrá ocho años, poco más o menos, vendió ciertas cabras a Juan de Nieva, vezino desta çibdad, y después desto dio por fiador a Çabán, mercader, y al licenciado Navarrete, vicario de Dalías, y no teniendo por donde poder cobrar principal no corrido, por aver sacado a los bienes de Juan de Nieva de la obligación y averse alçado el dicho Baçan, no aviendo de quien poder cobrar, sino del licenciado Navarrete, cuya persona, por ser clérigo, es libre, y su beneficio ocupado por cierto rescate que debe, hase tratado con el dicho licenciado que pague lo corrido y el principal del çenso de las dichas cabras. El dize que por descargo de su conciencia dará al convento novecientos ducados, pagando cada año cincuenta ducados en ciertos censos, hasta ser pagados los dichos novecientos ducados, si no falleciere antes, porque en el punto que muriere, son los censos de vn su hermano, y que en otra manera ninguna no podía pagar". El convento acepta que pague los 900 ducados y de lo otro le hacen suelta. Pero la deuda se cobrará a quien proceda, cuando pueda ser. - En 24 febrero 1567: "Si les pareçía se uendiesen dos mill cabeças de ganado, porque eran más de siete mil cabeças las que avía al presente y era gran costa y pesadumbre para la hazienda traer tanto ganado". Se aprueba. - En 15 febrero 1571: El Vicario, ya que el Prior estaba en la Corte "sobre negocios tocantes a esta casa", "propuso y dixo al Convento que el Padre Prior le avía escripto, cómo en Almagro le davan a deziseis reales por cada carnero de los carneros de Villaharta, que se resumiese el Convento, si los quería dar, como fue acordado por la mayor parte del Convento, que no se vendiesen los dichos carneros a los dichos desiseis reales, sino que esta casa los cobrase y enviase por ellos, porque tenía necesidad de carne para su año; y avnque se vendiesen, se avían de emplear los dineros en otros tantos carneros, o en los que alcanzase el dicho dinero; y venido el Prior de Corte, y visto lo que el Convento tenía asentado, enbió por los dichos trescientos carneros a Villaharta, los quales se traxeron y fueron muy buenos". - El 20 junio 1571: "Si les pareçía cosa conveniente comprar dos mill ovejas, que los serviciadores del Puerto de Villaharta nos davan por quatro años, a trueco de los trescientos carneros, que esta casa tiene de juro en cada vn año, en los dichos puertos, tomando ellos los carneros a precio convenible y dándonos las ovejas a vn precio moderado. Todo el Convento vino en que se haga ansí, y que se envíe por licencia a nuestro reverendísimo padre general, por ser la venta por quatro años. La ocasión que el Convento tuvo de querer comprar estas dos mill ovejas fue por avernos llevado los moros más de seis mil cabaças de ganado, ansí en Dalías, commo acá, cerca de Granada, que no nos quedaba ya sino obra de mill cabeças y con estas dos mill ovejas nos començávamos a rehacer del ganado, sin el qual esta casa no se puede sustentar, commo la experiencia lo a mostrado. Es de saber que estando ya a punto de efectuarse esta compra destas ovejas, el Convento se reportó y mudó el consejo, en que por este año no se comprasen, no obstante que no estava muy bien. Y esto por razón que la tierra estava tan sospechosa y mal segura de moros, como nunca, en especial, Sierra Nevada, sin la qual el ganado no podía pasar, commo la experiencia lo avía mostrado, estos tres años de guerra, que no pudiendo subir el ganado a ella se avía muerto acá abaxo mucho dello; y estas ovejas que pretendíamos comprar tenían más necesidad de Sierra, por estar avezadas a las sierras de Cuenca y Molina, de donde ellas venían. Y tanbién por otras razones y causas suficientes, que de nuevo se ofrecieron, y ansí quedó acordado, que para el año venidero de 72, siendo Dios servido y estando la tierra segura, se comprarían las dichas ovejas por el mismo orden a trueco de los dichos carneros". - En 28 junio 1571: "Si cumplía y sería bueno que nuestro ganado subiese a Sierra Nevada, commo siempre subía, antes de la guerra de los moros. Vino todo el Convento en que no subiese, si no fuese con muy buena guarda de gente de guerra y a buen recabdo, por razón que se tenía mucha dubda, si la sierra estaba segura de los moros o no". - En 8 julio 1571: "Si convenía que esta casa comprase del rey un pedaço del Pago de Hinadama, pues tenía muchas fuentes que se podían juntar con la nuestra no a mucha costa, y ansí se acrecentaría el agua, pues tan necesaria nos era. Y aliende de esto, el dicho pago tenía mucho agua de la Fuente de Alfacar, con la qual podíamos regar nuestro olivar de Cujar y nuestras viñas, las del Aljibe. Y en tiempo de ahijar los ganados, se podían ahijar vna y avn dos manadas de ovejas, porque la tierra es muy propia para ello, por ser sana, temprana y caliente y de mucho pasto. Yten, que si convernía comprar vna buena heredad, o de riego o de secano para que esta casa tuviese suficiente renta de pan, pues el rey lo avía todo de vender, commo cosa suya, y que por revelarse los moriscos del reyno de Granada contra él, le pertenecían y era todo suyo. Todo el Convento vino en que le parecía que era muy vtil y provechoso, y que se comprase por la mejor forma y orden que pudiésemos, no obstante que esta casa al presente estava alcanzada, a causa de lo mucho que avía perdido, por razón de la guerra de los moros, pues se entendía que todo se avría por precios muy moderados". - En 3 enero 1572: "Si convernía que vnos noventa y tanto puercos que Fray Bartolomé de Burgos, granjero, a criado en la Granja de Árboles para provisión de la casa, para el año venidero, los llevasen al término de Vélez Benaudalla, por ser costa de mar y caliente y que tenía mucha comida para los puercos, la qual faltava en esta tierra de Granada, aliende de ser fría y que en ella no se podían sustentar los puercos". Se asintió, pues el granjero, bien informado, dijo "que aquella tierra estava muy buena y segura de moros, y que avía allí muchos ganados y puercos de cristianos y avía su capitán y gente de guerra". - En 8 octubre 1572: "Si les parecía se vendiese nuestro ganado lanar ovejuno, que sería al pie de mill y setecientas cabeças, pues esta casa no lo podía sustentar, por razón de sus muchas debdas y por ahorrar las soldadas y mantenimiento de los pastores, y porque este mismo ganado se devía a vn ginovés: digo, mill setecientos ducados que se avían de pagar en los dos mayos primeros venideros: DCCCL ducados cada mayo, y que para avérselos de pagar se avían de tomar a censo, porque los frutos y renta del ganado no bastavan a lo pagar, que eran menester estos frutos y rentas para la costa y sustento dese mismo ganado, Y, lo otro y principal, porque la Sierra Nevada, donde el ganado se sustenta y no puede pasar sin ella, no está segura de moros. Y este año, a presente, no subió ganado alguno a ella de ervajeros ni se arrendó vn solo Hecho, porque no osaron subir a ella, y ni más ni menos, el Campo de Dalías, donde el ganado va de invierno a parir e ahijarse, está muy peligroso de moros, y el Conde de Tendilla ni otro alguno no se atreven a llevar allá sus ganados. Y vistas y entendidas por el Convento todas estas razones y causas, vinieron todos, ecepto dos, que les parece ser cosa muy acertada que el dicho ganado se venda, como nuestro padre lo tiene propuesto". Compradores que ofrecen por el ganado: Uno da 14 reales por cabeza, y es abonado, vezino y jurado de Granada. Tiene buena hacienda y da tres fiadores en Granada muy abonados, hacendados y ricos. Otro da 14'5 reales por cabeza, pero no tiene abono de hacienda suya y los fiadores, aunque dice que son ricos, no son de Granada, sino de la villa de Purchena. Los letrados consultados disuadieron al Convento de dar el ganado al 2º comprador. El Convento acuerda que se venda el ganado al primer comprador. - En 19 junio 1574: "si se comprarían dos mil ovejas de Gonzalo Muñoz, vezino de Carauaca, porque con el ganado, poco a poco, se reparase esta casa y, adelante, con el fruto del se fuesen quitando los censos, porque no parecía otro medio para quitarse los censos". Se aprobó. "Yten, se propuso y vino todo el Convento en ello, que se vendiesen la mitad de las cabras que teníamos en el Cortijo de Árboles, para que con el preçio dellas se hiziese la primera paga de las dichas dos mil ovejas". (Margen) "Se vendan quinientas cabras". "Compráronse estas dos mil ovejas a doze reales y medio, con cuarenta moruecos y doze perros, y quatro mansos, todo a vn precio, y quatro borricas con quatro crías, a siete ducados, madre e hijo. Entraron en la Sierra a 20 días de jullio". "Compráronse, allende desto, doscientos corderos a nueve reales, allá en Güesca". "Vendiéronse en 29 agosto solamente trezientas cabras que estauan paridas, cada vna con su cabrito, a 19 reales, la mitad luego, y la mitad despues. Vendiéronse cien chotos a doze reales y çien chotas a diez reales, y çien puercos, CCC ducados". - En 21 diciembre 1583: "propuso el Convento que auía munchos carneros sobrados y que para este año hasta Carnes Tolendas y para el año venidero avía carne suficiente de carneros aniejos para el Convento, si les parecía que se vendiesen quatrocientos carneros para pagar deudas y los çensos corridos, que se devían más de noventa mil maravedís de corridos y no avía de que pagarse. Vino el convento que por quanto no sabían a como valía la carne, ni a que preçio andava, que el padre procurador se informase de los preçios y que lo remitían a nuestro padre y a los padres diputados para que ellos viesen quando era mejor que se vendiesen". - En 14 marzo 1584: "si les pareçía que se vendiesen dos mil y çien cabeças de ganado ovejuno para quitar los çensos que esta casa tenía, que eran munchos y estava muy agravada con ellos y otras deudas. Vino el Convento con ello, porque el ganado era ahora y avía más de siete mil cabeças y era mucha costa y pesadumbre y nos ahorrávamos de mucha costa; con este aditamento, que sea lo que se vendiere y cobrare del dicho ganado para redimir los dichos censos y que no se emplee en otra cosa ni gasto". - En 14 marzo 1584: "que porque avía munchas cabras viejas y obruciegas, que se vendiesen algunas. Vino el Convento en que se vendan hasta setenta u ochenta, con este aditamento, que queden algunas para que coma la gente en la granja". - En 9 mayo 1585: "si les pareçía que se vendiese mil quatroçientas cabeças de ganado ovejuno, las mil y çiento de mayor y las trecientas de cría de corderos machos, pues avía licencia de nuestro reverendísimo para dos mil i dozientas, las ovejas a onze reales y medio y los corderos a onze, fiadas por tres agostos. Vino el Convento en ello, nemine discrepante, con que apoticasen a la deuda su hacienda toda i el ganado y se obliguen, ni más ni menos, las mugeres". (Margen): "Vacat" y texto tachado. - En 30 mayo 1585: "por la liçençia que ai de nuestro padre el general para que se vendan dos mil dozientas cabeças de ganado ovejuno y está ya días a Capítulo i que vino el Convento en ello, nemine discrepante; propuso al Convento que se auía convenido con vn don Pero de Rojas, vezino de Luçena, i doña María Ramírez, su mujer, y vn Pedro Ximénes Jaimes, y doña Ynés de Quintana, su muger, vezinos de Lora, para vendelles a cada vno mil cabeças del dicho ganado ouejuno, que son por todos dos mil, entrando en ello la quarta parte de cría, a precio cada cabeça de doze reales, fiadas las de don Pero de Rojas por tres San Juanes, y las de Pero Ximenes, por tres Nuestras Señoras de Agosto. Vino el Convento en ello, nemine discrepante,…; apotecaron a ello sus bienes y hazienda y el mesmo ganado". - En 3 noviembre 1592: "si querían vender las lanas". Acepta el Convento "atento que no avía ninguna demanda de ellas i los ginoveses no las querían, si no era por precios muy baxos", "se vendiesen a catorce reales el arroba, con todos sus agninos, contando los agninos tres arrobas por dos de mayor, y el dinero tiene de ser al contado". - En 1 enero 1593: Propone el Convento que las reses de vacas, que este Convento tenía, que eran hasta quarenta y cinco o cincuenta… eran más costosas que provechosas y que convenía que se vendiesen y se emplease en otra cosa que fuese más provechosa; para ello se tenía licencia del Padre General. Accedió el Convento a la venta y que los 400 ducados que costaban la casa de Santa Ana quedasen empleados para este efecto. Así que cuando se vendan las vacas se tomen de su venta los 400 ducados. - En 6 diciembre 1593: Si querían vender los trezientos carneros que tenemos de juro de los Reyes Católicos en los Puertos de Villaharta. Accedió el Convento a que se vendiesen, por tres años, a un arrendador de los puertos, a dieziseis reales y quartillo cada uno. - En 6 marzo 1595: Propone el Convento que porque avía mucho ganado cabrío, si les parecía que se vendiese algún ganado cabrío. Acordó el Convento vender cien cabras con sus crías a veinte reales cada cabeza. - En 15 marzo 1596: Se venden sus lanas a 12 reales la arroba. - En 7 abril 1597: Propuso al convento que porque avía muncho ganado ovejuno y no cabía ya en el Campo de Dalías, si se vendía parte del ganado. Se acordó vender 1.500 cabezas con las condiciones ordinarias de mil del mayor y quinientas de cría. -En 27 junio 1597: Licencia para vender las 1.500 ovejas (de abril): se acuerda vender 500 de las más viejas para pagar algunas deudas y sustentar a la casa. Bienes en especie. Documentos - 600 fa. de trigo y 400 de cebada en Tercias de Arzobispado de Granada (Fundación). - 200 fa. de sal en las salinas de la Malahá (Fundación). - El 20 junio 1571: "Si les pareçía cosa conveniente comprar dos mill ovejas, que los serviciadores del Puerto de Villaharta nos davan por quatro años, a trueco de los trescientos carneros, que esta casa tiene de juro en cada vn año, en los dichos puertos, tomando ellos los carneros a precio convenible y dándonos las ovejas a vn precio moderado. Todo el Convento vino en que se haga ansí, y que se envíe por licencia a nuestro reverendísimo padre general, por ser la venta por quatro años. Esclavos. Documentos - 18 enero 1572: El Prior "propuso al Convento que Luis Rexano, su cuñado, traya pleito con esta casa sobre cierta esclava, que era de vn Velasco, morisco, en la qual se le avía hecho ejecución a pedimiento desta casa, de ciertos corridos de censo que el Velasco devía a este Monasterio. La qual dicha esclava se vendió en almoneda para ser pagada esta casa". "Y según pareció no era la esclava del Velasco, sino de vn yerno. Y ansí la ejecución y venta que Della se hizo fue en sí ninguna". "Y el Rejano perdió la esclava, la qual avía comprado en el almoneda vn yerno suyo, y por su muerte la heredó. El Rexano pedía a esta casa que le hiziesen buena la venta de la esclava, y sobre esto era el pleito". "En conclusión, el Rejano pidió que él no quería pleito, sino que de consentimiento de partes se comprometiese este negocio a dos letrados, vno de la vna parte, y otro de la otra. Y que si éstos no se concertasen, fuese nombrado por ambas partes vn tercero que determinase. Que viese el Convento lo que sobre esto quería hazer. Fue acordado por todos que se haga el dicho compromiso de la manera que está dicho y que se esté y pase por lo que los letrados determinen". Bienes de dotación de monjes. Documentos - En 22 septiembre 1510 se acuerda que se renuncie al "derecho que tenía esta casa a la donaçión que fray Juan de Ávila auía hecho de sus bienes al tiempo que tomó el hábito". - El 27 abril 1515, el Prior, con licencia del General y con consentimiento del Capítulo "hizo gracia y limosna al Padre Fray Juan de Vaena, de la parte de la herençia de su madre, que pertenencía a este Monasterio". - En 3 agosto 1515, el Prior, con licencia… "hizo gracia y limosna a Fray Luis de Astorga de vna casa, la qual pertençía a este Monasterio por razón de la herençia que al dicho fray Luis venía por muerte de su padre, y hecha la limosna y donaçión de la dicha casa, el dicho fray Luys rogó a nuestro Padre Prior y Capitulares, que tornasen a tomar la casa y que por ella dixessen vna missa y vna vigilia por sus padres, cada año, perpetuamente, lo qual todo el fue conçedido y otorgado…". - En 19 noviembre 1518, en capítulo, "el padre fray Juan de Ávila propuso y dixo, que por quanto antes que hiziese profesión, haziendo su testamento, dexó parte de sus bienes para reparos de vna capilla que mandó hazer, e agora está hecha en el çimenterio del Real, cerca de Sta. Catalina, que es en término de Santa Fe, y para ciertas misas que en ella y en la dicha villa se han de decir, la qual hazienda fue vnas casas y vnas viñas en la dicha villa y en su término; y, asimismo, dexó a esta casa vna buena haça en el dicho Real, que enjuntó a la dicha capilla, y dexó por ejecutor del dicho su testamento al padre prior que era y fue de esta casa, y para que zele y visite la dicha capilla, y que se digan las dichas misas, y que las posesiones estén bien reparadas y labradas…". El dicho cementerio es del Hospital Real, que sus Altezas tuvieron sobre Granada. - En 8 marzo 1552: El padre fray Pedro de Cuenca, "nuestro hermano, quando vino a ser frayle e hizo testamento, dexó vna memoria de vna missa cada semana, que se dixese por el ánima de su madre difunta, y para esto dexó dos mill mrs. que se diesen perpetuamente, cada año, en limosna". Los "dos mill mrs. de la limosna" suponían "cincuenta mill mrs. con que se pudiesen comprar". El convento recibió los 50.000 mrs., pues los dos mil mrs. no estaban en posesiones bien paradas, y se encargó en emplearlos para que rentasen para una misa perpetua cada semana. - En 6 junio 1561: Que el convento de licencia para que 35.534 mrs. de manda que hace a un profeso su padre, puedan ir a un sobrino del profeso, pero que no se puedan enajenar y si faltase alguna vez heredero, que vayan al convento. Se acuerda hacer una memoria por los padres del dicho profeso. - En 30 junio 1577: "si querían hazer donación al padre frai Juan de Plasençia de lo que le cabía de su herençia para su hermano el estudiante". Que se le diese. Los diezmos. Documentos - En 11 marzo 1572: Concordia con el Arzobispo y canónigos sobre diezmos (Impreso). - Un resumen del amplio documento es el que sigue: El Real Monasterio, fundado por los Reyes Católicos, procura evitar litigios con el arzobispo y cabildo en materia de Diezmos, lo que le aconseja realizar una Concordia con ellos. El monasterio busca: no treguas, sino paces, no transacción temporal y condicionada, sino absoluta y perpetua. El convento de Granada, "entre otras possesiones de menor inspección, tiene dos cortijos de tierras de labor y pan llevar; vno en la Vega de esta ciudad, llamado de Ansola, y otro llamado Ficullar, término del Temple (que en las escrituras antiguas fue llamado Quempe)". "En orden a cultivar estos cortijos ha tomado dicho Monasterio varias determinaciones, labrándolos a sus propias expensas en vnos tiempos; y en otros, por colonos o arrendatarios. Ha sido consiguiente a esta variedad la del pagar o no pagar Diezmos, porque quando se han labrado a expensas propias del Monasterio, éste no ha pagado, conservando en esta parte sus apostólicos privilegios; y aunque éstos hablan también con formal expressa extensión de exempción a la hypotesy de colonos, sin embargo, quando se han labrado por éstos, dichos cortijos, los ilustrísimos interessados han tirado por entero los Diezmos. De modo que en estas tierras no parece aya avido medio; porque o labrándolas por sí mismo el Monasterio ha estado exempto en vn todo; o cultivadas por arrendatarios se han tirado de contrario los Diezmos todos: especie que se suplica tenga presente V. Illma, porque adelante en más propio lugar tendrá su nueva recomendación". "2. Es, assimismo, cierto y supuesto necessario, que por el año passado de 1712 determinó el capítulo de dicho Real Monasterio labrar a sus expensas dichos cortijos, que por entonces estaban arrendados a colonos parciarios; como en efecto lo hizo, poniendo para este efecto en cada vno vn religioso, que lo huviesse de administrar, tuviesse cargo y quenta de la labor, como vltra de ser hecho notorio, evidencian los actos capìtulares de dicho Real Monasterio". "Estuvo el Monasterio recogiendo sus frutos y gozando de lleno de su essempción de Diezmos. Por los años de 22, en que seguía labrando en la misma forma, se le puso por el procurador de las iglesias la demanda sobre los Diezmos del Cortijo de Ansola; dexando en silencio el otro dicho Cortijo del Temple; que por ser notoriamente de dotación, se reconoció de contrario las intergiversables essempciones que gozan tales bienes dotales". Para evitar litigios futuros, el Monasterio, el año pasado de 30, hace convenio con el Arzobispo, nombrándose comisarios por ambas partes. Presentados los privilegios por el Monasterio, se llegó al acuerdo. Pero enterado de que el cabildo pretendía considerar la "transacción limitada ad tempus", se ve precisado a que se concrete este punto. "3. "… el Monasterio possee otras tierras en el término de la ciudad de Santa Fe, en la dicha Vega, las que son de su dotación de los dichos Reyes Católicos; y, sin embargo, teniéndolas labrando por colonos, percibe V. Illma. por entero los Diezmos, sucediendo lo mismo con quatro o cinco Huertas de la misma qualidad de dotación, que contribuyen en esta forma, cuya essempción innegable tiene V. Illma. muy presente, como hemos dicho la tuvo en el Cortijo de el Temple, para no demandar Diezmos de sus frutos. La que, entre otras, es no leve prueba del grande desinteresse del Monasterio, y quan poco ha cuydado de los suyos propios, aunque dissimulando sus privilegios, por conservar la paz con V. Illma. y escusar los litigios con quien tanto venera". Ello también es susceptible de concordia, como V. Illma. ha hecho con "las venerables, sagradas religiones de la Cartuxa y La Compañía". Se pretende una transacción de absoluta perpetuidad: el Monasterio suplicó tal acuerdo perpetuo y que la lid no quede pendiente en Roma, ni en ningún otro lugar. Y esto no son paces, sino treguas, o dejar las armas en suspenso, para tomarlas después. Y la transacción perpetua debe afectar no sólo a los litigios movidos, sino a los por mover. 12. Hubo una concordia sobre Diezmos entre los ilustrísimos señores deán y cabildo de la Santa Iglesia de Santo Domingo de la Calzada y el Monasterio de Nuestra Señora de la Estrella de la Orden de San Jerónimo de la Congregación de España, en el territorio de Villalovar. Los canónigos pretendieron romperla, pero la Sacra Rota se opuso. 15. Tras aportar numerosas razones legales y bíblicas para que la concordia sea perpetua y no temporal, el Monasterio aduce la necesidad de esos dineros decimales para atender a los pobres: "tendrán V. Illma. y el Monasterio más ocasión de dar limosna a pobres, a quienes precissamente les quitamos lo que expendemos en estos litigios; y quienes, por consiguiente, en nuestra paz son interessados, porque no se expenda en oficiales de Curias, lo que mejor distribuido es vn christiano fondo de sus limosnas; y aunque aquí no hablan, señor, dizen mucho en su oculto memorial; alegando en su defensa aquello en que prosigue el Barbosa: Vberior est questus pauperum". 16. El Monasterio se halla con privilegios para eximirse de Diezmos, aún cuando labre dichos dos cortijos por arrendatarios. Pero ante la duda, se impone la transacción. Frente a lo que dice el Arzobispo "tener pendiente en la Corte de Roma, con las demás Iglesias de España, para que su Santidad, en la sugeta materia dezimal reduzca a las religiones al Derecho Común", el Monasterio accede a que la transacción se atenga a lo que determine Roma. Los privilegios de S. Jerónimo de Granada son los mismos que lo que tenía el Monasterio de la Estrella en su pleito contra la Iglesia de Sto. Domingo de la Calzada y la Rota sentenció a favor de aquel Monasterio. Otra razón del Monasterio para eximirse es "la notoria comunicación de privilegios, que tiene con las demás religiones; lo que en sentir de muchos se extiende a la exempción de pagar Diezmos… donde mueven la duda". (¿Este sería el privilegio de comunicación?). 21: "Pero no necesita esta Religión de privilegios extraños, teniéndolos tan propios y tan notorios, como pondera N. Garcia dict. punt. 4. num 2. ibi.: Y nuestra Religión sola tiene diez y ocho, como se puede ver en el compendio de nuestros privilegios, vocb. Decimarum exemptio. Y particularmente ay quatro muy anchos: el vno de Martino V. el otro de Paulo III. y el otro de Gregorio XIV. y otro de Innocencio IX. a S. Lorenzo el Real, a pedimiento del Sereníssimo Rey Don Phelipe el II. en los quales concede todo quanto se puede conceder en esta materia. Y porque la qualidad del doméstico no pueda minorar la fe de la notoria verdad, que testifica este author, puédese ver lo mismo en el P. Manuel Rodríguez dict. art. 4 ibi: Advertendum pro D. Hieronymi Monachis in his regnis Hispaniarum, quod Martinus V. pontificatus sui anno septimo, duodecimo kalendas junii, etc. Y refiere las cláusulas del privilegio concedido por dicho Pontífice a la Santa y Real Casa de Guadalupe: Quod de caetero de quibuscumque bonis movilibus, et inmovilibus, possessionibus, et praediis, quae in praesentiarum possidetis, et in futurum, praestante Deo, iustis titulis poteritis adipisci; etiansi ea ab aliis conducatis, dummodo tamen illa vestris manibus, seu sumptibus excolatis; seu pro sustentatione vestra excoli faciatis, necnon de pratis, herbis, et pascuis et nutrimentis animalium et pecorum vestrorum, ac pastorum eorundem, decimas quibusvis ecclesiis, locis, seu personis, solvere minime teneatis, neque ad id a quocumque compelli, aut coarctari; sed huiusmodi decimas, quas a pastoribus animalium, et pecorum praedictorum hactenus percipere, petere, et habere, illaque in vestros, et eiusdem Monasterii vsus, et vyilitatem convertere, sicut prius (en virtud del Privilegio de Gregorio XI) libere, licite valeatis, aucthoritate apostolica harum serie concedimus, districtius inhibentes dilectis filiis, etc. Et ponuntur omnes clausulae, et derogationes oportunae, et necessariae. Y prosigue mencionando otros privilegios, que no refiere, porque dize, y con razón, que todos se comprehenden, y con más exuberantes cláusulas, en el concedido al Escorial…". 22. "Ni obsta el considerar, que dichos privilegios fueron concedidos a ciertos particulares Monasterios, como al Escorial, Guadalupe, y otros; y por consiguiente no pueden sufragar a este dicho Real Monasterio, para convencer su intención. Porque esta réplica está ya satisfecha con la doctrina del citado Rodríguez dict. art. 4. donde en términos la mueve, ibi: sed dices, hoc, et alia privilegia tantum esse concessa Monasteriis particularibus; non autem toti ordini; y habla de la nuestra. Satisface al instante en la siguiente forma: Huic obiectioni respondeo, quod post praedicta indulta, a sede apostolica emanata, fuit concessum a Pio IV et Pio V. e a Sixto V. pontificatus sui anno quinto, qui fecerunt extensionem privilegiorum vnius Monasterii ad singula dicti Ordinis Monasteria, tan virorum, quam mulierum, quibus in specie concessa non sunt, et in quibus aliae causae concessionum, et indultorum praedictorum alias, quam vt praefertur, suberant, prout late in primo tomo diximus". Todo ello se contiene con claridad en el Privilegio de Clemente VIII concedido a toda la religión de San Jerónimo de España (P. Manuel Rodríguez, Bullar. 19). Privilegio de Clemente VIII concedido a la Religión de S. Jerónimo de España: 23. A Felipe III "… quem erga Ordinem S. Hieronymi, sub regula S. Augustini Regnorum Hispaniarum gerit devotionis affectu, tan suo, quam dilectorum filiorum Generalis Moderatoris, ac Priorum, Monachorum et fratrum eiusdem ordinis nominibus, nobis nuper exponi fecit, quod cum diversi Romani Pontifices; et praecipue Gregorius XI. Benedictus XIII. Eugenius IV. Martinus V. Sixtus etiam IV. Pius II. Paulus III, Pius similiter IV. et Sixtus etiam V. et Gregorius XIV. Innocentiusque IX, praedecessores nostri, pleraque privilegia, praerrogativas, inmunitates, exemptiones, libertates, conservatorias et alias facultates, gratias atque indulta spiritualia et temporalia, tam universo ordini huiusmodi, quan eius Monasterii, domibus, ecclesiis, locis, conventibus, monachis, fratribus monialibus, religiosis, et personis concesserint, iidemque, seu alii romani pontifices, etiam praedecessores nostri, illa omnia confirmaverint, et innovaverint, ac ad singula ipsius ordinis monasteria extenderint ; excomunicationis quoque, et aliis poenis adversus illorum violatores comminatis, et inflictis, prout in literis apostolicis, desuper confectis, plenius continetur». 24. El privilegio anterior es dado a instancia del Rey de España. No es un privilegio concedido a un manasterio solo; sino a la religión y a todos sus monasterios. Se concedió para que los monasterios atendiesen el culto divino y ayudasen a prelados y párrocos en confesiones, púlpitos. 25. Se dice que cuando los monjes eran legos pagaban diezmos a cambio de recibir los sacramentos de sus párrocos, como hacían los legos laicos. Pero en el momento son sacerdotes y se administran también ellos los sacramentos, etc. 27. Gregorio XIV concedió el privilegio a S. Lorenzo del Escorial, en 1591; los privilegios de Clemente VIII son de 1601. 32. Según los distintos privilegios otorgados, los Jerónimos de Granada están convencidos de que su monasterio goza el mismo privilegio que el Escorial. 33. Clemente VIII (1601) lo que hace es extender a toda la Orden el Privilegio de Gregorio XIV (1591) a San Lorenzo del Escorial. 34. El Privilegio del Monasterio del Escorial le exime del pago de Diezmo de todas sus haciendas que tienen o tendrán, ya las labren a sus expensas, ya por arrendatarios. 38. Los Diezmos son de derecho divino y natural en cuanto a sustentación congrua de los que administran los bienes espirituales, pero cuando se exceden de esa sustentación congrua, ya son de Derecho Positivo Canónico. 39. Y en ello radica la facultad suprema de su Santidad para eximir de pagar Diezmos, no sólo a religiosos, sino a algunos seglares. 62. El Papa tuvo intención de conceder el privilegio de exención de Diezmos a Casas de Fundación Real y, por tanto, en línea con la benevolencia "con que siempre ha mirado a estos monarcas, aquella silla apostólica, y más en la consideración de constarle a su Santidad y ser notorio la gran dignación, y favor singular, con que aquel monarca y sus gloriosos progenitores se sirvieron mirar a esta religión, siendo quasi todas sus casas fundaciones reales, y dotando los monasterios de sus reales patrimonios, como hicieron con éste los Católicos Reyes. Estava entonces reciente la memoria del Señor Philippo Segundo, ni ignoraba su Santidad, con quanta magnificencia la generosa piedad de este cathólico rey fundó aquella Real casa del Escorial, para la que pidió el dicho privilegio de exempción, a cuya confirmación concurrió también la Santidad del mismo Clemente VIII, a el principio de el Reynado del Señor Philippo III…". 64. Habla de que los privilegios de exención se hacen "a religiosos, que por su especial estatuto, clausura y dedicación al culto divino (por los Sumos Pontífices aprobado), no mendican, ni pueden, su necessario sustento; se haze consiguiente innegable, que dicha cláusula se debe entender en todo el lleno de su comprehensión a aquellos privilegios de los Papas que nombra, aunque éstos necessiten de mençión específica…". 88. "… la religión de San Gerónimo de España, desde el dicho privilegio de Clemente VIII, no ha fundado nuevo monasterio alguno, como es caso notorio…" 90. "Fue, como ya diximos, fundado este monasterio por los Cathólicos Reyes don Fernando y Doña Isabel, en el año del Señor de 1492, el mismo en que a dos de enero entraron las victoriosas armas de estos príncipes, y con ellas la Santa Fe Cathólica triumphantes en Granada, y en el que procuraron assimismo la fundación, y erección de esta Santa Metropolitana Iglesia". "Hasta aquí es historia clara de que trata el Pedraza 3. part. a cap. 47 et sequentibus". "Los motivos de esta fundación real, que primero fue en la ciudad de Santa Fe, y después de allí a poco se transfirió a este presente sitio, fueron el principal, mirar el mayor culto divino, y en acción de gracias a Dios por tan singular triumpho contra el bárbaro, fundaron vn monasterio de San Gerónymo, a cuya religión tenían tan piadosa afección estos Cathólicos Príncipes, que atribuían gran parte de la conquista a las oraciones de sus monges; como consta de la Real Carta, que se sirvió escrivir la Cathólica Reyna el mismo día de la Toma al Prior, que entonces era, de Guadalupe, en la forma y tenor siguiente": "Al Venerable Prior de Guadalupe, de mi Consejo. Ya sabéis, como os fize muchas vezes saber la entrada del Rey, mi señor, a conquistar el Reyno de Granada, para que rogássedes a N. Señor le diesse victoria de aquellos sus enemigos, y de nuestra Santa Fe Cathólica". "Ahora os fago saber, como ya, bendito Nuestro Señor, le plugo de dar al Rey, mi señor, esta victoria, que oy dos días del mes de enero se nos entregó la ciudad de Granada, con todas sus fuerzas, y de su tierra". "Lo qual os escrivo solamente, para que fagáis gracias a Nuestro Señor, que tuvo por bien de vos oir, y dar en esto el fin desseado". "De al ciudad de Granada, a dos de enero de mil y quatrocientos y noventa y dos". "Yo, la Reyna". "Donde es de ponderar, que en el mismo día de triumpho tan plausible, función tan solemne, ni el triumpho, ni el plazer, ni besamanos, parabienes, y otras indispensables ocupaciones, que se traen semejantes celebridades, pudieron retardar la Cathólica solicitud, para que sin dilación avisasse a los monges, a cuyas oraciones confessaba deber estas felicidades: y aquí viene, señor, lo que dezíamos de Moysés, en cuyo exemplo sabemos, que no pelean menos las oraciones devotas que las valerosas espadas". 91. "A este motivo se llegaron otros; porque el día de Santa Cathalina, veinte y cinco de noviembre, del año de noventa y vno, fue quando se firmaron las Capitulaciones de la entrega de Granada por dichos señores Reyes Cathólicos en el Real de Santa Fe, sobre el que habla el Pedraza, dict. cap. 47. en esta forma: "Duró la conferencia, y tratos hasta veinte y cinco de noviembre, día de Santa Cathalina Martyr, que se firmaron las Capitulaciones en el Real de Santa Fe por los Reyes Cathólicos; y la religiosísima reyna, que nunca se olvidó de dar gracias a Nuestro Señor, fundó en Santa Fe, en memoria de este día vna iglesia a Santa Cathalina, y dotó su fiesta, encargando el cuydado de ella, y de la renta a la Orden de San Gerónimo, y convento que allí fundó, después se trasladó a Granada. Quedóse la iglesia allí, y el cuydado de ella al Prior de San Gerónimo de Granada, etc.". "Y juntamente la acción de gracias a Dios, por aver librado a los dichos reyes de aquel incendio, que huvo en sus reales la noche del dicho día veinte y cinco, de que trata el Pedraza dict. 3. part. cap. 42. y después al cap. 56. ibi: "Dixe, como la reyna fundó en Santa Fe el Convento de Frayles Gerónimos con título de Santa Cathalina la Martyr, en gracias del buen sucesso, que tuvo aquí el incendio de la Tienda Real, y se fundó en el mismo sitio". "Quan ningún influxo tuvo la Religión en la fundación dicha, se evidencia de la resolución del Capítulo General celebrado en el mismo año de quinientos y noventa y dos, la dominica tercera post Pascha, donde dixo la Orden: Recibimos el Monasterio de Santa Cathalina de Granada a ruego de los señores reyes Don Fernando y reyna Doña Isabel, y para su fundación constituymos en Prior, etc., como del Libro de Actas Capitulares de esta Casa consta, y refiere el Pedraza dict. 3. p. cap. 56.". 92. "De cuyo cierto hecho se evidencia lo primero, que este Real Monasterio no fue fundado por la Religión; ni, por consiguiente, ésta compró tierras para su dotación, y fundación, fue sí ex motu proprio y afección religiosa de los dichos Cathólicos Monarcas, que lo dotaron con sus propias tierras, que acababan de conquistar, y con rentas de su Real Patrimonio, y assí fundado, y dotado por estos príncipes, movidos de los referidos motivos, a sus ruegos lo admitieron los religiosos, que el desinteresado zelo destos más cuydaba de que se conservasse la observancia en los hasta allí fundados, que en que se erigiesen otros. Lo segundo se deduce, que las tierras, que dieron sus Magestades en dotación a esta dicha su Real Casa, nunca pagaron diezmos a V. Illma. siendo, como queda evidenciado, coeva esta Fundación con la erección de la Cathedral, y coeva también sus donaciones de la mano del mismo Rey. Lo que solamente bastaba para su total exempción; assí por la costumbre, como por derecho antiguo, como bien observó nuestro García dict. punt. 4. num. 8. ibi: "Lo tercero, y principal: porque todas las Religiones casi tienen privilegios para esto, y si no obrassen en este caso, fueran de ningún provecho; porque de lo que no pagaban antiquitus, no tenían necessidad de privilegio; porque la costumbre, y derecho antiguo les exime": y es vulgar. Demás, que siendo bienes de dotación, estavan y están exemptos novo titulo por esta qualidad, dict. cap. Nuper de decimis, ibi: Nisi forte pro Monasteriis noviter fundatis, vbi expresse gloss. Verbo Noviter, L. 4- tit. 20. part. I Gutierrez dict. cons. 5. num. 20.. infra adducendus. Vltra de que las dezimas de lo nuevo conquistado eran de dichos Cathólicos Reyes fundadores, en virtud de los Apostólicos Privilegios, de que hizimos mención supra num. 61. Los que dotaron esta dicha Real Casa con estas dichas tierras tan libres de estas cargas, que antes sus Magestades de las otras Tercias, que se reservaron, dexaron para congrua sustentación de los Monges 600. fanegas de trigo, y 400. de zevada, las que hasta oy se cobran, como es notorio. 93. "De donde se concluye lo tercero, que caso que la congrua de V. Illma, y clero huviera decrecido, no huviera dado causa este Real Monasterio, pues se tuvo desde el principio los predios, y rentas que le dio el Rey en su dicha coeva fundación, sin pensión que pusiesse el Monarca, como dueño, que de los diezmos era. En cuya vista, esta representación, que fuera la más fuerte para Roma, fundada en el decremento de dicha congrua, se convenciera del todo ineficaz respective a esta Real Casa, que, data hipotesi, se viera precissada, a representar humildemente a su Santidad, como no la comprehende esta razón. Y si se replicasse, que se han comprado de nuevo algunas tierras, ha sido vendiendo otras el Monasterio de las de su dotación en Santa Fe, como en caso necessario hará notorio, subrogando en ellas su precio, y vistiéndose por consiguiente de la misma qualidad de exempción, que tenían las vendidas, las nuevamente compradas; como in simili arguye elegantemente el Gutiérrez, vbi supra dict. num. 20. ibi: "Quia praedictae oves acceptae fuerunt a praedictis religiosis in solutum pro debito, et censibus procedentibus a dote fundamentali dicti Monasterii, sive Collegii Societatis Jesu… sicque subrogatae sunt in locum dictae dotis. Et ita sicut de ipso censu, si nunc extaret, non esset solvenda decima, nec vnquam soluta fuit, quia erat dos, qua fundatum fuit dictum Monasterium... eodem modo solvi non debet de dictis ovibus vlla decima ratione subrogationis, cum subrogatum sortiatur naturam sui subrogati, et a lege fit ipsa subrogatio in locum bonorum et rerum dotalium collegii; vt in terminis exemptionis a solutione decimarum in rebus permutatis voluntarie cum dote Monasterii tradit, et probat bene Bartholom. Socin. Cons. 268. num. 4. col. 2. et cons. 279. num. 6. vers. confirmatur ista resolutio. Con otros que refiere dicho Gutiérres ibidem, con que tampoco en esto ha sido el Monasterio causa de decremento en rentas de V. Illma, pues si la subrogación hizo vnas tierras exemptas, dexó libres las vendidas, de que V. Illma. tira y percibe sus decimas. 94. "Y si quiere reflexarse o si el Cortijo de Ansula es dotal, o no, consta que no fue comprado por el Monasterio, sino para complemento de la Fundación de la Capilla Mayor, Retablo, y precisso adorno de ella, que con licencia del Señor Emperador Carlos V. estando su Magestad Cesárea fundando esta real iglesia, labró la Señora Duquesa de Terranova, como refiere el dicho Pedraza dict. cap. 56. ibi: "Estando demediada la fábrica del Cuerpo de la Iglesia, la pidió al Emperador Don Carlos V. la Duquesa de Terranova Dona María Manrique, viuda del Gran Capitán Gonzalo Fernández de Córdova, Duque de Sessa, y de Terranova; y el Emperador hizo merced a la Duquesa de la Capilla. La Duquesa acabó el edificio sumptuoso, como se ve, y lo honró, etc.". Lo que también se evidencia de los instrumentos, que se mostraron en razón de esto a los señores comisarios, y cavalleros abogados de V. Illma, Y siendo indubitable, que la Capilla Mayor es parte, y principal de la iglesia, y esta del Monasterio, de que se compone, y resulta este todo de casa religiosa, no se puede desnudar de qualidad dotal, el dicho Cortijo de Ansola, dado en su apreciado valor, para este dicho fin, como en caso necessario se manifestará en claro derecho". 95. El Monasterio presenta como tierras de su dotación "las que tiene en Santa Fe, el dicho Cortijo del Temple, cinco Huertas en esta ciudad, etc." De ellas ha pagado diezmo, por causa de paz, y dice que si la congrua del arzobispo decrece, se debe a que el Sto. Arzobispo D. Hernando de Talavera, renunció en los Reyes los diezmos de Granada y ellos le compensaron con 2 cuentos de mrs., menos de lo que recibía cuando era obispo de Ávila. Censos. Documentos - En 19 octubre 1520: Dar en censo el Carmen por diez ducados, y con esa renta comprar una viña. - En15 febrero 1526: El Prior, con consentimiento de todos los capitulares, "mandó que se pagasen los quinientos ducados que avían tomado prestados de vn depósito que en el arca estaua para hazer vn hospital, los quales tomaron prestados para ayuda a pagar el Cortijo de Árboles, que esta casa conpró, de los quales quinientos ducados pagaua esta casa cada vn año çinquenta ducados de çenso, los quales estauan sobre çiertas heredades de esta casa". - En 3 febrero 1530: El Prior propuso a los capitulares si era bien "que se diesse a çenso vna tienda que tiene esta casa en la calle de la Calderería desta ciudad, la qual solía rentar dos reales, poco más o menos. Y por algunas causas que a ello les movió, todos respondieron que era bien se diese a çenso a Juan Moreno, escribano del Audiencia Real. El qual lo demandava con mucha justicia y prometía toda seguridad de apotema. E después de hechos otros dos tratados sobre esto, finalmente, se concluyó en que se diese y se dio al dicho Juan Moreno, escribano, y él se obligó a dar cada vn año a esta casa mil mrs. de çenso perpetuo y de labrar en la dicha tienda ocho mil mrs. dentro de año y medio, primero siguiente. Y de todo esto se hizo escriptura patente ante Alcocer, escribano del número desta ciudad; la qual escriptura está en la celda del arca del conuento". - En 5 mayo 1530: Se propuso por el Prior "que vn çenso que la del alcayde de Medrano, que santa gloria aya, nos dio, por razón de la Capellanía que en esta casa tiene, que es de contía de quinientos mrs. cada año, el qual estava sobre çiertas casas e viña de Santa Fe, que son de Mendoza, camarero del Marqués. Y dixo que el sobredicho Mendoza demandava que le mudasen el dicho çenso sobre cierta huerta y casa que Juan de San Juan, clérigo de la Capilla Real, tiene en el Canpo del Príncipe desta ciudad de Granada. Y el convento, visto que la posesión era buena y el çenso estava bien seguro en ella, y por hazer plazer al dicho Mendoza que lo rogava, condescendió a sus ruegos y tuvo por bien el dicho traspaso, y dello se hizieron los tratados devidos". - En 5 mayo 1530: Otorgaron el Prior y Convento "vna escriptura por la qual dio a çenso vna tienda pequeña que esta casa tiene en esta çiudad, en la colación de San Pedro y San Pablo, cabe vn vaño, a Juan Palacios, vezino desta dicha ciudad, cuyo es el vaño sobredicho, y dióla por preçio de seys reales cada año. La qual escriptura passó ante Juan de Alcocer, escribano público desta ciudad". - En 18 marzo 1553: Se propone, si la casa podía encargarse de decir un aniversario cada año por la suegra de Juan Rodríguez de Ávila, difunta, dando él 1.500 mrs. de censo perpetuo en limosna a esta casa. Se le diría dentro de las Octavas de la Vigilia de Ntra Sra. de la Concepción. Que también se dijese una misa en reverencia de la Pasión de Ntro. Redentor, por el alma de su mujer, y que la dotaría suficientemente, y porque el convento tenía obligación a los parientes de la mujer de Juan Rodríguez de Ávila, lo aprobó, y Juan Rodríguez dio para la dicha dotación cien ducados, para que se empleasen en alguna heredad, y de su renta, que sería hasta 3.000 mrs. "se pudiese ayudar a mantener vn sacerdote que la tenía de dezir". - En 10 marzo 1554: El Prior propuso al convento "si les pareçía que se devía de dar el Molino de Cubillas a çenso perpetuo, por quanto los padres visitadores lo avian dexado así mandado, que si el convento viniese en ello, se diese a çenso". El convento lo aceptó y "se dio a Juan de Olarte, vezino desta çiudad de Granada en diez y ocho mill mrs. de censo perpetuo, que ha de pagar cada vn año, y más que a de moler çien hanegas de trigo cada año para el Cortijo de Árboles". Se dio licencia por le General. (Margen derecho): El arrendatario del molino de Cubillas lo tuvo parado más de dos años, porque tuvo que labrar la presa y no molió. Por ello, el convento "le hizo limosna de la mitad de la renta que avie de pagar de ese tiempo". Dijo que gastó en la obra cerca de 500 ducados, en la presa y aderezo de la acequia. Se le hizo limosna de un año y dos meses y medio. - En 13 julio 1554 : El Prior propuso al convento que Luis Días, mercader, y su muger, Catalina de Xerez, "avían dexado vna Capellanía de dos missas rezadas, cada semana, la qual capellanía dexaron con esta condición": Al presente la serviría Pedro de Xerez, sobrino de la dicha Catalina de Xerez. Cuando éste muriese vendría a la casa de S. Jerónimo de Granada. En limosna para la capellanía dejaban 6.000 mrs. de censo perpetuo. Poner una alfombra sobre la sepultura de la capilla y 4 cirios de cera, cada año, en las vísperas y misa, el día de Todos los Santos y el día de los Finados, para lo que dejaban en limosna 4 ducados. Aceptar el patronazgo de ciertas obras pías, para lo que mandaba 2.000 mrs. y 2 capones, dados al Prior por el trabajo de la administración. (Margen izquierdo): No tuvo efecto. - En 15 marzo 1555: El Prior del convento "que por quanto vna tienda que tenemos en la calle que sale del Çacatín y va a la Puente del Caruón, se cayó toda y sería mucha costa tornarla a hazer, si les pareçía dar el solar a censo". Asintió el convento "porque ella rentaua, estando en pie la tienda, treze reales cada mes, y Juan Pérez, sastre, da de censo diez y ocho reales cada mes y la labró a su costa". Dio licencia el General para ello. - En 6 diciembre 1555: El Prior propuso al convento "si les parecía que se devían aceptar dos misas cada semana, miércoles y viernes", por Ana Palomino, para lo que dio 400 ducados: 220 en dinero, un censo que paga 10 ducados al quitar y otro censo de 8 ducados al quitar. Lo aprobó el convento y los 400 ducados se emplearon: 236 en unos cármenes que se compraron a Jorge de Baeça en el Olivar. - En 1 enero 1559: "si les parescía que tomasen vna tienda que tenía Juan Pérez, sastre, de la qual pagaua çenso". Se tomó y "se le dieron por mejoras que el dicho Juan Pérez en ella abía hecho, ochenta mill mrs. y se alquiló desde primero de enero de 1559 años por treynta y çinco reales cada mes. Esta tienda está junto a la Ropa Vieja". En (1 enero 1559) El mismo día, mes y año: "Si les paresçía que la media tienda que este monasterio tenía en el Hatabín, en compañía de otra media de la iglesia de Sant Gil, si la darían a çenso perpetuo". Asienten: "se dio a censo perpetuo a Alvaro de Ábila, tendero, por ocho ducados cada año. Corre el çenso desde primero de enero de 1559 años". - En (1 enero 1559) El mismo día: "si darían a çenso perpetuo vna casa que dexó Gil López Açeytuno, que está junto al Boquerón de Darro, en la calle que baxa de la carneçería de la calle Elvira para Sancta Paula, la qual dexó el dicho Gil López por vna memoria que en esta casa se haze cada año, y después… que por ser cosa vil y provechosa al Monasterio, se devía de dar a censo perpetuo y así se dio a Leonor Méndez y a sus hijos, el bachiller Texeda y Juan Jordán, a çenso perpetuo, por dos mill y quinientos mrs. en cada vn año". Corre el censo desde 1º enero 1559. - En 1559: "Dos hermanas que se llamavan las Beatas de Alarcón, vibiendo entramas de vn acuerdo y conformidad finieron testamento, y entre otras cosas que ordenaron por su testamento, dixeron que hazía la vna a la otra heredera, porque no tenían heredero alguno forzoso y que la que dellas a la postre muriese, diese todo lo que le quedase de su hazienda, pagadas las devdas, a este monasterio de S. Hierónimo, sin dexarle a este convento cargo alguno, y esto por muchas buenas obras que desta dicha casa avían recebido en tiempos de necesidad, de las quales dichas hermanas falleció la postrera, la qual se dezía Ana de Alarcón, la qual, al tiempo de su muerte hizo vn codisçileo en que confirmó lo que por ella y su hermana avía sido ordenado en el dicho testamento, y mandó a este monasterio ciento y veinte ducados que tenía sobre vna casa, en que ella y su hermana avían vivido, que es en la collaçión de Santiyuste, y más quinçe ducados que le mandó por un testamento vn sobrino suyo, que se dezía Martín de Alarcón, y ciertas alhajuelas que tenía al tiempo de su fallecimiento", pese a que la donación la hicieron sin condiciones, el Convento acordó "que se le dixese cada año para siempre vn treyntanario por sus ánimas y de sus difuntos, desde este presente año de 1559 en adelante". - En ( 1559) "Yten, esta casa tenía vn pedazo de viña en el Pago de San Lázaro desta çibdad de Granada, que ovo de vno que se llamava Juan de Porras, para dotación de vna memoria que se le dize en este monasterio, el qual pedaço de viña este convento dio a çenso perpetuo a vno que se dize Ferna, por preçio de veynte y cinco reales cada año, sin decima ni comiso. Este Ferna tuvo necesidad de disponer desta heredad y pidió a este convento trocase con él este dicho censo y que le daría sobre vna tienda que él tenía en la entrada de la Puerta Elvira, que va al Alacava, que era suya la propiedad, veynte y quatro reales de censo perpetuo cada vn año, con su decima y comiso, y que el real que él dava de menos que bien reconpensado estava, pues él dava su censo con dezimas y lo que el monasterio le dava a él no las tenía". Se aprobó. - En 4 julio 1570: "Si sería cosa conveniente tomar a çenso mill ducados para proveer la casa de trigo para su año. Y todo el convento, eçepto vno, vino en que se tomen a censo los dichos mill ducados, pues la provisión del trigo no se podía dexar de hazer, y no avía otro remedio, sino éste, todo bien mirado y considerado por tres tratados". - En 25 julio 1571: "Si les parecía se diesen a censo el Mesón de la Mala y los Cármenes que dizen de Xenil. Y todo el Convento, aviendo hecho sus tres tratados, vino en que el Mesón se diese a censo perpetuo, por ser vna cosa tan sin provecho, y porque para poderlo arrendar y que se habitase era menester gastar en él más de quinientos ducados; y que los Cármenes se diesen a censo abierto". - En 1 septiembre 1571: El Prior "propuso al Convento, que ya le era notorio commo el señor don Ginés de Carrança, comendador de Santiago y veinticuatro de Granada, en días pasados avía tomado en esta casa vna Capilla para su enterramiento, por precio de seiscientos ducados, y avía establecido en ella vna Capellanía y memoria perpetua de siete misas cada semana, rezadas, y dos misas cantadas en cada vn año, para cuya dotación, y para que siempre ardiese vna lámpara en la dicha Capilla, avía ympuesto veintidós mill y quinientos mrs. de censo perpetuo en cada vn año sobre sus casas principales, con condición que lo pudiese remover e ymponer cada y quando quisisese sobre otras posesiones, buenas, a contento de este Convento, como todo ello se contiene más largamente en las escripturas, que sobre ello se hizieron. Y que ahora el dicho señor don Ginés quería remover el dicho censo de sobre sus casas y comprar a este monasterio el dicho censo de los dichos veinte y dos mill y quinientos mrs. y pagarlo en dineros de contado, a razón de dezinueve mill mrs. el millar, que montan mill y ciento y cuarenta ducados de principal; y que este convento señalase vna heredad y posesión sobre la qual se cargasen e ympusiesen estos ventidos mill y quinientos mrs. de censo perpetuo. El Convento confirió por sus tres tratados sobre todo lo que dicho es, y vinieron y se conformaron en que se haga ansí como el dicho señor don Ginés lo pide; y está propuesto, porque hallaron que le estava muy bien a este dicho convento y los dichos mill y ciento y cuarenta ducados nos los pagó de contado, y señalamos la Huerta de los Almezes, que está junto a nuestro Hospital que llaman de Juan de Dios, que es nuestra; sobre lo qual se ympusieron los dichos veintidosmill y quinientos mrs. de censo perpetuo en cada vn año, con condición que esta casa cada y quando que quisiese los pueda remover y quitar de sobre la dicha huerta e ymponer sobre otra posesión y heredad. Y, juntamente con todo lo que dicho es, propuso nuestro padre al convento, commo es hecha cuenta con el dicho señor don Ginés, de lo que restaba deviendo de los seiscientos ducados de la Capilla, pareció que devía doscientos y setenta y cinco ducados, que si el Convento holgava dello, él los quería pagar en esta manera: Que desde quatro día de setiembre de 1571 años, hasta veintidós días de jullio de mill y quinientos y setenta y seis años, que son quatro años y diez meses y medio y tres días, no seamos obligados a decir ni digamos las misas de la dicha Capellanía, sino que en cada vn año destos, se vayan esquitando los veintidosmill y quinientos mrs. que es la renta de la dicha Capellanía y lámpara de cada año. Y que avnque es verdad que la lámpara no avía de arder en estos quatro años y diez meses y medio y tres días, juntamente con no decirse las misas de la Capellanía, que la dicha lámpara no çese de arder, commo hasta aquí, pues ya van abaxados y descontados los mill y quinietos mrs. de su renta hasta veintidós días de jullio de 1576 años. Y desta manera y dentro deste tiempo queda esta casa pagada de los doscientos y setenta y cinco ducados que el dicho señor don Ginés restava de la dicha Capilla. (Margen): "Y es declaración, conforme a la escriptura, que cada y quando que el señor don Ginés o sus herederos dieren e pagaren a esta casa los doscientos y setenta y cinco ducados de la dicha Capilla, o lo que se restare deviendo de ellos, que desde este mismo día se comiencen a decir las misas y sufragios". El Convento, ansimismo, vino en que aceptaba todo esto, commo está propuesto y lo pide el señor don Ginés, y dello se hizo escriptura, juntamente con lo de los mill y ciento y cuarenta ducados, para la Capellanía perpetua, la qual escriptura pasó ante Francisco de Córdova, escribano público de Granada, su fecha en quatro de setiembre de 1571 años, y sacóse la escriptura y está en el arca. Y es de advertir que esta casa queda obligada de emplear estos mill y ciento y cuarenta ducados en renta perpetua, no dentro de cierto tiempo, sino quando pudiere, para que se haga renta perpetua para la dicha Capellanía del dicho señor don Ginés, porque avnque es verdad que sobre nuestra Huerta de los Almezes, commo dicho es, se ympusieron los dichos veintidosmill y quinientos mrs. de censo, a dezinueve mill mrs. el millar, con los mill y ciento y cuarenta ducados de principal, no acrecentó esta casa renta alguna, pues para pagar la dicha Capellanía tomó y toma veintidosmill y quinientos mrs. de renta de la propia Huerta, y ansí quedamos con debda hasta tanto que se compre renta nueva para esta casa, empleando los mill y ciento y cuarenta ducados en ventidos mill y quinientos mrs. de censo perpetuo. Fue todo lo que dicho es aprovado", por el General. Y porque en todo aya claridad, se advierte que destos mill y ciento y cuarenta ducados, que nos dio el señor don Ginés, se tomaron novecientos ducados y se redimió el censo de Alonso Mexía, que era de novecientos ducados, que esta casa le avía tomado a censo a XIIII U el millar, y se le pagó también el corrido de vn año, poco más. Y los demás a cumplimiento a los mill y ciento y cuarenta ducados, los gastó esta casa en cosas necesarias para nuestro sustento". - En 22 enero 1572: El Prior "propuso al Convento que por quanto esta casa devía muchos dineros a personas que nos los avían emprestado para socorrer nuestras necesidades; y a otros que nos avían dado fiadas algunas cosas y salarios y soldadas de oficiales y criados de casa; y para pagar todo esto, la casa no tenía posibilidad, a causa de la grande quiebra de sus rentas, por razón de la guerra de los moros; que si les parecería ser cosa convenible tomar mill ducados a censo, para pagar parte de las debdas más vrgentes y que más nos aprietan". El Convento estuvo de acuerdo. - En 31 mayo 1572: El Prior "propuso al Conuento si les pareçía se tomasen mil ducados a censo para la siega y para pagar deudas". Asienten. - En 15 agosto 1572: "Si les parecía tomar mil ducados para pagar debdas vrgentes y que nos apretavan, en espeçial, trescientos ducados al Hospital Real, y trescientos y cinquenta al ginovés, que nos vendió el ganado". Se asiente. "Y ansi se tomaron ochocientos ducados del jurado Diego Lucas, que no se hallaron más". - En 8 octubre 1572: "Si les parecía se vendiese nuestro ganado lanar ovejuno, que sería al pie de mill y setecientas cabeças, pues esta casa no lo podía sustentar, por razón de sus muchas debdas y por ahorrar las soldadas y mantenimiento de los pastores, y porque este mismo ganado se devía a vn ginovés: digo, mill setecientos ducados que se avían de pagar en los dos mayos primeros venideros: DCCCL ducados cada mayo, y que para avérselos de pagar se avían de tomar a censo, porque los frutos y renta del ganado no bastavan a lo pagar, que eran menester estos frutos y rentas para la costa y sustento dese mismo ganado, Y, lo otro y principal, porque la Sierra Nevada, donde el ganado se sustenta y no puede pasar sin ella, no está segura de moros. Y este año, a presente, no subió ganado alguno a ella de ervajeros ni se arrendó vn solo Hecho, porque no osaron subir a ella, y ni más ni menos, el Campo de Dalías, donde el ganado va de invierno a parir e ahijarse, está muy peligroso de moros, y el Conde de Tendilla ni otro alguno no se atreven a llevar allá sus ganados. Y vistas y entendidas por el Convento todas estas razones y causas, vinieron todos, ecepto dos, que les parece ser cosa muy acertada que el dicho ganado se venda, como nuestro padre lo tiene propuesto". Compradores que ofrecen por el ganado: Uno da 14 reales por cabeza, y es abonado, vezino y jurado de Granada. Tiene buena hacienda y da tres fiadores en Granada muy abonados, hacendados y ricos. Otro da 14'5 reales por cabeza, pero no tiene abono de hacienda suya y los fiadores, aunque dice que son ricos, no son de Granada, sino de la villa de Purchena. Los letrados consultados disuadieron al Convento de dar el ganado al 2º comprador. El Convento acuerda que se venda el ganado al primer comprador. - En 1 diciembre 1572: "Si les parecía que se tomasen mill ducados a censo por ser muy necesarios para pagar debdas". Asienten todos. - En 12 enero 1573: Se pagan 500 ducados, que son deudas urgentes y "nos apretavan por ellas". Por tanto, tomar 500 ducados a censo: los dio el Dr. Plaza, rector de la Compañía de Granada, por Dª Agustina, menor y en su nombre. - En 12 febrero 1574: Se cobran 50 ducados de corrido de un censo dado hacía 20 años, y se matiene la deuda de los cien ducados del principal. - En 19 marzo 1575: "por quanto el licº Royanes avía redimido vn çenso que pagaua a esta casa de doscientos ducados, los quales son de la Capellanía de doña María de Peñalosa, si les parecía que se tornase a emplear". Decidieron "en que se emplease luego, porque no dexasen de ganar, pues que no çesauan de se decir las missas de la Capellanía". - En agosto 1577: "si querían dar a çenso perpetuo la tienda que tenemos en el Alcaicería, que se llama del Poyo", "traxóse lecencia del dicho Prior y Deputados del Monasterio de Baça". - En 18 septiembre 1577: "parece que el canónigo Varela, difunto, avía instituido çierta Capellanía, de la qual el Prior desta casa es patrón Della y se avía perdido çierto çenso de cantidad de cincuenta ducados al saneamiento, porque no era patrón; si el Convento, atento a que el dicho canónigo avía dexado a esta casa toda su hazienda, que era más de cinco mil ducados, sin cargo de ninguna cosa ni obligación ninguna, que se obligase la casa a pagar el dicho censo". Se aprobó - En 22 junio 1585: "que dos çensillos se auían redemido del patronazgo de Diego de Siloe, si querían que se diesen a Juan de Aragón, pintor, que vno era de contía de quarenta ducados y el otro de sesenta". Se acuerda, pero "dando la seguridad que conviene". - En 31 diciembre 1587: "que si les pareçía que se reçibiesen çinco missas cantadas, las quatro sin vísperas y la otra con vna vigilia cantada, y más veynte y nueue missas reçadas. Y vino el Convento en que las çinco missas cantadas se recibiessen para la comunidad y que si se diesse por cada missa cantada ducado y medio de limosna, y las veynte y nueue reçadas quédanse a disposiçión de nuestro padre, para que él las repartiesse a los religiosos que él fuesse seruido. Y estas missas todas dexó doña Ysabel del Campo, dexó para ellas dos çensos, el vno en el Sr. Don Rodrigo de Ávila, veyntiquatro desta ciudad de çiento y ochenta ducados de principal, y el otro el Gil de Tapia, vezino de Santa Fee, de treynta ducados de prinçipal. Entregaron las escripturas con sus reconocimientos y testamentos. Y si en algún tiempo hubiese quiebra en alguno de los çensos, se abaxaran las missas rata por cantidad, las missas reçadas salen a nouenta y siete mrs., antes más que menos". - En 4 julio 1592: Traspaso de un censo de las memorias del Obispo Quijada a una viña y casa en el Pago de los Montones de la ciudad de Granada, y sobre una heredad de Cuxar. El censo tiene de contía 200 ducados. - En 20 enero 1593: El hortelano de la Huerta junto a la Casa había quebrado por muchas deudas y no podía pagar ni dar fiador, ni tenía bienes. Se decidió que aunque tenía la huerta de por vida, se diese a otro, y así se hizo. Juros. Documentos - En 20 enero 1520: Dijo el Prior que el convento tenía cierta cantidad de mrs. para hazer un hospital y redimir algunos cautivos; pero si se gastasen esos mrs. no habría renta con que recibir a los pobres y ejecutar la hospitalidad. Propone al capítulo comprar renta con esos mrs., y con ella, en algunos años, labrar la casa para hospital y hacer las otras cosas que se debiesen hacer. Y es que el General de la Orden había enviado una carta que los señores gobernadores le habían escrito, en la que pedían a la Orden "por las grandes necesidades que dizen que ay, dies mil ducados prestados, y dize que darán por ellos juro al quitar, a preçio de quatro mil mrs. el millar". Por ello el dinero guardado para el hospital se puede dar al General para que lo preste a los gobernadores y así sería comprar renta a buen precio. Asintieron los capitulares. - En 27 mayo 1604: Muere la Duquesa de Sesa, Dª María de Sarmiento, y deja al Convento de S. Jerónimo un juro de 150.000 mrs. de renta perpetua en cada año sobre las alcabalas de la villa de Castro del Río, para que de éste se sacasen 57.560 mrs. para el convento, y se le dijesen 12 misas cantadas y 233 rezadas de çinco reales en cada año, la cantada a 4 ducados. Parte del juro había que darlo al Monasterio de la Piedad de Monjas Dominicas de la ciudad, y el resto al Patronazgo de que es Patrón el Prior del Convento para hacer limosnas. La Duquesa les donó junto con el juro un nutrido número de joyas. Deudas. Documentos - En 23 octubre 1571: El Prior "propuso al Convento que la muger de Oviedo, difuncto, restava deviendo a esta casa setenta ducados, por los quales le estava hecha ejecución y no faltava sino hazer trançe y remate en sus bienes, que si les parecía de le hazer alguna suelta, pues esto no era debda que contraxo su marido, sino de la fiança que hizo a Torralba, nuestro mayordomo, difunto. El Convento vino en que pagase todos los setenta ducados, pues en otras dos vezes, ya esta casa le avía soltado veintidos ducados; donde no, que la execuçión se llevase hasta el cabo". - En 21 diciembre 1583: "propuso el Convento que auía munchos carneros sobrados y que para este año, hasta Carnes Tolendas, y para el año venidero avía carne suficiente de carneros aniejos para el Convento, si les parecía que se vendiesen quatrocientos carneros para pagar deudas y los çensos corridos, que se devían más de noventa mil maravedís de corridos y no avía de que pagarse. Vino el convento que por quanto no sabían a como valía la carne, ni a que preçio andava, que el padre procurador se informase de los preçios y que lo remitían a nuestro padre y a los padres diputados para que ellos viesen quando era mejor que se vendiesen". - En 14 marzo 1584: "si les pareçía que se vendiesen dos mil y çien cabeças de ganado ovejuno para quitar los çensos que esta casa tenía, que eran munchos y estava muy agravada con ellos y otras deudas. Vino el Convento con ello, porque el ganado era ahora y avía más de siete mil cabeças y era mucha costa y pesadumbre y nos ahorrávamos de mucha costa; con este aditamento, que sea lo que se vendiere y cobrare del dicho ganado para redimir los dichos censos y que no se emplee en otra cosa ni gasto". Pleitos. Documentos - En 5 diciembre 1589:"si querían hazer dexatión del pleito que seguíamos en Roma contra los Hermanos de la Capacha del Hospital que dizen de Juan de Dios, sobre la administración del dicho hospital, y después de auer pasado sobre esto tres tratados en diferentes días, vino siempre el Convento en que hiziésemos dexatión del dicho pleito, solamente quanto a la administraçión, por ser cosa de poca importancia para esta casa, quedando nuestro [deacilmo] libre en todas las demás cosas". - En 6 diciembre 1589: "si les parecía que el pleito que trahyamos con don Pedro Guerrero, thesorero desta Sancta Iglesia de Granada, se comprometiese de consentimiento de entrambas partes en dos letrados, que son el doctor Sanctofimia y el licenciado Ribera, abogados desta Real Audiencia de Granada", y aceptar lo que ellos determinasen. Se aprueba por los asistentes al cabildo. Hospital. Documentos - En 20 enero 1520: Dijo el Prior que el convento tenía cierta cantidad de mrs. para hazer un hospital y redimir algunos cautivos; pero si se gastasen esos mrs. no habría renta con que recibir a los pobres y ejecutar la hospitalidad. Propone al capítulo comprar renta con esos mrs., y con ella, en algunos años, labrar la casa para hospital y hacer las otras cosas que se debiesen hacer. Y es que el General de la Orden había enviado una carta que los señores gobernadores le habían escrito en la que pedían a la Orden "por las grandes necesidades que dizen que ay, dies mil ducados prestados, y dize que darán por ellos juro al quitar, a preçio de quatro mil mrs. el millar". Por ello el dinero guardado para el hospital se puede dar al General para que lo preste a los gobernadores y así sería comprar renta a buen precio. Asintieron los capitulares. - En 15 febrero 1526: El Prior, con consentimiento de todos los capitulares, "mandó que se pagasen los quinientos ducados que avían tomado prestados de vn depósito que en el arca estaua para hazer vn hospital, los quales tomaron prestados para ayuda a pagar el Cortijo de Árboles, que esta casa conpró, de los quales quinientos ducados pagaua esta casa cada vn año çinquenta ducados de çenso, los quales estauan sobre çiertas heredades de esta casa". - En 4 octubre 1553: Después de todo esto, en 1553, el 4 de octubre se propuso al convento "si sería bien que estos quinze ducados que se distribuían a pobres y se empleaban en paño para vestir a los que alcanzase, si sería bien que se diesen al hospital, y considerando la gran necesidad que tenían los pobres que en él estavan y pareçiendo ser mejor distribuidos los dichos ducados y mejor enpleados en esto y más ser apreçio de Ntro. Señor, que en lo que antes se empleaban", se acordó se diesen, en adelante, al Hospital. - En 17 febrero 1553: Concierto sin efecto: Que el convento diese a Día Sánchez de Ávila, un solar vendido, de los que se dan a censo en la güerta, donde está el Hospital. Él lo pidió para edificar un hospital. El convento pidió que él diese una posesión en otra parte, que rentase tanto como el solar pudiera rentar, dándose a censo. Además, le concedió el convento agua para "henchir vn aljibe, de la que nosotros tenemos de la ciudad y esto vna vez en el año". - En 24 febrero 1561: Si quería dar en limosna al Hospital deste convento todos los altos del Molino de Azeite que tiene esta casa junto al dicho hospital, para que el dicho hospital pudiese edificar sobre todos los altos del dicho molino y aprovecharse de lo que así edificase el dicho hospital, sin pagar interese alguno del dicho monasterio". Se aprueba. - En 22 marzo 1561: El Prior dijo: "que cierta persona pretendía tomar la Capilla del Hospital de este convento, que dizen de Juan de Dios, de lo qual se sentía mal en este çibdad de Granada, y entendía el pueblo que la sobredicha persona dava grande limosna al dicho hospital, no siendo así. Y que se creía que cualquiera persona que por alguna vía entrase en el dicho hospital, sería ocasión que las limosnas se disminuyesen en grande daño de los pobres, lo qual pareçe por cierta cofradía que se aplicó al dicho hospital, de la qual a sucedido grande perjuicio al dicho hospital y ynquietud a este convento. -Por tanto, propuso a este convento, si les perecía que ninguna persona entrase en el dicho hospital por vía de tener alguna jurisdicción en él, y que a nadie se le diese la dicha Capilla, ni otra alguna, salvo si no dieren, por lo menos, çinco mill ducados de renta muy bien parados". Asiente el convento. - En 31 dic. 1573: Que se continúe el pleito sobre el Hospital. - En 10 marzo 1575: "diziendo que avía sido informado como vno de los hermanos de Capote Sebastián, el truxo la bula con que nos quitaron la administración del Hospital y el rector del dicho Hospital estauan de camino para Roma, y tenían ya poderes y recaudos para impetrar del Papa, que pues ellos regían el Hospital, que su Santidad les mande dar la renta que dexó el Obispo de Guadix y la de Siloé y la de Francisco de Piñar para la sustentación de sus pobres. Y que esto pareçía ser agrauio, desonra deste conuento, quitarnos a nosotros los patronazgos y la renta dellos, por dársela a los de Capote". Decidieron que "antes que los de Capote alcancen lo que pretenden" que fuesen los delegados a Roma y al Padre General, y al Rey y al Nuncio. - En 1580: "Para tratar del pleyto del Hospital contra los hermanos de Capote fue elegido para yr a Roma el padre frai Andrés de Málaga". - En 26 noviembre 1582: "Como el Hospital de Juan tenía vna casa que le auía dexado Siloé, que comúnmente rentaua ochenta ducados cada año, y un año auía rentado nouenta, y que por ser tan buena, comúnmente, moraua vno de los señores de la Audiencia Real en ella, y gastauan la mayor parte de la renta y algunas vezes quasi toda en reparar la dicha casa y trazarla, y hazer y deshazer en ella a su voluntad, sin poderles ir a la mano. Que agora salía persona muy abonada que la tomaría a renta por vna o dos vidas, y daua cada año ochenta ducados por ella, si les paresçía". Asienten. - En 26 noviembre 1582: "Como el Hospital de Juan tenía vn molino en Moclín que comúnmente rentaba cada año de quarenta a çinquenta ducados, y que algunos y aun los más años se gastaua la renta en reparos del dicho molino, de manera que era poco o ninguno el prouecho que venía al dicho hospital, que agora auía persona muy abonada que lo tomaua por vna o dos vidas, y daua cada año por el dicho molino quarenta ducados, y fuera desto se obligaua a le reparar a su costa y a dexarle corriente y moliente quando se acabasen la vna o dos vidas". Asienten y añaden "a las quales dichas condiçiones de reparar la casa de Siloe a su costa se obligan los que la toman, fuera de los ochenta ducados que dan cada año por ella". Aprueban. - En 26 nov. 1582: Se acuerda que la Casa, buena, que dejó Siloé y que la tiene adjudicada el Hospital de Juan, que renta 80 ducados cada año, se dé en renta a persona abonada, por una o dos vidas, por 80 ducados y la obligación de repararla. Lo mismo se hace con el Molino de Moclín, adjudicado a dicho Hospital, que rentaba entre 40 y 50 ducados, se de por una o dos vidas, por 40 ducados de renta y la obligación de repararlo. - En 9 marzo 1584: "que ya era notorio y público cómo por sentençia difinitiva éramos condenados en rota en la administraçión del Espital que esta casa tenía, que se llama de Juan de Dios, que pues es claro que el solar del dicho Espital es nuestro i ni más ni menos, todo lo que en él era edificado, lo avemos hecho y puesto nuestro trabajo en él y otras muchas cosas que tienen los Capotes tomadas, que son deste Monesterio y nos competen de justiçia. Vino el Convento que se consultase con los letrados, los quales dixeron que era pleito justo y que se siguiese, y ansí todo el Convento, nemine discrepante, vinieron en ello, en que se llevase hasta la fin". - En 22 junio 1585: "que dos çensillos se auían redemido del patronazgo de Diego de Siloe, si querían que se diesen a Juan de Aragón, pintor, que vno era de contía de quarenta ducados y el otro de sesenta". Se acuerda, pero "dando la seguridad que conviene". - En 5 diciembre 1589:"si querían hazer dexatión del pleito que seguíamos en Roma contra los Hermanos de la Capacha del Hospital que dizen de Juan de Dios, sobre la administración del dicho hospital, y después de auer pasado sobre esto tres tratados en diferentes días, vino siempre el Convento en que hiziésemos dexatión del dicho pleito, solamente quanto a la administraçión, por ser cosa de poca importancia para esta casa, quedando nuestro [deacilmo]libre en todas las demás cosas". - En 31 enero 1590: "si les parecía sería cosa conuenible y útil para esta casa [concordarnos] con los Hnos. de la Capacha, que dizen del Hospital de Juan de Dios, en el pleito que trahyamos con ellos, que al presente está pendiente en Jaén", ante un canónigo de aquella catedral, en el que piden los Jerónimos se les den para siempre 20 ducados de salario por la administración de los Patronazgos de Siloe y Piñar, las rentas de los cuales se gastan en el dicho hospital; y aparte de los 20 ducados, 100.000 mrs. por las tres sentencias de Roma. - 13 noviembre 1606: Dar en venta a los Hermanos del Hospital un rincón de Huerta que está detrás de nuestro molino, para hacer un carnero para enterrar los muertos, pagando lo que debía. Acordaron concederlo por ser obra pía. Patronato de Siloé. Documentos - En 10 marzo 1575: "diziendo que avía sido informado como vno de los hermanos de Capote Sebastián, el truxo la bula con que nos quitaron la administración del Hospital y el rector del dicho Hospital estauan de camino para Roma, y tenían ya poderes y recaudos para impetrar del Papa, que pues ellos regían el Hospital, que su Santidad les mande dar la renta que dexó el Obispo de Guadix y la de Siloé y la de Francisco de Piñar para la sustentación de sus pobres. Y que esto pareçía ser agrauio, desonra deste conuento, quitarnos a nosotros los patronazgos y la renta dellos, por dársela a los de Capote". Decidieron que "antes que los de Capote alcancen lo que pretenden" que fuesen los delegados a Roma y al Padre General, y al Rey y al Nuncio. - En 26 noviembre 1582: "Como el Hospital de Juan tenía vna casa que le auía dexado Siloé, que comúnmente rentaua ochenta ducados cada año, y un año auía rentado nouenta, y que por ser tan buena, comúnmente, moraua vno de los señores de la Audiencia Real en ella, y gastauan la mayor parte de la renta y algunas vezes quasi toda en reparar la dicha casa y trazarla, y hazer y deshazer en ella a su voluntad, sin poderles ir a la mano. Que agora salía persona muy abonada que la tomaría a renta por vna o dos vidas, y daua cada año ochenta ducados por ella, si les paresçía". Asienten. - En 22 junio 1585: "que dos çensillos se auían redemido del patronazgo de Diego de Siloe, si querían que se diesen a Juan de Aragón, pintor, que vno era de contía de quarenta ducados y el otro de sesenta". Se acuerda, pero "dando la seguridad que conviene". - En 31 enero 1590: "si les parecía sería cosa conuenible y útil para esta casa [concordarnos] con los Hnos. de la Capacha, que dizen del Hospital de Juan de Dios, en el pleito que trahyamos con ellos, que al presente está pendiente en Jaén", ante un canónigo de aquella catedral, en el que piden los Jerónimos se les den para siempre 20 ducados de salario por la administración de los Patronazgos de Siloe y Piñar, las rentas de los cuales se gastan en el dicho hospital; y aparte de los 20 ducados, 100.000 mrs. por las tres sentencias de Roma. Fundación del canónigo Valera para limosnas. Documentos - En 27 mayo 1549: Falleció Alonso García de Valera, canónigo de S. Salvador del Albaizín de Granada, el qual en su testamento "mandó que después de cumplidas las mandas y legados, capellanías y otras obras pías, en el dicho testamento contenidas, como por él pareçe, el residuo de su hazienda, así de muebles commo rayzes, lo oviese este monasterio de San Jerónimo, para que dello el Prior con su Convento hiziese limosnas o lo que bien les estuviese…". Cumplidas las mandas, "quedaron de sus bienes quinientas y sesenta mill mrs., los quales esta casa ovo por virtud de la dicha manda y legato". El Prior y el Convento, pese a que la manda se hizo sin condiciones, "ordenó que cada año se hiziese lo que sigue": "Primeramente, que cada año, perpetuamene, se le digan dos treintanarios ad libitum por él y por todas las personas que le tocan, así vivos como difuntos, los quales se an de decir desde principio de enero de cada vn año. Enpeçaronse a decir desde henero deste año de I U D L años". "Iten, se ordenó, con consentimiento de todo el capítulo, que cada año, perpetuamente, reparta por Pascua de Navidad a pobres, el prior con consejo de los diputados, treinta varas de buriel, de lo que nosotros vsamos, lo qual se a de comprar cada año por el mes de julio o quando más varato valiere". "Yten, viernes a catorze de noviembre deste año de 1550, nuestro Rvdo. Padre fray Antonio de Santofimia propuso al convento y se declaró que este paño se de para Todos los Santos, hasta en contía de quinze ducados, a medio ducado, poco más o menos, la vara". (Margen izquierdo): "Y quedaron estos dichos mrs. en tres pares de casas que este monasterio dio al hospital en pago de çiertas deudas que le deuía", lo que se hizo con licencia del General de la Orden. -En 15 enero 1566: Que los 15 ducados del canónigo Valera se sigan aplicando al Hospital. Patronato del obispo Quixada. Documentos - En 4 noviembre 1579: "si querían salir al saneamiento de doscientos ducados que costava el rescate de vn hermano de frai Germán de Santolalla, que estava captivo en Argel. Y vino el Convento en ello, con tal condición que de la casa no se pagase nada, aunque faltasen las çedulas de limosnas que para ello tenía el dicho frai Germán, sino que se pagasen de lo de los patronazgos". - En 13 febrero 1587: "que del patronazgo del obispo don Garçía Quixada, obispo de Guadix, se le diese a Christobal Galindo, vezino de Málaga, y a Francisco Verdugo, vezino de Granada, cautiuos en Tetuán y Argel, para su rescate, alguna limosna. Y vino todo el Convento en que se les diese a cada vno veynte ducados para el dicho rescate, trayendo testimonio de cómo estauan con ayuda desta limosna rescatados y en tierra de salbamento y dentro deste año sobredicho". - En 3 abril 1587: "si querían dar alguna limosna del patronazgo del Obispo de Guadix a vn obispo de Armenia y vino el Convento en que se le diesen diez ducados". - En 3 julio 1587: "si querían dar a Juan López, vezino de Málaga, cautiuo de Tetuán, alguna cosa de dineros del patronazgo del Obispo Quixada para su rescate", "que se le diesen veynte ducados". Se aprueba. - En 3 julio 1587: "si querían dar al Patriarca de Constantinopla, de naçión armenio, del Patronazgo de Quixada, alguna limosna para su viaje, porque los Turcos le auían quitado todo lo que tenía", "que se le diesen seis ducados, sólo el padre fray Luis de Çibdad Real y el padre Françisco de Çafra no vinieron en ello". - En 20 agosto 1587: "si querían dar a Mateo García, vezino de Granada, captiuo en Tetuán, alguna cosa de dinero para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "que se le diesen veynte ducados". - En 30 octubre 1587: "si querían dar a Mateo García, vecino de Granada, captiuo en Tetuán, alguna cosa de dineros para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "que se diesen veynte ducados". - En 31 octubre 1587: "si querían dar a Juan de Tialer, natural de Málaga, captiuo en Tetuán, algunos dineros para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "se le diesen veynte ducados". - En 4 enero 1588: "si querían dar a Pero de Sacrameno, cautiuo, vezino de Málaga, alguna cosa para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "se le den veynte ducados". - En 10 abril 1588: "si querían dar del Patronazgo del Obispo Quixada, alguna limosna para rescate de Pedro de Lima", "que se diesse veynte ducados". - En 22 junio 1588: "si querían dar a Gabriel de Aguilar, vezino de Antequera, y a Juan Pérez, vezino de Málaga, y a Juan López, vezino de Granada, alguna limosna para sus rescates, del Patronazgo del Obispo Quixada", "que se les diesen sesenta ducados, que es a cada vno veynte", "con que salgan en todo vn año". - En 7 abril 1589: "si querían hazer alguna limosna del Patronazgo de Quixada para rescate de Chrystoual de Casaran, vº de Málaga y captivo en Tetuán", "que se le den veinte ducados", "con condiçión que salga dentro de vn año y trayga testimonio cómo está en tierra de christianos y que fue rescatado por dineros". - En 3 noviembre 1590: "si querían dar del Patronazgo del Obispo Quixada alguna cosa a Lorentio Fernández, captivo en Tetuán, vezino de Málaga, para ayuda a su rescate", "se le den doze ducados". - En 12 febrero 1591: "si les parecía que del Patronazgo del Obispo Quixada se añadiese vn real más cada día para dar de comer a los estudiantes que acuden a la limosna de la Portería, porque las sobras del Convento no bastauan para esta obra de charidad", "y esto solamente se entiende durante el tiempo de la Quaresma, porque para los demás días de ayuno de entre año, solamente se le da vn real al portero del dicho Patronazgo para ayuda de esta limosna". Aprobado. - En 15 abril 1591: "si les pareçía se hiziese alguna limosna del Patronazgo del Obispo Quixada a Joseph Ramírez, vezino de Málaga… para ayuda a su rescate", "se le den diez ducados". - En 9 octubre, 1591: "si les paresçía que se hiziese alguna limosna del Patronazgo del Obispo Quixada a vn arçobispo inglés que yua de camino para su tierra y arçobispado y vino el Convento en que se le diesen del dicho Patronazgo diez ducados". - En 8 nov. 1591: "si querían dar alguna lymosna del patronazgo del Obispo Quixada para el rescate de Juan Bla y de Raphael de Bla, padre e hijo, vezinos de Valencia, y al presente captiuos en Argel", "se le diesen doze dicados". - En 20 diciembre 1591: Limosna del Patronazgo del Obispo Quixada para rescate de Alonso Martín, vezino de Málaga, cautivo en Tetuán. Se le dan 12 ducados. - En 8 mayo 1592: Limosna a dos cautivos del Patronazgo del Obispo Quixada, a cada uno 12 ducados. - En 27 enero 1594: Se pide que se compense la solicitud del Convento en la administración del Patronazgo del Obispo Quixada. Accede el Convento a que se le den al Convento de los fondos del Patronazgo trecientos reales, y para ayuda al sustento de los estudiantes la presente Cuaresma, se den al Padre Portero, además de los ordinario del dicho Patronazgo, treinta reales. - En 2 abril 1598: Se dan 1.000 ducados a censo, del Patronazgo de Quixada. - En 6 abril 1598: Se piden cuentas al Mayordomo de la hazienda de la Casa y de los Patronazgos de Quixada y Siloé. - En 10 mayo 1598: Porque la Casa estava muy falta de trigo y no lo tenía el Convento para su sustento, para el año, hasta que ubiese nuevo, si les pareçía que no se quitase la limosna a los pobres ni a los estudiantes. Se acuerda tomar el Patronazgo Quixada para comprar 40 fanegas de trigo con obligación de tornar el dinero que valiese el dicho trigo. -En 15 mayo 1599: Para pagar deudas atrasadas, entre ellas, las que debían al Patronazgo Quixada, se acuerda vender 1.500 ovejas. Limosnas. Documentos - En 27 mayo 1549: Falleció Alonso García de Valera, canónigo de S. Salvador del Albaizín de Granada, el qual en su testamento "mandó que después de cumplidas las mandas y legados, capellanías y otras obras pías, en el dicho testamento contenidas, como por el pareçe, el residuo de su hazienda, así de muebles commo rayzes, lo oviese este monasterio de San Jerónimo, para que dello el Prior con su Convento hiziese limosnas o lo que bien les estuviese…". Cumplidas las mandas, "quedaron de sus bienes quinientas y sesenta mill mrs., los quales esta casa ovo por virtud de la dicha manda y legato". El Prior y el Convento, pese a que la manda se hizo sin condiciones, "ordenó que cada año se hiziese lo que sigue": "Primeramente, que cada año, perpetuamente, se le digan dos treintanarios ad líbitum por él y por todas las personas que le tocan, así vivos como difuntos, los quales se an de decir desde principio de enero de cada vn año. Enpeçaronse a decir desde henero deste año de I U D L años". "Iten, se ordenó, con consentimiento de todo el capítulo, que cada año, perpetuamente, reparta por Pascua de Navidad a pobres, el prior con consejo de los diputados, treinta varas de buriel, de lo que nosotros vsamos, lo qual se a de comprar cada año por el mes de julio o quando más varato valiere". "Yten, viernes a catorze de noviembre deste año de 1550, nuestro Rvdo Padre fray Antonio de Santofimia propuso al convento y se declaró que este paño se de para Todos los Santos, hasta en contía de quinze ducados, a medio ducado, poco más o menos, la vara". (Margen izquierdo): "Y quedaron estos dichos mrs. en tres pares de casas que este monasterio dio al hospital en pago de çiertas deudas que le deuía", lo que se hizo con licencia del General de la Orden. - En 4 octubre 1553: Después de todo esto, en 1553, el 4 de octubre se propuso al convento "si sería bien que estos quinze ducados que se distribuían a pobres y se empleaban en paño para vestir a los que alcanzase, si sería bien que se diesen al hospital, y considerando la gran necesidad que tenían los pobres que en él estavan y pareçiendo ser mejor distribuidos los dichos ducados y mejor enpleados en esto y más ser apreçio de Ntro. Señor, que en lo que antes se empleaban", se acordó se diesen, en adelante, al Hospital. - En 8 marzo 1552: El padre fray Pedro de Cuenca, "nuestro hermano, quando vino a ser frayle e hizo testamento, dexó vna memoria de vna missa cada semana, que se dixese por el ánima de su madre difunta, y para esto dexó dos mill mrs. que se diesen perpetuamente, cada año, en limosna". Los "dos mill mrs. de la limosna" suponían "cincuenta mill mrs. con que se pudiesen comprar". El convento recibió los 50.000 mrs., pues los dos mil mrs. no estaban en posesiones bien paradas, y se encargó en emplearlos para que rentasen para una misa perpetua cada semana. - En 20 noviembre 1558: El Prior propone al convento "que el Padre Prior de Santo Domingo de Guadix le vino a rogar que porque aquella casa era muy pobre y no tienen con que decir missa las fiestas, que su Reverencia con su convento toviese por bien de les hazer limosna de algún ornamento". Se acordó "que se les diese un terno de zarzahan, que avía más de cincuenta años que se hizo, y éste se dio en limosna, y porque a gloria de Dios, nuestra sacristía está bien proveída de ornamentos y aquel estava ya viejo". - En 14 septiembre 1560: "Si quería hazer limosna a çierta bibda, muger que fue de Hernando de Santisteuan, y a sus hijos, de quatro mill mrs., los quales deuía de los años 1558 y 1559, y de dos 3os que han corrido deste presente año de 1560, porque es obligada a pagar cada año quatro ducados de censo a esta casa, que está impuesto sobre vnas viñas que tiene la dicha bibda en Sancta Fe, respondió este convento que le haze limosna de quatro mil mrs.". - En 14 septiembre 1560: "Iten, propúsosse a este convento si quería hazer limosna al Padre frai Jerónimo de Villarreal, propheso deste monasterio, para ayuda a sacar de cautiverio a vn sobrino suyo. Respondió que le haze limosna de seis ducados". - En 30 junio 1570: "Si convenía o no suspender la limosna de la hanega de pan cozido que cada vn día se da a pobres en la puerta. Y casi todo el convento vino en que se suspendiese hasta tanto que nuestro Señor remediase los trabajos y debdas y necesidades que esta casa de presente tiene. Empero, que el pan y vianda que sobre de la comida de los frayles, se de juntamente con las cincuenta hanegas de limosna de nuestro padre, que el convento tiene señaladas". - En 30 junio 1577: "si querían dar alguna limosna a un obispo de Armenia". Se le dan 6 ducados. - En 20 julio 1577: "si querían dar alguna limosna para rescate de vna esclava". Que se den 2 ducados. - En 15 octubre 1579: "si querían hazer alguna limosna de la Fábrica del Obispo". Que se den 12 ducados para rescate de vn hermano de frai Germán de Santolalla, que estava captivo en Argel". Aprobado. - En 15 febrero 1582: "propuso a los padres capitulares deste conuento que ya sabían como esta çibdad daua orden de recoger los pobres a cierto hospital, para darles allí lo que vbiesen menester, y que no andubiesen por las calles mendigando, para lo qual el arçobispo y otros caualleros y personas particulares y otros monasterios ayudauan con sus limosnas, y que de parte de la dicha çiudad auían venido aquí, a rogar que esta casa ayudase para esta buena obra, dando al dicho hospital lo que aquí se daua a la puerta a los dichos pobres mendigos, pues de aquí adelante no auían de venir a la puerta a pedir limosna". Que viesen que limosna se da para cada semana. "Vino todo el Conuento en que de la limosna que se da a la puerta a los pobres, que son tres fanegas y media cada semana, se diese la vna fanega cada semana al dicho hospital, por el tiempo que durare en tener allí a los pobres recogidos, y que si dando la dicha limosna no dexasen de venir pobres mendigos a la Portería desde Monesterio, que no tengan obligaçión de acudir al dicho hospital con la dicha fanega de trigo cada semana, pues no se consigue el fin por que se da, que es cuidar que los dichos pobres anden hostiatim mendigando por las calles. Todo el Convento vino en esto, y que las dos fanegas y media se repartan cada semana a los estudiantes y a las personas pobres envergonzantes, a quien se suele repartir". - En 3 marzo 1582: "que ya vían quan trabajoso era este año por falta de pan, que auía, y que las necesidades que ocurrían eran muy grandes y quasi extremas, y ansí no se podía cumplir con ellas, con las tres fanegas y media cada semana, como hasta aquí se auían dado, y que para esto él por el tiempo que fuese Prior aplicaua para esto la limosna de pan que esta casa le daua, y que el Conuento diese cada mes fanega y media, que son diez y ocho fanegas en vn año, y que con esto se darían las tres fanegas y media cada semana, como siempre se auían dado. Vino todo el Conuento en que por el tiempo del dicho nuestro padre se hiziese, y que adelante se haría conforme a la necesidad que ocurriese y firmáronlo de sus nombres". En 20 diciembre 1585 se propone "que porque no auía cosa cierta ni asentada en lo de repartir la limosna que se da a los perlados las Vísperas de las Pascuas, conviene a saber: Nauidad y Resurrección, si quería que se señalase alguna cosa situada en estas dos Pascuas. Vino el Convento en que se diese la Pascua de Navidad quatro carneros y seis ducados y todas las cabeças y asaduras y menudos de las reses que aquel día se matasen, y lo mismo la Pascua de Resurrección i que la dicha Pascua diesen más ovejas, allende de lo dicho". (Margen izquierdo): "Aguilando las Pascuas, 23 diciembre 1604: 8 ducados para limosna y seis fanegas de trigo, más lo en 1585 acordado". - En 13 febrero 1587: "que del patronazgo del obispo don Garçía Quixada, obispo de Guadix, se le diese a Christobal Galindo, vezino de Málaga, y a Francisco Verdugo, vezino de Granada, cautiuos en Tetuán y Argel, para su rescate, alguna limosna. Y vino todo el Convento en que se les diese a cada vno veynte ducados para el dicho rescate, trayendo testimonio de cómo estauan con ayuda desta limosna rescatados y en tierra de salbamento y dentro deste año sobredicho". - En 3 abril 1587: "si querían dar alguna limosna del patronazgo del Obispo de Guadix a vn obispo de Armenia y vino el Convento en que se le diesen diez ducados". - En 3 julio 1587: "si querían dar a Juan López, vezino de Málaga, cautiuo de Tetuán, alguna cosa de dineros del patronazgo del Obispo Quixada para su rescate", "que se le diesen veynte ducados". Se aprueba. - En 3 julio 1587: "si querían dar al Patriarca de Constantinopla, de naçión armenio, del Patronazgo de Quixada, alguna limosna para su viaje, porque los Turcos le auían quitado todo lo que tenía", "que se le diesen seis ducados, sólo el padre fray Luis de Çibdad Real y el padre Françisco de Çafra no vinieron en ello". - En 20 agosto 1587: "si querían dar a Mateo García, vezino de Granada, captiuo en Tetuán, alguna cosa de dinero para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "que se le diesen veynte ducados". - En 30 octubre 1587: "si querían dar a Mateo García, vecino de Granada, captiuo en Tetuán, alguna cosa de dineros para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "que se diesen veynte ducados". - En 31 octubre 1587: "si querían dar a Juan de Tialer, natural de Málaga, captiuo en Tetuán, algunos dineros para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "se le diesen veynte ducados". - En 4 enero 1588: "si querían dar a Pero de Sacrameno, cautiuo, vezino de Málaga, alguna cosa para su rescate, del Patronazgo del Obispo Quixada", "se le den veynte ducados". - En 10 abril 1588: "si querían dar del Patronazgo del Obispo Quixada, alguna limosna para rescate de Pedro de Lima", "que se diesse veynte ducados". - En 22 junio 1588: "si querían dar a Gabriel de Aguilar, vezino de Antequera, y a Juan Pérez, vezino de Málaga, y a Juan López, vezino de Granada, alguna limosna para sus rescates, del Patronazgo del Obispo Quixada", "que se les diesen sesenta ducados, que es a cada vno veynte", "con que salgan en todo vn año". - En 7 abril 1589: "si querían hazer alguna limosna del Patronazgo de Quixada para rescate de Chrystoual de Casaran, vº de Málaga y captivo en Tetuán", "que se le den veinte ducados", "con condiçión que salga dentro de vn año y trayga testimonio cómo está en tierra de christianos y que fue rescatado por dineros". - En 23 noviembre 1590: "si querían dar del Patronazgo del Obispo Quixada alguna cosa a Lorentio Fernández, captivo en Tetuán, vezino de Málaga, para ayuda a su rescate", "se le den doze ducados". - En 12 febrero 1591: "si les parecía que del Patronazgo del Obispo Quixada se añadiese vn real más cada día para dar de comer a los estudiantes que acuden a la limosna de la Portería, porque las sobras del Convento no bastauan para esta obra de charidad", "y esto solamente se entiende durante el tiempo de la Quaresma, porque para los demás días de ayuno de entre año, solamente se le da vn real al portero del dicho Patronazgo para ayuda de esta limosna". Aprobado. - En 15 abril 1591: "si les pareçía se hiziese alguna limosna del Patronazgo del Obispo Quixada a Joseph Ramírez, vezino de Málaga… para ayuda a su rescate", "se le den diez ducados". - En 9 octubre, 1591: "si les paresçía que se hiziese alguna limosna del Patronazgo del Obispo Quixada a vn arçobispo inglés que yua de camino para su tierra y arçobispado y vino el Convento en que se le diesen del dicho Patronazgo diez ducados". - En 8 nov. 1591: "si querían dar alguna lymosna del patronazgo del Obispo Quixada para el rescate de Juan Bla y de Raphael de Bla, padre e hijo, vezinos de Valencia, y al presente captiuos en Argel", "se le diesen doze dicados". - En 20 diciembre 1591: Limosna del Patronazgo del Obispo Quixada para rescate de Alonso Martín, vezino de Málaga, cautivo en Tetuán. Se le dan 12 ducados. - En 8 mayo 1592: Limosna a dos cautivos del Patronazgo del Obispo Quixada, a cada uno 12 ducados. - En 4 agosto 1592: Limosna de 10 ducados para rescate de cautivo. - En 4 agosto 1592: Limosna de 10 ducados para rescate de cautivo. - En 12 diciembre 1592: Limosna de 10 ducados para redención de cautivos. - En 11 diciembre 1592: "por quanto está asentado por costumbre desta casa que el prior puede dar cincuenta fanegas de trigo cada año y algunos años a esta parte no auían tomado los padres priores sino treinta fanegas cada año, considerando que auía vn acto capitular en que se auía limitado esta limosna de las cincuenta fanegas en treinta, y el trienio pasado se alteró esto, dando las çincuenta y más, y porque se dudaría si se tenían de dar las cincuenta o las treinta ahora, y de aquí adelante, trató con los padres capitulares, si les pareçía que la limosna que se da en la Portería las Pascuas de Nauidad y Resurrección, que son doze hanegas en dos vezes, y lo que se da a las religiones mendicantes que vienen a pedir limosna a esta casa, que son otras çinco o seis fanegas, fuese todo a cuenta de la limosna que está asignada al Prior, y con esto pudiese tomar las çincuenta fanegas de limosna, que dize la costumbre". Se acuerda. "y que de aquí adelante el Prior desta casa pueda dar las dichas cincuenta hanegas de trigo en limosna, como lo dize la costumbre, entrando en ellas la limosna extraordinaria que se da las Pascuas, y lo que se da a las religiones, como está dicho". - En 11 diciembre 1592: Limosna de 20 ducados para rescate de cautivo. - En 1 junio 1593: Si querían dar alguna limosna para rescate de un cautivo, muchacho de edad de 12 años, hijo de un vecino de Cádiz. Decidió el Convento que del Patronazgo de Quixada se le diesen diez ducados, trayendo recaudo, como dentro de un año está rescatado. - En 24 julio 1593: El Prior dijo al Convento que el Padre General había enviado a decir que se hiciese alguna limosna al Colegio de Çigüença para reparar las tapias de la Güerta del dicho Colegio. Se acuerda dar 200 reales: ciento de la Casa y ciento del Patronazgo de Quixada. - En 31 marzo 1594: Limosna del Patronazgo de Quijada a un cautivo, vecino de Málaga. Se le dan 20 ducados, con que se de recaudo que dentro de un año está puesto en libertad. - En 1 abril 1594: Limosna del Patronazgo de Quixada a un cautivo de Málaga que está en Argel. Se le dan 12 ducados, trayendo recaudo de estar libre en un año. - En 13 abril 1594: Limosna a un cautivo de Málaga que está en Tetuán. Se le dan 14 ducados, y se exige recaudo de que en un año está en libertad. - En 15 mayo 1594: Limosna a un obispo de Armenia, con carta del general, para ayuda a su camino y para rescate de algunos deudos que le tenía el Gran Turco cativos. Se le da del Patronazgo del Obispo Quixada diez ducados. - En 15 mayo 1594: Limosna para rescate de cautivo en Tetuán. Del Patronazgo de Quixada se le dan diez dicados, trayendo recaudo… - En 11 noviembre 1594: Limosna para rescate de cautivo de Málaga en Tetuán. Se dan 10 ducados del Patronazgo del obispo Don Garçía de Quixada. Y que traigan recaudo. - En 23 diciembre 1594: Limosna del Patronazgo del Obispo de Guadix, don Garçía de Quixada, para rescate de un vecino de Málaga, cautivo en Tetuán. Se le dan seis ducados y se exige recaudo. - En 27 enero 1594: Limosna a un vecino de Málaga, cautivo en Tetuán. Se le dan 12 ducados del Patronazgo de Quijada y se exige recaudo. - En 7 julio 1595: Limosna del Patronazgo de Quixada a un vecino de Granada, cautivo. Se le den 20 ducados y se le exige recaudo. - En 4 julio 1595: Limosna para rescate de cautivo de Málaga. Se le den 12 ducados del Patronazgo de Quixada y se le exige recaudo. - En 4 agosto 1595: Limosna para rescate de cautivo de Granada en Argel. Se le dan 20 ducados del Patronazgo de Quixada y se le exige recaudo. - En 10 septiembre 1595: Limosna para rescate de clérigo, natural de Caravaca, cautivo en tierra de moros. Se le dan 10 ducados del Patronazgo de Quixada. - En 15 septiembre 1595: Limosna a un vecino de San Lúcar de Barrameda, cautivo en Argel. Se le dan 10 ducados del Patronazgo de Quixada y se exige recaudo. - En 10 diciembre 1595: Limosna para rescate de un vecino de Málaga cautivo en Tetuán. Se le dan 20 ducados del Patronazgo de Quixada y se exige recaudo. - En 13 enero 1596: Limosna para el rescate de un vecino del Iruela. Se dan 12 ducados del Patronazgo de Quixada y se exige recaudo. - En 9 febrero 1596: Limosna para rescate de cautivo. - En 9 febrero 1596: Limosna para rescate de cautivo. - En 15 febrero 1596: Limosna para rescate de cautivo. - En 15 febrero 1596: Limosna para rescate de cautivo. - En 20 mayo 1596: Fr. Hierónimo Martos, redemptor de cativos de Ntra. Sª de [Samorad] fue a Berbería a rescatar cautivos, pero le faltó dinero y pide limosna para ello. Se acuerda darle 40 ducados del Patronazgo de Quixada y se le exige recaudo. - En 17 enero 1597: Limosna para rescate de Fray Melchor Román, fraile mercedario, cautivo en Argel. Se le dan 50 ducados del P. Quixada. - En 23 junio 1597: Limosna para rescate de cautivo. - En 8 octubre 1597: Limosna para rescate y ayuda a Pascuala, muger de Diego García y a Isabel, su hija, y a María García, mujer de Pedro Domínguez y a sus hijas Mencía y Cathalina, y Isabel y a Juan de la Fuente y a Catalina López, su mujer, y a Juan de la Fuente, su hijo, y a Isabel, su hija. Les dan 50 ducados del Patronazgo de Quixada. Estudiantes de la portería. Documentos - En 13 octubre 1581: Sobre "los estudiantes de la Portería". Es costumbre que el Portero lleve del Refectorio todo el pan partido que sobrare a la comida y a la cena y toda la carne, pescado, legumbres y fruta que sobrare a la comida. También un jarro de vino de las sobras, cogiéndolo de las taças para que vaya más puro y limpio. Para los clérigos, lleva también lo que sobra en la enfermería y en la hospedería, siendo los huéspedes tres o cuatro o de aí arriba, porque si son pocos, quedarse a para los muchachos que allí sirven. Esta limosna es intención del Convento que se de a estudiantes pobres, y así se ha hecho hasta aquí, y que no se gaste de otra manera. El número que cómodamente puede sustentarse son 24 ó 26 estudiantes. Si alguno más lo solicitare, que espere la vacante. El Padre Prior comprobará que son virtuosos y que aprovechan en el estudio. También, en lugar de estudiantes, se pueden recibir algunos clérigos pobres, mayormente si estudian. Podrán también con los estudiantes comer algunos religiosos o seglares por vía de huéspedes, alguna vez, pero no de ordinario. Tendrá el Padre Portero mucho cuidado que sean bien tratados, que haya igualdad en el reparto de la comida, que se les de saçonado y a tiempo. Para esto será bien que en viniendo de las gracias, diga al cocinero seglar que ponga la olla de los estudiantes al fuego mediada de la cocina que sobrare, y si le pareciere aguarde a que alcen las raciones de la mesa segunda, y tómelo todo con alguno que le aiude y llévelo por la puerta del claustro, como es costumbre, y envíe al estudiante que fuere servidor por la olla y eche la carne dentro y cúbrala y estese así entre tanto que haze las raciones de fruta y de pan. Pondrá seis raciones en la mesa traviesa y 18 en las colaterales y sobre la [Eazena] para el lector y servidor, poniendo el pan blanco que sobra del Convento a todos, si alcanzare; lo que faltare, súplalo del otro, de suerte que la ración de cada estudiante sea como pan y medio, y de tal manera reparta el pan que le dan en la panadería, que a lo menos que den beinte y seis panes para los estudiantes cada día. Después de puesto el pan y fruta en las mesas, llámenlos y entren en silencio, poniéndose a coros, según el orden de la tabla, y el sacerdote que fuere semanero comiençe la bendición, según el brebiario, prosiguiendo los demás, el lector diga Iube Domine Benedicere, estando en pie, la lection será siempre de la Biblia, el mesmo fraile les heche la cocina y sirva, el que es servidor echará algún caldo sobre las berças, berengenas o navos para que se calienten, y acabada de dar la cocina heche la carne en una cazuela y luego la reparte, dando a todos de todo, siempre teniendo cuidado que antes sobre para alguno que puede sobrevenir, que no que falte para alguno de los que ya están allí; no se aparterán de allí entre tanto que comen, si no es con grande necesidad. Lo que sobrare de los estudiantes se recoja para que se reparta a la puerta. Después de hauer comido toda la gente de casa, antes de las dos, vaya el portero seglar con uno de los pobres y traiga toda la cocina que sobrare y délo a los que huvieren allegádose, no dando escudilla ninguno, sino que ellos la traigan, como suelen. Los manteles se cojerán siempre quando acaben de comer; ponránse limpios cada semana. Quedará el Refectorio barrido y limpio y cerrarse a luego, porque no falte de allí alguna cosa. Tendrá el Padre Portero cuidado que los estudiantes no anden por casa, ni salgan al claustro, ni pasen al patio de gente, ni llevan recabdos de frailes, ni tengan dares ni tomares con ellos, y de saber si estudian y aprobechan, y que los que saben más platiquen a los otros para que el que no trabajare y no aprovechare o fuere distraído, se corrija y avise, y si no se enmendare, le despida comunicándolo con el Padre Prior, el qual por sí o por otros relixiosos los examinará a sus tiempos, para saber si aprovechan y a los que aprovecharen los favorezca y anime, y a los otros los despida, poniendo otros que lo merezcan en su lugar. Esto es lo que los estudiantes que viene a comer a este casa an de guardar: No sean viçiosos ni distraídos, sino modestos, recojidos y temerosos de Dios. En la Facultad que cada uno estudiare, oya sus lectiones con continuaçión y cuidado. Trabaje y procure de aprovechar. En todo esto mirará mucho el Padre Portero, informándose de los maestros y condiscípulos y de quien pueda entender la verdad, y al que faltare en algo, avísele, y si no se enmendare, comuníquelo con el Padre Prior, y si paresciere que conviene, despídale para que se ponga otro que convenga en su lugar. Vernán a comer a hora determinada junctos, que será, que el Convento acaua de comer, estarán en las quadras de la Portería sin salir al Claustro principal, ni al Patio de la jente, y allí estarán conpuestos, sin hacer ruido, hasta que los llamen; entrarán con silençio en Refictorio, poniéndose a coros, según el horden, que abajo se dirá, el saçerdote que fuere semanero comiençe la bendiçión del breviario, prosíganla todos, diga el rector iube Domine benedicere, estando en pie, oyan con atençión la lectión, y que acabaren, den gracias poniéndose a coros, como al prinçipio, con el psalmo Laudate Dominum Omnes Gentes". El horden que se guardará en refictorio será éste: Los saçerdotes preçedan a los demás, y entre ellos guardarse a la antigüedad entre los demás, pues que ai estudiantes de todas facultades, en el vn choro estarán los theólogos por su antigüedad, y luego los artistas en el otro choro, por el mismo horden, los canonistas, y luego, los gramáticos, y si destos hubiere muchos podrán estar en entranbos choros. El sávado, se lea la tabla de los officios, cada uno haga con diligencia el officio que se le encomendare, y si por alguna causa justa faltare, encomiéndelo a otro, porque no aya falta. Los offiçios que comúnmente se encomiendan son los siguientes: el semanero que hecha la bendiçión, lector de la mesa primera y de la segunda, seruicios, y uno que tenga cuidado de las dos quadras. El sazerdote que fuere semanero estará el primero de su choro y començará la bendiçión quando el lector diga Jube Domine benedicere, dirá Mensis çelestis etc. O Ad çenam vitae eternae, como en el breviario, hará señal para començar a comer y para alçar las mesas y dará las graçias después. El lector de la messa provea la lection con tiempo, lea claro y distintamente, de manera que todos le entiendan, si hiçiere alguna falta enmendarle a el Padre Portero o aquel a quien él lo encomendare; la lectión será siempre de la Biblia para que se baian avituando y tengan notiçia della, y por ninguna cabsa deje de hauerla; a la primera mesa siempre ha alguno de los que saben medianamente, a la segunda leerán otros que sauen menos y [lersea] en la mesa segunda la mesma lection que se leio a la primera, tanpoco dexe de hauerla por ninguna cabsa, la qual començará el lector inponiendo recaudo a los que comen a la mesa. El seruidor de la mesa primera con el lector de la segunda entre tanto que come el Conuento, conpongan el refitorio, poniendo los manteles y las jarras con agua, no entre otro alguno con ellos a haçer esto, traian de la coçina la canasta con los platos y escudillas y acuda a tiempo a la puerta del claustro para meter la comida de la misma manera. Después de hauer comido la llevan a la coçina y déxanla en el húltimo escalón sin entrar dentro, cojen los manteles y barren el refictorio. A esto todo los aiudará el lector; si fuere verano, hechen las moscas, riéganlo y çierran las ventanas, el sávado deshollinando, friegan donde se reparte la comida, laban las jarras y taças, trae también el servidor a su tiempo la olla de la cocina y, entre tanto, el campanero con el Padre Portero pone el pan y la fruta. El que tiene cuidado de las dos quadras de la Portería, todo el verano venga primero que los demás y riéguelas cada día y el sábado las barra y la semana que suçediere inmediatamente prouea la tinaja de agua. Estos dos officios y seruidor no se hechen a saçerdotes ni a los que fueren graduados, a todos los demás, sí, sin esentar a ninguna, no anden por la cassa, no tengan dares ni tomares con nadie, ni los ocupen en cossa alguna, para que solamente baguen a su estudio. Si alguno faltare sin justa cabsa o se absentare algunos días sin licencia, despídanle y provean otro. (firman 23 frailes) (Y dice abajo en la esquina derecha): "Por quanto se nos a pedido en esta visita que aprouemos esto qual por el Convento está capitulado acerca de la comida y tratamiento de los estudiantes, visto que es limosna y charidad, lo aprovamos y mandamos que así se guarde, como aquí está capitulado". Fecho a XV de noviembre de 1581. Fray Rodrigo de Carmona". - En 2 junio 1595: Propuso el Convento que por quanto los miércoles y sábados de todo el año sobraba poca comida al Convento para cumplir con los estudiantes, que se diese alguna cosa del Patronazgo de don García de Quixada. Accedió el Convento a que se le diesen cada miércoles y sábado, dos reales, juntamente con los Viernes y Aviento y Quaresma, por todo el año. - En 20 diciembre 1610: Que no aya más de treinta estudiantes. Que ningún estudiante pueda estar más de seis años. Capellanías. Documentos - En 8 marzo 1513, propuso el Prior, Pedro de Alva, a los capitulares "sy darían a Luçía Rebollo, muger del Maestresala, para su sepultura, la Capilla segunda, deçendiendo de la Capilla Mayor, a la parte del Evangelio, y fue otorgada y conçedida la dicha capilla". - "fue también por los dichos capitulares conçedido que Diego Calderón y su muger e hijos y deçendientes del, se entierren en la sobredicha capilla, y la posea asy como pariente mayor y patrón, dando la limosna por él señalada, y quanta sea ésta, y la que dexó Luçía Rebollo por la capilla y los benefiçios espirituales que son obligados a hazer los frayles deste Monasterio por ellos, está escrito en los tratados que desta materia se hizieron y compusieron, a los quales me refiero". - En 19 noviembre 1518, en capítulo, "el padre fray Juan de Ávila propuso y dixo, que por quanto antes que hiziese profesión, haziendo su testamento, dexó parte de sus bienes para reparos de vna capilla que mandó hazer, e agora está hecha en el çimenterio del Real, cerca de Sta. Catalina, que es en término de Santa Fe, y para ciertas misas que en ella y en la dicha villa se han de decir, la qual hazienda fue vnas casas y vnas viñas en la dicha villa y en su término; y, asimismo, dexó a esta casa vna buena haça en el dicho Real, que enjuntó a la dicha capilla, y dexó por ejecutor del dicho su testamento al padre prior que era y fue de esta casa, y para que zele y visite la dicha capilla, y que se digan las dichas misas, y que las posesiones estén bien reparadas y labradas…". El dicho cementerio es del Hospital Real, que sus Altezas tuvieron sobre Granada. - En 19 agosto 1528: El Prior propuso a los capitulares "como la señora doña María de Peñalosa demandava que le diesen para su enterramiento y de sus defunctos el refitorio viejo, que solía ser, y que se passase a él el capítulo dende en adelante, y que ella se [jesería] a lo adouar de ornamentos y retablo como los demás; y que se le dixessen quatro missas cada semana, con ciertas fiestas, para lo qual dava dote suficiente en limosnas. Y todos los frayles capitulares respondieron que les plazía y tenían por bien que se diese la dicha pieça para su enterramiento y pasase a ella el capítulo, dende adelante, como ella lo demandó; y que le dixessen quatro missas cada semana con lo demás. De lo qual todo hizieron otros dos tratados conforme al derecho, y después, escritura en forma, y se otorgó de todos los capitulares. La qual escritura está en la çelda del arca". - En 23 septiembre 1529: El Prior propuso a los capitulares "que la sobredicha señora doña María de Peñalosa demandava que allende las quatro missas que estávamos obligados a le decir, que le dixessemos otras tres missas cada semana, de manera que se le dixesse cada día vna missa, para las quales tres missas dava cierta limosna, que sale quasi a vn real cada missa. Y los capitulares respondieron que les plazía y lo avían por bueno". Las escrituras en forma están en poder de los arqueros. (Con otra letra) "Yten, dexó esta señora veynte ducados para azeyte de la lámpara que arde en el capítulo, que es capilla de su enterramiento. Enpleáronse estos veynte ducados y ganan dos ducados cada año, desde el dya de San Juan, que es a veynte y quatro de junio de este presente año de I U y D y XXXII años. Lo qual todo se hizo con consentimiento y voluntad de todos los capitualares". - En 5 mayo 1530: Se propuso por el Prior "que vn çenso que la del alcayde de Medrano, que santa gloria aya, nos dio, por razón de la Capellanía que en esta casa tiene, que es de contía de quinientos mrs. cada año, el qual estava sobre çiertas casas e viña de Santa Fe, que son de Mendoza, camarero del Marqués. Y dixo que el sobredicho Mendoza demandava que le mudasen el dicho çenso sobre cierta huerta y casa que Juan de San Juan, clérigo de la Capilla Real, tiene en el Canpo del Príncipe desta ciudad de Granada. Y el convento, visto que la posesión era buena y el çenso estava bien seguro en ella, y por hazer plazer al dicho Mendoza que lo rogava, condescendió a sus ruegos y tuvo por bien el dicho traspaso, y dello se hizieron los tratados devidos". - En 21 octubre 1530: El Prior propuso a los capitulares "commo Antonio de Vallejo demandaba para su enterramiento y de su muger y suçesores la Capilla que es en el claustro, media entre la Capilla del Alcalde Medrano y otra que tiene agora la casa, en que está la Puerta por donde entran del canpo a la iglesia que agora tenemos, que es en el lienço, donde está el retablo del licenciado Puebla. Y todos los frayles capitulares vynieron en ello y se le dio. Y el dicho Antonio de Vallejo dio a esta casa en equivalencia y de conpensaçión de los gastos y costa que hizo en la edificación de la dicha capilla, çien ducados, de lo qual todo se hizo por tres tratados de capítulo, conforme a derecho, y de todo se hizo escriptura en forma y se otorgó por todos los capitulares". (Al margen izquierdo): "Esta Capilla tomó Doña Catalina de Chinchilla, de la manera que la tenya […] Vallejo y ha de dar los çien ducados que el dicho Vallejo dava por el mismo fyn que él los dava, por quanto el [… arlexo] por que se ha da [do] […utisar] en el monasterio [… conyfica] de Santa […] por eso el convento hizo dexaçión de la dicha capilla, y de esta manera la ovo la dicha doña Catalina". - En 30 octubre 1547: "Estos son los contratos de Capillas y Capellanías que en esta casa de S. Hidrónimo de Granada se han dado, los quales ha de aprobar e confirmar nuestro Reverendo Padre el General, si fuere seruido: 1. En tiempo del Padre Arzobispo, que sea en la gloria, se dio vna Capilla de iglesia nueva, que es la segunda, después de la Rexa, a la mano del Evangelio, para enterramiento de vna difunta noble que se llamó Luçía Rebollo, por la qual se dizen dos misas cada semana, y se haze vna fiesta de Nuestra Señora y vn aniversario cada año. Y esta difunta dio a esta casa vna hazienda que tenía en Motril, que se vendió por çien mill maravedís, y sesenta marjales de tierra en el Pago de Santa Fe y vna casa en la mesma villa y vnos cármenes, aquí en Granada, que suelen rentar cada año cuarenta reales". 2. "El mesmo señor arzobispo dio otra Capilla, que está en el Claustro Principal desta casa, a Gonzalo de Medrano, difunto, veynticuatro de Granada, y se le dizen cada semana dos misas a voluntad de los frailes, si las quisieren decir o no. Y éste dio seis mill maravedís de renta perpetua y ha de adornar la capilla y poner en ella lo neçesario". 3. "El mismo señor arzobispo dio vn rincón del Claustro Principal desta casa para enterramiento a Domingo de Velatigui, escrivano que fue desta Audiencia Real, por el qual se dizen cada semana quatro misas ad liuitum. Y éste dio a la casa CC XXX IIII U CCC L XXX III maravedís en çensos, heredades y deudas, que el Monasterio cobró; de los quales se gastaron LVII U mrs. en vn retablo que está en la estación y rincón del Claustro, do está éste enterrado -234 U 383 mrs. son reales 6.893 -11 -. 4. El mismo señor arzobispo dio el otro rincón y estación segunda del Claustro Principal por enterramiento al licenciado Puebla, abogado desta audiencia, y él hizo vn retablo en la dicha estación y dio vn ornamento de terciopelo negro a la casa; por éste no se dize ninguna misa". 5. Tanbién el señor arzobispo dio la Capilla Principal de nuestra iglesia al Gran Capitán y sus descendientes, y esto por çedula del Enperador, nuestro señor, y la escriptura que sobre esto se hizo, aprobó después el Padre Frai Ponce de León, que es en gloria, siendo General, porque así lo demandó la Duquesa de Terranova, que sea en gloria, a quien se otorgó la escriptura". 6. "El Padre frai Francisco de Vbeda, que es en gloria, dio el capítulo principal desta casa por Capilla y enterramiento a doña María de Peñalosa, difunta, y a sus descendientes, y se le dize cada día vna misa y se le hazen cada año quatro fiestas y vn aniversario; y ella dexó a esta casa vna posesión de quatro tiendas en el Çacatín desta çiudad, que suelen rentar cada año diez y siete mill maravedís, y dio tanbién cincuenta mill mrs. en dinero, que se emplearon en çinco mill de çenso abierto. Dio más mill y doscientos y noventa y seis maravedís de renta en cada vn año, para reparo de los ornamentos que ella dio. Asimismo, dio veinte ducados, que se emplearon en dos ducados de renta para axeite a la lámpara del Capítulo, que arde cada noche. Y hizo un retablo en el altar del Capítulo, el qual ella adornó medianamente. Dio más, çierta plata y ornamentos y vn caxón de madera en que están, lo qual todo se apreçió en dozientas mill mrs., digo de la plata y ornamentos". 7. El Padre fray Francisco de Vbeda, que es en gloria, tanbién dio vna Capilla en el Claustro Principal desta casa a doña Catalina de Chinchilla, hermana del padre frai Garçía de Chinchilla, profeso desta casa, que sea en gloria, por çien ducados, que ella mandó dar por los hedefiçios della, porque en tanto se apreçió". 8. "Tanbién el Padre Frai Francisco de Vbeda dio la terçera Capilla, después de la Reja de la Iglesia, a la parte de la epístola, a Pero Hernández de Ribera, vecino desta çiudad, difunto, el qual dio a la casa sesenta mill maravedís por el edificio, y es obligado de adornar la Capilla de todo lo neçesario". 9. "El Padre Frai Diego de Linares dio vna Capilla en la iglesia, que es la segunda después de la Rexa, a la parte de la Epístola, a Diego Sánchez de Ávila, jurado desta çiudad, el qual dio a la casa ochenta mill maravedís, y es obligado a adornar la Capilla". 10. "En el tiempo pasado, teniendo yo cargo desta casa, se dio vna Capilla, ques la terçera después de la Rexa, a la parte del Evangelio, a Diego de Roxas, vecino desta çiudad, el qual dio çien mill mrs., porque en tanto se apreçió la Capilla, y es obligado a la adornar". 11. "Después de todo esto, agora estos días pasados, se dio la Capilla a don Ginés, veyntiquatro desta çiudad, por el preçio y condiçiones que V. P. ya vido en el contrato que aprobó". El General de la Orden aprueba los diferentes contratos a 30 de octubre de 1547. - En marzo 1553: El Prior propuso a los Diputados del Convento "si les pareçía que devía aceptar el patronazgo de vna Capellanía que el canónigo, fundador de Santa Paula, avía dexado" ya que el Padre General le había encargado que la aceptase y Hierónimo de Arçeo, sobrino del dicho canónigo, le rogaba con mucha voluntad. Se aprobó y, también, que los Priores de S. Jerónimo de Granada "tengan el dicho patronazgo para presentar el capellán, que sirva la capellanía después de la muerte del dicho Hierónimo de Arçeo, el qual la sirve agora". - En 1 abril 1554: El Prior propuso al convento: " si querían açeptar la Capellanía que avía dexado la señora Doña Magdalena por vna cláusula de su testamento, en la que manda que se diga cada día vna missa y tres fiestas en el año, cantadas, para lo qual mandó dar en limosna mill ducados, para que se comprase renta para esta memoria, lo qual mandó que se hiziese en el Monasterio de Frex del Val, y si allá no se açeptase, que se hiziese en Sant Hierónimo de Granada; lo qual no se açeptó en Frex del Val, y el convento de esta casa respondió que açeptarían la limosna con carga de decir cada semana vna capellanía de quatro missas, según la intención de la difunta y tres missas cantadas en el año, en los días que ella demandó". El convento aceptó "y porque don Pero de Bovadilla no tenía dineros para dar luego los mill ducados, ofreció al monasterio vn molino, que renta cada año XVIII (U) mrs. y sobre esto se hizieron otros tres tratados y el convento vino en todos ellos en lo reçebir y assí se reçibió y se tomó la posesión del por el monasterio y lo posee dende primero de mayo desde presente año de 1554 y desde este día corre renta por el monasterio". (Margen izquierdo): La primera fiesta en la octava de la Asunción; la segunda en la octava de la Navidad y la 3ª en octava de la Magdalena. - En 10 mayo 1554: El Prior propuso al convento "si holgaban de dar a Dïa Sánchez de Ávila la çelda del Arca para hazer çierta obra en su Capilla sobre el altar de la misma capilla, lo qual los padres visitadores le avían concedido, con que dorasse la dicha capilla y diesse lo que fuesse menester para aderezar otra çelda para el Arca, y con esta condiçión el convento vino en que se le diesse". Y "dixo que él tenía intención de instituir çierta Capellanía de quatro missas cada semana y que para esto daría luego seisçientos ducados en limosna, porque dellos se comprase vna posesión que rentase cada año doze o quinze mill mrs. y mientra no se halla tal posesión, que él dará la limosna al monasterio, a respeto de doze mill mrs. cada año", "y el convento vino en encargarse destas quatro missas, con que él diesse luego los seisçientos ducados para comprar la posesión, y él dixo que luego lo conpliría". (Margen derecho): el dicho Día Sánchez dio 50 ducados como ayuda a hacer otra celda en la Torre. - En 13 julio 1554 : El Prior propuso al convento que Luis Días, mercader, y su muger, Catalina de Xerez, "avían dexado vna Capellanía de dos missas rezadas, cada semana, la qual capellanía dexaron con esta condición": Al presente la serviría Pedro de Xerez, sobrino de la dicha Catalina de Xerez. Cuando éste muriese vendría a la casa de S. Jerónimo de Granada. En limosna para la capellanía dejaban 6.000 mrs. de censo perpetuo. Poner una alfombra sobre la sepultura de la capilla y 4 cirios de cera, cada año, en las vísperas y misa, el día de Todos los Santos y el día de los Finados, para lo que dejaban en limosna 4 ducados. Aceptar el patronazgo de ciertas obras pías, para lo que mandaba 2.000 mrs. y 2 capones, dados al Prior por el trabajo de la administración. (Margen izquierdo): No tuvo efecto. - En 15 septiembre 1567 se ofrece: Si querían aceptar la Capellanía que había dejado "el Sr. Lic. Lope de León, oidor que fue de la Real Audiencia de Granada y Dª Inés de Alarcón, su mujer, para que se digan cada semana perpetuamente 2 misas rezadas y 6 misas cantadas en la Iglesia, con responso en su capilla, cantado, para lo qual mandó 14.500 mrs. de censos al quitar". Se aprueba. - En 28 marzo 1571: "El Prior "propuso al Convento que Alonso Mexía, Comendador de Santiago y veinticuatro de Granada, quería tomar la Capilla de Nuestro Padre Sant Hierónimo, que está en el Claustro, y que daría por ella quatrocientos y cinquenta ducados. Y juntamente pedía que le recibiésemos en esta casa para vivir en ella, recogidamente, por los días que le quedasen de vida y que lo mantuviésemos, y él pagaría lo que fuese justo. El convento vino en que se le de la Capilla en los quatrocientos y cinquenta ducados, y en quanto a lo de recibirlo en esta casa, que tan bien lo recibían. Y aviendo respecto a que era vn cavallero tan principal y que su trato y conversación nos sería de buen ejemplo, y por condescender con su devoción, se le dava para su aposento la celda baxa de los Padres Priores; y en lo de pagar la costa de su mantenimiento, que no se le pidiese ni señalase nada, porque esto lo dexava el Convento a disposición y voluntad del dicho Alonso Mexía". (Margen izquierdo): "No vino a efecto". - En 25 mayo 1571: El Prior "propuso al Convento commo las más o todas las Capellanías desta casa estavan muy baxas en sus rentas y muy subidas y cargadas de misas y sufragios, que si convernía dar noticia dello a nuestro reuerendísimo padre general Fray Antonio de la Carrera, para que las moderase y abaxase de las misas y sufragios, pues el señor arzobispo de Granada, en todo su distrito, las modera y abaxa de cada día, después acá del Concilio Tridentino. Todo el Convento vino en que se haga como nuestro padre Prior lo propuso. Y ansi se escrivió sobre ello a nuestro padre general, y avnque no acudió a ello, a se de llevar al Capítulo General vn testimonio de cómo el sr. Arzobispo las modera, para que la orden provea sobre ello". - En 1 septiembre 1571: El Prior "propuso al Convento, que ya le era notorio commo el señor don Ginés de Carrança, comendador de Santiago y veinticuatro de Granada, en días pasados avía tomado en esta casa vna Capilla para su enterramiento, por precio de seiscientos ducados, y avía establecido en ella vna Capellanía y memoria perpetua de siete misas cada semana, rezadas, y dos misas cantadas en cada vn año, para cuya dotación, y para que siempre ardiese vna lámpara en la dicha Capilla, avía ympuesto veintidós mill y quinientos mrs. de censo perpetuo en cada vn año sobre sus casas principales, con condición que lo pudiese remover e ymponer cada y quando quisisese sobre otras posesiones, buenas, a contento de este Convento, como todo ello se contiene más largamente en las escripturas, que sobre ello se hizieron. Y que ahora el dicho señor don Ginés quería remover el dicho censo de sobre sus casas y comprar a este monasterio el dicho censo de los dichos veinte y dos mill y quinientos mrs. y pagarlo en dineros de contado a razón de dezinueve mill mrs. el millar, que montan mill y ciento y cuarenta ducados de principal; y que este convento señalase vna heredad y posesión sobre la qual se cargasen e ympusiesen estos ventidos mill y quinientos mrs. de censo perpetuo. El Convento confirió por sus tres tratados sobre todo lo que dicho es, y vinieron y se conformaron en que se haga ansí como el dicho señor don Ginés lo pide; y está propuesto, porque hallaron que le estava muy bien a este dicho convento y los dichos mill y ciento y cuarenta ducados nos los pagó de contado, y señalamos la Huerta de los Almezes, que está junto a nuestro Hospital que llaman de Juan de Dios, que es nuestra; sobre lo qual se ympusieron los dichos veintidosmill y quinientos mrs. de censo perpetuo en cada vn año, con condición que esta casa cada y quando que quisiese los pueda remover y quitar de sobre la dicha huerta e ymponer sobre otra posesión y heredad. Y, juntamente con todo lo que dicho es, propuso nuestro padre al convento, commo es hecha cuenta con el dicho señor don Ginés, de lo que restaba deviendo de los seiscientos ducados de la Capilla, pareció que devía doscientos y setenta y cinco ducados, que si el Convento holgava dello, él los quería pagar en esta manera: Que desde quatro día de setiembre de 1571 años, hasta veintidós días de jullio de mill y quinientos y setenta y seis años, que son quatro años y diez meses y medio y tres días, no seamos obligados a decir ni digamos las misas de la dicha Capellanía, sino que en cada vn año destos, se vayan esquitando los veintidosmill y quinientos mrs. que es la renta de la dicha Capellanía y lámpara de cada año. Y que avnque es verdad que la lámpara no avía de arder en estos quatro años y diez meses y medio y tres días, juntamente con no decirse las misas de la Capellanía, que la dicha lámpara no çese de arder, commo hasta aquí, pues ya van abaxados y descontados los mill y quinientos mrs. de su renta hasta veintidós días de jullio de 1576 años. Y desta manera y dentro deste tiempo queda esta casa pagada de los doscientos y setenta y cinco ducados que el dicho señor don Ginés restava de la dicha Capilla. (Margen): "Y es declaración, conforme a la escriptura, que cada y quando que el señor don Ginés o sus herederos dieren e pagaren a esta casa los doscientos y setenta y cinco ducados de la dicha Capilla, o lo que se restare deviendo de ellos, que desde este mismo día se comiencen a decir las misas y sufragios". El Convento, ansimismo, vino en que aceptaba todo esto, commo está propuesto y lo pide el señor don Ginés, y dello se hizo escriptura, juntamente con lo de los mill y ciento y cuarenta ducados, para la Capellanía perpetua, la qual escriptura pasó ante Francisco de Córdova, escribano público de Granada, su fecha en quatro de setiembre de 1571 años, y sacóse la escriptura y está en el arca. Y es de advertir que esta casa queda obligada de emplear estos mill y ciento y cuarenta ducados en renta perpetua, no dentro de cierto tiempo, sino quando pudiere, para que se haga renta perpetua para la dicha Capellanía del dicho señor don Ginés, porque avnque es verdad que sobre nuestra Huerta de los Almezes, commo dicho es, se ympusieron los dichos veintidosmill y quinientos mrs. de censo, a dezinueve mill mrs. el millar, con los mill y ciento y cuarenta ducados de principal, no acrecentó esta casa renta alguna, pues para pagar la dicha Capellanía tomó y toma veintidosmill y quinientos mrs. de renta de la propia Huerta, y ansí quedamos con debda hasta tanto que se compre renta nueva para esta casa, empleando los mill y ciento y cuarenta ducados en ventidos mill y quinientos mrs. de censo perpetuo. Fue todo lo que dicho es aprovado", por el General. Y porque en todo aya claridad, se advierte que destos mill y ciento y cuarenta ducados, que nos dio el señor don Ginés, se tomaron novecientos ducados y se redimió el censo de Alonso Mexía, que era de novecientos ducados, que esta casa le avía tomado a censo a XIIII U el millar, y se le pagó también el corrido de vn año, poco más. Y los demás a cumplimiento a los mill y ciento y cuarenta ducados, los gastó esta casa en cosas necesarias para nuestro sustento". - En 1 marzo 1572: "Si les parecía ser convenible dar la Capilla de Nuestro Padre Sant Hierónimo, que está en el claustro, a Luis Rexano, su cuñado, el qual ofrecía y dava por ella vnas casas suyas que heredó de su yerno e hija, sobrina del dicho nuestro padre prior, que están en los solares que dizen de Pero de Baeça, y rentan al presente doze mill mrs. de renta en cada vn año, y que las dará libres de censo, especialmente de dos ducados de censo perpetuo que están sobre ellas, con que se tomaron al principio los solares". El Prior, como pariente, se salió para que votasen. Y admiten que se de la Capilla al Rejano por el precio ofrecido; pues "avnque es verdad que la Capilla estava tasada en quatrocientos y cincuenta ducados" y 2 ó 3 personas iban a dar su precio, se volvieron atrás, al final, y aunque ahora "los alquileres de las casas (están) baxos, por razón de la guerra de los moros, rentavan las dichas casas doze mill mrs. y antes de la guerra avían rentado quinze mill mrs., y que asentada la tierra, se creía que bolverían las rentas a subir". Dio, además, el Rexano 50 ducados para tres misas, una de la Concepción, otra de la Natividad y otra de la Asunción, cada año. (Nota): Como las casas del Rejano eran de Mayorazgo, no pudo darlas y debió pagar de otro modo la Capilla: en ellos se suman los 84 ducados que la casa le debe por la esclava. - En 19 marzo 1575: "por quanto el licº Royanes avía redimido vn çenso que pagaua a esta casa de doscientos ducados, los quales son de la Capellanía de doña María de Peñalosa, si les parecía que se tornase a emplear". Decidieron "en que se emplease luego, porque no dexasen de ganar, pues que no çesauan de se decir las missas de la Capellanía". - En 18 septiembre 1577: "parece que el canónigo Varela, difunto, avía instituido çierta Capellanía, de la qual el Prior desta casa es patrón della y se avía perdido çierto çenso de cantidad de cincuenta ducados al saneamiento, porque no era patrón; si el Convento, atento a que el dicho canónigo avía dexado a esta casa toda su hazienda, que era más de cinco mil ducados, sin cargo de ninguna cosa ni obligación ninguna, que se obligase la casa a pagar el dicho censo". Se aprobó - En 15 noviembre 1583 se propone "si querían reçebir vna Capellanía de Inés del Canpo, viuda, vezina desta çiudad, de cantidad de deziocho misas rezadas cada año y apotecó para la renta de las misas unos çensos y dio las escrituras y entrególas al arca del Convento, que rentarán diez ducados, que sale la misa a más de medio ducado. Vino el Convento en ello, con que las misas y limosna dellas se an de repartir entre los religiosos de la mesma casa para sus neçesidades y no entre otras personas algunas, començando desde los más antiguos por su orden… Y si caso fuese, que se perdiere algún çenso, que se abaxen las misas". - En 20 junio 1585 se dijo "que vn cauallero desta ciudad, que se llama el Capitán Cepeda de Argueasa y Veinticuatro de ella, quería tomar vna Capilla en la yglesia, que es la postrera de todas, como entramos, a mano izquierda, por la Puerta de la yglesia, y vino para ello el obrero mayor a tasalla i púsola en quatrocientos ducados, y conforme al estilo ordinario deste reino, porque se eslindan las paredes de la yglesia y se sirven de ellos. Propúsolo i se la querían dar en este precio al Convento. Vinieron todos en ello, con que se obligase a labralla de rexa y retablo y vóbeda y ornamentos y lo demás neçesario". - En 20 enero 1593 se planteó "si querían reçebir vna capellanía que auía instituido Antonio Núñez, veintiquatro desta ciudad". Se acepta, pero porque "la dotación de ella era muy poca, que no salía la misa más que a dos reales, se diesen las misas a los frailes, hijos de la mesma casa, y se repartiesen las misas por mano del Vicario, y la limosna diese el arquero, y no fuesen para el prior ni para ningún güesped, morador del dicho Convento. Y las cinco fiestas que instituyó, fuesen para la comunidad, si son cantadas sin vísperas". Se aprueba. "Y la dotación de la dicha capellanía son las tiendas, junto al Alhóndiga Çaida, y tienen de pagar cada año quarenta ducados por las cinco fiestas y tres misas rezadas cada semana. Las fiestas salen a veintinueve reales y las misas salen a dos reales". - En 3 abril 1595 el Prior propone al Convento que un vecino de Granada, llamado Pero Hernández de Palma, tenía una eredad en el Pago de Cújar, encorporada con nuestro olivar y que quería instituir una Capellanía de nueve fiestas de Ntra. Sra. y otra de la Bienaventurada Santana, todas rezadas. Accede el Convento. - En 16 octubre 1595 propuso al Claustro "que ya sabían como el día antes en el aucto de la fee que se auía çelebrado en Granada, auían salido al cadahalso el doctor Gómez de Santofimia con vn sambenito de vna vanda y auía abjurado de vehementi y su muger doña Marina de Molina en estatua con sambenito de reconçiliada, y declarados por deçendientes de judíos y judaizantes y penitençiados en otras inquisiciones del Reyno, y que los dichos marido y mujer auían tomado para sí y sus deçendientes vna capilla en el claustro de este Monasterio, y en el retablo que auían puesto en la dicha capilla estaban ambos en dos retratos, lo qual todo era gran deshonor de esta casa real, y que por la dicha capilla no auían dado más de quarenta ducados y aún éstos estauan por pagar, y otras cosas que estaba obligado a hazer el dicho Santofimia en adorno de la capilla no las auía hecho, y çierta parte de vn olivar que auía de dar para reparos de la capilla, ni le a dado, y dize que no es suio ni le puede dar, por todo lo qual esta casa inormíssimamente lesa, y prinçipalmente, que en el paño del claustro, donde está la dicha capilla, ay otras capillas por abrir y por dotar, que no aurá nadie que las quiera con tales vezinos, y lo que más es, que la venta de la dicha capilla se effectuó sin liçençia de nuestro padre general, por lo qual la dicha venta es nulla; que viesen lo que sobre esto les pareçía conuenía hazerse". Se acuerda no hacer pleito sobre ello, pues sería muy largo; sino que de hecho se quite el dicho retablo y se embiase a casa del Dr. Santofimia, y que si él intentase alguna cosa en contra, se le opondrían las razones convenientes, y que ni él ni ninguno de los suyos se enterrase en la dicha capilla. - En 26 noviembre 1595 dice el Prior "Si les pareçía que la capilla, que se dixo fue de Sanctofimia, se encorporase en la Sacristía para seruiçio de ella". Pareció bien, por ser tan necesario, y se acordó además, que en reparos de los caxones de la Sacristía y en otras cosas y en encorporar la dicha capilla, se gastasen hasta 500 ducados. - En 10 octubre 1599: Reciben una capellanía que instituyó Dª María de Ribera, difunta. La Capellanía es de ciento y quatro misas y sale cada misa a 3 reales. - En 16 septiembre 1599: Dª Luisa de los Covos, hija del Marqués de Camarasa, que esté en gloria, dejó unas casas en la Calle Verónica de Granada, junto a las Recogidas, para una Capellanía de 16 misas cada semana y cuatro fiestas cantadas, a perpetuidad. - En 19 noviembre 1599: Capellanía fundada por Dª Luisa de Torres, hermana de un jurado. Da casas en el Boquerón del Darrillo, con un censo abierto de 250 ducados. Dirán 60 misas, a 3 reales la misa. - En 13 julio 1607: Venta de la Iglesia Vieja a Sebastián de Prado para Capilla, por cien ducados. Misas. Documentos - En 19 febrero 1534: Prior y capitulares "ordenaron que a todas las misas rezadas que se dixieren, ansí en la iglesia, commo fuera della, se ençiendan dos candelas y no vna, commo hasta aquí se encendía; y, asimismo, determinaron que por la mala obra que se seguía de labrar las tierras de Santa Fe, se vendan cuarenta marxales dellas para comprar vnos cármenes, que vende Bernabé López Fozih, en el Pago de Cuxar, y que se vaian comprando los que alcançare el dinero de las que nos dio el rey". - En 27 mayo 1549: Falleció Alonso García de Valera, canónigo de S. Salvador del Albaizín de Granada, el qual en su testamento "mandó que después de cumplidas las mandas y legados, capellanías y otras obras pías, en el dicho testamento contenidas, como por el pareçe, el residuo de su hazienda, así de muebles commo rayzes, lo oviese este monasterio de San Jerónimo, para que dello el Prior con su Convento hiziese limosnas o lo que bien les estuviese…". Cumplidas las mandas, "quedaron de sus bienes quinientas y sesenta mill mrs., los quales esta casa ovo por virtud de la dicha manda y legato". El Prior y el Convento, pese a que la manda se hizo sin condiciones, "ordenó que cada año se hiziese lo que sigue": "Primeramente, que cada año, perpetuamente, se le digan dos treintanarios ad líbitum por él y por todas las personas que le tocan, así vivos como difuntos, los quales se an de decir desde principio de enero de cada vn año. Enpeçáronse a decir desde henero deste año de I U D L años". "Iten, se ordenó, con consentimiento de todo el capítulo, que cada año, perpetuamente, reparta, por Pascua de Navidad, a pobres, el prior con consejo de los diputados, treinta varas de buriel, de lo que nosotros vsamos, lo qual se a de comprar cada año por el mes de julio o quando más varato valiere". "Yten, viernes a catorze de noviembre deste año de 1550, nuestro Rvdo. Padre fray Antonio de Santofimia propuso al convento y se declaró que este paño se de para Todos los Santos, hasta en contía de quinze ducados, a medio ducado, poco más o menos, la vara". (Margen izquierdo): "Y quedaron estos dichos mrs. en tres pares de casas que este monasterio dio al hospital en pago de çiertas deudas que le deuía", lo que se hizo con licencia del General de la Orden. - En 18 marzo 1553: Si la casa podía encargarse de decir un aniversario cada año por la suegra de Juan Rodríguez de Ávila, difunta, dando él 1.500 mrs. de censo perpetuo en limosna a esta casa. Se le diría dentro de las Octavas de la Vigilia de Ntra. Sra. de la Concepción. Que también se dijese una misa en reverencia de la Pasión de Ntro. Redentor, por el alma de su mujer, y que la dotaría suficientemente, y porque el convento tenía obligación a los parientes de la mujer de Juan Rodríguez de Ávila, lo aprobó, y Juan Rodríguez dio para la dicha dotación cien ducados, para que se empleasen en alguna heredad, y de su renta, que sería hasta 3.000 mrs. "se pudiese ayudar a mantener vn sacerdote que la tenía de dezir". - En 6 diciembre 1555: El Prior propuso al convento "si les parecía que se devían aceptar dos misas cada semana, miércoles y viernes", por Ana Palomino, para lo que dio 400 ducados: 220 en dinero, un censo que paga 10 ducados al quitar y otro censo de 8 ducados al quitar. Lo aprobó el convento y los 400 ducados se emplearon: 236 en unos cármenes que se compraron a Jorge de Baeça en el Olivar. - En (1558?) "Juanote, nuestro hortelano, murió el mes de noviembre del año del Señor de 1557 años; y propuesto en capítulo que benefiçios espirituales se le harían, por lo que la casa le devía de su serviçio, conçertóse que tiniendo respecto a 37 años que sirvió de hortelano, y se le devían noventa y quatro mill y tantos mrs., se le digan cada año sesenta misas ad líbitum, perpetuamente". - En 6 junio 1567: Ante el gran concurso de gente, tanto forastera como de Granada, que van a oír misa al convento, se acuerda que cada día se diga una misa, como en otras casas de la Orden, para los que llegan tarde a la Misa Mayor. - En 15 septiembre 1567: Misas por los frailes difuntos. - En 18 enero 1572: El Prior "propuso al convento que pues los padres visitadores […] avían dejado mandado que esta casa pagase y dixiese tres mill y trezientas y cincuenta y cinco misas que estavan por decir y reçagadas, ansi de capellanías commo de otras que vienen a la Sacristía, y que hasta estar éstas pagadas y dichas no tomase la Sacristía misa alguna; y que las tres misas que los frayles tienen para sí cada semana, las dixesen por la comunidad y no por sí. Que para hazerse esto más cómodamente y se cumpliese con la obediencia, que viesen qual medio tomarían…" - En 8 junio 1573: Misas por los difuntos de las familias de los frailes. - En 31 diciembre 1587: "que si les pareçía que se reçibiesen çinco missas cantadas, las quatro sin vísperas y la otra con vna vigilia cantada, y más veynte y nueue missas raçadas. Y vino el Convento en que las çinco missas cantadas se recibiessen para la comunidad y que si se diesse por cada missa cantada ducado y medio de limosna, y las veynte y nueue reçadas quédanse a disposiçión de nuestro padre, para que él las repartiesse a los religiosos que él fuesse seruido. Y estas missas todas dexó doña Ysabel del Campo, dexó para ellas dos çensos, el vno en el Sr. Don Rodrigo de Ávila, veyntiquatro desta ciudad de çiento y ochenta ducados de principal, y el otro el Gil de Tapia, vezino de Santa Fee, de treynta ducados de prinçipal. Entregaron las escripturas con sus reconocimientos y testamentos. Y si en algún tiempo hubiese quiebra en alguno de los çensos, se abaxaran las missas rata por cantidad, las missas reçadas salen a nouenta y siete mrs., antes más que menos". - En 11 mayo 1587: "si querían reçibir veynte y siete missas reçadas que dexaua Ynés del Campo, religiosa, y de limosna dexa para ellas çiento y onze ducados". Se aprueba con condiciones: "que el año que fuere seruido nuestro Señor de la lleuar deste mundo, se le an de deçir çien missas, y las veyntisiete, no se an de decir en el dicho año; el segundo año se an de sacar de los ciento y onze ducados, cinco ducados para la sepultura que se le da, para su enterramiento, tantum, y lo restante le queda para la limosna de las veyntisiete missas; passados los dos años, quedan todos los dichos çiento y onze de limosna por las dichas veynte y siete missas, y éstas que las reparta por los religiossos de la casa y que ninguna dellas de a ninguno de fuera" (Margen): No efecto. - En 4 noviembre 1593: Propone el Prior que, dadas las numerosas mercedes que la orden y particularmente la Casa de Granada recibía del rey D. Felipe, que cada año se le dijese por él y por toda la progenie real una misa cantada, el día de S. Lorenzo, y con toda solemnidad. La del Santo se diría rezada por la mañana, y después, la cantada. -
En 28 noviembre 1593 se ofrece si quería recibir una misa
cantada de réquiem, con su
vigilia, que dijo que se dijese un criado que había sido de la
Casa. Memorias. Documentos - En 8 marzo 1552: El padre fray Pedro de Cuenca, "nuestro hermano, quando vino a ser frayle e hizo testamento, dexó vna memoria de vna missa cada semana, que se dixese por el ánima de su madre difunta, y para esto dexó dos mill mrs. que se diesen perpetuamente, cada año, en limosna". Los "dos mill mrs. de la limosna" suponían "cincuenta mill mrs. con que se pudiesen comprar". El convento recibió los 50.000 mrs., pues los dos mil mrs. no estaban en posesiones bien paradas, y se encargó en emplearlos para que rentasen para una misa perpetua cada semana. - En (1 enero 1559) se habló sobre "si darían a çenso perpetuo vna casa que dexó Gil López Açeytuno, que está junto al Boquerón de Darro, en la calle que baxa de la carneçería de la calle Elvira para Sancta Paula, la qual dexó el dicho Gil López por vna memoria que en esta casa se haze cada año, y después… que por ser cosa vil y provechosa al Monasterio, se devía de dar a censo perpetuo y así se dio a Leonor Méndez y a sus hijos, el bachiller Texeda y Juan Jordán, a çenso perpetuo, por dos mill y quinientos mrs. en cada vn año". Corre el censo desde 1º enero 1559. - En 14 noviembre 1567 se hacen Reglamentaciones para atender oficios religiosos de difuntos. - En 29 octubre 1574 se propone "Si quería que se cargase esta casa de los çensos que se quitauan de las memorias del Obispo de Guadix, que es de la fábrica, que montauan XCV U CC mrs…". (Margen izquierdo): "Esta escritura no se hizo: ni fue menester licª. de nuestro reverendísimo, porque el Conuento quitó este çenso del todo, pagando los dichos XCV U CC a las memorias. Lo qual se hizo desde ocho días de enero de 1575". - En 15 noviembre 1578: "si querían recibir vna memoria que Martínez, clérigo presbítero, que avía dexado, de decir misas de Ntra. Señora". Se aprueba. - En 20 abril 1578: "Que avía muerto vna señora que se llamava doña Catalina Navas de Puebla, y que avía instituido vna memoria de un aniversario cada año por Todos Santos con vigilia y responso, después de la muerte avía aplicado a ella vn çenso de çiento y veinte ducados de lo principal, el qual tiene en Alhama sobre los bienes de la viuda de Pero Ramos". Se Aprueba. - En 5 diciembre 1589: "Si querían recibir vna memoria que dexó el licdo. Luis Fernández de Córdoua a esta casa, con obligaçión de dezirle cada vn año, para siempre, treinta missas rezadas y vn aniversario de vigilia y missa cantada en las octauas de Todos Santos, con dotación de quatro ducados por el aniversario, y por las treynta misas rezadas, a razón de medio ducado, que todo junto monta diez y nueue ducados", "dexó el sobredicho difuncto para ella dozientos sesenta y seis ducados, los quales aviéndose de emplear en comprar dellos renta para esta memoria, propuso nuestro padre Prior al Convento por tres tratados, si se pagaría con ellos las enzinas de la Granja de Árboles, que compramos con su fructo del rey don Phelipe, nuestro señor, segundo deste nombre, y vinieron todos en ello, con conditión que lo que sobrase desta cantidad se emplease en otra cosa útil para este Convento". - En 9 abril 1591: "Si les pareçía reçebir vna memoria de don Miguel de León, de dos missas de fiesta con sus vísperas y con ministros, y que se digan en la Capilla que tiene en el claustro, Y juntamente con esto les propuso si querían admitir la dotaçión que dexaba y para que arda la lámpara de día como antes teníamos obligaçión de tenerla ençendida de noche". Se acuerda. "Dexó para lo vno y para lo otro un censo perpetuo de tres mill y quinientos mrs. y quatro gallinas y media de renta en cada vn año"; la renta está impuesta "en vnas casas y quatro tiendas en la Plaça de Vibarrambla". Se repartió la renta: seis ducados para el aceite de la lámpara; los 1.250 mrs. y 4 gallinas y media, para las dos fiestas y misas solemnes. -En 24 julio 1593: Si querían recibir una memoria de una viuda, de siete misas rezadas. Se acepta. Aniversarios. Documentos - En 18 marzo 1553: Si la casa podía encargarse de decir un aniversario cada año por la suegra de Juan Rodríguez de Ávila, difunta, dando él 1.500 mrs. de censo perpetuo en limosna a esta casa. Se le diría dentro de las Octavas de la Vigilia de Ntra Sra. de la Concepción. Que también se dijese una misa en reverencia de la Pasión de Ntro. Redentor, por el alma de su mujer, y que la dotaría suficientemente, y porque el convento tenía obligación a los parientes de la mujer de Juan Rodríguez de Ávila, lo aprobó, y Juan Rodríguez dio para la dicha dotación cien ducados, para que se empleasen en alguna heredad, y de su renta, que sería hasta 3.000 mrs. "se pudiese ayudar a mantener vn sacerdote que la tenía de dezir". Fiestas. Documentos - En 2 septiembre 1579: "Si querían reçibir quatro fiestas que el licenciado Pero Gómez, benefiçiado que fue de la Parroquia del Señor San Gil desta ciudad, auía instituido y mandado por su testamento, para lo qual, de presente, mandava que se diese por cada fiesta de las sobredichas vn ducado de limosna, y después de los días de doña Leonor, su cuñada, y otros dos herederos sobrinos suyos, toda la hazienda del sobredicho viniese a esta casa, que serán más de dos mil ducados, y que luego la entregasen al dicho Monasterio las escripturas y todo lo demás de su hazienda, como en causa propia, que es, los sus erederos no fuesen más de vsufrutuarios, y las fiestas son de la Asunpción de Ntra. Sra. y de Nuestro Padre San Jerónimo y de San Gil. Todo el Convento vino en ello con que las vísperas de las dichas fiestas sean semidobles y con la hazienda que este difunto dexó por esta fiestas es para el Convento y no para que el prior la reparta como los otros patronazgos". Notas 1. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 44. 2. Son la Actas Capitulares del Monasterio Jerónimo de Granada el documento fundamental sobre el que se basa el estudio de los Jerónimos de Granada. De aquí que se presente un Apéndice Documental al final del trabajo, en el que se anota cada uno de los apartados documentales sistematizados en estas páginas, cuando así lo ha requerido el asunto tratado. Ello se indica con la forma abreviada entre paréntesis de (A 1, A 2, y así sucesivamente). 3. J. Sánchez, "Fundación y desarrollo de la Orden de los Jerónimos", en Codex Aquilonensis. 4. F. I. Madrid, "La orden de San Jerónimo en España. Primeros pasos para una historia crítica", Studia Monastica (Monserrat) 3 (1961), págs. 409-427. 5. José Rodríguez Molina, El obispado de Baeza-Jaén. Organización y economía diocesanas (Siglos XIII-XVI), Jaén, 1986. 6. José María Revuelta Somalo, Los Jerónimos. Una orden religiosa nacida en Guadalajara, I: La fundación, 1373-1414, Guadalajara, 1982. 7. Studia Hieronyma. Colección de Estudios dedicados al VI Centenario de la Orden de San Jerónimo, Madrid, 1973, 2 vols. 8. José Rodríguez Molina, El obispado de Baeza-Jaén (Siglos XIII-XVI). Organización y economía diocesanas, Jaén, 1986. 9. J. R. L. Highfield, "The Jeronimites in Spain. Their patrons and success 1373-1516", Journal of Ecclesiastical History, 34- 4 october 1983, págs. 513-533. Miguel Ángel Ladero Quesada, "Mecenazgo real y nobiliario en monasterios españoles: los jerónimos (siglos XV y XVI)", Homenaje a José Mª Lacarra. Príncipe de Viana, Anejo 3, XLVII (1986), págs. 409-439. 10. F. I. de Madrid, "Los monasterios de la orden de San Jerónimo", Yermo, 5 (1967), págs. 107-175. Diccionario de Historia Eclesiástica de España, Dir. por Q. Aldea, T. Marín y J. Vines, Madrid, 1972-1986, 5 vols: Voz Jerónimos. 11. Archivo Histórico Nacional: Clero, libro 3696, Libro de Actas Capitulares. IS único. 12. Enrique Llopis Agelán, Una gran "empresa" agraria y de servicios espirituales: El Monasterio Jerónimo de Guadalupe, 1389-1835, Universidad Complutense, 1995. Sobre el Monasterio de Guadalupe, al contrario de lo que ocurre con otras fundaciones jerónimas, abundan los Estudios. Sirvan de muestra los siguientes: C. Viznete Mendoza, "El patrimonio del monaterio de Santa María de Guadalupe (1340-1785)", En la España Medieval, 1 (1980), págs. 593-619; L. V. Díaz Martín, "La consolidación de Guadalupe bajo Pedro I", En la España Medieval, 3 (1982), págs. 271-285; Idem, "Le processus de fundation de Guadalupe sous Alfonso XI", Le Moyen Âge, 2 (1984), págs. 233-256; P. Linehan, "The Beginnings of Santa María de Guadalupe and the Direction of Fourteenth-Century Castile", Journal of Ecclesiastical History, 36-2 (1985), págs. 284-304. 13. J. R. Romero, El monasterio de San Jerónimo el Real de Madrid. Estudio socioeconómico de una unidad de explotación y producción bajomedieval (1464-1510), Madrid, 1987. 14. Véase, sobre los orígenes del Monasterio, la Revista de Historia Jerónimo Zurita, 76-77, el artículo de Javier Cía Blasco. 15. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. III; Fiorenzo Landi, (ed.), Confische e sviluppo capitalistico. I grande patrimoni del clero regolare in èta moderna en Europa e nel Continente Americano, Temi di Storia Franco Angeli, Universidad de Bolonia, 2004. 16. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, págs. 80-82. 17. En el libro: Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, se ofrecen algunos datos sobre los Jerónimos de Baza, a comienzos del siglo XIX, págs. 253, 258, 259 y 262. 18. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 142. 19. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, págs. 170-171. 20. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, págs. 288-294. 21. En todo lo referente al Monasterio Jerónimo de Granada hemos preferido seguir como documento fundamental, con el que contrastamos cualquier otro dato, las Actas Capitulares, desde su asentamiento en Granada, guardadas en el Archivo Histórico Nacional: Archivo Histórico Nacional: Clero, libro 3696, Libro de Actas Capitulares. IS único. Esta es la fuente de información que consideramos más segura y sobre cuyos datos nos basamos, en consecuencia. Cada apartado, que lo requiere, va seguido de un apéndice documental, referido al mismo, que expresamos con (A 1), (A 2), etc. y que colocamos al final del trabajo. 22. Archivo Histórico Nacional: Clero, libro 3696, Libro de Actas Capitulares. IS único, Cuaderno de Diezmos. 23. Tomado de Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999) págs. 215-242, especialmente, pág. 218. 24. Archivo Histórico Nacional: Clero, libro 3696, Libro de Actas Capitulares. IS único, Cuaderno de Diezmos. 25. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 42. 26. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, págs. 42-43. 27. Tomado de Rafael Marín López, "La dotación fundacional del Monasterio de San Jerónimo de Granada", Actas del Simposium sobre Monjes y Monasterios Españoles, Madrid, 1995, Tom. II, quien cita a R. Peinado Santaella, La fundación de Santa Fe (1491-1520), Granada, 1995, págs. 352-355. 28. Archivo Histórico Nacional: Clero, libro 3696, Libro de Actas Capitulares. IS único, Cuaderno de Diezmos. 29. Adelina Romero Martínez, "El Monasterio Jerónimo de Santa Fe a Granada", Actas del Simposium sobre Monjes y Monasterios Españoles, Madrid, 1995, Tom. II, págs. 579-597. 30. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 43. 31. Manuel Espinar Moreno, "De la mezquita de Mahoroch al Monasterio de San Jerónimo. Noticias para el urbanismo y la arqueología de Granada (1385-1505)", Cuadernos de Estudios Medievales y Ciencias y Técnicas Historiográficas, 18-19 (1993-1994, págs. 73-97. 32. Carmen Trillo San José, "El Nublo, una propiedad de los Infantes de Granada", Homenaje al profesor José María Forneas Besteiro, Granada, 1995, págs. 867-879. 33. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 43. 34. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 43. 35. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 43. 36. Manuel Espinar Moreno, "De la mezquita de Mahoroch al Monasterio de San Jerónimo. Noticias para el urbanismo y la arqueología de Granada (1385-1505)". 37. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 43. 38. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 329. 39. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 45. 40. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª ed. T. II, pág. 45 41. Rafael Marín López, "La dotación fundacional del Monasterio de San Jerónimo de Granada", Actas del Simposium sobre Monjes y Monasterios Españoles, Madrid, 1995, Tom. II. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999) págs. 222-223. 42. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 225. 43. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 225. 44. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 225. 45. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 225. 46. Rafael Marín López, "La dotación fundacional del Monasterio de San Jerónimo de Granada", Actas del Simposium sobre Monjes y Monasterios Españoles, Madrid, 1995, Tom. II, pág. 121. 47. Rafael Marín López, "La dotación fundacional del Monasterio de San Jerónimo de Granada", Actas del Simposium sobre Monjes y Monasterios Españoles, Madrid, 1995, Tom. II, pág. 132. 48. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 229. 49. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), págs. 131 y ss. 50. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), págs. 230-231. 51. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), págs. 232-233. 52. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 232. 53. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 233. 54. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, págs. 933 y 1099. 55. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), págs. 226 y ss. 56. Manuel Espinar Moreno, "Ganados y pastos en Sierra Nevada. La dehesa del Junín (Siglos XIV-XV)", VII Estudios de Frontera. Homenaje a Mª Jesús Viguera Molins, 2008, (en prensa). 57. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), pág. 226. 58. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002. 59. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 933. 60. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 932. 61. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 207. 62. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 932. 63. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002. 64. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 724. 65. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág 933. 66. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002. 67. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002. 68. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002. 69. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 207. 70. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 933. 71. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 652. 72. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 724. 73. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002. 74. Simón de Rojas Clemente Rubio, Viaje a Andalucía "Historia Natural del Reino de Granada" (1804-1809), Almería-Barcelona, 2002, pág. 932. 75. A. H. N. Clero, libro 3696 Actas Capitulares, IS único. 76. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte, pág. 46. (Esta obra tiene cuatro libros. Está en Biblioteca Nacional, Sala Cervantes, Sign.: INV: 08: 060 NUE). 77. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte, pág. 46. 78. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte. 79. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte. 80. San Agustín, La ciudad de Dios, Gredos, Madrid, 2007. 81. José Rodríguez Molina, "La confesión auricular. Origen y desarrollo histórico", Gazeta de Antropología, Nº 24, 2008, Texto 24,11, 20 páginas. http://www.ugr.es/~pwlac/G24_11Jose_Rodriguez_Molina.html 82. Jacques Le Goff, El nacimiento del purgatorio, Taurus, Madrid, 1989. 83. La existencia del Purgatorio se define en el Concilio Florentino (1438-1455) (Denzinger 693) con estas palabras: "Item, si vere poenitentes in Dei caritate decesserint, antequam dignis poenitentiae fructibus de commissis satisfacerint et omissis, eorum animas poenis purgatoriis post mortem purgari: ut a poenis huiusmodi releventur, prodesse eis fidelium vivorum suffragia…" (Igualmente, a los verdaderamente penitentes, que mueren en la caridad de Dios, antes que les haya dado tiempo de satisfacer dignos frutos de penientencia por los pecados cometidos u omitidos, mientras sus almas purgan, tras su muerte, las penas debidas en el Purgatorio, para quedar libres de ellas, les aprovechan los sufragios de los fieles vivos). 84. Antonio Luis López Martínez, La economía de las órdenes religiosas en el Antiguo Régimen. Sus propiedades y rentas en el Reino de Sevilla, Sevilla, 1992. 85. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999) págs. pp. 239-240. 86. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte, pág. 44. 87. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte, pág. 45. 88. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte. 89. Rafael Marín López, "Origen y evolución del Monasterio de San Jerónimo de Granada (siglos XVI-XVIII)", Chronica Nova, 26 (1999), págs. 239-240. 90. Sesión VI, c. 30, (Denzinger 840): "Si quis post acceptam iustificationis gratiam cuilibet peccatori poenitenti ita culpam remitti et reatum aeternae poenae deleri dixerit, ut nullus remaneat reatus poenae temporalis, exsolvendae vel in hoc saeculo vel in futuro in purgatorio, antequam ad regna coelorum aditus patere possit: Anathema sit. (Si alguno dijere que, recibida la gracia de la justificación por cualquier pecador penitente, se le perdona la culpa y la pena eterna, de tal manera que no queda reliquia de pena temporal, que deba ser pagada en este mundo o, en el futuro, en el Purgatorio, antes de que pueda presentarse en el reino de los cielos, Sea anatema). 91. Fr. José de Sigüenza, Historia de la orden de San Jerónimo, Madrid, 1909, 2ª Ed., T. II, 1ª ed. en Madrid, 1605, 3ª parte, pág. 45. |
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