PRESENTACION
La Revista de Derecho Constitucional
Europeo sale a la luz pública el año en que seguramente (así lo deseamos todos)
la Unión Europea inicie el proceso de aprobación de su Tratado de Constitución
para Europa, un paso de especial relieve en el proceso de constitucionalización
de la Unión Europea que, como tal, sólo puede ser valorado de manera positiva.
No debe desconocerse, sin embargo, que el proceso de constitucionalización
requiere todavía de muchos desarrollos. Las condiciones sociales y políticas de
Europa, con las fuertes asimetrías de base y la todavía relativa debilidad de
las instituciones europeas, hacen que el proceso de constitucionalización
adquiera especiales dificultades. A salvar esas dificultades debe contribuirse
también desde los Estados miembros mediante la definición de una política
constitucional europea que haga posible una confluencia creciente en aquello
que deba ser objeto de un tratamiento constitucional unitario.
La construcción constitucional de Europea
requiere, por tanto, del esfuerzo de todos,
de las instituciones europeas y de los Estados miembros. Lo mismo cabe
decir de la doctrina constitucional que, teniendo actualmente un ámbito de intervención
básicamente nacional (incluso cuando adquiere un perfil comparatístico), debe
asumir la necesidad de contribuir a este proceso tanto en el orden europeo como
en el estatal. A favorecer esta orientación debe servir el hecho de que no se
contemplan ya alternativas serias al proceso de constitucionalización. El
debate sobre la construcción de Europa tiene, desde hace algunos años, un perfil claramente constitucional. No puede
ser de otro modo si tenemos en cuenta que se han trasladado importantes
competencias a las instituciones europeas y que el ejercicio de los poderes
correspondientes debe estar sometido a técnicas constitucionales equiparables a
las que se utilizan en el derecho constitucional de los Estados miembros. No
cabe admitir, por tanto, ninguna pretensión de ejercer poder sin
responsabilidad (siquiera indirectamente
como hacen hoy los Estados).
La formulación de un Derecho
constitucional común europeo (Peter Häberle) y de un Derecho constitucional
europeo basado en instituciones y técnicas propias (del tipo de las que se
contienen en la futura Constitución Europea)
no puede quedar sin interlocutor en los espacios constitucionales
nacionales, que deben avanzar en procesos de interacción y confluencia con el
espacio constitucional europeo. Si la Unión Europea debe ser cada vez más
<<constitucional>>, los órdenes constitucionales estatales deben
ser cada vez más <<europeos>> para impulsar y desarrollar el
proceso de constitucionalización en todas sus vertientes. Porque ese proceso de
constitucionalización de Europa es también un proceso de europeización de los ordenamientos
constitucionales de los Estados miembros en la construcción de un derecho
constitucional europeo.
Con la pretensión de contribuir en la
medida de nuestros esfuerzos al desarrollo del derecho constitucional europeo
sale esta revista. Por minúsculos que sean los granos de arena que aportemos,
esperamos que ayuden a estimular el debate constitucional en un espacio
constitucional que es ya europeo.
Los trabajos que se incluyen en este primer número son, en parte, algunos de
los resultados de un Proyecto de Investigación subvencionado dentro del
Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento, a través del Proyecto
de Investigación PB97-0801, sobre relaciones entre ordenamientos en el
ámbito europeo. Igualmente, alguno de
los trabajos son el fruto del Proyecto
de Investigación BJU2003-06526, actualmente en curso, sobre el proceso de
constitucionalización de la Unión Europea, subvencionado por la Secretaría de
Estado de Política Científica y Tecnológica del entonces Ministerio de Ciencia
y Tecnología. La Revista de Derecho Constitucional Europeo cuenta también con
el apoyo financiero de la Junta de Andalucía a través del Grupo de
Investigación <<Andalucía, la Unión Europea y el Estado Social>>,
subvencionado con las ayudas para el fomento de la Investigación y el
Desarrollo Tecnológico dentro del Plan Andaluz de Investigación. No obstante,
el impulso fundamental (no sólo financiero) a la Revista, viene de la mano del
Instituto Andaluz de Administración Pública y especialmente de su Director,
Joaquín Castillo Sempere, así como de su Secretaria General, Julia Serrano
Checa, y de la Directora de Publicaciones, Mª Ángeles López Pardo.
El formato de la revista es doble. Salió
inicialme en formato electrónico, mientras que recientemente se ha culminado su
edición impresa. La edición electrónica nos parecía absolutamente necesaria
para una revista que pretende una difusión europea. Dentro de la edición
electrónica, los trabajos se ofrecen en versión htm y en versión pdf, para
facilitar su lectura y las referencias bibliográficas que se realicen a su contenido.
La revista contiene las secciones
habituales en toda revista científica y algunas menos corrientes. Es el caso de
la dedicada a la recuperación de textos clásicos. Por otro lado, si bien tiene
un perfil monográfico en sus estudios, contiene también un apartado de
artículos que está abierto a reflexiones no vinculadas a la temática propia de
cada número.