Aprobado en Consejo de Gobierno de 15 de octubre de 2013. (BOUGR núm. 74, 15 de octubre de 2013).
Derogado por la Disposición derogatoria del Procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de lenguas extranjeras en la Universidad de Granada aprobado por el acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2019 (BOUGR nº 143, de 7 de mayo de 2019)
El procedimiento determina las condiciones y procedimiento que habrá de seguirse para reconocer los documentos acreditativos del nivel de competencia en una lengua extranjera en los estudios de Grado de la Universidad de Granada.
-Modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2016; se suprime el párrafo 3º del punto 4, no siendo necesaria la presentación del documento original para su autenticación en la Secretaría del Centro (BOUGR núm. 110 de 27 de julio de 2016).
-Adenda al procedimiento para el reconocimiento de la acreditación de lenguas extranjeras en los estudios de grado de la Universidad de Granada por la que la Universidad de Granada establece que a los estudiantes de determinadas titulaciones se les exime de la acreditación externa (BOUGR núm. 77 de 19 de diciembre de 2013)