Publicado por vez primera en: Kriptópolis, 9 Enero 2002


CNI: los nuevos espías del presidente
Arturo Quirantes Sierra





El CESID tiene los días contados. El Congreso de los Diputados está tramitando el proyecto de ley reguladora de la nueva agencia de espionaje: el CNI (Centro Nacional de Inteligencia). Aunque lleva bastante tiempo en el horno, los sucesos del 11S han dado nuevo impulso a esta ley.

Ojalá que los servicios de "inteligencia" simplemente no existiesen, pero su existencia tiene una razón de ser. Poniéndonos en lo más básico, son los encargados de evitar que otra banda de chiflados asalte un avión para estrellarlo en el Bernabéu durante un Madrid-Barsa. Así que, asumiendo que es un mal necesario, veamos si puede cumplir su propósito respetando al mismo tiempo la legalidad vigente. No es cosa de dar un cheque en blanco a nuestros vigilantes, que luego acabaremos necesitando vigilantes para los vigilantes (Juvenal dixit).

Primero, su propósito. Según el artículo 1, el CNI será responsable de "facilitar al Presidente del Gobierno y al Gobierno de la Nación las informaciones, análisis, estudios o propuestas que permitan prevenir y evitar cualquier peligro, amenaza o agresión contra la independencia o integridad territorial de España, los intereses nacionales y la estabilidad del Estado de derecho y sus instituciones." Grave responsabilidad, tanto del propio CNI como del hombre ante quien responde. En realidad, resulta curioso. Aunque informa al Presidente, el CNI estará orgánicamente adscrito al Ministerio de Defensa (aunque hay un proyecto de servicio de inteligencia puramente militar en marcha, pero de eso ya hablaremos otro día) ... pero el Presidente puede cambiar esa adscripción cuando quiera.

Hay algunas similitudes con el ejemplo norteamericano; no en vano, la ley afirma inspirarse en "el modelo de lo países de nuestro entorno político y cultural." En España, los objetivos del CNI vendrán determinados por medio de una Directiva de Inteligencia -igual que al norte del Río Grande- y existirá un juez, magistrado del Tribuna Supremo, que otorgará las autorizaciones para allanamientos y escuchas electrónicas (calcado del tribunal FISA de los EEUU). También copia algunas de sus funciones, como son la de promover las relaciones de colaboración con servicios de inteligencia de otros países (traducción: ¿dónde enchufamos esto, señor Bush?), interceptar y evaluar el "tráfico de señales de carácter estratégido" (esto es, tender un Escalón a la española) y garantizar la seguridad de las comunicaciones, adquirir y asesorar sobre el uso de material criptológico. Estoy deseando saber si tendremos un departamento de criptoanálisis ... y que no consista solamente en ordenadores con el WinZip password cracker.

Parece ser que en la versión anterior del proyecto de Ley, se permitía la posibilidad de comenzar las escuchas en casos de urgencia ANTES de solicitar autorización judicial. También se establecía la obligación de comunicar a las autoridades competentes el resultado de las investigaciones si se apreciasen indicios de delito. Es decir, que el CNI podría ser usado como entidad policial: se investiga a alguien bajo la acusación de terrorismo, y si resulta que no lo es pero se descubre que es un estafador financiero, pues al trullo. Evidentemente, la policía y los servicios de inteligencia se regirán por baremos distintos -por no hablar de los derechos de los sospechosos-, así que menos mal que el borrador de ley se ha cambiado para evitar tanto ese problema como el de las escuchas de "urgencia."

Aunque el CNI tendrá un director (ocupado, entre otras cosas, en llevar el hasta hace poco supersecreto Centro Criptológico Nacional, ¿oyes, Mercé?), habrá una Comisión Delegada del Gobierno para efectuar un seguimiento de los objetivos del CNI. A mí me suena como si no se fiasen demasiado. Bueno, mejor pecar por exceso de celo. Lo que no entiendo es qué hace en dicha Comisión Delegada el Ministro de Economía. Puestos a ello, ¿por qué no la de Ciencia y Tecnología, o la de Sanidad? !Anda que no nos hubiera venido bien enterarnos a tiempo de lo del Tireless o las vacas locas!

También serán responsables de "coordinar" el CNI con los servicios de información de la Guardia Civil, Policía Militar y "los órganos de la Administración Civil y Militar." Todo un consorcio de espías asociados. Muy útil y lógico eso de coordinar servicios de espionaje, por ejemplo para la lucha contraterrorista. Lo que me temo es que pueda funcionar al revés, permitiendo al CNI hacer el trabajo sucio de la policía. Pst, oye, vigílame a ese tipo, que tiene cara de malo y el juez no me da la orden.

En general no es demasiado mala esta ley; lo que, a tenor de lo que vemos últimamente, ya es mucho decir. Con todo, puntos filipinos, lo que se dice haberlos, haylos. Se considerarán secretos la organización, estructura y actividades del CNI, así como su procedimientos, personal, instalaciones, bases y centros de datos. Normal en un servicio de inteligencia. Lo que no me gusta es que también serán considerados como secretos "las informaciones o datos que puedan conducir al conocimiento de dichas materias." A ver si me entero: si leo en el periódico que hay una instalación del CNI en Albacete, ¿el propio periódico será considerado materia secreta? ¿Y un documento de acceso público que muestre un mapa de dicha instalación? ¿Puede ser usada esta disposición como una "ley mordaza"? Pues poder, se puede. Otra cosa es que acabe siendo así. A ver si acaban empapelando Kriptópolis porque alguien incluyó una vez un enlace a una página que se refería a un artículo donde una vez se habló de alguien que resulta que es conserje en el CNI...

También se afirma que el CNI podrán mantener "relaciones de cooperación y coordinación" con otras Administraciones para cumplir su misión. Esto quiere decir que, si el CNI cree que soy una amenaza para la seguridad nacional, podrá entrar a saco buscando informes sobre mi persona en la Policía Nacional, la Guardia Civil, los Mossos D´Esquadra, Aduanas, Hacienda, el Colegio de Agentes de la Propiedad y hasta en el SEPLA si se lo pide el cuerpo.

Y aún me he dejado lo mejor. Hemos visto la intervención del poder ejecutivo (Comisión Delegada) y del judicial (magistrado del TS ad hoc). ¿Qué hay del legislativo? Si queremos imitar a -perdón, quiero decir inspirarnos en- los países de nuestro entorno, lo primero que necesitamos es un control serio y eficaz por parte del legislativo. Y para eso está el artículo 11. Será la Comisión que controla los gastos reservados la que ejerza dicha misión (y espero que vigilen el CNI mejor de lo que han controlado hasta ahora los fondos reservados). Por supuesto, estarán obligados a guardar secreto, y esperaremos de ellos que actúen de forma responsable.

Pero hay dos tipos de materias reservadas a las que ni siquiera los miembros de esta Comisión tendrán acceso. La ley excluye del control parlamentario:

        1) las materias relativas a las fuentes y medios del CNI

        2) las procedentes de "servicios extranjeros u Organizaciones Internacionales establecidos en los correspondientes acuerdos"

Es decir, el CNI no estará obligado a decir cómo obtuvo una información determinada, a revelar sus fuentes o el nombre de sus agentes. Eso ya es de por sí malo, porque incluye posibilidades de abuso. ¿Pero no informar al CNI sobre la información procedente de otros servicios de inteligencia" O sea, que la NSA o la CIA pueden haber pasado al CNI información obtenida mediante su red Echelon, y el legislativo no tiene nada que decir al respecto. No importa que esa información se haya obtenido ilegalmente, que proceda de fuentes no confirmadas, o incluso que sean datos ya procesados -en lugar de la información original,- hay que tragar y callar. Tela marinera.

Pues señores, que a nadie le extrañe si el CNI, gracias a esos "acuerdos de colaboración", piden a la NSA o el GCHQ que le hagan los trabajos sucios. ¿Quieren espiar a Zapatero, pinchar el teléfono del Rey, copiar bases de datos sin orden judicial? No hay problema. Basta con solicitar a otro servicio de espionaje extranjero que lo haga y le pase los datos al CNI. Total, esos datos no están sujetos a escrutinio parlamentario.

¿Creen que soy exagerado? Pues permítanme decirles que eso ya ha sucedido en otros países. Puedo comenzar a citar un ejemplo tras otro. Y aquí, encima, se lo ponemos fácil. Pues aviados vamos.

Lo que realmente me da miedo es que tanto todos los grupos parlamentarios apoyan esta ley (exceptuados IU, PNV y Grupo Mixto). Espero que sepan lo que están haciendo, porque no hay más que mirar el ejemplo de esos "países de nuestro entorno" para ver en qué se convierten las agencias de inteligencia cuando encuentran el más mínimo resquicio en las leyes. De todos modos, me resulta raro que el plazo de presentación de enmiendas se haya ampliado tres veces. La última fecha límite es la del 1 de Febrero de 2.002. O no tienen mucha prisa, o las aguas están mas revueltas de lo que parecen.

Pero en fin, podría ser peor. No por mucho margen, pero podría ser peor.



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