EL SISTEMA CONSTITUCIONAL DE BÉLGICA

 

Marlies Cardoen

Universidad de Gante, Bélgica.

Traducido por Francisco Bombillar

 
resumen - abstract
palabras claves - key words

 

 

 

 

 

La interacción constitucional entre Unión Europea y Estados miembros (II).

 

SUMARIO

 

1. Introducción: antecedentes históricos de la Constitución belga

2. Derechos fundamentales y limitación de derechos fundamentales

3. Fuentes del derecho

4. Relaciones entre ordenamientos

5. Jurisdicción constitucional

6. Formas de gobierno

7. Organización judicial

8. Distribución territorial del poder

9. Género

10. Inmigración

11. Conclusión

  

 

1. Introducción: antecedentes históricos de la Constitución belga.

 

Entre 1815 y 1830, Bélgica fue parte del Reino de los Países Bajos. El entonces Jefe de Estado, el Rey Guillermo I, tuvo que vérselas con una fuerte oposición por parte de diversos grupos sociales. Los católicos no estaban de acuerdo con la intromisión del Rey en la religión y la mayoría de los liberales francófonos y la burguesía se oponían a la política lingüística de Guillermo I, su gobierno autoritario y la sub-representación de las provincias del Sur en el Ejército y la Administración[1]. La crisis económica, que llevó al desempleo y a altos precios de los productos alimenticios, fue la causa que impulsó la Revolución belga. El descontento general se hizo notar de forma violenta en agosto de 1830, durante la función de la opera «La Muette de Portici» (una glorificación de la lucha por la independencia de los napolitanos contra los españoles). Los revolucionarios tomaron el poder y constituyeron un Gobierno provisional que proclamó la independencia de Bélgica.

La Constitución, escrita por una Comisión establecida durante el Gobierno provisional, se presentó ante el Congreso Nacional y fue aprobada el 7 de febrero de 1831[2]. La Constitución consistía en una síntesis equilibrada de las Constituciones francesas de 1791, 1814 y 1830, la Constitución holandesa de 1815 y el Derecho constitucional británico[3]. Sus principios fundamentales fueron el derecho a la propiedad privada, la libertad individual, la igualdad ante la ley, el Estado de Derecho y un fuerte parlamentarismo[4].

Estos principios elementales se siguen aplicando hoy en día, a pesar de que la Constitución ha experimentado una evolución en términos de ampliación del electorado, legislación en materia lingüística, desarrollo del Estado del bienestar, aumento del interés por la protección legal contra las acciones arbitrarias del Estado, federalización e internacionalización[5]. Estas reformas constitucionales se han producido, principalmente, para tomar en consideración la evolución de la propia sociedad belga.

 

 

2. Derechos fundamentales y limitación de derechos fundamentales.

 

Debido a la gran influencia de la Ilustración y el liberalismo del siglo XIX en la esencia de la Constitución belga, los derechos y libertades fundamentales ocupan un lugar prominente en ésta[6]. El título II de la Constitución (sobre los belgas y sus derechos[7]) es, sin lugar a dudas, la fuente primaria de protección de los derechos y libertades fundamentales en el ordenamiento jurídico belga. Estos 27 artículos (del artículo 8 al 32), destinados a preservar los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, fueron excepcionalmente progresistas para su época. Los derechos y libertades se aplican a todo ciudadano residente en territorio belga, salvo prueba que, de forma objetiva, justifique otorgar un tratamiento diferente[8].

La Constitución presenta una imagen incompleta de los derechos fundamentales protegidos en Bélgica, ya que gran parte de las fuentes del ordenamiento jurídico belga contienen referencias a derechos y libertades fundamentales, a pesar de que estas normas están generalmente pensadas para especificar las disposiciones contenidas en la propia Constitución. La Constitución, aún hoy, contiene específicas garantías que no aparecen en los Tratados sobre derechos humanos[9], pero esto no ha impedido que numerosos acuerdos europeos e internacionales en este ámbito hayan sido subscritos por el Estado belga. Bélgica ha sido uno de los Estados pioneros en la adopción de este tipo de acuerdos.

El título II de la Constitución comienza con el principio de igualdad (artículo 10), garantizando la igualdad entre hombres y mujeres. Atendiendo a su plasmación en el texto constitucional, la protección de la libertad individual se recoge en el articulo12 y el derecho a la propiedad en el artículo 15. Ambos derechos pueden limitarse en los casos previstos en la ley y conforme a lo que ésta prescriba. La libertad de pensamiento, conciencia y religión (artículo 19) está también muy protegida y sólo puede restringirse cuando su uso constituya un delito. La prensa es libre, no pudiendo establecerse nunca la censura. (artículo 25). Los belgas tienen el derecho de reunirse pacíficamente y sin armas (artículo 26), no obstante, no se aplicará este precepto a las reuniones al aire libre, que quedarán sometidas por entero a las leyes de policía. En materia de derechos sociales, hay una gran protección de los derechos a un trabajo y a una remuneración justa e incluso un derecho a la protección de la salud. El título II garantiza, además, el derecho de asociación, derecho que no podrá someterse a medida preventiva alguna (artículo 27). Por último, no será precisa ninguna autorización previa para entablar acciones contra los funcionarios públicos por actos cometidos en el ámbito de sus funciones (artículo 31).

La Constitución de 1831 contenía en un principio, sobre todo, gran parte de los clásicos derechos y libertades fundamentales, concretamente los derechos civiles y políticos formulados tras la Revolución francesa y redactados en varias declaraciones de derechos constitucionales tras el Antiguo Régimen. Mediante la reforma constitucional de 1993-1994, se introdujeron también en este texto constitucional varios derechos económicos, sociales y culturales[10], y en el año 2000, los derechos de los niños[11].

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, por otro lado, es 170 años más joven que la Constitución belga y contiene tanto derechos políticos y civiles como derechos económicos, sociales y culturales. Su objetivo es proporcionar una protección mayor que la Constitución belga. Sin embargo, casi todos los derechos y libertades en ella recogidos estaban ya cubiertos por Tratados internacionales y otras fuentes, formales y no formales, del ordenamiento jurídico belga. De este modo, la Carta no ofrece a los belgas un nuevo rango de protección adicional de sus derechos[12]. La protección de los derechos fundamentales en Bélgica se caracteriza por una pluralidad de ordenamientos y una pluralidad de mecanismos institucionales para reforzar esta protección. Hay, por tanto, una coherencia razonable entre la ya existente protección de los derechos y libertades fundamentales en Bélgica y la propia Carta de la Unión Europea. La práctica legal belga ha hecho un llamamiento a la Convención Europea para la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales (CEDH)[13]. Sin embargo, volviendo a la Carta de la Unión, incluso antes de que ésta entrase en vigor, la reciente Carta era ya considerada una fuente importante de inspiración y un marco interpretativo para analizar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia[14].

Aunque la Carta en sí misma no contiene una disposición que se asemeje al principio de la aplicación de la mayor protección[15], acepta implícitamente la idea de que la norma más alta de protección debe está garantizada. La garantía de la libertad de prensa, por ejemplo, está más desarrollada en la Constitución belga de 1831 que en la Carta y en el CEDH, afirmando que la censura nunca podrá tener lugar[16]. El artículo 16, por otro lado, sobre la protección de la propiedad, y el artículo 30, sobre la libertad lingüística, también ofrecen una muestra de esta amplia protección[17]. El artículo 27 de la Constitución, por su parte, garantiza el derecho de asociación con una disposición explicita contra las medidas cautelares, que la Carta de los Derechos Fundamentales no incorpora.

La Constitución no puede ser suspendida ni total ni parcialmente[18] cuando los términos recogidos en la Carta tengan menos fuerza. La Constitución belga ha podido soportar con éxito los estragos del tiempo: varias reformas han hecho posible ajustar el contenido de la Constitución de 1830 a los recientes avances y cambiar el concepto de protección estatal. Los muchos años de tradición haciendo frente a esta pluralidad ordinamental de protección de los derechos y libertades constitucionales, así como el largo alcance con el que se ha querido proteger a éstos, quizás sea una contribución adicional del Estado belga a las tradiciones constitucionales comunes de la Unión Europea.

La Constitución belga es rígida, con un procedimiento agravado de reforma (ver más adelante). En cada asunto relativo a las minorías lingüísticas (la región de lengua francesa, la región de lengua holandesa, la región bilingüe de Bruselas-Capital y la región de lengua alemana), el procedimiento del artículo 4 de la Constitución debe ser aplicado, requiriendo una mayoría cualificada especial. Una ley aprobada por la mayoría de votos en cada grupo lingüístico de cada una de las Cámaras, a condición de que se halle presente la mayoría de los miembros de cada grupo y siempre que el total de los votos favorables emitidos en los dos grupos lingüísticos alcance los dos tercios de los sufragios expresados.

Los derechos y libertades fundamentales del Título II no son absolutos. El legislador constitucional demuestra una gran confianza en el poder legislativo[19] considerando que las restricciones a estos derechos sólo pueden introducirse por ley. En teoría, las medidas preventivas están prohibidas, aunque hay una excepción: el artículo 26 somete el derecho de reunión pacífica y sin armas al aire libre a las leyes de policía. El Consejo de Estado consideró que esto era posible únicamente con el objetivo de mantener el orden público, la paz y la seguridad[20]. Las medidas reguladoras pueden adoptarse con la condición de que no afecten a los derechos y libertades y se ejerciten de un modo ordenado[21]. Las medidas represivas sólo serán posibles cuando estén previstas por ley y un delito haya sido cometido al hacer uso de estos derechos y libertades. La Constitución, en ese caso, aplica un mecanismo de restricción formal y a posteriori[22]. No hay muchas indicaciones con respecto al contenido. Sólo en virtud de un acto legislativo, los derechos y libertades podrán limitarse. No se contemplan, pues, en principio, las medidas preventivas, así que, cuando no se respete un derecho, sólo se podrá actuar de forma represiva[23].

La Constitución incluye diferentes previsiones de reservas de ley. Este es el caso de la adquisición y pérdida de la ciudadanía belga y el derecho de los ciudadanos belgas o de los ciudadanos de otros Estados miembros al sufragio activo y pasivo. Cuando se trata de derechos y libertades fundamentales, la ley especifica los casos en los que la entrada en un domicilio y la expropiación por causas de utilidad pública puede tener lugar o la libertad individual puede limitarse. La ley determina también las excepciones del derecho a la vida privada y familiar así como del derecho a la confidencialidad de las comunicaciones. En cuanto al Derecho Administrativo, todos los ciudadanos tienen derecho a consultar cualquier documento administrativo y a obtener una copia del mismo, excepto en los casos y condiciones estipulados por la ley.

El artículo 187 afirma que la Constitución no puede suspenderse total ni parcialmente. Cuando el Rey declare el estado de guerra, las cortes militares se pondrán en marcha. La ley determina su organización, poderes, derechos y las obligaciones de los miembros de esta organización. El artículo 188 ofrece una mayor protección: desde el día en el que la Constitución se hizo ejecutable, todas las leyes, decretos, decisiones, normativas y otras leyes contrarias a la misma fueron derogadas.

La Constitución asegura los derechos constitucionales a través de órganos jurisdiccionales. Al contrario que en otros Estados del Norte de Europa[24], en Bélgica no hay un «consejero civil». Los derechos fundamentales están protegidos por el Derecho Civil. Los derechos con efecto inmediato pueden ser apelados por un juez belga. Para tener efecto directo, una norma debe de ser de aplicabilidad inmediata[25] y debe comportar derechos para los ciudadanos. La mayoría de los derechos económicos, sociales y culturales no tienen efecto directo[26], aunque las excepciones no se excluyen. Cuando una norma en vigor esté en contra de los derechos y libertades fundamentales, se podrá acudir al Tribunal Constitucional con el fin de que éste declare la misma contraria a la Constitución. Otros juzgados y tribunales podrán elevar una cuestión prejudicial a la Corte Constitucional para imponer o no una norma conflictiva en base una teoría derivada de la sentencia «Le Ski»[27]. Cuando la infracción sea consecuencia de una acción de los poderes ejecutivos, el Tribunal Supremo Administrativo será el competente para anular la acción, aunque los demás juzgados y tribunales podrán hacer que la medida no se ejecute. En última instancia, se podrá presentar una petición de indemnización[28].

El acuerdo de coalición de 2003 fue previsto en una Comisión belga sobre los derechos fundamentales para proteger la aplicación de los acuerdos internacionales subscritos por el Estado belga en materia de derechos humanos, para seguir la evolución del Derecho internacional en relación con los derechos humanos, para proporcionar asesoramiento político a los diferentes gobiernos y para tener en cuenta los puntos de vista de las organizaciones no gubernamentales (ONGs)[29].

Al contrario que otros países, el Defensor del Pueblo en la organización administrativa belga es un fenómeno reciente[30]. Desde los noventa, varios defensores del pueblo están trabajando en los gobiernos federales, regionales y comunales, así como en sus estructuras administrativas[31].

 

 

3. Fuentes del derecho. [32]

 

En teoría, la legislación es la única fuente primaria del Derecho belga. Además de las fuentes del Derecho internacional, la primera fuente nacional del ordenamiento jurídico belga es, evidentemente, la Constitución, junto con la legislación orgánica directamente fundamentada en esta Constitución[33]. El legislador interpreta la Constitución pero ésta sólo puede anularse por el Tribunal Constitucional[34]. Una segunda fuente es la práctica gubernamental y administrativa o la manera en la que las instituciones del poder ejecutivo aplican las disposiciones legales. Una tercera fuente es la jurisdicción, principalmente las sentencias y dictámenes del Tribunal Supremo Administrativo, con el fin de acompasar la legislación belga con el desarrollo social y concretizar las abstractas normas relativas al Derecho aplicable. Esta fuente es, obviamente, menos general, ya que la mayoría de las sentencias y dictámenes se centran en la resolución de casos particulares[35]. La jurisprudencia y las fuentes secundarias son bastante importantes también. Aunque no tiene poder legal vinculante, ningún tribunal de justicia se desviará de la jurisprudencia[36]. Los campos clásicos del Derecho han sido codificados en códigos específicos al modelo del Código Civil de Napoleón. La importancia de estos códigos en la práctica legal diaria es alta[37]. Los principios generales del Derecho también pueden ser fuentes del Derecho[38]. Aparte de estas cuatro fuentes del Derecho, nos quedan por mencionar las revistas académicas, consideradas una fuente del Derecho indirecta con una gran autoridad moral[39].

La Constitución belga fue fundada en un momento histórico y social único en oposición a las leyes imperantes. La justificación fue sentimental (sentimientos patrióticos y anti holandeses) e ideológica (la religión católica, apostólica y romana y la filosofía liberal de Estado)[40]. La Constitución no tiene un fundamento jurídico pero, debido a su carácter fundamental, ocupa la posición suprema del sistema jurídico belga. El contenido habla por sí mismo: la Constitución describe el poder constitucional, sus competencias y relaciones y contiene una lista de derechos y libertades fundamentales. El artículo 33 afirma que todos los poderes se ejercerán del modo establecido en la Constitución. Incluso antes de la creación del Tribunal Constitucional, la supremacía de la Constitución se aclaró mediante una sentencia del Tribunal Supremo belga, introduciendo el imperativo de que la ley debía ser interpretada de acuerdo con la Constitución[41].

Otro criterio importante es el procedimiento rígido previsto para la reforma de la Constitución. La constitución señala que no se podrá iniciar ni proseguir ninguna revisión de la misma en tiempo de guerra o cuando las Cámaras no puedan reunirse libremente en el territorio federal. La Constitución proporciona un procedimiento de reforma agravado, requiriendo la cooperación de dos Parlamentos consecutivos y la aprobación del texto por una mayoría cualificada en ambas Cámaras. El proceso tiene tres fases: (1) un petición de reforma por parte del Parlamento, el Senado y el Rey, especificando los artículos de la Constitución que éstos consideran deberían ser revisados; (2) a esto le siguen unas elecciones en las que los votantes pueden elegir candidatos que reflejen sus sentimientos en relación con esta reforma; (3) después de las elecciones, unas Cortes constituyentes tendrán libertad para modificar la Constitución dentro de los límites establecidos en la primera fase[42].

El artículo 1 de la Constitución dice que Bélgica es un Estado federal compuesto de regiones y comunidades[43], lo que significa que todos estos territorios (el Estado, las regiones y las comunidades, junto a provincias y municipios) poseen una esfera de autonomía en concurrencia[44]. Los decretos y ordenanzas tienen la misma validez legal que las leyes federales, lo que queda claro a la luz de los artículos 127 § 2, 128 § 2, 129 § 2 y 130 § 2[45]. En cuanto a lo concerniente a la ordenanza municipal, no necesita un fundamento jurídico previo. Sin embargo, la autonomía está limitada, ya que es el legislador quien determina la esfera de autonomía de las comunidades locales y las provincias[46]. Las decisiones municipales o provinciales sólo se aplicarán cuando éstas sean conformes con lo establecido en la ley.

El ordenamiento jurídico belga tiene un carácter plural. No solo existen diferentes fuentes del Derecho, también varias autoridades tienen competencia para promulgar normas legales. La federalización ha traído consigo una fragmentación del proceso legislativo. El Estado federal, las comunidades y regiones, provincias, municipios y los convenios colectivos de trabajo inciden en la legislación belga. La legislación internacional y, especialmente, europea también afectan al ordenamiento jurídico belga, desde el momento en que, por ejemplo, los reglamentos europeos despliegan su eficacia directa en este ordenamiento interno y los Estados miembros deben proceder a la transposición en sus leyes nacionales de las directivas europeas. El alto número de legisladores crea un cuerpo complejo de legislación. Las leyes nacionales deben ser examinadas e interpretadas de acuerdo con la legislación internacional. Así pues, un marco jerárquico se ha diseñado para tratar con los diferentes ordenamientos jurídicos. Los conflictos se resuelven con reglas prioritarias («lex posterior derogat legi priori» y «lex specialis derogate legi generali»)[47], revisión judicial y normas interpretativas.

La Constitución no ofrece una visión clara de la jerarquía de las normas. La internacionalización y la federalización llaman a la labor de los Tribunales en esta cuestión. La federalización de Bélgica y la división del país en regiones y comunidades con poder legislativo, ha hecho necesaria la creación del Tribunal de Arbitraje para solucionar los conflictos que se sucedan entre todos estos actores (ver más adelante). En la actualidad, la Unión Europea es la fuente de legislación más importante[48]. El Gobierno no puede apelar al Derecho nacional para evadir las obligaciones internacionales subscritas[49]. A la vista del caso «Costa c. ENEL», de 15 de julio de 1964, por el que se estableció el efecto directo y la primacía del Derecho europeo, el Tribunal Supremo, el 27 de mayo de 1971[50], abrió la puerta a la aplicación directa del Derecho internacional con prioridad respecto al Derecho nacional. La sentencia «Le Ski/Smeerkaas» estableció un acercamiento legal monista en el país, lo que trajo consigo una aplicabilidad directa del Derecho internacional. Sin embargo, de manera sutil, el Tribunal Constitucional ha seguido un acercamiento dualista en su jurisprudencia[51], reclamando la supremacía de la Constitución. La constitucionalidad de los Tratados europeos y del CEDH sólo puede discutirse si concierne a nuevos tratados y protocolos. El Tribunal Constitucional sólo puede juzgar el CEDH y los tratados constituyentes concernientes a la UE en el marco de una revocación que debe ser presentada en un plazo de 60 días desde su publicación[52]. A día de hoy no hay una manera de pensar clara ni unánime sobre la relación existente entre el Derecho internacional y la Constitución. Las revistas académicas y la jurisprudencia coinciden mayoritariamente en la supremacía del Derecho internacional, con la condición de que se la toma de estos acuerdos se haya efectuado conforme a lo prescrito por la Constitución[53]. Sin embargo, quedan aún varios puntos importantes por resolver, como la relación existente entre la Constitución y una ley que convierte, tras proceder a su transposición, a una directiva europea en una ley belga[54].

A diferencia de lo que sucede en los Estados unitarios, Bélgica lidia con una pluralidad de fuentes y una diversidad de autoridades legislativas como consecuencia del proceso federalista en curso en este Estado desde 1970. Bélgica es también un Estado fundador de la Unión Europea y siempre tiene una actitud abierta a las iniciativas legales internacionales. Hay un conocido refrán que señala que Bélgica se puede parangonar con el ordenamiento jurídico europeo, aunque en una escala menor.

 

 

4. Relaciones entre ordenamientos.

 

Bélgica es un Estado federal, con un régimen jurídico civil y miembro fundador de la Unión Europea. Estas tres características describen, a grandes rasgos, el régimen jurídico que este país ha desarrollado[55]. Los diferentes ordenamientos jurídicos se relacionan en el sistema belga de acuerdo a un marco kelseniano. No obstante, más allá de las relaciones propias de un Estado federal, Bélgica destaca por las particularidades que comporta su particular división territorial[56]. Dentro de la legislación federal, se pueden distinguir dos jerarquías de normas. La primera jerarquía se aplica a las normas legales en vigor para todo el territorio belga[57]. Se distinguen unas de otras en un orden de importancia o prioridad, el que sigue: la Constitución, la ley, el Real Decreto y el Decreto Ministerial. La segunda jerarquía atiende a la normativa vigente en los diferentes territorios[58]. Aparte de las mencionadas anteriormente, concernientes a todo el Estado, aquí hablamos de la legislación regional (decretos y órdenes de las regiones y comunidades), legislación provincial (reglamentos provinciales) y la ley del gobierno municipal (reglamentos municipales). Las competencias de los legisladores federales y regionales se desarrollan en términos de igualdad y parten de lo previsto en la Constitución. Como en la mayoría de los Estados federales, está aquí presente el principio de lealtad federal. La legislación municipal es inferior a la legislación provincial y ambas categorías están subordinadas a la legislación regional así como a la legislación federal[59].

La Unión Europea como una organización supranacional tiene una gran influencia en este sistema jurídico. Aunque Bélgica fue un Estado fundador de la Comunidad Económica Europea, la Constitución belga no contiene muchas alusiones a Europa[60]. El artículo 117 dice que las elecciones del parlamento europeo y regional tendrán lugar el mismo día, y el artículo 168 afirma que las Cámaras deberán ser informadas de las negociaciones concernientes a cualquier modificación de los tratados constitutivos de la Comunidad Europea u otros tratados relacionados y deberán recibir un borrador de estas reformas con anterioridad a su firma. La normativa internacional tiene prioridad con respecto a otras normas nacionales, pero el reconocimiento de su vigencia legal en el ordenamiento jurídico nacional depende de la Constitución, que hace posible una transferencia de competencias acogiéndose al artículo 34[61]. Nos encontramos ante una referencia implícita al ordenamiento jurídico europeo, al permitir que la ejecución de un poder específico pueda asignarse mediante un Tratado o una ley a instituciones de Derecho internacional público. Esta cláusula ha permitido al Reino belga ceder parte de su soberanía a la Unión, especialmente, en materias legislativas y jurisprudenciales, y participar activamente en la integración europea.

La importancia de la dimensión europea es evidente y sigue aumentando, por lo que las entidades regionales legislativas belgas han buscado vías para influir en la misma. Hay muchas maneras de participar. Bélgica tiene 12 miembros en el Comité de las Regiones, los representantes regionales más directamente visibles y solemnes[62]. De forma adicional, el antiguo artículo 203 TEC autorizaba indirectamente a los ministros regionales a tener un escaño en el Consejo de Ministros, aunque esto era más que nada una cuestión simbólica, ya que un ministro regional sólo podía defender la posición común de un Estado miembro de forma global. Cada uno de los agregados regionales está presente en grupos de expertos de la Comisión, en los grupos de estudio del Consejo y en los comités que asisten a la Comisión europea en la ejecución de la legislación. La mayoría de las regiones tienen una sede en Bruselas y funcionan como verdaderos «lobbies» o grupos de presión que buscan que se decante a su favor la legislación europea. La representación flamenca, por ejemplo, se ha convertido en un amplio y estructurado equipo en los últimos años, cuyo desarrollo ha sido impulsado desde el plano político por el Gobierno flamenco[63]. Esta representación se ocupa del seguimiento de los dossiers europeos y de las relaciones de la Unión Europea con el Gobierno flamenco. Con el fin de desempeñar una óptima labor, la representación flamenca tiene contacto con las instituciones europeas, los Estados miembros y otras regiones. Valonia y Bruselas, por otro lado, están menos inmersas en la Unión Europea, aunque tienen la oficina internacional Valonia-Bruselas. La Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación (DGE)[64] es el centro indirecto y oficial de preparación, definición, representación y gobernanza y consolidación de las políticas europeas en Bélgica; está muy bien organizada, permitiendo la participación en la misma de todas las regiones y comunidades en el territorio belga. Por último, aunque no por ello menos importante, las regiones intentan también influir en los niveles extraoficiales («off the record») de la política nacional, manteniendo contactos personales y creando de redes de contactos con funcionarios, miembros del Parlamento o ministros de la Unión Europea.

El sistema belga de participación probablemente sólo sea efectivo en un Estado federal pequeño como el que nos ocupa, ya que todas las comunidades y regiones belgas son invitadas a formar parte del proceso de toma de decisiones para, con su opinión, dar lugar a la posición común del propio Estado. Cada autonomía regional tiene un derecho a veto. Si este mismo procedimiento de participación se extrapolase a Estados miembros mayores con muchas regiones, sería entonces muy difícil alcanzar una posición común nacional[65].

Finalmente, cada región y comunidad tiene organismos especializados y/o comisionados para garantizar la transposición de las directivas europeas en sus ordenamientos jurídicos y para controlar el desarrollo legal europeo.

 

 

5. Jurisdicción constitucional. [66]

 

El Tribunal Constitucional debe su existencia a la transformación del Estado unitario belga en un Estado federal. La compleja red de legislación surgida tras este desarrollo dio lugar a múltiples conflictos, lo que hizo necesaria la creación de un Tribunal de Arbitraje (actualmente, el Tribunal Constitucional) a finales de los años setenta. La implantación de este Tribunal se incorporó en la Constitución belga (antiguo artículo 107ter) en 1980. La Ley del 28 de junio de 1983 definió la redacción, competencias y funcionamiento de este nuevo Tribunal. En la reforma constitucional operada el 15 de julio de 1988, las competencias de este Tribunal se ampliaron para incluir la supervisión del cumplimiento de los artículos 10, 11 y 24 de la Constitución, garantizando los principios de igualdad y no discriminación, así como los derechos y libertades con respecto a la educación. Mediante esta enmienda constitucional de 1988, se le permite también al legislador especial otorgar al Tribunal de Arbitraje nuevas competencias de cara a la revisión por éste de la conformidad de la normativa belga con otros artículos de la Constitución. Esta facultad se puso en práctica a través de la Ley especial de 9 de marzo de 2003, por la que no sólo los artículos 10, 11 y 24 de la Constitución van a ser objeto de análisis por esta Tribunal, también la Sección II completa (artículos del 8 al 32), así como los artículos 170, 172 y 191 de la Constitución, que pasan a convertirse ahora en el marco de referencia a utilizar por el Tribunal para la revisión de las normas parlamentarias. En 1994, la disposición concerniente al Tribunal de Arbitraje se incorporó en el artículo 142 de la Constitución. Este artículo se basa en una Ley especial de 6 de enero de 1989, que regula la organización, jurisdicción, funcionamiento, procedimiento y efectos de las sentencias. Además, hay varios Reales Decretos, reglamentos y directrices relacionadas con varios aspectos de la competencia y funcionamiento de este Tribunal. Cuando la Constitución se revisó el 7 de mayo de 2007, el nombre del Tribunal de Arbitraje se cambió por el de Tribunal Constitucional, una designación más adecuada con el tipo de jurisdicción que realmente ejerce este tribunal de justicia.

El Tribunal Constitucional se compone de doce jueces, de los cuales seis pertenecen al grupo lingüístico neerlandés y seis al grupo lingüístico francófono. Ellos miran por el cumplimiento de la Constitución por parte de las autoridades legislativas belgas y con ellos colaboran un máximo de 24 secretarios judiciales. Cada grupo lingüístico se compone de tres jueces de formación jurídica y tres jueces que han tenido, al menos, cinco años de experiencia como miembros del Parlamento. Hay un año de presidencia rotatoria. A mayo de 2011, los presidentes son Roger Henneusse (por el grupo lingüístico francés) y Marc Bossuyt (por el grupo lingüístico neerlandés). El Tribunal Constitucional tiene el poder de anular y suspender las leyes, decretos y ordenanzas. En consonancia con su importante y especial misión, este Tribunal es independiente de las autoridades legislativas, ejecutivas y judiciales. Hay reglas estrictas de incompatibilidad con otros órganos, cargos o actividades profesionales. Una Ley ordinaria de 6 de enero de 1989 regula los honorarios y pensiones de los jueces, secretarios judiciales y secretarios del Tribunal.

Las normas de procedimiento relativas las acciones de nulidad y las cuestiones prejudiciales son las mismas, vienen reguladas por la Ley especial de 6 de enero de 1989. Las diligencias sumarias hacen una exploración para determinar los casos inadmisibles o los casos que quedan fuera de la jurisdicción del Tribunal. Los procesos judiciales que, de una forma evidente, se juzguen infundados, las cuestiones preliminares que requieran, de forma clara, una respuesta negativa y los casos que pueden resolverse con una sentencia de respuesta instantánea podrán encauzarse a través de un procedimiento escrito. Todas las solicitudes de anulación y cuestiones prejudiciales pueden ser presentadas en neerlandés, francés o alemán, mientras que las investigaciones serán llevadas a cabo en neerlandés o francés. Normalmente los casos son vistos por comisiones de este Tribunal integradas por siete jueces, incluidos los dos presidentes, y las decisiones se adoptan por mayoría simple. No obstante, un caso puede presentarse al pleno del Tribunal Constitucional, con la presencia, al menos, de diez de sus miembros, cuando se aborden, por ejemplo, cuestiones administrativas.

El Boletín Oficial del Estado belga[67] anuncia los casos llevados ante este Tribunal. Las asambleas legislativas y ejecutivas, así como todas las partes implicadas, han de ser notificadas. El propio Tribunal tiene autoridad para iniciar medidas de investigación exhaustivas. Una orden preparatoria organiza el horario para las vistas públicas durante las cuales todas las partes tiene que hacer una declaración oral en persona o asistidas por un abogado. Después de que el caso haya sido deliberado, el Tribunal adopta su decisión por mayoría simple. En caso de empate, el juez que presida la función hará valer su voto de calidad. Las deliberaciones son secretas. Las sentencias son publicadas en las tres lenguas oficiales en el Boletín Oficial del Estado y en la página web institucional del Tribunal. Hay también una publicación editorial de las sentencias del Tribunal.

Existen varios mecanismos que prevén una cooperación entre los tribunales de justicia europeos y belgas, a veces, incluso, de forma preceptiva. En primer lugar, el artículo 267 del TFUE, que describe la petición al Tribunal de Justicia de una cuestión prejudicial. A pesar de la tendencia al dualismo de Tribunal Constitucional belga, este Tribunal interpreta los derechos y libertades fundamentales de acuerdo con el CEDH y la Carta. El Tribunal Constitucional belga es uno de los pocos tribunales de justicia europeos que a menudo hace uso de la cuestión preliminar ante el Tribunal de Justicia[68]. En muchas de las sentencias del Tribunal Constitucional la influencia del CEDH es indudablemente visible[69].

 

 

6. Forma de gobierno. [70]

 

Bélgica fue fundada como una monarquía constitucional hereditaria con un sistema parlamentario. Inspirada en la forma de gobierno francesa de 1831, la organización del sector legislativo y ejecutivo ha sufrido diversos cambios y hoy en día la realidad belga dista mucho del originario sistema francés de cuya matriz nace[71]. La monarquía belga se estableció en 1831. Leopoldo I, príncipe de Sajonia-Coburgo-Gotha, se convirtió en el primer rey de los belgas, el 4 de junio de 1831[72]. El papel del Rey está regido por la Constitución. El Rey es irresponsable de sus actos, cada acto del Rey debe ser refrendado por un miembro del Gobierno. El Rey está limitado por la Constitución, sobre todo en consideraciones ideológicas y religiosas (en la mente de todos, la postura del Rey Balduino, en 1990, rehusando sancionar la ley que ampliaba los supuestos legales de la interrupción del embarazo), opiniones políticas y debates e intereses económicos. El Rey actúa como árbitro y guardián de la unidad e independencia del país.

Alberto II, el Monarca actual, ha reinado en el país desde el 9 de agosto de 1993, como el sexto Rey de los belgas. Las tareas del Rey incluyen contactos con una amplia variedad de representantes de la sociedad belga. Junto con el resto de miembros de la Familia Real, el Rey promueve iniciativas públicas y privadas y representa a Bélgica en el mundo[73]. También tiene el mando supremo de las Fuerzas Armadas. Como en la mayoría de los reinos, en Bélgica, el papel del Rey es meramente ceremonial, teniendo poca influencia en las políticas del país.

Aunque Bélgica se fundó como un Estado unitario, el país ha vivido un proceso federalista desde 1970, y ahora es un Estado federal formado por regiones y comunidades autónomas. El proceso federalista sigue en marcha pero modificar la Constitución no es tan fácil. Puntos de vistas políticos conflictivos y diferencias culturales entre, principalmente, los gobiernos flamencos y valón han llevado, en los últimos años, a un punto muerto. En los últimos meses, la región de Bruselas también ha emprendido los pasos hacia una mayor autonomía.

Los partidos políticos tienen un gran control de la vida política belga. En este sentido, los propios políticos dependen para ser reelegidos, en gran parte, de los partidos en los que se encuadran. Debido al voto a listas cerradas, los partidos son muy poderosos. Los candidatos situados en los primeros puestos de dichas listas podrán obtener un escaño, aunque tengan menos apoyos que los situados en puestos más bajos. El partido establece el orden de las listas electorales, lo que frena la autonomía de los políticos y su democracia interna. Los partidos pueden determinar quién obtendrá un escaño en el Parlamento. Los presidentes de los partidos negocian y fijan los acuerdos de coalición y reparten los principales puestos políticos. Éstos señalan el curso político del partido y tienen un gran arraigo en muchos ministerios.

El sistema electoral empleado en Bélgica es de representación proporcional: el porcentaje de votos obtenidos es aproximadamente proporcional al de los escaños obtenidos. En Bélgica este método se combina con un sistema de distrito. Uno o más representantes son elegidos por el distrito electoral y se necesita un 5% del umbral electoral para ser elegido. El método D’Hondt se usa para repartir los escaños disponibles entre los partidos de acuerdo a su número de votos[74]. Este sistema tiene como resultado una pequeña inclinación a favor de los grandes partidos. El método «Imperiali», que se usa para las elecciones municipales, engendra una tendencia aún mayor a favor de los partidos mayoritarios[75].

Bélgica tiene un sistema parlamentario. El Gobierno está compuesto de 15 ministros y un primer ministro, nombrados por el Rey y que disfrutan del apoyo del Parlamento. El Monarca promulga las leyes aprobadas por las Cámaras federales. El poder ejecutivo necesita contar siempre con el apoyo parlamentario mediante un voto de confianza. Así, cuando un nuevo Gobierno toma posesión, debe ser aprobado en Parlamento por una moción de confianza. En este sentido, de acuerdo con el artículo 96, el Gobierno federal presentará su dimisión al Rey si la Cámara de Representantes por mayoría absoluta de sus miembros aprobase una moción de desconfianza proponiendo al Rey el nombramiento de un sucesor del Primer Ministro o propusiera al Rey el nombramiento de un sucesor del Primer Ministro dentro de los tres días posteriores al rechazo de una moción de confianza. Cada Cámara tiene derecho a realizar una investigación (artículo 56) y a enviar peticiones a los ministros. Los ministros están obligados a explicar el contenido de estas peticiones cuando así lo requiera la Cámara (artículo 57).

En la organización federal belga, las principales partes constituyentes son la población neerlandófona y la población francófona. Ambas tienen, hasta un cierto punto, el mismo poder, por lo que el país vive una situación particular de federalismo. Sería tan incorrecto presionar al grupo minoritario para que votase al mayoritario como que la toma de decisiones se dificulte por el freno de la minoría[76]. Además, es importante reseñar que no hay partidos políticos unitarios en Bélgica. Los antiguos partidos unitarios se separaron en los años sesenta en un ala flamenca y otra francófona, lo cual hace la toma de decisiones fronterizas aún más particular. Cuando aparecen divergencias, incluso en decisiones concernientes a asuntos insignificantes, la solución a adoptar debe ser fruto de un compromiso entre ambas partes. Este tipo de forma de gobierno tiene como resultado una atmósfera de discordancia donde los conflictos deben ser gestionados a través de la cooperación y la coordinación por parte de las instituciones políticas y del sistema jurídico. Recientemente se ha cuestionado si el modelo federalista bipolar belga es sostenible. Políticos y profesores de Derecho Constitucional están actualmente elaborando un nuevo modelo constitucional que debe resolver el punto muerto en el que se encuentra la política actual[77], aunque llegar a un compromiso que sea aceptable para todas las partes sigue siendo muy difícil.

 

 

7. Organización judicial.

 

El sistema jurídico francés sirvió de gran inspiración para la Constitución de 1831 y ha cambiado muy poco hasta la fecha[78]. En Bélgica apreciamos tribunales ordinarios en diferentes niveles de apelación (asuntos privados y penales). Los tribunales están divididos en base a los asuntos que abordan. Los delitos menores o los asuntos de conciliación se dilucidan en los Juzgados de Paz (Derecho Civil) y los Tribunales de Policía (Derecho Penal). Hay un especializado Tribunal Fiscal y un Tribunal Laboral. El Juzgado de Primera Instancia se encarga de asuntos civiles y penales en primera instancia. El Tribunal de Apelación de lo Comercial es un tribunal específico de apelación para los casos de Derecho social. Los delitos graves se dilucidan ante el Tribunal de Assize[79], el único tribunal belga con jurado. El Tribunal de Apelación se encarga de asuntos civiles, penales y comerciales. Finalmente, el Tribunal Supremo se sitúa en el nivel más alto de apelación, tratando únicamente los casos de casación. Al igual que en el sistema francés, ningún hecho nuevo puede exponerse ante este tribunal[80]. Los casos penales tienen un efecto preparatorio específico, con investigaciones previas, un Juez de Instrucción y un Fiscal[81]. Se puede solicitar la revisión de la actuación administrativa ante los tribunales administrativos, entre los que destaca el Tribunal Supremo Administrativo, creado en 1948.

Cuando un asunto concerniente al Derecho Constitucional aparece durante un proceso en un tribunal superior o inferior belga, el Tribunal Constitucional puede hacer uso de la cuestión prejudicial, que vincula a todas las autoridades judiciales implicadas en el fallo, lo que incluye también la posibilidad de apelar a un tribunal superior o al Tribunal Supremo Administrativo.

Los Estados miembros deben tomar medidas para incorporar el Derecho europeo a su Derecho interno y emprender la Unión Europea las acciones oportunas si las autoridades nacionales no llegan a implementar las directivas europeas en su ordenamiento jurídico. Junto al Estado federal, los siguientes corresponsables de la conversión adecuada y oportuna de las directivas europeas, en el marco de sus competencias constitucionales, son las regiones y las comunidades. Se han establecido organismos especializados en las regiones para esta cuestión. La infracción de una norma europea por parte de un gobierno regional o comunal, como consecuencia, por ejemplo, de una transposición tardía o imprecisa, puede llevar a la condena de Bélgica, como Estado miembro signatario de la Unión Europea, por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En caso de infracción, el Gobierno federal podrá exigir, a través de un acuerdo interno[82], el pago de esta multa o penalización a la región o comunidad penalizada.

 

 

8. Distribución territorial del poder. [83]

 

El federalismo belga es complejo y complicado. Bélgica se fundó como un Estado unitario pero, desde su fundación, surgieron problemas como consecuencia de las diferencias lingüísticas entre los flamencos de la mitad Norte del país y los francófonos de la mitad Sur. La extensa legislación existente en materia lingüística no ofrece una solución satisfactoria a las diferencias que imperan entre el Norte y el Sur del Estado. Después de la Segunda Guerra Mundial, las discrepancias entre los habitantes de habla holandesa (Flandes y los neerlandófonos de Bruselas) y de habla francesa (Valonia, los francófonos de Bruselas y la minoría francófona en las comunidades de Bruselas-Halle-Vilvoorde, en territorio flamenco) se hicieron más graves y llevaron a varios conflictos. Entre 1970 y 2003, la Constitución ha sido reformada cinco veces con el fin de consolidar en este Estado un modelo federal. Una sexta modificación está en proyecto, posiblemente ésta dotará a Bélgica de una forma de gobierno de tinte más confederal[84].

Los flamencos inicialmente querían autonomía cultural, como los galeses Esta petición se acogió mediante la puesta en marcha de las Comunidades, en 1970. Valonia, en particular, quería que le fuesen transferidas, además, ciertas competencias socio-económicas para poder combatir su estancamiento. Ello fue lo que llevó a la creación de las Regiones, en 1980.

Las Comunidades fueron fundadas como «consejos culturales» en la primera reforma del Estado, en 1970. Tratan temas que están directamente relacionados con el bienestar de su población, como la educación, la atención social, el deporte, los medios de comunicación y la cultura. Cada comunidad puede decidir autónomamente sobre las competencias que le han sido atribuidas. En consonancia con las tres lenguas oficiales del Estado belga, en Bélgica contamos con tres Comunidades:

- La Comunidad neerlandófona («flamenca») es la responsable del territorio de Flandes y de los habitantes de habla holandesa en Bruselas

- La Comunidad francófona («valona») es la responsable del territorio de Valonia y de los habitantes francófonos de Bruselas

- La Comunidad germanófona es la responsable de los nueve municipios de lengua alemana en territorio valón

Las Regiones tratan temas relacionados con el territorio. Fueron creadas con la reforma del Estado de 1980 (Flandes y Valonia) y de 1988 (Bruselas). Pueden considerarse como Estados federales, de acuerdo con el modelo estadounidense, pero, a diferencia de otros Estados federales existentes en otros países, éstas sólo tienen atribuciones en los llamados asuntos de zona restringida. Estos son, por ejemplo, los temas relacionados con la organización medioambiental y el desarrollo urbanístico, la economía, el empleo, la agricultura, las obras públicas, el transporte (en parte), el mercado internacional, el gobierno municipal y la legislación provincial. Cada región puede decidir de forma autónoma sobre las competencias que le han sido atribuidas. El territorio belga está dividió en tres Regiones:

- La Región de Flandes

- La Región de Valonia

- La Región de Bruselas-Capital

La Constitución belga dedica el capítulo IV del Título III a la autonomía territorial. El poder legislativo de las Comunidades lo ostentan los Consejos comunitarios de las tres Comunidades, elegidos mediante elecciones libres y directas. El poder ejecutivo, por su parte, recae en los Gobiernos regionales y comunitarios. La Comunidad y la Región flamenca reunificaron sus instituciones legislativas y ejecutivas. Flandes tiene un único Parlamento flamenco y un único Gobierno flamenco. Los francófonos, en cambio, decidieron mantener separadas sus autoridades para la toma de decisiones. En este sentido, la Región Valona y la Comunidad francófona (Valonia y la parte francófona de Bruselas) tienen, cada una, su rama legislativa y su rama ejecutiva propias. La organización de la Región de Bruselas es, por su parte, la más compleja. El Consejo de Bruselas y el Gobierno regional de Bruselas son los responsables de los asuntos regionales o de zona restringida, mientras que las Comunidades flamenca y francófona son las autoridades competentes para abordar aquellos asuntos propios de dichas Comunidades en Bruselas. La Comisión de las Comunidades de Bruselas se ocupa de abordar aquellos temas que atañen a ambas Comunidades.

La autoridad federal sólo tiene competencias en los asuntos que le hayan sido atribuidos formalmente por la Constitución y las leyes aprobadas en virtud de la misma. El núcleo del Derecho civil, comercial y penal se mantiene en el nivel federal[85]. El artículo 143 de la Constitución trata sobre la prevención y solución de los conflictos de intereses entre los distintos niveles gubernamentales. Aunque el Estado federal, las Comunidades y las Regiones se apoyan sobre el mismo pie, las Comunidades y las Regiones deben actuar dentro del respeto a la lealtad federal, con objeto de evitar conflictos de intereses. La Ley del 9 de agosto de 1980[86], sobre reformas institucionales, también afectó a la prevención y regulación de estos conflictos. Los conflictos pueden ser revocados, completados, solucionados o reemplazados por una decisión del Senado o por una ley adoptada por la mayoría especial descrita en el artículo 4 de la Constitución belga.

 

 

9. Género.

 

Bélgica se encuentra en la trigésima posición en el ranking mundial del Foro Económico Mundial de igualdad de género[87] y ha estado trabajando en materias relacionadas con el género durante los últimos diez años. Sin embargo, particularmente en lo concerniente a la participación y a las oportunidades económicas, Bélgica podría mejorar aún su posición[88]. Todavía existe una gran diferencia de salarios entre hombres y mujeres y sólo un 60% de la población femenina está trabajando. En cuanto a la participación política, en la actualidad el 35% de los miembros federales del Parlamento son mujeres, pero el 77% de los ministros son hombres[89]. Bélgica nunca ha tenido una mujer como Jefe del Estado. Las mujeres belgas no consiguieron el derecho al voto y a ser elegidas hasta 1948. Sin embargo, desde hace unos 30 años, Bélgica ha aplicado la legislación para promover la igualdad de género, tanto a nivel federal como regional. En 1985, se creó la Secretaría de Estado para la Emancipación Social con el fin de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y asesorar al Gobierno sobre la integración del género[90]. Este órgano administrativo está ligado al Ministerio de Trabajo y Empleo belga.

El artículo 10 de la Constitución está dedicado al principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, con una garantía explicita para la igualdad de hombres y mujeres. La igualdad de género está descrita más detalladamente en el artículo11bis, introducido por una reforma de 2002[91], donde se garantiza a las mujeres y a los hombres un ejercicio igualitario de sus derechos y libertades, y se favorece, especialmente, un acceso igual de éstas y éstos a los mandatos electivos y públicos. El Consejo de Ministros y los Gobiernos de las Comunidades y Regiones deben incluir a hombres y a mujeres. El número de mujeres en la política belga ha aumentado de hecho en los últimos años a raíz de la legislación apuntada. Estas leyes establecen algunas normas concernientes al porcentaje de género, de hombres y mujeres, en las listas de candidatos elegibles para las elecciones (Ley de cuotas de 1994) y en relación a las posiciones principales a ocupar por unos y otras en estas listas (Ley de cuotas de 2002 y los reglamentos regionales de 2005 y 2006 para las elecciones regionales)[92]. La Ley de mayoría especial de 5 de mayo de 2003 protege la presencia de los diferentes sexos en todos los ámbitos de los Gobiernos federal y regional[93]. La mayoría de los partidos han integrado la dimensión de género en sus estatutos. Sin embargo, por regla general, éstos hacen una interpretación limitada de las leyes de género, lo que significa que sólo se centran en las relaciones numéricas, con el objetivo de aumentar el número de mujeres, en vez de generalizar la dimensión de género en el funcionamiento general del partido[94].

En 2002, se creó el Instituto para la Igualdad de Mujeres y Hombres (IEWM)[95]. Su misión es garantizar y promover la igualdad entre hombres y mujeres y luchar contra cualquier forma de discriminación y desigualdad basada en el género en todos los aspectos de la vida a través del desarrollo y la aplicación de un marco legal adecuado, estructuras apropiadas, estrategias, instrumentos y acciones[96]. La mayoría de las actividades de este centro consisten en poner en marcha estudios, hacer recomendaciones a las autoridades públicas, instituciones privadas e individuales y proveer apoyo y asesoramiento[97]. La sección jurídica del Instituto se ocupa de recabar las denuncias de las víctimas de discriminación por razones de género emprendiendo las oportunas acciones legales en aplicación de la ley[98].

Junto con el Instituto para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, Bélgica ha establecido un plan de acción nacional en la batalla contra la violencia de género[99]. Al margen de ello, existen varias campañas de concienciación auspiciadas por diversas ONGs[100]. Por último, hasta ahora no existe, desgraciadamente, una legislación belga concerniente a la violencia de género por maltrato psicológico, físico o sexual. Las leyes de 24 de noviembre de 1997[101], aunque fueron un gran paso hacia adelante en este sentido, no diferenciaron claramente atendiendo a si esta violencia era ejercida sobre hombres o mujeres[102].

 

 

10. Inmigración.

 

Desde la Primera Guerra Mundial, la industria de carbón valona ha atraído mano de obra extranjera, especialmente de Italia, España, Grecia, Marruecos, Turquía, Túnez, Argelia y Yugoslavia, movimientos migratorios que se han visto respaldados por un activo apoyo del Gobierno nacional en combinación con un débil control de la inmigración[103]. Junto a este repunte de la inmigración como respuesta a la escasez de mano de obra nacional, también jugó en Bélgica un importante papel de cara al aumento de la población inmigrante la reunificación familiar emprendida con el fin de solucionar el estancamiento demográfico en Valonia[104]. Sin embargo, cuando la crisis llegó a la industria del carbón, en los setenta, el Gobierno empezó a emplear leyes de inmigración más restrictivas y aprobó nuevas leyes para controlar el flujo de los empleados extranjeros, pese a lo cual, la nueva legislación no detuvo la llegada de trabajadores inmigrantes y trajo consigo un aumento del paro. Por ello, el Gobierno, una vez más, endureció la legislación de inmigración, estableciendo límites estrictos para los nuevos inmigrantes, permitiendo la entrada sólo de aquellos cualificados y cerrando las puertas a los trabajadores sin formación, medidas que acompañó con un aumento, por otro lado, de las sanciones a los empresarios[105]. A pesar de esta normativa, Bélgica no ha dejado de ser un país de inmigrantes, aunque el tipo de inmigración y los orígenes de estos inmigrantes ha cambiado mucho desde 1970[106].

El establecimiento de la Comunidad Europea y el principio de la libre circulación de los trabajadores ha cambiado la situación legal de los inmigrantes: mientras que los ciudadanos procedentes de Estados miembros de la Comunidad Económica Europea disfrutaban de derechos legales y un tratamiento más o menos igualitario, los ciudadanos de terceros Estados se enfrentaban a varias formas de discriminación legal. En la actualidad, los nacionales de la Unión Europea y de los países occidentales desarrollados constituyen la gran mayoría de los inmigrantes residentes en Bélgica[107]. La reunificación familiar representa la mayor parte de la inmigración actual. En menor grado, la población inmigrante está formada por extranjeros cualificados con un alto nivel de educación, profesionales del deporte y estudiantes extranjeros[108]. Cerca del 13% de la población belga ha nacido en el extranjero[109]. Bélgica emprendió una regularización generalizada de extranjeros ilegales en 2009: 14.830 personas fueron regularizadas y 8.758 solicitudes fueron denegadas. En 2009, había 17.186 peticiones de asilo (principalmente de Afganistán, Rusia, Kosovo, Iraq y Armenia).

Aunque los derechos fundamentales de la Constitución hacen referencia explícita a los belgas y sus derechos, el artículo 191 prevé que todos los extranjeros en el territorio belga se beneficien de la protección proporcionada a personas y bienes, excepto en aquellas excepciones previstas por la ley. Por ejemplo, el artículo 8 de la Constitución, que establece que se requiere la nacionalidad belga para poder disfrutar de los derechos políticos. Los extranjeros, en principio, están excluidos del servicio militar y civil, pero pueden darse excepciones por ley para casos particulares. Otra excepción es el artículo 10, donde se afirma que sólo los belgas son admisibles para los empleos civiles y militares. Únicamente los belgas pueden ser Ministros (artículo 97). El artículo 191, por su parte, mira precisamente hacia la protección de los principios de igualdad y no discriminación respecto a estos ciudadanos extranjeros[110]. Todos los inmigrantes disfrutan de los derechos y libertades fundamentales recogidos en la Constitución y en los Tratados internacionales. En relación con el derecho al voto, los ciudadanos de la Unión Europea tienen derecho al voto para las elecciones municipales y para las elecciones al Parlamento Europeo, mientras que los ciudadanos no europeos sólo pueden ejercer este derecho en el marco de las elecciones municipales[111]. Los extranjeros tienen que pagar impuestos y disfrutan de la Seguridad Social y de ayudas sociales hasta un límite considerable. Sólo los ciudadanos europeos disfrutan de la libre circulación de personas; los exiliados, los refugiados registrados y otras categorías tienen derecho en Bélgica a ayudas económicas. Por último, los extranjeros necesitan un permiso especial para poder trabajar en el Estado belga.

El artículo 1 del Código del Ministerio de Servicios Sociales belga afirma que toda persona tiene derecho a la asistencia social. Este artículo tiene como meta crear las condiciones necesarias para que pueda hacerse valer el derecho a la dignidad, con carácter universal, por lo que no comporta la obligación ni de ser nacional belga ni de tener residencia legal en este Estado[112]. Los extranjeros que residan ilegalmente en Bélgica también disfrutan de este derecho. Sin embargo, la reforma del artículo 57 del Código del Ministerio de Servicios Sociales ha hecho que este artículo esté sujeto a una interpretación limitada.

El entonces Tribunal de Arbitraje confirmó, en su sentencia 51/94, de 24 de junio de 1994, que la legislación en materia de asistencia social era utilizada por el Estado belga como un instrumento más de su política de inmigración, para acelerar la expulsión de los solicitantes de asilos denegados y de los extranjeros sin papeles, en combinación con las ayudas materiales para abandonar el país[113]. Los solicitantes de asilo, que hayan recibido una respuesta negativa a su petición y que estén esperando una decisión sobre su recurso de apelación por parte del Consejo de Estado, tienen derecho a ser alimentados y a obtener una vivienda, pero no a recibir una ayuda económica. Los inmigrantes sin papeles que hayan solicitado la regularización de su situación no tienen derecho a la asistencia social[114]. El Departamento de Servicios Sociales difícilmente concede apoyo a los inmigrantes indocumentados.

No obstante, el derecho a atención médica inmediata, con independencia de la residencia legal, es más que evidente. La política de inmigración belga, en combinación con el artículo 1 del Código del Ministerio de Servicios Sociales, es susceptible de ser criticada: cualquier ser humano tiene el derecho a la dignidad y el Estado belga está obligado a dar una interpretación adecuada a este derecho del artículo 1 para todos los extranjeros que se encuentren en su territorio[115]. Los menores indocumentados descendientes de extranjeros tienen los mismos derechos descritos anteriormente y también disfrutan del derecho a la educación. La importancia del derecho a la educación, como derecho fundamental del niño, es reconocida por las Comunidades belgas, las cuales son las responsables de esta cuestión en Bélgica. Se llegó a un consenso y redactaron algunas condiciones al respecto, de modo que las escuelas que enseñan a menores sin papeles reciben fondos públicos por ello[116].

El Gobierno belga votó su primera ley de inmigración en los años treinta y esta legislación es todavía el núcleo de la actual política belga en materia de inmigración[117]. La Ley sobre la entrada, residencia, establecimiento y repatriación de los extranjeros (diciembre 1980) proporcionó una mayor protección legal en cuanto a la residencia. El alto índice de desempleo de mediados de los ochenta convenció al Gobierno a establecer una política para animar a los inmigrantes a volver a sus países de origen y a poner en práctica una política de integración. Un nuevo código nacional (1984) basado en el ius soli simplificó el procedimiento para la naturalización. En 1989, la Comisión Real para la Política de Inmigrantes fue creada y fue más tarde reemplazada por el Centro de Igualdad de Oportunidades y de Lucha Contra del Racismo. Las elecciones las ganó la extrema derecha y las revueltas en las cercanías de Bruselas, en 1990, obligaron al Gobierno belga a introducir nuevas políticas sociales en materia de planificación regional, cultura, educación, formación profesional y lucha contra el delito menor. Una de las primeras campañas para la legalización se organizó en 1999, bajo la base de una “nueva” política de inmigración. Sin embargo, la política de inmigración continúa siendo incoherente y no está actualizada con respecto a los objetivos y aplicaciones prácticas[118]. La actual crisis política ha llevado a una apuesta por la formulación de una nueva política aceptable para todos los miembros de la coalición de Gobierno.

 

 

11. Conclusión.

 

Bélgica ha aportado algo más a Europa que los gofres, los pralinés y la cerveza. En muchos aspectos, Bélgica es una miniatura de Europa. La sociedad belga es diferente. Una población diversa, que no es culturalmente homogénea, sino pluralista. Sin embargo, a través de los años, los conflictos se han ido encauzando a través de las instituciones políticas y del ordenamiento jurídico, con el objetivo de proteger esta “«unidad en la diversidad»”. Sería imposible actuar aisladamente: la cooperación y la coordinación son necesarias, en Bélgica así como en la Unión Europea, y ahí es donde está el problema. La integración europea es un proceso con altibajos y también lo es el federalismo belga. A la vista de su pasado, comprobamos cómo la Unión Europea, al igual que Bélgica, ha conocido varias crisis; de hecho, el final de la Unión y del Euro han sido predichos por algunos autores. No obstante, y aunque la solución parece estar más allá de cualquier posibilidad, Europa y Bélgica repetidas veces han conseguido encontrar una manera para salir de todas estas crisis. El compromiso debe hacerse, las expectativas tienen que ajustarse y las aspiraciones desaparecerán.

Mientras que Europa evoluciona hacia una unión más estrecha, Bélgica está bifurcándose hacia un país formado por regiones con cada vez una mayor autonomía. La integración europea y el federalismo belga están todavía incompletos y nadie puede predecir el resultado final que este proceso deparará. La proclamación de la Constitución belga supuso una brecha radical en el Estado y en el ordenamiento jurídico preexistente, sin base jurídica que lo sustentase. Sin embargo, estos acontecimientos históricos y sociales de 1830 siguen influyendo en el orden constitucional belga. Los derechos y libertades que cada belga tiene ocupan hoy un lugar primordial en la Constitución y disfrutan de una gran protección.

Situada en el corazón de Europa, la coexistencia pacífica de los belgas puede ser un referente para la Unión. El sistema constitucional belga contemporáneo, sin embargo, está incompleto. La sociedad, con distintas necesidades, requiere una mejora en la Constitución de los valores del pluralismo, las normas y la ley. Una solución posible, escrita en la Constitución, y que conviene al panorama cultural y político de este país. Esta es la única manera de que pueda continuar existiendo la unidad en la diversidad.

 

Resumen: En este estudio se analiza el modelo constitucional belga desde todas las perspectivas: derechos fundamentales y sus restricciones, fuentes del Derecho, relaciones entre ordenamientos, jurisdicción constitucional, forma de gobierno, organización judicial, distribución territorial del poder, perspectiva de género e inmigración. En relación a ello, analizamos la interacción constitucional y la posible contribución al sistema jurídico de la Unión Europea del sistema constitucional belga. Tomamos como punto de partida la premisa metodológica de una realidad constitucional parcial en una diversidad de espacios constitucionales: Europa, el Estado y el territorio (P. Häberle), reforzada desde la perspectiva de la interacción constitucional entre los diversos niveles.

 

Palabras clave: Bélgica, Unión Europea, derechos fundamentales y limitación de los derechos fundamentales, fuentes del derecho, relaciones entre ordenamientos, jurisdicción constitucional, forma de gobierno, organización judicial, distribución territorial del poder, género e inmigración.

 

Abstract: In this paper we discuss the Belgian constitutional model from all angels: fundamental rights and limitations of fundamental rights, sources of law, legal orders, constitutional jurisdiction, form of government, legal organization, territorial distribution of power, gender issues and immigration. Thereupon we discuss the constitutional interface with and the possible contribution to the juridical system of the European Union. We depart from the methodological premise of a partial constitutional reality in a diversity of constitutional spaces: Europe, the state and the territory (P. Häberle), strengthened by the perspective of constitutional interaction between the diverse levels.

 

Key words: Belgium, European Union, fundamental rights and limitations of fundamental rights, sources of law, legal orders, constitutional jurisdiction, form of government, legal organization, territorial distribution of power, gender and immigration.

 

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[1] R. COOLSAET, (2008). Macht en waarden in de wereldpolitiek. Gent : Academia Press.

[2] J. CRAEYBECKX, J. & E. WITTE, (1981). Politieke geschiedenis van België sinds 1830. Standaard Wetenschappelijke Uitgeverij, Antwerpen, pp. 3-15.

[3] J. VANDE LANOTTE, J. & G. GOEDENTIER, (2003 ). Overzicht Publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 43.

[4] H. VAN IMPE, (1993). Grondwettelijk Recht . Kluwer Rechtswetenschappen België, E. Story-Scientia, Deurne, pp. 8.

[5] Para tener una visión detallada de la evolucion social belga y su influencia en la Constitución , ver: G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge.

[6] J. DUJARDIN, J. VANDE LANOTTE, (2003). Belgisch Publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 45.

[7] Así pues, se puede deducir de esto que, por ello, el legislador quería conservar los derechos y libertades únicamente para los belgas. Sin embargo, el artículo 191 de la Constitución contradice esta conclusión.

[8] Amparado por el artículo 8 de la Constitución : se debe tener la nacionalidad belga para ejercer los derechos políticos, en lo esencial el derecho de sufragio activo y pasivo y el derecho a ejercer una función política. La adquisición o pérdida de la nacionalidad belga consta en el Code on Belgian Nationality (28 junio 1984). En 1998, un segundo y cuarto párrafo fueron añadidos al artículo 8, lo que le dio al legislador la posibilidad de conceder el derecho de voto a los ciudadanos europeos que no tuvieran la nacionalidad belga, según los deberes internacionales y supranacionales vigentes en Bélgica.

[9] K. RIMANQUE, (2005). De grondwet toegelicht, gewikt en gewogen . Intersentia, Antwerpen, pp. 23.

[10] La reforma de la Constitución de 31 de enero de 1994, por la que se introduce el artículo 23, viene a regular la protección del derecho al empleo, la seguridad social, el derecho a una vivienda digna, el derecho a que se mantenga un medio ambiente saludable y el derecho a que sean satisfechas las necesidades culturales y sociales. Este desarrollo debe verse en el contexto de un cambio de concepto sobre el papel del Estado: considerando que, mientras el Gobierno se encontraba en un Estado mínimo en el siglo XIX, el siglo XX significó para éste una evolución hacia un Estado constitucional. Ver : M. VAN DAMME, (2008). Overzicht van het Grondwettelijk Recht . Die Keure, Brugge, pp. 349.

[11] Una declaración de intenciones para la reforma de la Constitución , el 30 de abril de 1999 y el 4 de mayo de 1999, introduciendo el artículo 22bis. Los derechos del niño se introdujeron tras un periodo de muchos escandalos de pedofilia, sobre todo desde la opinion pública.

[12] Como se confirma en el artículo 51.2 de la Carta , ésta no puede tener como efecto ampliar el ámbito de aplicación del Derecho de la Unión más allá de las competencias propias de la UE definidas en los Tratados.

[13] Título VII, Disposiciones generales, artículo 187.

[14] Ibidem, pp. 275.

[15] El artículo 53 de la Carta especifica el nivel de protección: “Ninguna de las disposiciones de la presente Carta podrá interpretarse como limitativa o lesiva de los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos, en su respectivo ámbito de aplicación, por el Derecho de la Unión , el Derecho internacional y los convenios internacionales de los que son parte la Unión , la Comunidad o los Estados miembros, y en particular el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, así como por las Constituciones de los Estados miembros”.

[16] Según la Constitución belga, la libertad de expresión y la libertad de prensa no pueden quedar sujetas a medidas preventivas. La Carta Europea de Derechos Fundamentales, siguiendo el artículo 10(2) de la Convención Europea de los Derechos humanos, no excluye el sometimiento de la libertad de expresión a medidas previas, aunque deben cumplirse algunas condiciones para que esto pueda tener lugar.

[17] M. VAN DAMME, (2008). Overzicht van het Grondwettelijk Recht . Die Keure, Brugge, pp. 345.

[18] Título VII, Disposiciones generales, artículo 187.

[19] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 279.

[20] ARREST VAN DER VINCK, nr 80 282 of 18 May 1999.

[21] M. VAN DAMME, (2008). Overzicht van het Grondwettelijk Recht . Die Keure, Brugge, pp. 435.

[22] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 289.

[23] Ibidem, pp. 291.

[24] B. HUBEAU, (1997). De ombudsfunctie . Die Keure, Brugge, pp.4.

[25] Una disposición constitucional es de aplicabilidad inmediata cuando se le puede dar efecto sin la ayuda de la legislación, y cuando no haya nada que indique que la legislación deba hacerla operativa .

[26] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 245.

[27] La sentencia Le Ski es una sentencia del Tribunal Supremo belga, de 27 de mayo de 1971, que afirma que un Tratado con efecto directo tiene predominio en el ordenamiento jurídico belga sobre las leyes del Parlamento federal, incluso cuando estas leyes sean más recientes que el propio Tratado. Ergo, cuando un conflicto aparezca entre una norma doméstica y una norma internacional con efecto directo en el ordenamiento jurídico interno, se seguirán las normas del Tratado. Este es el caso, por ejemplo, de la Convención Europea de los Derechos Humanos .

[28] Información más detallada sobre el funcionamiento de la Corte Constitucional se puede encontrar en www.const-court.be

[29] La presentación y la visión de conjunto del acuerdo de colaboración para crear la Comisión Belga de los Derechos Fundamentales puede consultarse en www.mensenrechten.be

[30] B. HUBEAU, (1997). De ombudsfunctie . Die Keure, Brugge, pp.3.

[31] El sitio web www.ombudsman.be da una vision global de los servicios del Defensor del Pueblo en Bélgica .

[32] Ver: L. VAN SLYCKEN, (1987), De formele bronnen van het Recht: publicaties, documenten en methodiek . Acco, Leuven. M. VAN DAMME, (2008). Overzicht van het Grondwettelijk Recht. Die Keure, Brugge, pp. 15 - 38. J. VANDE LANOTTE,& G. GOEDENTIER, G. (2001). Overzicht van het publiek recht: De rechtsbronnen. die keure, Brugge, pp. 71 - 80. H. VAN IMPE, (1993). Grondwettelijk Recht. Kluwer Rechtswetenschappen België , E. Story-Scientia, Deurne, pp. 141.

[33] Los Estatutos del Parlamento afirman que la regulación de las competencias de ambas Cámaras son parte de esta primera fuente del Derecho.

[34] Este órgano revisa leyes, decretos y ordenanzas en virtud del artículo 2 de la Constitución y los artículos 170, 172 y 191. Más adelante daremos más información sobre el Tribunal Constitucional.

[35] H. VAN IMPE, (1993). Grondwettelijk Recht. Kluwer Rechtswetenschappen België , E. Story-Scientia, Deurne, pp. 141.

[36] B. BOUCKAERT, M. VAN HOECKE, (2003). Inleiding tot het recht. Acco, Leuven, pp. 51.

[37] C. MALLIET, (2010). “Research Guide to Belgian Law”. Consultada el 27 de agosto de 2010 en http://www.nyulawglobal.org/globalex/Belgium1.htm .

[38] H. VAN IMPE, (1993). Grondwettelijk Recht. Kluwer Rechtswetenschappen België , E. Story-Scientia, Deurne, pp. 141.

[39] B. BOUCKAERT, M. VAN HOECKE, (2003). Inleiding tot het recht . Acco, Leuven, pp. 51.

[40] H. VAN IMPE, (1993). Grondwettelijk Recht. Kluwer Rechtswetenschappen België , E. Story-Scientia, Deurne, pp. 4-5.

[41] Supreme Court, 20 April 1950, Arrest Cassation. 1950, 517-519.

[42] G. ROBBERS, (2007). Encyclopaedia of World Constitutions . Infobase Publishing , New York .

[43] Fundado como un Estado unitario, Bélgica pasó a ser un Estado federal tras cinco reformas consecutivas de la Constitución (en 1970, 1980, 1989, 1993 y 2001). Una sexta reforma está siendo ahora negociada, para reducir más las competencias del Estado federal en favor de las Regiones y Comunidades.

[44] P. POPELIER, (2004). The law from a juridical view. Die Keure, Brugge, pp. 359.

[45] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 245.

[46] P. POPELIER, (2004). The law from a juridical view . Die Keure, Brugge, pp. 360.

[47] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 269.

[48] Muchos casos ante los Tribunales confirman este principio: ver Court of Justice, 13 November 1990, 106/89, Marleasing, Jur. 1990, 4135, Court of Justice 13 July 2000 Controsteel, Case C-456/98, Jur. 2000, I-6007.

[49] J. WOUTERS, & D. VAN EECKHOUTTE, (2004). De doorwerking van het internationaal recht in de Belgische rechtsorde: recente ontwikkelingen in een rechtstakoverschrijdend perspectief . Intersentia, Antwerpen.

[50] Arrest Le Ski / Smeerkaasarrest HvJ Z 6/64

[51] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 109.

[52] Ver el artículo 3 § 2 de la Ley Especial del Tribunal Constitucional. Fuente : G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 1427.

[53] G: GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 109.

[54] Ibidem, pp. 111.

[55] C. MALLIET, (2010). “Research Guide to Belgian Law”, consultada el 27 de agosto de 2010 en http://www.nyulawglobal.org/globalex/Belgium1.htm .

[56] G. ROBBERS, G. (2007). Encyclopaedia of World Constitutions . Infobase Publishing , New York .

[57] Ibidem

[58] Ibidem

[59] B. BOUCKAERT, M. VAN HOECKE, (2003). Inleiding tot het recht . Acco, Leuven, pp. 46.

[60] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 196.

[61] Artículo 34: el ejercicio de un poder especifico puede asignarse mediante un Tratado o mediante una ley a instituciones de Derecho internacional público.

[62] Sin embargo, el Comité de las Regiones sigue teniendo un papel poco relevante. Las mayores competencias atribuidas por el Tratado de Lisboa pueden potenciar su rol en el futuro.

[63] Información sobre Flandes y su relación con la Unión Europea puede encontrarse en: http://iv.vlaanderen.be/nlapps/docs/default.asp?fid=466 .

[64] Mayor información sobre la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación puede encontrarse en: http://diplomatie.belgium.be/nl/over_de_organisatie/organogram_en_structuur/e/

[65] H. VOS, (2007). Besluitvorming in de Europese Unie . Story-Sciencia, Gent .

[66] Gran parte de este capítulo deriva de la web institucional del Tribunal Constitucional belga, redactada en neerlandés, francés, alemán e inglés: www.const-court.be

[67] El Moniteur belge o el Belgisch Staatsblad es el Boletín Oficial del Estado belga. Desde 2003, no hay una versión escrita, pero se puede consultar en su totalidad vía internet: http://www.ejustice.just.fgov.be/cgi/welcome.pl

[68] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 104.

[69] F. GHERAART, & S. VAES, “Het Arbitragehof: quo vadis? jura falconis”, jg 38, 2001-2002, nr 1, p. 3-12. Puede consultarse en http://www.law.kuleuven.be/jura/art/38n1/boel.htm

[70] M. UYTTENDAELE, (2005). Précis de droit constitutionnel belge: regards sur un système institutionnel paradoxal. La nature du régime politique . Bruylandt, Bruxelles, pp. 180 – 262.

[71] C. MALLIET, (2010). “Research Guide to Belgian Law”, consultada el 27 agosto de 2010 en http://www.nyulawglobal.org/globalex/Belgium1.htm .

[72] J. CRAEYBECKX, & E. WITTE, (1981). Politieke geschiedenis van België sinds 1830. Standaard Wetenschappelijke Uitgeverij, Antwerpen, pp. 3-15.

[73] NN (N.D.), “The Belgian Monarchy”, consultado el 27 de agosto de 2010 en http://www.monarchie.be/monarchy-today

[74] Neohumanism (2010). “Voting system”, consultada el 27 de agosto de 2010 en http://neohumanism.org/v/vo/voting_system.html

[75] Ibidem

[76] J. VANDE LANOTTE, & G. GOEDENTIER, G. (2001). Overzicht Publiek Recht . Die keure, Brugge, pp. 276.

[77] Vande Lanotte ideó un modelo de Estado confederal belga integrado por cuatro regiones: la Flamenca , la Valona , Bruselas y la región de los habitantes de habla alemana. Aún así, debido al punto muerto en el que se encuentra esta cuestión hoy en día en el plano político, no se puede saber en qué dirección van a poder evolucionar las negociaciones.

[78] B. BOUCKAERT, M. VAN HOECKE, (2003). Inleiding tot het recht . Acco, Leuven, pp. 23.

[79] El Tribunal de Assize belga ( Holf van Asissen en holandés, Cour d'Assises en francés) se encuentra presente en cada provincia belga y en el distrito judicial de Bruselas. Entre las materias de las que se ocupa podemos citar los asesinatos y los casos de represión de la libertad de prensa. El jurado emite un veredicto, que podrá ser apelado ante el Tribunal Supremo.

[80] C. MALLIET, (2010). “Research Guide to Belgian Law”, consultada el 27 de agosto de 2010 en http://www.nyulawglobal.org/globalex/Belgium1.htm .

[81] B. BOUCKAERT, M. VAN HOECKE, (2003). Inleiding tot het recht . Acco, Leuven, pp. 22.

[82] Departement Vlaanderen Internationaal (n.d.). Conversion EU-directives. Consultada el 25 de agosto de 2010 en http://iv.vlaanderen.be/nlapps/docs/default.asp?fid=457 .

[83] “Do you want to know more about Belgium?” The link http://www.youtube.com/watch?v=Ceg6NQKHd70 proporciona una curiosa visión sobre la estructura política y la realidad belgas.

[84] El memorándum de los profesores de Derecho Constitucional Vande Lanotte & Van Parijs sugería un Estado confederal con cuatro Comunidades, todas con total competencia, de acuerdo con el modelo de Länder alemán.

[85] J. VANDE LANOTTE, & G. GOEDENTIER, G. (2001). Overzicht Publiek Recht . Die keure, Brugge, pp. 397.

[86] La Ley de mayoría cualificada de 9 de agosto de 1980 prescribía la reforma de las instituciones, puede consultarse en: http://reflex.raadvst-consetat.be/reflex/index.reflex?docid=32842&lang=nl

[87] World Economic Forum (2009). “The global gender gap report”, consultada el 15 de julio en: http://www.weforum.org/pdf/gendergap/report2009.pdf

[88] Puede encontrarse mayor información sobre género y economía en Bélgica en: http://www.eurofound.europa.eu/eiro/studies/tn0612019s/be0612019q.htm

[89] Ibidem

[90] N.N. (n.d.). “Gender Equality in Belgium”, consultada el 29 de agosto de 2010 en: http://www.wikigender.org/w/index.php/Gender_Equality_in_Belgium .

[91] Institute for the Equality of Women and Men (n.d.). Wijziging Grondwet 21 februari 2002. La web institucional de este organismo fue consultada el 27 de agosto de 2010 en http://igvm-iefh.belgium.be/nl/binaries/wijziging%20grondwet%2021%20februari%202002%20_tcm336-36091.pdf

[92] Ibidem

[93] Institute for the Equality of Women and Men (n.d.). Bijzondere wet van 5 mei 2003. Consultada el 29 de agosto de 2010 en http://igvm-iefh.belgium.be/nl/binaries/bijzondere%20wet%205%20mei%202003_tcm336-36082.pdf .

[94] Institute for the Equality of Women and Men (2009.) Consultada el 29 de agosto de 2010 en http://igvm-iefh.belgium.be/nl/binaries/Belgische%20partijen_tcm336-40092.pdf

[95] Ibidem.

[96] Institute for the Equality of Women and Men (2009.) Consultada el 29 de agosto de 2010 en http://igvm-iefh.belgium.be/

[97] Ibidem.

[98] Ibidem.

[99] Ver: http://igvm-iefh.belgium.be/nl/binaries/101123-PAN%20FR_tcm336-113078.pdf .

[100] Rosadoc ( www.rosadoc.be ), Amnesty International ( www.amnesty.be ) y Cafra ( www.cafra.org ) tienen sitios webs interesantes con mayor información y estadísticas.

[101] La Ley puede consultarse en http://reflex.raadvst-consetat.be/reflex/pdf/Mbbs/1998/02/06/38348.pdf .

[102] La Ley se concretizó el 28 de enero de 2003, regulando la atribución de la residencia doméstica a la pareja que es víctima de violencia de género. Otras normas de interés son los artículos 223, 1447 y 1479 del Código Civil y el artículo 1280 del Código legal.

[103] MPI (2003). Belgium 's immigration Policy brings renewal and challenges. Consultada el 27 agosto de 2010 on http://www.migrationinformation.org/feature/display.cfm?ID=164 .

[104] Ibidem.

[105] Ibidem.

[106] Werk België (n.d.). “De immigratie in België: aantallen, stromen en arbeidsmarkt”, c onsultada el 27 agosto de 2010 en http://www.werk.belgie.be/WorkArea/showcontent.aspx?id=28772

[107] Ibidem.

[108] Migration Information Source (2009). Country profile: Belgium . Consultada el 27 agosto de 2010 en http://www.migrationinformation.org/feature/display.cfm?ID=164 .

[109] OECD (2011). “International Migration Database”, consultada el 27 agosto de 2010 en http://stats.oecd.org/Index.aspx?DataSetCode=MIG .

[110] G. GOEDENTIER, J. VANDE LANOTTE, (2010). Handboek Belgisch publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 300-301.

[111] Center for Minorities. Introduction to Immigration Law, consultada el 1 de Septiembre de 2010 en http://www.vmc.be/vreemdelingenrecht/ .

[112] J. VANDAELE, (2009). “People without Documents”, consultada el 1 de Septiembre de 2010 en http://www.mo.be/index.php?id=63&tx_uwnews_pi2[art_id]=911&cHash=b19d815387 .

[113] Ibidem.

[114] “Platform for cooperation on undocumented immigrants” (2010), consultada el 1 de Septiembre de 2010 en: http://www.picum.org/nl/node/371 .

[115] J. VANDAELE, (2009). “People without Documents”, consultada el 1 de Septiembre de 2010 en: http://www.mo.be/index.php?id=63&tx_uwnews_pi2[art_id]=911&cHash=b19d815387 .

[116] Ibidem

[1117] J. VANDE LANOTTE, & G. GOEDENTIER, (2003) . Overzicht Publiekrecht . Die Keure, Brugge, pp. 43.

[118] “Migration Information Source” (2009). Country profile: Belgium . Consultada el 1 de septiembre de 2010 en: http://www.migrationinformation.org/feature/display.cfm?ID=164 .