Las Becas de Colaboración son ayudas destinadas a facilitar la colaboración con departamentos y resultan de indudable interés tanto para los departamentos como para el estudiantado en tanto puede tomar contacto con tareas de investigación especializadas directamente vinculadas con los estudios que están cursando, al tiempo que les ofrece la posibilidad de ampliar sus conocimientos y concretar sus intereses para la posible incorporación a futuras tareas docentes o investigadora.
Preguntas relacionadas
El objeto de estas becas es promover la iniciación en tareas de investigación del estudiantado universitario que vaya a finalizar los estudios de Grado o que este cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales, mediante la asignación de una beca que le permita iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que esta cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
Se trata de becas en régimen de concurrencia competitiva y compatibles con la beca de convocatoria general del Ministerio de Educación, pero incompatibles con premios u otras modalidades de ayuda que se otorguen exclusivamente en atención al excelente rendimiento académico (Por ej: Beca de iniciación a la investigación).
Podrán solicitar de estas becas los/as solicitantes que cumplan una serie de requisitos académicos recogidos en la convocatoria que anualmente publica el Ministerio de Educación.
Podrá obtenerse la condición de beneficiario/a de esta beca en un único curso académico y por una sola vez.
Para estudiantado de Grado:
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No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Grado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Máster oficial.
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Haber superado el 75% de los créditos del correspondiente grado.
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Estar matriculado en el curso correspondiente de la TOTALIDAD de los créditos/asignaturas que le restan para finalizar los estudios.
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Tener una determinada nota media de expediente académico:
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8,00 en la rama de Artes y Humanidades
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7,80 en la rama de Ciencias de la Salud
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7,70 en la rama de Ciencias, Ciencias Experimentales y Ciencias Sociales y Jurídicas
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7,25 en la rama de Ingeniería, Arquitectura y enseñanzas técnicas
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En los supuestos de estudiantes que estén cursando los denominados DOBLES GRADOS, solo serán tenidos en cuenta los créditos y calificaciones correspondientes a la titulación por la que opte a la beca de colaboración.
Para estudiantado de Máster universitario:
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No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de Máster oficial o de Doctor. No tener superados todos los créditos a excepción del trabajo fin de máster de un Máster diferente de aquél para el que se solicita la beca.
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Estar matriculado en el curso correspondiente en enseñanza oficial de la totalidad de las asignaturas o créditos de primer curso de Máster.
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Haber obtenido en el expediente académico correspondiente a los estudios universitarios previos que dan acceso al master la misma nota media que la establecida para los estudios de grado.
* Los requisitos mencionados que no figuren en el expediente del solicitante en la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes no serán tenidos en cuenta a los efectos de su valoración para la concesión de la beca.
La solitud de beca se podrá realizar a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación:
El plazo para la presentación de solicitudes empezará el día 11 de junio y finalizará el 17 de septiembre de 2024, ambos inclusive.
Las obligaciones principales son:
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Prestar la colaboración en el departamento a razón de 3 horas diarias durante 7 meses y medio desde la fecha de incorporación al destino. La fecha de finalización de la beca no podrá ser posterior al 31 de julio del año correspondiente.
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Presentar dentro del mes siguiente a la finalización de la colaboración certificación acreditativa del departamento de haber prestado la colaboración en los términos previstos en el proyecto y en la convocatoria.
Esta certificación será enviada por los propios departamentos a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado BECAS Y AYUDAS, en el procedimiento Becas de colaboración: Certificación acreditativa del cumplimiento.
Para presentar documentación solicitada, se podrá hacer a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado BECAS Y AYUDAS, en el procedimiento BECAS de colaboración: Documentación solicitada.
Una vez comprobado que las solicitudes cumplen los requisitos, se ordenarán por departamento. Se sumarán los puntos que el departamento ha asignado al proyecto, con la nota de expediente y se ordenarán las solicitudes por la nota total asignándose la beca/s al solicitante o solicitantes con mayores puntuaciones de cada departamento, según las asignaciones realizadas por el Consejo Social.
Resolución provisional:
Entre primeros y mediados de octubre se publicará en la web del Vicerrectorado de estudiantes una resolución provisional de la convocatoria, con asignación provisional de becas concedidas y denegadas, con la que dará pie a la presentación de alegaciones. Las alegaciones se podrán presentar a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado BECAS Y AYUDAS, en el procedimiento BECAS de colaboración: Alegaciones.
Resolución definitiva:
Resuelta la convocatoria, el Ministerio de Educación enviará al correo electrónico que se haya consignado en la solicitud de beca un enlace a la resolución definitiva, que dará pie a la presentación de recurso de reposición. El recurso de reposición se podrán presentar a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado BECAS Y AYUDAS, en el procedimiento BECAS de colaboración: Recurso de reposición.
Si te han concedido la beca del Ministerio y quieres devolverla puedes solicitar la devolución a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado BECAS Y AYUDAS, en el procedimiento BECAS MEC: Renuncia o petición de baja.
Aunque la persona beneficiaria haya obtenido la concesión de una beca porque ha acreditado el cumplimiento de unos requisitos previos, esta concesión conlleva el cumplimiento de una serie de obligaciones por parte de la persona beneficiaria y, por ello, está sujeta a revisión, como todas las subvenciones públicas.
La concesión de becas de colaboración será modificada con reintegro total de su cuantía, por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de la beca, en caso de descubrirse que en su concesión concurrió ocultación o falseamiento de datos o por el disfrute de becas o ayudas incompatibles.
Si no estás de acuerdo con el reintegro de la beca, podrás presentar alegación, una vez iniciado el expediente de reintegro (segunda comunicación), presentando una alegación a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado BECAS Y AYUDAS, en el procedimiento BECAS MEC: Revocación o reintegro. Alegaciones/Documentación/Peticiones varias.
El servicio de becas podrá certificar la condición de becario/a en la convocatoria de becas de colaboración.
Para solicitarlo se podrá hacer a través de la sede electrónica de la UGR en el apartado: Solicitud genérica para la UGR. Indicando como destino de la solicitud el Servicio de Becas y especificando la petición.
Términos Relacionados
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