El reconocimiento de créditos consiste en incluir en el expediente del estudiantado, por equivalencia con las competencias y conocimientos previstos en el plan de estudios del Máster, asignaturas o materias superadas en enseñanzas del mismo o superior nivel al de Máster (enseñanzas oficiales, títulos propios universitarios), o reconocer la experiencia laboral o profesional acreditada.
Preguntas relacionadas
Si. Los créditos reconocidos afectan a las condiciones de concesión de determinadas Becas.
Puede consultar toda la información en el Servicio de Becas.
El plazo de solicitud se publica en los plazos administrativos del calendario académico del curso vigente.
Se solicitan mediante el procedimiento de reconocimiento en la sede electrónica adjuntando toda la documentación relacionada con la solicitud.
Dependiendo del tipo, debes adjuntar en tu solicitud en la sede la siguiente documentación firmada digitalmente:
- En todo caso, impreso cumplimentado y convertido a PDF con los datos para la solicitud de reconocimiento de créditos
Dependiendo del caso:
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Enseñanzas oficiales en Universidades españolas (Máster, Doctor): certificado académico oficial (salvo para estudios cursados en la Universidad de Granada) y guías docentes selladas.
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Enseñanzas superiores oficiales no universitarias (Máster en Enseñanzas Artísticas):certificado académico oficial y programas docentes sellados.
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Títulos Propios Universitarios: copia del título, y programa firmado y sellado de las enseñanzas en su caso.
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Estudios en el extranjero: la siguiente documentación debidamente traducida al español, y legalizada o apostillada:
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certificado académico oficial
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programas sellados de las asignaturas
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información del sistema de calificaciones del país de origen con indicación de la nota mínia aprobatoria y la escala o intervalos de puntuación.
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Prácticas extracurriculares (Ícaro, Erasmus+) y otras prácticas no curriculares:
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informe final del tutor de la entidad colaboradora.
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memoria final de prácticas elaborada por el estudiante.
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documento de aceptación de las prácticas.
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certificado de finalización de las prácticas.
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informe de vida laboral o documento equivalente en caso de prácticas en el extranjero.
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Experiencia laboral o profesional:
- informe de vida laboral o documento equivalente en país de origen
- copia del contrato o nombramiento
- certificado de empresa en el que consten las actividades o tareas desempeñadas y el tiempo durante el que se desarrollaron.
- certificado de la empresa (trabajadores por cuenta ajena) o memoria (trabajadores autónomos o por cuenta propia), con indicación de las funciones y tareas realizadas y el tiempo durante el que se desarrollaron.
- cualquier otra documentación acreditativa de los servicios prestados.
Si han sido cursadas en enseñanzas de nivel de Máster o superior, se puede estudiar su reconocimiento.
Es necesario el estudio de la similitud de competencias y conocimientos asociados.
Sí, siempre que se pueda demostrar documentalmente y que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes al Máster.
Siempre y cuando se hayan cursado en enseñanzas de igual o superior nivel al de Máster, pueden ser reconocidos si se consideran adecuadas las competencias, los conocimientos y el número de créditos asociados a las materias cursadas por el estudiantado y los previstos en el plan de estudios, o bien valorando su carácter transversal.
Sí, debes solicitarlo presentando la correspondiente documentación acreditativa.
Sí, serían las siguientes:
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Enseñanzas oficiales universitarias: no se puede reconocer el Trabajo Fin de Máster
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Como máximo se pueden reconocer 6 créditos por enseñanzas universitarias no oficiales, SALVO que el título propio haya sido sustituido por el título oficial para el que se solicita el reconocimiento, que se reconocerá según lo establecido en la memoria de verificación del título oficial que lo sustituya.
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La suma de todas las siguientes no puede suponer reconocer más del 15% de créditos del Máster:
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Prácticas extracurriculares (Ícaro, Erasmus+) y otras prácticas no curriculares.
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Experiencia laboral
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Enseñanzas Universitarias No Oficiales (Títulos Propios)
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No podrán reconocerse créditos previamente reconocidos en otra Universidad o título (sin perjuicio del reconocimiento de lo realmente cursado).
Dichas actividades solo son objeto de reconocimiento en Grado, pero no en Máster.
Sí, siempre que se estime que se han adquirido competencias afines al Máster para el que se presentan.
No, dada la especificidad de los másteres esos conocimientos no procede el reconocimiento..
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Para estudios oficiales se mantendrá la calificación obtenida en los estudios oficiales previos o una media ponderada según el caso.
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En el supuesto de no existir calificación, no se hará constar ninguna y no se computará a efectos de baremación del expediente.
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El reconocimiento de créditos procedentes de experiencia profesional o laboral y de enseñanzas universitarias no oficiales no incorporará calificación de los mismos, por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.
No se pueden reconocer las prácticas por experiencia profesional ni el TFM.
Módulo de Libre Disposición: En este módulo se puede reconocer cualquier asignatura o asignaturas de máster universitario. También se puede reconocer hasta 6 ECTS correspondientes a títulos propios vinculados al ámbito del máster. El estudiantado de dobles titulaciones deberá revisar las condiciones especificadas en el correspondiente acuerdo.
El MAES publica información más detallada en su web: Ver información administrativa del MAES
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