Trámites obligatorios para residir en España

Los estudiantes internacionales que quieran realizar estudios en la Universidad de Granada, ya sea en estancias de movilidad académica o de corta duración o para realizar estudios de una titulación completa, deben realizar una serie de trámites obligatorios con el Gobierno de España.

Preguntas relacionadas

Soy ciudadano/a de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza

Para estancias superiores a 3 meses, se debe solicitar la inscripción en el Registro Central de Extranjeros. La información sobre el procedimiento de solicitud se puede consultar en la web del Ministerio del Interior.

Será necesario aportar certificado o acreditación de admisión o preinscripción en los estudios oficiales.

Para información detallada sobre el proceso y documentos a aportar visite la web del Vicerrectorado de Internacionalización.

NO soy ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y Suiza

Para poder entrar y permanecer en España para obtener un título universitario o un certificado de estudios, debes solicitar un visado de estudios en la Misión Diplomática u Oficina Consular española en el país o demarcación en el que residas.

La información sobre el procedimiento de solicitud se puede consultar en el siguiente enlace.

Será necesario aportar certificado o acreditación de admisión o preinscripción en los estudios oficiales.

¿Cuál es el organismo competente en extranjería en España?

El órgano competente en materia de extranjería es el Ministerio de Interior, a través de las Oficinas de Extranjería.

Antes de la llegada a España, los trámites y consultas se pueden realizar en la a Misión Diplomática u Oficina Consular española en el país o demarcación en el que residas.

Soy estudiante Erasmus de nacionalidad extracomunitaria

En este caso, seremos las universidades quienes facilitaremos directamente al Registro Central de Extranjeros los datos de estudiantes que se encuentran en la Universidad de Granada a través de programas de movilidad europeos, como Erasmus+, Erasmus Mundus, etc., los cuales no necesitarán tramitar un visado para el periodo de estancia en España.

Para consultar la normativa acceda al siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2018/09/04/pdfs/BOE-A-2018-12131.pdf

Para más información sobre el proceso visite el siguiente enlace: https://internacional.ugr.es/pages/movilidad/estudiantes/entrantes/residenciainspain

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Unidad Responsable

Oficina de Relaciones Internacionales
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  • Teléfono: 958249030
  • Horario atención al público: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas

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Fecha de Actualización
12 de Julio de 2024