Objetivos de aprendizaje
En relación con las fuentes y los documentos legales de la Unión Europea, al final de la unidad, el alumnado será capaz de:
- Definir qué es un documento jurídico y legislativo.
- Definir qué constituyen las fuentes de derecho en el ordenamiento jurídico español: la ley, los principios generales del derecho, el derecho comunitario y la jurisprudencia (Tribunal Supremo).
- Distinguir los diferentes documentos legislativos procedentes de la UE, a saber: Tratado, Reglamento, Directiva, Decisión, Recomendación, Dictamen.
- Identificar y definir los principales documentos legislativos en el ordenamiento jurídico español: la Constitución, la ley (orgánica y ordinaria), los decretos legislativos, los decretos leyes, los reglamentos, las ordenanzas municipales y los tratados internacionales.
- Comparar las fuentes del derecho español con las fuentes de derecho en la cultura jurídica anglosajona.
- Establecer relaciones entre las fuentes de Derecho comunitario y las del derecho nacional.
- Reconocer e identificar los principales acrónimos asociados a los diferentes textos de la UE, tales como DOUE, TSJUE, C o TUE.
- Definir conceptos jurídicos que aparecen en este tipo de texto: principio de subsidiariedad, principio de no discriminación, derecho de asilo, propiedad intelectual, despido injustificado, tutela judicial efectiva, ciudadanía.
- Expresar estos conceptos en otras lenguas, fundamentalmente en su lengua B (inglés).
- Extraer posibles referencias culturales asociadas a estos conceptos jurídicos en el ámbito del derecho nacional (británico y español).
- Definir y distinguir las características propias del lenguaje jurídico europeo.
En relación con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el alumnado:
- Será capaz de definir qué es un derecho fundamental.
- Conocerá los Derechos Fundamentales que ostenta como ciudadano europeo.
- Estará familiarizado con los principios básicos sobre los que tienen que estar fundados las diferentes legislaciones europeas.
- Será consciente de la supremacía del Derecho Comunitario frente a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados miembros.